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Documento DOUE-Z-2014-70016

Sentencia del Tribunal General de 3 de julio de 2014 — Sharif University of Technology/Consejo (Asunto T-181/13)

Publicado en:
«DOUE» núm. 282, de 25 de agosto de 2014, páginas 35 a 36 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2014-70016

TEXTO ORIGINAL

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Sharif University of Technology (Teherán, Irán) (representante: M. Happold, Barrister)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: V. Piessevaux y M. Bishop, agentes)

Objeto

Pretensión de anulación, por una parte, de la Decisión 2012/829/PESC del Consejo, de 21 de diciembre de 2012, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 356, p. 71), en la medida en que inscribe el nombre de la demandante en la lista que figura en el anexo II de la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC (DO L 195, p. 39), y, por otra parte, del Reglamento de Ejecución (UE) no 1264/2012 del Consejo, de 21 de diciembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (UE) no 267/2012 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 356, p. 55), en la medida en que inscribe el nombre de la demandante en la lista que figura en el anexo IX del Reglamento (UE) no 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) no 961/2010 (DO L 88, p. 1).

Fallo

1)

Anular la Decisión 2012/829/PESC del Consejo, de 21 de diciembre de 2012, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán, en la medida en que inscribe el nombre de la Sharif University of Technology en el anexo II de la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC.

2)

Anular el Reglamento de Ejecución (UE) no 1264/2012 del Consejo, de 21 de diciembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (UE) no 267/2012 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Irán, en la medida en que inscribe el nombre de la Sharif University of Technology en el anexo IX del Reglamento (UE) no 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) no 961/2010.

3)

Mantener los efectos de la Decisión 2012/829 y del Reglamento de Ejecución no 1264/2012 por lo que respecta a la Sharif University of Technology, durante un período de dos meses a partir del pronunciamiento de la presente sentencia.

4)

El Consejo de la Unión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las costas en que haya incurrido la Sharif University of Technology.

_________

(1) DO C 156, de 1.6.2013.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 03/07/2014
  • Fecha de publicación: 25/08/2014
Referencias anteriores
  • ANULA:
    • en la forma establecida lo indicado de la Decisión 2012/829, de 21 de diciembre (Ref. DOUE-L-2012-82638).
    • En la forma establecida lo indicado del Reglamento 1264/2012, de 21 de diciembre (Ref. DOUE-L-2012-82635).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Irán
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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