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Documento DOUE-Z-2021-70036

Sentencia del Tribunal General de 10 de febrero de 2021 - Sanli/Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 110, de 29 de marzo de 2021, páginas 27 a 28 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2021-70036

TEXTO ORIGINAL

Lengua de procedimiento: neerlandés

Partes

Demandante: Dalokay Şanli (Rótterdam, Países Bajos) (representantes: D. Gürses y J. M. Langenberg, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: S. Van Overmeire y B. Driessen, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Reino de los Paises Bajos (representantes: M. Bulterman, J. Langer y J. Hoogveld, agentes)

Objeto

Por una parte, pretensión basada en el artículo 263 TFUE por la que se solicita la anulación de la Decisión (PESC) 2019/25 del Consejo, de 8 de enero de 2019, por la que se modifica y actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo y se deroga la Decisión (PESC) 2018/1084 (DO 2019, L 6, p. 6), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/24 del Consejo, de 8 de enero de 2019, por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1071 (DO 2019, L 6, p. 2), en la medida en que se refieren al demandante y, por otra parte, pretensión basada en el artículo 268 TFUE para que se indemnice el perjuicio supuestamente sufrido por el demandante como consecuencia de dichos actos.

Fallo

1)

Anular la Decisión (PESC) 2019/25 del Consejo, de 8 de enero de 2019, por la que se modifica y actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo y se deroga la Decisión (PESC) 2018/1084, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/24 del Consejo, de 8 de enero de 2019, por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1071, en la medida en que se refieren al Sr. Şanli.

2)

Desestimar el recurso por todo lo demás.

3)

El Consejo de la Unión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las del Sr. Şanli.

4)

El Reino de los Países Bajos cargará con sus propias costas.

(1)  DO C 172 de 20.5.2019.

ANÁLISIS

  • Rango: Otros
  • Fecha de disposición: 10/02/2021
  • Fecha de publicación: 29/03/2021
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • la nulidad de lo indicado de la Decisión 2019/25, de 8 de enero (Ref. DOUE-L-2019-80014).
    • la nulidad de lo indicado del Reglamento 2019/24, de 8 de enero (Ref. DOUE-L-2019-80013).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Terrorismo

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