Advertidos errores en el texto de la Ley 4/2020, de 26 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19 (BOC nº 248, de 4.12.2020), se procede a su corrección:
Artículo 21.- Medidas extraordinarias en materia de gestión de las bolsas de trabajo de personal funcionario y laboral de administración general.
Donde dice:
"En todo caso, la selección del personal que integre dichas bolsas de trabajo deberá realizarse respetando los principios de igualdad, mérito y publicidad".
Debe decir:
"Al objeto de dar cobertura a las necesidades de servicio que se puedan plantear, se autoriza a la Dirección General de la Función Pública para la adopción de las medidas extraordinarias en materia de gestión de las bolsas de trabajo de personal funcionario y laboral de administración general. En todo caso, la selección del personal que integre dichas bolsas de trabajo deberá realizarse respetando los principios de igualdad, mérito y publicidad".
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de febrero de 2021.
EL PRESIDENTE,
Ángel Víctor Torres Pérez.
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