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Documento BOE-A-1975-18448

Decreto 1991/1975, de 17 de julio, sobre autorización de algunas enseñanzas en Conservatorios Oficiales de Música, de Grado elemental.

Publicado en:
«BOE» núm. 210, de 2 de septiembre de 1975, páginas 18569 a 18569 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1975-18448

TEXTO ORIGINAL

Los Conservatorios de Música han experimentado un extraordinario desarrollo desde la promulgación del Decreto dos mil seiscientos dieciocho/mil novecientos sesenta y seis, de diez de septiembre, que aprobó la Reglamentación General de estos Centros docentes, habiendo aumentado en un noventa por ciento el número de alumnos de los mismos.

Son numerosos los estudiantes que han terminado el grado elemental de las enseñanzas musicales siguiendo el nuevo plan de estudios y desean ampliar sus conocimientos con estudios de grado medio, pero se encuentran en la dificultad de que, si bien los Profesores de los Conservatorios oficiales elementales tienen, por regla general, titulación académica suficiente para impartir enseñanzas de grado medio, la clasificación académica del Centro impide dar a las mismas efectos oficiales.

La Reglamentación General de los Conservatorios de Música antes citada, en su artículo sexto, número dos, dice que el Ministerio de Educación y Ciencia podría autorizar a algunos Conservatorios profesionales para impartir con validez oficial alguna de las enseñanzas o cursos propios del grado superior, previo expediente con informe del Consejo Nacional de Educación, por lo que parece conveniente dictar una disposición análoga respecto de aquellos Conservatorios elementales que pretendan impartir alguna o algunas enseñanzas de grado medio, con lo que se da satisfacción a los alumnos que deseen ampliar sus estudios, sin necesidad de desplazarse de sus domicilios.

En su virtud, de conformidad con el dictamen del Consejo Nacional de Educación, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cuatro de julio de mil novecientos setenta y cinco,

DISPONGO:

Artículo primero.

El artículo sexto, apartado tres, de la Reglamentación General de los Conservatorios de Música, aprobada por Decreto número dos mil seiscientos dieciocho/mil novecientos sesenta y seis, de diez de septiembre, quedará adicionado con el siguiente párrafo: «Previo expediente con informe del Consejo Nacional de Educación, podrá el Ministerio de Educación y Ciencia autorizar que, en algunos Conservatorios elementales de Música, se imparta, con validez oficial, alguna de las enseñanzas o cursos propios del grado medio, siempre que el profesorado tenga la titulación académica reglamentariamente requerida».

Artículo segundo.

En el expediente que ha de remitirse a informe del Consejo Nacional de Educación se especificarán claramente, en cada caso, las enseñanzas o cursos propios del grado medio para los que se proponga la autorización oficial.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a diecisiete de julio de mil novecientos setenta y cinco.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Educación y Ciencia,

CRUZ MARTÍNEZ ESTERUELAS

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 17/07/1975
  • Fecha de publicación: 02/09/1975
Referencias anteriores
  • AÑADE un párrafo al apartado Tercero del art. 6 de la Reglamentación aprobada por Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre (Ref. BOE-A-1966-17113).
Materias
  • Conservatorios de Música
  • Enseñanza Artística

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