Adscrito por el Real Decreto 2924/1931, de 4 de diciembre, al Ministerio de Sanidad y Consumo el Organismo autónomo Instituto Nacional del Consumo, anteriormente dependiente del Ministerio de Economía y Comercio, y establecida una nueva estructura orgánica para el mismo, se hace preciso determinar la composición de la Junta de Compras y Mesa de Contratación de acuerdo con estas nuevas circunstancias.
Por ello, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 3186/1968, de 26 de diciembre, por el que se regularon las Juntas de Compras de los Ministerios civiles, y el Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento General de Contratación, a propuesta del citado Organismo y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.- La Junta de Compras del Instituto Nacional del Consumo queda constituida de la forma siguiente:
- Presidente El Presidente del Organismo.
- Vicepresidente: El Secretario general del Instituto.
- Vocales El Interventor Delegado de la Intervención General de la Administración Civil del Estado en el Organismo; el Jefe del Servicio de Régien Interior y el Jefe del Servicio o Sección proponente o principal destinatario de la adquisición de que se trate, así como, en concepto de Asesores, los que la Junta considera conveniente, cuando así lo requiera la naturaleza de las adquisiciones,
- Secretario El Jefe de Sección del Instituto que se designe o, en su defecto, el funcionario que se determine entre el personal administrativo del Organismo.
Segundo.- Cuando la Junta actúe como Mesa de Contratación además del Presidente o Vicepresidente y Secretario, formarán parte necesariamente un Abogado del Estado y el Interventor Delegado de la Intervención General de la Administración Civil del Estado.
Tercero.- La concurrencia a las reuniones de la Junta de Compras y Mesa de Contratación dará derecho a percibir las asistencias reglamentarias en la cuantía máxima que señala el artículo 27 apartado 2, del Decreto 176/1975, de 30 de enero, sobre indemnizaciones por razón de servicio, o en su caso, las disposiciones vigentes que actualicen dicha cuantía.
DISPOSICION FINAL
Queda derogada la Orden ministerial de 3 de mayo de 1978, que reguló la Junta de Compras del Organismo.
Madrid, 26 de febrero de 1982.- NUÑEZ PEREZ
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