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Documento BOE-A-1983-15019

Corrección de errores del Real Decreto 667/1983, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y venta de zumos de frutas y de otros vegetales y de sus derivados.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 1983, páginas 14681 a 14681 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1983-15019
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1983/03/02/667/corrigendum/19830526

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 77, de fecha 31 de marzo de 1983, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Artículo único, página 9196, primera columna, último renglón, donde dice «… otros vegetales y sus derivados.», debe decir: «… otros vegetales y de sus derivados.» Artículo 17, página 9197, primera columna, apartado 4, donde dice: «… desde el punto de visa microbiológico…», debe decir: «… desde el punto de vista microbiológico…».

Artículo 21, página 9197, segunda columna, apartado 21.3, donde dice: «… de 40 mg/litro, …», debe decir: «… de 400 mg/l, …».

Artículo 21, página 9197, segunda columna, apartado 21.6, donde dice: «… fabricación haya perdido agua…», debe decir: «… fabricación hayan perdido agua…».

Artículo 24, página 9198, primera columna, apartado 4, donde dice: «… a 20° C, …», debe decir: «… a 20° C, …».

Artículo 30, página 9198, segunda columna, primer párrafo, donde dice: «… macromoleculares o completos …», debe decir: «… macromoleculares o complejos …».

Artículo 30, página 9199, primera columna, debajo de la tabla, donde dice: «errores máximos por defecto tolerados …», debe decir: «errores máximos permitidos por defecto …».

Artículo 31, página 9199, primera columna, apartado 1.3, donde dice: «… podrá ser: Nestar o zumo …», debe decir: «… podrá ser: Néctar o zumo …».

Artículo 31, página 9199, segunda columna, apartado 9.1, donde dice: «… 10 miligramos/litro …», debe decir: «… 10 ml/l …».

Artículo 37, página 9200, segunda columna, final, donde dice: «… por el Ministerio de Sanidad y Consumo, a propuesta de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria.», debe decir: «… por la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 26/05/1983
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 667/1983, de 2 de marzo (Ref. BOE-A-1983-9198).
Materias
  • Conservas
  • Reglamentaciones técnico-sanitarias
  • Zumos de frutas

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