Está Vd. en

Documento BOE-A-1984-7086

Ley Foral 4/1984, de 2 de febrero, sobre adopción de acuerdos por las Corporaciones locales de Navarra

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 1984, páginas 8169 a 8169 (1 pág.)
Sección:
V. Comunidades Autónomas
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-1984-7086
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/1984/02/02/4

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DE LA DIPUTACION FORAL-GOBIERNO DE NAVARRA

HAGO SABER QIUE EL PARLAMENTO DE NAVARRA HA APROBADO LA SIGUIENTE LEY FORAL SOBRE LA ADOPCION DE ACUERDOS POR LAS CORPORACIONES LOCALES DE NAVARRA

ARTICULO 1. 1. EN TANTO PERMANEZCAN EN SUSPENSO LA FUNCIONES DE LAS JUNTAS DE VEINTENA, QUINCENA Y ONCENA DE LOS AYUNTAMIENTOS, ESTOS DEBERAN ADOPTAR SUS ACUERDOS, EN LOS ASUNTOS EN QUE REGLAMENTARIAMENTE SE EXIJA LA INTERVENCION DE AQUELLAS, CON EL VOTO FAVORABLE DE LA MAYORIA ABSOLUTA DE LOS MIEMBROS QUE LEGALMENTE COMPONGAN LA CORPORACION

2. NO OBSTANTE LO ANTERIOR, CUANDO EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN LAS DISPOSICIONES VIGENTES, SE EXIJE UN QUORUM SUPERIOR PARA LA VALIDEZ DE ACUERDOS RELATIVOS A DETERMINADAS MATERIAS, DEBERAN SER AQUELLOS ADOPTADOS CON DICHO QUORUM SUPERIOR

3. EN LOS CASOS EN QUE NO SE EXIJA UN QUORUM ESPECIAL, LOS ACUERDOS SE APROBARAN POR MAYORIA SIMPLE DE LOS MIEMBROS PRESENTES, ENTENDIENDOSE POR TAL LA QUE SE PRODUZCA CUANDO LOS VOTOS A FAVOR SON MAS QUE LOS VOTOS EN CONTRA. CUANDO SE PRODUZCA EMPATE, SE REPETIRA LA VOTACION EN LA MISMA SESION O EN LA SIGUIENTE, SI EL ASUNTO NO FUERE DECLARADO DE URGENCIA, Y DE REITERARSE AQUEL, DECIDIRA EL PRESIDENTE CON VOTO DE CALIDAD. EL VOTO DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACION PODRA SER AFIRMATIVO, NEGATIVO O EN BLANCO. IGUALMENTE PODRAN ABSTENERSE DE VOTAR

ART. 2.1. LOS ACUERDOS DE LOS CONCEJOS REGIDOS POR JUNTAS DE VEINTENA, QUINCENA U ONCENA SE ADOPTARAN CON LA VOTACION FAVORABLE QUE, SEGUN LA MATERIA DE QUE SE TRATE, ESTE ESTABLECIDA PARA LOS ACUERDOS MUNICIPALES

2 . EN TODO CASO, SERA PRECISO EL VOTO FAVORABLE DE LA MAYORIA ABSOLUTA DE LOS MIEMBROS QUE LEGALMENTE COMPONGAN LA CORPORACION PARA LA VALIDEZ DE LOS ACUERDOS DE LOS CONCEJOS REGIDOS POR JUNTAS REFERENTES A AQUELLAS MATERIAS RESPECTO A LAS CUALES, EN LOS MUNICIPIOS, SE EXIGE LA INTERVENCION DE LAS JUNTAS DE VEINTENA, QUINCENA U ONCENA

ART. 3. EN LOS CONCEJOS ABIERTOS, LOS ACUERDOS SE ADOPTARAN, EN TODO CASO, POR MAYORIA SIMPLE DE LOS MIEMBROS PRESENTES A QUE SE REFIERE EL NUMERO 3 DEL ARTICULO 1

DISPOSICION FINAL

LA PRESENTE LEY FORAL ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DE NAVARRA>

DISPOSICION DEROGATORIA

QUEDAN REDOGADAS CUANTAS DISPOSICIONES SE OPONGAN A ESTA LEY FORAL, Y EN ESPECIAL, EL APARTADO 2 DEL ARTICULO 1. DE LA <NORMA SOBRE JUNTAS ONCENA, QUINCENA Y VEINTENA>, LA DISPOSICION TRANSITORIA TERCERA DEL REGLAMENTO DE LAS HACIENDAS LOCALES DE NAVARRA Y EL ARTICULO 36 DEL REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE NAVARRA

YO, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY ORGANICA DE REIENTEGRACION Y AMEJORAMIENTO DEL REGIMEN FORAL DE NAVARRA, PROMULGO , EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ESTA LEY FORAL, ORDENO SU INMEDIATA PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DE NAVARRA> Y SU REMISION AL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> Y MANDO A LOS CIUDADANOS Y A LAS AUTORIDADES QUE LA CUMPLAN Y LA HAGAN CUMPLIR

PAMPLONA, 2 DE FEBRERO DE 1984.-JAIME IGNACIO DEL BURGO TAJADURA, PRESIDENTE DE LA DIPUTACION FORAL-GOBIERNO DE NAVARRA

( BOLETIN OFICIAL DE NAVARRA NUMERO 17, DE 6 DE FEBRERO DE 1984.)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Foral
  • Fecha de disposición: 02/02/1984
  • Fecha de publicación: 23/03/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 06/02/1984
  • Publicada en el BON núm. 17, de 6 de febrero de 1984.
  • Fecha de derogación: 01/10/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA:
    • art. 1.2 de la norma Foral sobre Juntas Oncena, Quincena y Veintena,.
    • disposición transitoria tercera del Reglamento de las Haciendas locales de Navarra.
    • art. 36 del Reglamento para la Administración Municipal de Navarra.
  • DE CONFORMIDAD con la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1982-20824).
Materias
  • Administración Local
  • Ayuntamientos
  • Comunidades Autónomas
  • Navarra

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid