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Documento BOE-A-1988-22649

Resolución de 20 de septiembre de 1988, de la Secretaría de Estado de Comercio, sobre aplicación de medidas transitorias a la importación de animales vivos y carne de la especie porcina.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 30 de septiembre de 1988, páginas 28517 a 28518 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1988-22649
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1988/09/20/(3)

TEXTO ORIGINAL

LA GRAVE SITUACION POR LA QUE ATRAVESABA EL MERCADO DE PRODUCTOS PORCINOS HIZO NECESARIA LA ADOPCION DE MEDIDAS EXCEPCIONALES DE VIGILANCIA Y CONTROL, SEGUN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 90 DEL TRATADO DE ADHESION DE ESPAÑA A LA CEE, CUYA VIGENCIA FUE PRORROGADA POR EL REGLAMENTO CEE 4007/87 DEL CONSEJO.

EL REGLAMENTO CEE NUMERO 1239/88 DE LA COMISION ESTABLECIO LAS MEDIDAS DE VIGILANCIA APLICABLES PARA CUYA PUESTA EN PRACTICA SE NECESITO INCLUIR TRANSITORIAMENTE LOS PRODUCTOS DEL SECTOR ENTRE LOS QUE REQUIEREN AUTORIZACION ADMINISTRATIVA DE IMPORTACION.

LA ESTABILIZACION DE LOS PRECIOS DEL SECTOR PORCINO EN EL MERCADO ESPAÑOL HA MOTIVADO EL REGLAMENTO CEE NUMERO 2512/88, DE LA COMISION, DE FECHA 8 DE AGOSTO DE 1988, POR EL CUAL SE DEROGA EL MENCIONADO REGLAMENTO CEE 1239/88, DE LA COMISION.

EN CONSECUENCIA, ESTA SECRETARIA DE ESTADO, HACIENDO USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA ORDEN DE 27 DE AGOSTO DE 1986, DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, HA RESUELTO EXCLUIR DEL ANEXO IV.1 (LISTA DE MERCANCIAS SOMETIDAS A AUTORIZACION ADMINISTRATIVA DE IMPORTACION), DE LA ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 21 DE FEBRERO DE 1986, MODIFICADA POR ORDEN DE 17 DE DICIEMBRE DE 1987 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 31), LOS PRODUCTOS INCLUIDOS EN EL CODIGO NOMENCLATURA COMBINADA:

0103 92 11, 92 19 ANIMALES VIVOS DE LA ESPECIE PORCINA DOMESTICA, DE PESO SUPERIOR O IGUAL A 50 KILOGRAMOS.

0203 11 10 CARNES DE ANIMALES DE LA ESPECIE PORCINA DOMESTICA, FRESCAS, REFRIGERADAS O CONGELADAS.

12 11, 12 19

19 11-19 59

21 10

22 11, 22 19

29 11-29 59

CUANDO ESTOS PROCEDAN DE LA ZONA A 1

MIENTRAS PERMANEZCA EN VIGOR EL REGLAMENTO CEE NUMERO 4159/87, DE LA COMISION, DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 1987, SE MANTENDRAN EN EL REFERIDO ANEXO IV.1 LOS ANIMALES VIVOS DE LA ESPECIE PORCINA, CUYO PESO POR CABEZA SEA INFERIOR A 50 KILOGRAMOS (CODIGO NOMENCLATURA COMBINADA 0103 91 10).

ESTA RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>, SIENDO APLICABLE A PARTIR DEL 15 DE AGOSTO DE 1988.

MADRID, 20 DE SEPTIEMBRE DE 1988. EL SECRETARIO DE ESTADO, APOLONIO RUIZ LIGERO.

ILMO. SR.

DIRECTOR GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/09/1988
  • Fecha de publicación: 30/09/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 01/10/1988
  • Aplicable desde el 15 de agosto de 1988.
Referencias anteriores
Materias
  • Carnes
  • Ganado porcino
  • Importaciones

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