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Documento BOE-A-1988-9429

Corrección de errores del Real Decreto 312/1988, de 30 de marzo, por el que se someten las Entidades de Previsión Social a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 10/1984, de 11 de julio.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 1988, páginas 11816 a 11816 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1988-9429
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1988/03/30/312/corrigendum/19880419

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en el texto remitido para su publicación del mencionado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 85, de fecha 8 de abril de 1988, página 10553, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En el artículo 2.°, línea cuarta, donde dice: «...primas fijas variables o derramas, ...», debe decir: «...primas fijas, variables o derramas, ...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 19/04/1988
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Ley 20/2015, de 14 de julio (Ref. BOE-A-2015-7897).
  • Fecha de derogación: 01/01/2016
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 312/1988, de 30 de marzo (Ref. BOE-A-1988-8748).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Consorcio de Compensación de Seguros
  • Federaciones de Entidades de Previsión Social
  • Montepíos
  • Mutualidades de Previsión Social
  • Mutualidades Laborales
  • Seguridad Social
  • Seguros

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