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Documento BOE-A-1989-23349

Orden de 30 de septiembre de 1989 por la que se reconoce con carácter provisional la denominación genérica «Agricultura Ecológica».

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 4 de octubre de 1989, páginas 31115 a 31115 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1989-23349
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1989/09/30/(1)

TEXTO ORIGINAL

CONSIDERANDO QUE EL NOMBRE DE LA DENOMINACION EXPRESADO EN LA ORDEN DE 11 DE NOVIEMBRE DE 1988, POR LA QUE SE RECONOCE CON CARACTER PROVISIONAL LA DENOMINACION GENERICA <PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS OBTENIDOS SIN EL EMPLEO DE PRODUCTOS QUIMICOS DE SINTESIS>, NO SE ADECUA A LA IMAGEN QUE TIENE EL CONSUMIDOR SOBRE LOS PRODUCTOS PROCEDENTES DE ESTA AGRICULTURA POR RESULTAR DEMASIADO EXTENSO Y COMPLEJO, Y EXISTIENDO LA NECESIDAD DE ADAPTAR EL NOMBRE A LAS NUEVAS TENDENCIAS DEL MERCADO TANTO A NIVEL NACIONAL COMO EUROPEO.

EN VIRTUD DE LAS FACULTADES QUE OTORGA A ESTE DEPARTAMENTO LA LEY 25/1970, DE 2 DE DICIEMBRE, Y EL DECRETO 835/1972, DE 23 DE MARZO, Y DE ACUERDO CON EL REAL DECRETO 759/1988, QUE HACE EXTENSIVO A LOS PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS OBTENIDOS SIN EL EMPLEO DE PRODUCTOS QUIMICOS DE SINTESIS, EL REGIMEN DE DENOMINACIONES DE ORIGEN, ESPECIFICAS Y GENERICAS.

HE TENIDO A BIEN DISPONER:

ARTICULO 1. SE RECONOCE CON CARACTER PROVISIONAL LA DENOMINACION GENERICA <AGRICULTURA ECOLOGICA>.

ART. 2. SE FACULTA A LA DIRECCION GENERAL DE POLITICA ALIMENTARIA PARA DESIGNAR EL CONSEJO REGULADOR PROVISIONAL ENCARGADO DE REDACTAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO PARTICULAR DE ESTA DENOMINACION GENERICA.

ART. 3. LA INDICACION <DENOMINACION GENERICA> NO PODRA SER MENCIONADA EN LAS ETIQUETAS, DOCUMENTACION O PUBLICIDAD DE ESTOS PRODUCTOS HASTA LA APROBACION DEFINITIVA DEL REGLAMENTO.

DISPOSICION DEROGATORIA

QUEDA DEROGADA LA ORDEN DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION DE 11 DE NOVIEMBRE DE 1988, POR LA QUE SE RECONOCE CON CARACTER PROVISIONAL LA DENOMINACION GENERICA <PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS OBTENIDOS SIN EL EMPLEO DE PRODUCTOS QUIMICOS DE SINTESIS>.

DISPOSICION FINAL

LA PRESENTE DISPOSICION ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS OPORTUNOS.

MADRID, 30 DE SEPTIEMBRE DE 1989.

ROMERO HERRERA

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE POLITICA ALIMENTARIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/09/1989
  • Fecha de publicación: 04/10/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 05/10/1989
Referencias anteriores
Materias
  • Agricultura
  • Alimentación
  • Denominaciones de origen
  • Producción ecológica

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