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Documento BOE-A-1989-29751

Real Decreto 1529/1989, de 15 de diciembre, por el que se constituyen órganos judiciales unipersonales.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 1989, páginas 39279 a 39280 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1989-29751
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1989/12/15/1529

TEXTO ORIGINAL

La constitución de órganos judiciales aconseja atender de manera prioritaria, dentro de las previsiones contenidas en el anexo VI de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, aquellos partidos judiciales donde la conversión de Juzgados de Distrito en Juzgados de Paz supondrá un incremento de las cargas de trabajo de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción que actualmente funcionan en la capital.

Por otra parte resulta urgente la constitución de un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria en Cádiz, teniendo en cuenta las cargas de trabajo existentes en este orden en el ámbito jurisdiccional de dicha provincia.

De esta manera se da cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 41.1 de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial en ordena la efectividad de la planta.

En su virtud, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión de 15 de diciembre de 1989,

DISPONGO:

Artículo único.

1. Se constituye el siguiente Juzgado de Primera Instancia:

Número 3 de Baracaldo.

2. Se constituyen los siguientes Juzgados de Instrucción:

Número 6 de Donostia-San Sebastián.

Número 7 de Donostia-San Sebastián.

Número 4 de Barakaldo.

3. Se constituyen los siguientes Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:

Número 3 de Chiclana de la Frontera.

Número 3 de Arcos de la Frontera.

Número 4 de Motril.

Número 5 de Motril.

Número 3 de Ayamonte.

Número 3 de Linares.

Numero 4 de Linares.

Número 3 de Antequera.

Número 4 de Inca.

Número 4 de Manacor.

Número 5 de Ponferrada.

Número 2 de Tomelloso.

Número 4 de Arenys de Mar.

Número 5 de Arenys de Mar.

Número 6 de Arenys de Mar.

Número 9 de Badalona.

Número 10 de Badalona.

Número 4 de Vilanova i la Geltrú.

Número 5 de Vilanova i la Geltrú.

Número 6 de Vilanova i la Geltrú.

Número 3 de Gavá.

Número 4 de Gavá.

Número 5 de Gavá.

Número 2 de Rubi.

Número 3 de Rubi.

Número 4 de Rubi.

Número 7 de Lérida.

Número 8 de Lérida.

Número 4 de Denia.

Número 5 de Denia.

Número 4 de Orihuela.

Número 5 de Orihuela.

Número 6 de Orihuela.

Número 6 de Benidorm.

Número 7 de Benidorm.

Número 2 de Novelda.

Número 3 de Vinaroz.

Número 2 de Villarreal de los Infantes.

Número 4 de Gandia.

Número 5 de Gandía.

Número 3 de Torrente.

Número 4 de Torrente.

Número 4 de Alzira.

Número 5 de Alzira.

Número 6 de Alzira.

Número 2 de Silla.

Número 3 de Silla.

Número 2 de Paterna.

Número 4 de Plasencia.

Número 3 de Betanzos.

Número 6 de Ferrol.

Número 4 de Alcobendas.

Número 4 de Vergara.

4. Se constituye el siguiente Juzgado de Vigilancia Penitenciaria:

Número 1 de Cádiz.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Segunda.

Se faculta al Ministro de Justicia para adoptar, en el ámbito de su competencia, cuantas medidas exija la ejecución del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 15 de diciembre de 1989.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ENRIQUE MÚGICA HERZOG

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 15/12/1989
  • Fecha de publicación: 19/12/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 20/12/1989
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD la disposición final, disponiendo la Entrada en funcionamiento de Varios Organos Judiciales: Orden de 22 de octubre de 1990 (Ref. BOE-A-1990-26022).
  • SE MODIFICA los apartados 1 y 2 del artículo Unico, por Real Decreto 1212/1990, de 5 de octubre (Ref. BOE-A-1990-24506).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • las disposiciones Finales, disponiendo la Entrada en funcionamiento de Varios Organos Judiciales: Orden de 12 de julio de 1990 (Ref. BOE-A-1990-17138).
    • las disposiciones Finales, disponiendo la Entrada en funcionamiento de Varios Organos Judiciales: Orden de 26 de mayo de 1990 (Ref. BOE-A-1990-11877).
    • la disposición final segunda, disponiendo la Entrada en Vigor de determinados Organos Judiciales: Orden de 19 de diciembre de 1989 (Ref. BOE-A-1989-30247).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 41.1 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29622).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Juzgados de Instrucción
  • Juzgados de Primera Instancia
  • Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
  • Juzgados de Vigilancia Penitenciaria

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