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Documento BOE-A-1990-15898

Orden de 29 de junio de 1990 por la que se modifica la moneda de 25 pesetas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 6 de julio de 1990, páginas 19340 a 19340 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1990-15898
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1990/06/29/(4)

TEXTO ORIGINAL

LA LEY 10/1975, DE 12 DE MARZO, DE REGULACION DE LA MONEDA METALICA, SEGUN REDACCION DADA POR LA LEY 21/1986, DE 23 DE DICIEMBRE, Y POR LA LEY 37/1988, DE 28 DE DICIEMBRE, ATRIBUYE AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA LA COMPETENCIA PARA DETERMINAR LAS MONEDAS QUE EN CADA MOMENTO COMPONGAN EL SISTEMA METALICO Y SUS CORRESPONDIENTES VALORES FACIALES. ASIMISMO LE CORRESPONDE ACORDAR LA EMISION Y ACUÑACION DE MONEDA METALICA Y, EN PARTICULAR, SUS CARACTERISTICAS Y EL IMPORTE MAXIMO DE LA MISMA QUE DEBERA ADMITIRSE ENTRE PARTICULARES EN CONCEPTO DE MEDIO DE PAGO.

ESTE MINISTERIO, DE ACUERDO CON LO EXPUESTO Y HACIENDO USO DE SUS ATRIBUCIONES, HA TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO. SE ACUERDA LA EMISION, ACUÑACION Y PUESTA EN CIRCULACION DE DOS TIPOS DE MONEDAS DE 25 PESETAS, CON CARACTERISTICAS DIFERENTES A LAS ACTUALMENTE EN CIRCULACION.

SEGUNDO. LAS CARACTERISTICAS DE LAS MONEDAS A ACUÑAR SON LAS SIGUIENTES:

COMPOSICION: ALEACION DE COBRE, ALUMINIO Y NIQUEL, CON ADICIONES DE HIERRO Y MANGANESO, CON LA SIGUIENTE ESPECIFICACION: ALUMINIO, 5 POR 100, CON UNA TOLERANCIA EN MAS O EN MENOS DEL 5 POR 1.000; NIQUEL, 5 POR 100, CON UNA TOLERANCIA EN MAS O EN MENOS DEL 5 POR 1.000, ADMITIENDOSE COMO NIQUEL EL COBALTO, SIEMPRE QUE SU CONTENIDO NO PASE DEL 1 POR 100, REFERIDO A LA CIFRA DEL NIQUEL; HIERRO, 1 POR 100, CON UNA TOLERANCIA EN MAS O EN MENOS DEL 3 POR 1.000; MANGANESO, 0,6 POR 100, CON UNA TOLERANCIA EN MAS O EN MENOS DEL 3 POR 1.000. EL RESTO DE LA ALEACION SERA DE COBRE Y LAS IMPUREZAS MAXIMAS PERMITIDAS NO SOBREPASARAN EL 10 POR 1.000.

PESO: 4,25 GRAMOS, CON UNA TOLERANCIA EN MAS O EN MENOS DEL 4,5 POR 100.

FORMA: CIRCULAR, CON CANTO LISO Y PERFORACION INTERIOR TAMBIEN CIRCULAR.

DIAMETRO: EXTERIOR, DE 19,5 MILIMETROS, E INTERIOR DE 4,5 MILIMETROS.

TERCERO. LAS LEYENDAS Y MOTIVOS DE LOS ANVERSOS Y REVERSOS DE AMBAS MONEDAS SON LOS SIGUIENTES:

PRIMERA MONEDA. EN EL ANVERSO, EL SEMICIRCULO SUPERIOR ESTA OCUPADO POR LA EXPRESION <JUAN CARLOS I>, EN LA PARTE IZQUIERDA SE ENCUENTRA LA PALABRA <ESPAÑA>; EN EL SEMICIRCULO DERECHO, APARECE LA FIGURA DE S. M. EL REY EN 3/4 IZQUIERDA Y EN LA PARTE INFERIOR EL AÑO DE ACUÑACION.

EN EL REVERSO, EN EL SEMICIRCULO DERECHO, APARECEN UN SALTADOR DE ALTURA Y LA MARCA DE CECA. EN EL SEMICIRCULO IZQUIERDO, EL EMBLEMA DE LOS JUEGOS OLIMPICOS Y EL TEXTO <BARCELONA'92>. EN LA PARTE INFERIOR EL VALOR Y LA PALABRA <PESETA> EN ABREVIATURA.

SEGUNDA MONEDA. EN EL ANVERSO, EN EL SEMICIRCULO DERECHO, FIGURA UN LANZADOR DE DISCO.

EN LA PARTE SUPERIOR IZQUIERDA, LA PALABRA <ESPAÑA>, Y EN LA INFERIOR IZQUIERDA EL AÑO DE ACUÑACION.

EN EL REVERSO, EN LA PARTE SUPERIOR FIGURAN EL LOGOTIPO DE LOS JUEGOS OLIMPICOS DE BARCELONA 92, Y LA MARCA CECA. EN LA PARTE INFERIOR, EL TEXTO <BARCELONA'92> Y LOS AROS OLIMPICOS. EN LA PARTE CENTRAL IZQUIERDA, EL VALOR Y EN LA DERECHA LA PALABRA <PTAS.>.

CUARTO.

CADA UNO DE ESTOS DOS TIPOS DE MONEDAS SE ACUÑARAN EN LA MISMA PROPORCION.

QUINTO. LAS REFERIDAS MONEDAS SE ACUÑARAN POR CUENTA DEL ESTADO EN LA FABRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE, QUE LAS ENTREGARA AL BANCO DE ESPAÑA A MEDIDA QUE LO PERMITA SU CAPACIDAD DE FABRICACION, PROCEDIENDO EL BANCO A SU PUESTA EN CIRCULACION CON APLICACION DE LO DISPUESTO EN LAS ORDENES DE 15 DE JULIO DE 1982 Y DE 4 DE AGOSTO DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 5 DE AGOSTO DE 1982 Y DE 7 DE AGOSTO DE 1986, RESPECTIVAMENTE).

SEXTO. LA FECHA INICIAL DE EMISION ES EL AÑO 1990.

SEPTIMO. ESTAS MONEDAS DE 25 PESETAS SERAN ADMITIDAS EN LAS CAJAS PUBLICAS SIN LIMITACION Y, ENTRE PARTICULARES, HASTA 250 PESETAS, CUALQUIERA QUE SEA LA CUANTIA DEL PAGO.

OCTAVO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 29 DE JUNIO DE 1990.

SOLCHAGA CATALAN

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/06/1990
  • Fecha de publicación: 06/07/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 07/07/1990
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
Materias
  • Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
  • Moneda

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