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Documento BOE-A-1990-17808

Orden de 9 de julio de 1990 por la que se modifica el Reglamento de Inscripción de Variedades de Especies Hortícolas.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 1990, páginas 21885 a 21886 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1990-17808
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1990/07/09/(4)

TEXTO ORIGINAL

Con objeto de adaptar el Reglamento de Inscripción de Variedades de Especies Hortícolas, aprobado por la Orden de 23 de mayo de 1986 y modificado por las de 4 de abril y 19 de septiembre de 1988; a la Directiva comunitaria 88/380, así como de introducir diversas modificaciones relativas a las cantidades de material que es preciso facilitar por el solicitante de la inscripción en el Registro y las fechas límites de presentación del mismo y de las solicitudes, dispongo:

Unico.

El apartado 8 y los anexos A, B, C y D del Reglamento de Inscripción de Variedades de Especies Hortícolas, quedan modificados como sigue:

Ocho: Será preciso remitir las cantidades de material que se citan en el anexo C en la campaña en que se haya efectuado la solicitud de inscripción; en caso de no realizarse la entrega del material sin justificación alguna, se procederá al archivo de la solicitud de inscripción correspondiente.

ANEXO A
Especies incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento

Acelga: Beta vulgaris L. var, vulgaris.

Alcachofa: Cynara scolymus L.

Apio: Apium graveolens L.

Berenjena: Solanum melongena L.

Borraja: Borrago officinalis L.

Bróculi: Brassica olerácea L. convar. botrytis Alef. var. cymosa Dush.

Calabaza: Cucurbita máxima Dush.

Calabacín: Cucurbita pepo L.

Cardo: Cynara cardunculus L.

Cebolla: Allium cepa L.

Chirivía: Pastinaca sativa L.

Col de Bruselas: Brassica olerácea L. convar. olerácea var. gemmifera DC.

Col de Milán: Brassica olerácea L. Convar. capitata (L.) Alef var. sabanda L.

Coliflor. Brassica olerácea L. convar. botrytis (L.) Alef. var. botrytis L.

Colinabo: Brassica napus L. var. napobrassica (L.) Reich.

Colirrábano: Brassica olerácea L. convar. acephala (DC.) Alef var. gongylodes.

Col repollo chino: Brassica pekinensis (Lour.) Rupr.

Col forrajera o berza: Brassica olerácea L. convar. acephala (DC.) Alef. var. sabellica L.

Endivia y achicoria silvestre: Cichorium intybus L. (partim).

Escarola: Cichorium endivia L.

Espárrago: Asparagus officinalis L.

Espinaca: Spinacea olerácea L.

Guisante: Pisum sativum L. (partim).

Habas: Vicia faba L. (partim).

Hinojo: Foeniculum vulgare Miller.

Judía: Phaseolus vulgaris L.

Judía escarlata: Phaseolus coccineus L.

Lechuga: Lactuca sativa L.

Lombarda: Brassica olerácea L. convar. capitata (L.) Alef. var. rubra DC.

Melón: Cucumis melo L.

Nabo: Brassica rapa L. var. rapa.

Pepino: Cucumis sativus L.

Perejil: Petroselinum crispum (Miller) Nyman ex. A. W. Hill.

Perifollo: Anthriscus cerefolium (L.) Hoffm.

Pimiento: Capsium annuum L.

Puerro: Allium porrum L.

Rábano y rabanito: Raphanus sativus L.

Remolacha de mesa: Beta vulgaris L. var. conditiva Alef.

Repollo: Brassica olerácea L. convar. capitata (L.) Alefvar. alba DC.

Salsifi blanco: Tragopogon porrifolium L.

Salsifí negro o escorzonera: Scorzonera hispánica I.

Sandía: Citrullus lanatus (Thunb.) Matsum. et Nakai.

Tomate: Lycopersicon lycopersicum (L.) Karsten ex Farw.

Zanahoria: Daucus carota L.

ANEXO B
Fechas límite de presentación de solicitudes

1 de enero: Espárrago.

1 de febrero: Judía y judía escarlata.

1 de marzo: Acelga, achicoria, apio, borraja, bróculi, cardo, col Bruselas, col Milán, col forrajera o berza, col repollo chino, coliflor, colinabo, colirrábano, endivia, escarola, hinojo, lombarda, rábano y rabanito, remolacha de mesa, repollo, salsifí y zanahoria.

1 de abril: Nabo, perejil y espinaca.

1 de mayo: Alcachofa.

1 de junio: Cebolla temprana y perifollo.

1 de agosto: Habas.

15 de agosto: Guisante.

1 de noviembre: Berenjena, calabaza, calabacín, chirivía, lechuga, melón, pepino, pimiento, puerro, sandía y tomate.

15 de noviembre: Cebolla tardía.

ANEXO C
Material necesario para ensayos (envío sólo primer año)

Acelga: 300 gramos.

Achicoria silvestre: 100 gramos.

Alcachofa: 120 zuecas.

Apio: 80 gramos.

Berenjena: 30 gramos.

Borraja: 350 gramos.

Bróculi: 70 gramos.

Calabaza: 1 kilogramo.

Calabacín: 1 kilogramo.

Cardo: 400 gramos.

Cebolla: 100 gramos.

Chirivía: 100 gramos.

Col de Bruselas: 70 gramos.

Col de Milán: 70 gramos.

Col forrajera o berza: 70 gramos.

Col repollo chino: 70 gramos.

Coliflor. 70 gramos.

Colinabo: 70 gramos.

Colirrábano: 70 gramos.

Endivia: 70 gramos.

Escarola: 80 gramos.

Espárrago: 250 gramos de semilla y 120 zarpas.

Espinaca: 300 gramos.

Guisante: 6 kilogramos.

Habas: 6 kilogramos.

Hinojo: 150 gramos.

Judía: 6 kilogramos.

Judía escarlata: 6 kilogramos

Lechuga: 80 gramos.

Lombarda: 70 gramos.

Melón: 150 gramos.

Nabo: 800 gramos.

Pepino: 60 gramos.

Perejil: 100 gramos.

Perifollo: 150 gramos.

Pimiento: 50 gramos.

Puerro: 100 gramos.

Rábano y rabanito: 300 gramos.

Remolacha de mesa: 200 gramos.

Repollo: 70 gramos.

Salsifí blanco: 100 gramos.

Salsifinegro o escorzonera: 100 gramos.

Sandía: 150 gramos.

Tomate: 25 gramos.

Zanahoria: 100 gramos.

ANEXO D
Fechas límite de entrega de material

1 de febrero: Espárrago.

1 de marzo: Judía y judía escarlata.

1 de abril: Acelga, achicoria, apio, borraja, bróculi, cardo. col Bruselas, col Milán, col forrajera o berza, col repollo chino, coliflor, colinabo, colirrábano, endivia, escarola, hinojo, lombarda, rábano y rabanito, remolacha de mesa, repollo, salsifí y zanahoria.

1 de mayo: Nabo, perejil y espinaca.

1 de jumo: Alcachofa.

1 de julio: Cebolla temprana y perifollo.

1 de septiembre: Guisante y habas.

1 de diciembre: Berenjena y calabaza, calabacín, chirivía, lechuga, melón, pepino, pimiento, puerro, sandía y tomate.

15 de diciembre: Cebolla tardía.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de julio de 1990.

ROMERO HERRERA

Ilmo. Sr. Director general de la Producción Agraria.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 09/07/1990
  • Fecha de publicación: 25/07/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 26/07/1990
Referencias anteriores
Materias
  • Achicoria
  • Frutos y productos hortícolas
  • Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero
  • Leguminosas
  • Plantas
  • Semillas
  • Viveros de plantas

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