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Documento BOE-A-1991-5506

Orden 17/1991, de 25 de febrero, por la que se asignan competencias en materia de compensaciones industriales en el Ministerio de Defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 1991, páginas 6785 a 6785 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1991-5506
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1991/02/25/17

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 1/1987, DE 1 DE ENERO, POR EL QUE SE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGANICA BASICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA, ASIGNA A LA DIRECCION GENERAL DE ARMAMENTO Y MATERIAL, ENTRE OTRAS, LAS FUNCIONES DE PROPONER, COORDINAR, GESTIONAR Y TRAMITAR LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ADQUISICIONES Y DE APOYO LOGISTICO A NIVEL INDUSTRIAL DE LOS SISTEMAS DE ARMAS Y EQUIPOS NECESARIOS PARA LAS FUERZAS ARMADAS, ASI COMO RELACIONARSE CON ORGANISMOS INTERNACIONALES Y EXTRANJEROS PARA NEGOCIAR, GESTIONAR Y PROMOVER LOS PROGRAMAS DE COOPERACION CON OTROS PAISES.

LAS COMPENSACIONES INDUSTRIALES DERIVADAS DE LAS ADQUISICIONES DE MATERIAL DE DEFENSA EN EL EXTRANJERO, PERMITEN LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA ESPAÑOLA EN EL EXTERIOR, EL USO RACIONAL DE LOS RECURSOS Y LA COLABORACION EN LA OBTENCION DE LAS TECNOLOGIAS NECESARIAS PARA CONSEGUIR EL MAXIMO RETORNO ECONOMICO, INDUSTRIAL Y TECNOLOGICO, LO QUE HACE NECESARIO ASIGNAR COMPETENCIAS EN MATERIA DE COMPENSACIONES INDUSTRIALES EN EL MINISTERIO DE DEFENSA.

EN CONSECUENCIA, Y DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LA DISPOSICION FINAL TERCERA DEL REAL DECRETO 1/1987, DE 1 DE ENERO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 2), DISPONGO:

PRIMERO. EL DIRECTOR GENERAL DE ARMAMENTO Y MATERIAL SERA COMPETENTE PARA NEGOCIAR, GESTIONAR Y PROMOVER LAS COMPENSACIONES INDUSTRIALES DERIVADAS DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ADQUISICIONES Y DE APOYO LOGISTICO A NIVEL INDUSTRIAL, DE LOS SISTEMAS DE ARMAS Y EQUIPOS DE INTERES PARA LA DEFENSA NACIONAL, SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 8. , 2.3, DEL REAL DECRETO 1/1987 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 2).

SEGUNDO. SE AUTORIZA AL DIRECTOR GENERAL DE ARMAMENTO Y MATERIAL A FORMALIZAR LOS CONVENIOS NECESARIOS PARA PODER LLEVAR A EFECTO LAS FUNCIONES QUE SE ENCOMIENDAN EN EL ARTICULO ANTERIOR.

TERCERO. SE FACULTA AL SECRETARIO DE ESTADO DE LA DEFENSA PARA DICTAR CUANTAS INSTRUCCIONES SEAN NECESARIAS PARA EL DESARROLLO DE LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN.

MADRID, 25 DE FEBRERO DE 1991.

SERRA I SERRA

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/02/1991
  • Fecha de publicación: 27/02/1991
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final tercera del Real Decreto 1/1987, de 1 de enero (Ref. BOE-A-1987-50).
Materias
  • Dirección General de Armamento y Material
  • Ministerio de Defensa
  • Secretaría de Estado de la Defensa

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