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Documento BOE-A-1995-6100

Resolución 30/1995, de 1 de marzo, de la Jefatura del Estado Mayor del Ejercito de Tierra, por la que se delegan en el Jefe del Mando de Personal del Ejercito de Tierra, determinadas competencias en materia de personal civil.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 1995, páginas 7799 a 7799 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1995-6100
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1995/03/01/30

TEXTO ORIGINAL

El apartado tercero de la Orden 62/1994, de 13 de junio, sobre delegación de competencias en materia de personal civil en el Ministerio de Defensa, atribuye al Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra o autoridad que designe, previa autorización del Secretario de Estado de Administración Militar, diversas competencias en materia de personal civil.

Por razones funcionales, resulta conveniente delegar en el Jefe del Mando de Personal, determinadas competencias que tienen carácter de gestión, por lo que en uso de las facultades conferidas, previa autorización del Secretario de Estado de Administración Militar y de conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud, dispongo:

Primero.-Delego en el Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra el ejercicio de las siguientes competencias:

1.1 La propuesta de convocatoria y contenido de las pruebas de acceso a los cuerpos y escalas adscritos al Departamento.

1.2 La propuesta de provisión de puestos de personal funcionario por concurso, libre designación y comisión de servicio, y el informe en el caso de permutas.

1.3 La propuesta de cobertura de puestos de personal laboral, mediante concurso de traslados o promoción interna, y el informe sobre la concesión de reingresos, traslados voluntarios con carácter provisional y permutas.

1.4 La propuesta, de acuerdo con las prioridades marcadas, de las contrataciones de personal laboral, excepto las que se realicen para sustituir a personal con derecho a reserva de puesto o jubilado anticipadamente.

1.5 La propuesta, de acuerdo con las prioridades marcadas, de los planes anuales de horas extraordinarias.

1.6 La concesión, previa certificación de existencia de crédito por el órgano económico-financiero correspondiente, de las pagas de anticipo.

Segundo.-Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación, indicarán expresamente esta circunstancia, haciendo constar en la antefirma, la expresión «por delegación», con cita de esta Resolución.

Tercero.-Mediante acuerdo motivado de la autoridad delegante, se podrá avocar el conocimiento y resolución de cualquier asunto comprendido en la presente delegación.

Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de marzo de 1995.-El Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra, José Faura Martín.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/03/1995
  • Fecha de publicación: 09/03/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 10/03/1995
  • Fecha de derogación: 14/02/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución 42/1999, de 26 de enero (Ref. BOE-A-1999-3790).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ejército de Tierra
  • Ministerio de Defensa

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