Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-17127

Real Decreto 1603/2000, de 15 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1424/1998, de 3 de julio, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 22 de septiembre de 2000, páginas 32434 a 32435 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2000-17127
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2000/09/15/1603

TEXTO ORIGINAL

El Real Patronato de la Ciudad de Toledo fue constituido por el Real Decreto 1424/1998, de 3 de julio, con la finalidad de contribuir a fortalecer y potenciar las posibilidades de desarrollo cultural y turístico de la ciudad, declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en 1986.

El Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de reestructuración de Departamentos ministeriales, ha creado el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y los Ministerios de Economía y de Hacienda, como consecuencia de la división del anterior Ministerio de Economía y Hacienda, lo que obliga a realizar las oportunas adaptaciones en la composición del Real Patronato de la Ciudad de Toledo, que ya había sido modificada por el Real Decreto 2063/1999, de 30 de diciembre.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, con la aprobación del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de septiembre de 2000,

D I S P O N G O :

Artículo único. Alcance de la modificación.

Se modifica el artículo 4 del Real Decreto 1424/1998, de 3 de julio, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Toledo, que queda redactado en los siguientes términos:

"Artículo 4. Composición.

1. Bajo la Presidencia de Honor de Su Majestad el Rey, el Real Patronato tendrá la siguiente composición:

A) Presidente: el Presidente del Gobierno.

B) Vicepresidente: el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, que sustituirá al Presidente en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legalmente establecida.

C) Vocales:

a) El Vicepresidente Segundo del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministro de Economía.

b) El Ministro de Asuntos Exteriores.

c) El Ministro de Hacienda.

d) El Ministro de Fomento.

e) El Ministro de Administraciones Públicas.

f) El Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

g) El Secretario de Estado de Cultura.

h) El Delegado del Gobierno en Castilla-La Mancha.

i) El Alcalde de Toledo.

j) El Presidente de la Diputación Provincial de Toledo.

k) El Arzobispo de Toledo.

l) El Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha.

m) El Director de la Real Academia de Bellas Artes y Ciencias HIstóricas de Toledo.

n) Un representante de la Real Fundación de Toledo.

D) Secretario: el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte.

2. A las sesiones del Real Patronato podrán asistir, con voz pero sin voto, aquellas personas que sean expresamente convocadas al efecto por el Presidente."

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Madrid a 15 de septiembre de 2000.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación, Cultura y Deporte, PILAR DEL CASTILLO VERA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 15/09/2000
  • Fecha de publicación: 22/09/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 22/09/2000
  • Entrada en vigor: 22 de septiembre de 2000.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 4 del Real Decreto 1424/1998, de 3 de julio (Ref. BOE-A-1998-17041).
Materias
  • Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
  • Organización de la Administración del Estado
  • Real Patronato de la Ciudad de Toledo

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid