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Documento BOE-A-2002-15336

Recurso de inconstitucionalidad número 4244-2002, promovido por el Presidente del Gobierno contra determinados preceptos de la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 2/2002, de 27 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2002, páginas 27966 a 27966 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2002-15336

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de julio actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 4244-2002, promovido por el Presidente del Gobierno de la Nación, representado por el Abogado del Estado, contra el artículo 16 y el inciso "ni para la realización de actividades propias de la correspondiente profesión por cuenta de aquéllas" de la disposición adicional sexta de la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 2/2002, de 27 de marzo, de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso, 8 de julio de 2002, para la partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el "Boletín Oficial del Estado" para los terceros.

Madrid, a 16 de julio de 2002.-El Presidente del Tribunal Constitucional,

JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 16/07/2002
  • Fecha de publicación: 30/07/2002
  • Suspende, desde el 30 de julio de 2002, la vigencia y aplicación del art. 6 y, desde el 8 de julio de 2002, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad del art. 16 y el inciso indicado de la disposición adicional 6, por Sentencia 123/2013, de 23 de mayo (Ref. BOE-A-2013-6653).
  • SE DECLARA el levantamiento de la suspensión de vigencia y aplicación del art. 16, por Auto de 10 de diciembre de 2002 (Ref. BOE-A-2002-25045).
  • CORRECCIÓN de errores, por la que se sólo se suspende de vigencia y aplicación el art. 16 y no el inciso de la disposición adicional 6, en BOE núm. 188, de 7 de agosto de 2002 (Ref. BOE-A-2002-15995).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con:
    • el art. 16 y el inciso indicado de la disposición adicional 6 de la Ley 2/2002, de 27 de marzo (Ref. BOE-A-2002-7712).
    • la disposición adicional 5 de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-1461).
    • el inciso indicado del art. 9 de la Ley 10/1990, de 23 de mayo (Ref. BOE-A-1990-13749).
Materias
  • Canarias
  • Energía eléctrica
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Suministro de energía

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