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Documento BOE-A-2002-21029

Resolución de 17 de octubre de 2002, de la Dirección General de Universidades, por la que se publican los criterios generales de evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación para la contratación de personal docente e investigador y se determina el procedimiento de presentación de solicitudes de evaluación o informe.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 2002, páginas 38222 a 38227 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-21029
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2002/10/17/(2)

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, atribuye en su artículo 31 a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, entre otras funciones, las relacionadas con la evaluación de las actividades docentes, investigadoras y de gestión del profesorado universitario.

Estas funciones de evaluación se determinan de modo más específico en los artículos 50 a 52 de la Ley como requisito previo para la contratación de profesores ayudantes doctores, profesores colaboradores y profesores contratados doctores, así como en el artículo 72 para la contratación de, al menos, el 25 por 100 del personal docente e investigador de las Universidades privadas.

En desarrollo de estos preceptos, el Real Decreto 1052/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la obtención de la evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, y de su certificación, a los efectos de contratación de personal docente e investigador universitario, dispone en su artículo tercero que las evaluaciones e informes realizados sobre dicho personal docente e investigador, se realizarán por evaluadores independientes y expertos en el campo científico que corresponda, y de conformidad con unos criterios de evaluación que serán elaborados con carácter general por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación para cada una de las figuras contractuales ya mencionadas.

En dicho Real Decreto se ordena la publicación de estos criterios elaborados por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación mediante Resolución de la Dirección General de Universidades.

Por otra parte, el mencionado Real Decreto, al regular el procedimiento de presentación de solicitudes de evaluación o de informe, dispone en su artículo segundo que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte elaborará un modelo de solicitud y de currículum vitae normalizado que será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» mediante Resolución del Director general de Universidades.

En consecuencia, una vez adoptados por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación los criterios generales para evaluar o informar las actividades docentes, investigadoras y de gestión de los profesores y aprobados los modelos de solicitud y de currículum vitae idóneos para solicitar la respectiva evaluación o informe, dispongo:

Primero.

Para obtener la evaluación o informe que, de acuerdo con las previsiones de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, debe emitir la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación a los efectos de poder ser contratado como personal docente y/o investigador en alguna de las figuras previstas en los artículos 50, 51, 52 o bien, en los supuestos que establece el artículo 72, los interesados deberán presentar su solicitud conforme a lo dispuesto en el artículo segundo del Real Decreto 1052/2002, de 11 de octubre, ante la Dirección General de Universidades.

Segundo.

La solicitud será presentada en soporte papel y deberá ajustarse al modelo que figura en el anexo I de la presente Resolución, modelo al que se puede tener acceso en la página web www.univ.mecd.es o en las propias oficinas de la Dirección General.

Tercero.

A los efectos de proceder de manera ágil y eficaz al examen de las peticiones, los interesados deberán presentar ante la Dirección General de Universidades un total de seis ejemplares de solicitud.

Cuarto.

Cada uno de los seis ejemplares de solicitud deberá estar acompañado de la documentación acreditativa de la titulación exigida y del historial académico.

Quinto.

La documentación acreditativa de la titulación exigida, así como cualquier otra documentación que se desee aportar, deberá ser presentada mediante copias que habrán sido previamente cotejadas con el documento original por cualquiera de los Registros a los que se refiere el artículo 38.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto.

El historial académico que acompaña a la solicitud será redactado conforme al modelo de currículum vitae que aparece en el acceso en la página web www.univ.mecd.es.

Séptimo.

Los interesados que soliciten la evaluación o el informe de su actividad docente y/o investigadora para más de una figura contractual de las previstas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, deberán presentar los correspondientes seis ejemplares de solicitud por cada una de las figuras contractuales para las que deseen obtener la certificación.

Octavo.

A los efectos exclusivos de asignación de solicitudes por parte de la Agencia a campos de evaluación específicos, se incluye como anexo III de la presente Resolución el Catálogo de Áreas de Conocimiento ya publicado como anexo II del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio.

Noveno.

Se hacen públicos los criterios de evaluación adoptados por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación para cada una de las figuras contractuales de profesorado previstas en la Ley Orgánica 6/2001, mediante su inclusión en el anexo IV de la presente Resolución, así como en la página web www.univ.mecd.es.

Décimo.

La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de octubre de 2002.‒P. S. (artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), el Secretario de Estado de Educación y Universidades, Julio Iglesias de Ussel.

ANEXO I
Solicitud de evaluación o informe de la Agencia Nacional de la Calidad y Acreditación

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ANEXO II
Currículum vitae

Modelo normalizado

Nombre y apellidos:

Fecha:

Firma:

El abajo firmante declara que son ciertos los datos que figuran en este currículum, asumiendo en caso contrario las responsabilidades que pudieran derivarse de las inexactitudes que consten en el mismo.

Es necesario firmar al margen de cada una de las hojas.

Este currículum vitae se presenta sin perjuicio de que en el proceso de evaluación se pueda requerir al interesado para ampliar la información aquí contenida.

Datos personales:

Apellidos:

Nombre:

DNI:

Fecha de nacimiento:

Sexo:

Situación profesional actual:

Organismo o entidad:

Categoría profesional:

Actividad que desarrolla:

Fecha de inicio:

Actividades anteriores de carácter científico o profesional:

Fechas:

Puesto:

Institución:

Actividad desarrollada:

Formación académica:

Diplomatura/Licenciatura/Ingeniería:

Centro:

Fecha:

Doctorado:

Centro:

Fecha:

Director(es) de tesis:

Título de la tesis:

Ayudas y becas:

Finalidad:

Entidad financiadora:

Duración:

Centro o institución:

Publicaciones científicas internacionales con proceso anónimo de revisión por pares, así como otras publicaciones científicas, libros, capítulos de libros, prólogos, introducciones y anotaciones a textos de reconocido valor científico.

Claves: L Libro completo. CL Capítulo de libro. A Artículo. R Revista. E Editor.

Autores:

Título:

Revista/libro:

Volumen/páginas/editorial/año:

Clave:

Patentes, modelos de utilidad y otros resultados de la investigación, en especial los que produzcan transferencia tecnológica al sector productivo:

Inventores:

Título:

Número de solicitud:

País de prioridad:

Fecha de prioridad:

Entidad titular:

Países a los que se ha extendido:

Empresa(s) que la está(n) explotando:

Participación en proyectos de investigación obtenidos en convocatorias públicas y competitivas, en especial, los financiados mediante programas nacionales o europeos:

Título del proyecto:

Entidad financiadora:

Duración desde:        Hasta:

Investigador principal:

Tipo de participación del solicitante:

Resultados más relevantes:

Participación en contratos de investigación de especial relevancia en empresas o en la Administración Pública:

Título del contrato:

Empresa o administración financiadora:

Duración desde:        Hasta:

Investigador responsable:

Tipo de participación del solicitante:

Resultados más relevantes:

Estancias en centros españoles y extranjeros. En especial las financiadas mediante programas competitivos:

Centro:

Localidad:

País:

Año:

Duración:

Tema:

El solicitante realizó su estancia en calidad de:

Contribuciones a Congresos y Conferencias Científicas Nacionales e Internacionales:

Autores:

Título:

Tipo de participación:

Congreso:

Publicación:

Lugar de celebración:

Año:

Tesis doctorales dirigidas:

Título:

Doctorado:

Programa:

Universidad:

Año:

Calificación:

Miembros del Tribunal:

Obras artísticas:

Descripción:

Fechas:

Exposición, catalogación o publicación en su caso:

Experiencia docente:

Centro:

Departamento/Facultad o Escuela/Instituto:

Localidad:

País:

Año:

Título del curso impartido:

Diplomatura/Licenciatura/Ingeniería/Doctorado:

Nivel del curso (destinatarios):

Duración:

Contenidos principales:

Evaluación sobre la calidad de la docencia impartida:

Material docente original/tipo/soporte/:

Formación para la docencia. Formación didáctica para la actividad docente (estancias en centros, participación en cursos o programas específicos, desarrollo de proyectos de innovación docente, etc...):

Experiencia profesional:

Entidad:

Categoría:

Lugar:

Duración:

Actividad desarrollada:

Relevancia para el campo científico:

Otros méritos relevantes que el solicitante desea hacer constar:

ANEXO III
Catálogo de Áreas de Conocimiento

005 Álgebra.

010 Análisis Geográfico Regional.

015 Análisis Matemático.

020 Anatomía Patológica.

025 Anatomía y Anatomía Patológica Comparadas.

027 Anatomía y Embriología Humana.

028 Antropología Física.

030 Antropología Social.

033 Arqueología.

035 Arquitectura y Tecnología de Computadores.

038 Astronomía y Astrofísica.

040 Biblioteconomía y Documentación.

050 Biología Celular.

060 Bioquímica y Biología Molecular.

063 Botánica.

065 Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica.

070 Ciencia Política y de la Administración.

075 Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial.

083 Ciencias y Técnicas de la Navegación.

085 Ciencias y Técnicas Historiográficas.

090 Cirugía.

095 Comercialización e Investigación de Mercados.

100 Composición Arquitectónica.

105 Comunicación Audiovisual y Publicidad.

110 Construcciones Arquitectónicas.

115 Construcciones Navales.

120 Cristalografía y Mineralogía.

125 Derecho Administrativo.

130 Derecho Civil.

135 Derecho Constitucional.

140 Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

145 Derecho Eclesiástico del Estado.

150 Derecho Financiero y Tributario.

155 Derecho Internacional Privado.

160 Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales.

165 Derecho Mercantil.

170 Derecho Penal.

175 Derecho Procesal.

180 Derecho Romano.

183 Dermatología.

185 Dibujo.

187 Didáctica de la Expresión Corporal.

189 Didáctica de la Expresión Musical.

193 Didáctica de la Expresión Plástica.

195 Didáctica de la Lengua y la Literatura.

200 Didáctica de la Matemática.

205 Didáctica de las Ciencias Experimentales.

210 Didáctica de las Ciencias Sociales.

215 Didáctica y Organización Escolar.

220 Ecología.

225 Economía Aplicada.

230 Economía Financiera y Contabilidad.

235 Economía, Sociología y Política Agraria.

240 Edafología y Química Agrícola.

245 Educación Física y Deportiva.

247 Electromagnetismo.

250 Electrónica.

255 Enfermería.

260 Escultura.

265 Estadística e Investigación Operativa.

270 Estética y Teoría de las Artes.

275 Estomatología.

280 Estratigrafía.

285 Estudios Árabes e Islámicos.

290 Estudios Hebreos y Arameos.

295 Explotación de Minas.

300 Expresión Gráfica Arquitectónica.

305 Expresión Gráfica en la Ingeniería.

310 Farmacia y Tecnología Farmacéutica.

315 Farmacología.

320 Filología Alemana.

325 Filología Catalana.

327 Filología Eslava.

335 Filología Francesa.

340 Filología Griega.

345 Filología Inglesa.

350 Filología Italiana.

355 Filología Latina.

360 Filología Románica.

365 Filología Vasca.

370 Filología Gallega y Portuguesa.

375 Filosofía.

381 Filosofía del Derecho.

383 Filosofía Moral.

385 Física Aplicada.

390 Física Atómica, Molecular y Nuclear.

395 Física de la Materia Condensada.

398 Física de la Tierra.

405 Física Teórica.

410 Fisiología.

412 Fisiología Vegetal.

413 Fisioterapia.

415 Fundamentos del Análisis Económico.

420 Genética.

427 Geodinámica Externa.

428 Geodinámica Interna.

430 Geografía Física.

435 Geografía Humana.

440 Geometría y Topología.

443 Histología.

445 Historia Antigua.

450 Historia Contemporánea.

455 Historia de América.

460 Historia de la Ciencia.

465 Historia del Arte.

470 Historia del Derecho y de las Instituciones.

475 Historia del Pensamiento y de los Movimientos Sociales y Políticos.

480 Historia e Instituciones Económicas.

485 Historia Medieval.

490 Historia Moderna.

495 Ingeniería Aeroespacial.

500 Ingeniería Agroforestal.

505 Ingeniería Cartográfica, Geodésica y Fotogrametría.

510 Ingeniería de la Construcción.

515 Ingeniería de los Procesos de Fabricación.

520 Ingeniería de Sistemas y Automática.

525 Ingeniería del Terreno.

530 Ingeniería e Infraestructura de los Transportes.

535 Ingeniería Eléctrica.

540 Ingeniería Hidráulica.

545 Ingeniería Mecánica.

550 Ingeniería Nuclear.

555 Ingeniería Química.

560 Ingeniería Telemática.

565 Ingeniería Textil y Papelera.

566 Inmunología.

567 Lengua Española.

568 Lengua y Cultura del Extremo Oriente.

570 Lenguajes y Sistemas Informáticos.

575 Lingüística General.

580 Lingüística Indoeuropea.

583 Literatura Española.

585 Lógica y Filosofía de la Ciencia.

590 Máquinas y Motores Térmicos.

595 Matemática Aplicada.

600 Mecánica de Fluidos.

605 Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras.

610 Medicina.

613 Medicina Legal y Forense.

615 Medicina preventiva y Salud Pública.

617 Medicina y Cirugía Animal.

620 Metodología de las Ciencias y del Comportamiento.

625 Métodos de Investigación y Diagnóstico en Educación.

630 Microbiología.

635 Música.

640 Nutrición y Bromatología.

645 Obstetricia y Ginecología.

646 Oftalmología.

647 Óptica.

650 Organización de Empresas.

653 Otorrinolaringología.

655 Paleontología.

660 Parasitología.

670 Pediatría.

675 Periodismo.

680 Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológico.

685 Petrología y Geoquímica.

690 Pintura.

695 Prehistoria.

700 Producción Animal.

705 Producción Vegetal.

710 Prospección e Investigación Minera.

715 Proyectos Arquitectónicos.

720 Proyectos de Ingeniería.

725 Psicobiología.

730 Psicología Básica.

735 Psicología Evolutiva y de la Educación.

740 Psicología Social.

745 Psiquiatría.

750 Química Analítica.

755 Química Física.

760 Química Inorgánica.

765 Química Orgánica.

770 Radiología y Medicina Física.

773 Sanidad Animal.

775 Sociología.

780 Tecnología de Alimentos.

785 Tecnología Electrónica.

790 Tecnologías del Medio Ambiente.

796 Teoría de la Literatura y Literatura Comparada.

800 Teoría de la Señal y Comunicaciones.

805 Teoría e Historia de la Educación.

807 Toxicología.

813 Trabajo Social y Servicios Sociales.

814 Traducción e Interpretación.

815 Urbanística y Ordenación del Territorio.

819 Zoología.

ANEXO IV
Criterios de evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación para las figuras contractuales de profesorado

Los siguientes criterios hacen referencia a la evaluación de los méritos que ha de realizar la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación previa a la contratación de profesorado, en cumplimiento de los artículos 50, 51, 52 y 72.2 de la Ley de Universidades. Los Estatutos de las Universidades definirán los términos, criterios y procedimientos que se aplicarán en el proceso de contratación del profesorado referido en los citados artículos.

1. Profesor Contratado Doctor (artículo 52 de la Ley de Universidades) y Profesorado de Universidades Privadas (artículo 72.2 de la Ley de Universidades). En la evaluación para profesores contratados doctores y profesores de universidades privadas serán valorados los siguientes méritos de los solicitantes:

1.1 Experiencia investigadora. Se valorarán principalmente los siguientes méritos investigadores:

Publicaciones científicas internacionales con proceso anónimo de revisión por pares.

Otras publicaciones científicas, incluyendo libros, capítulos de libros, prólogos, introducciones y anotaciones a textos de reconocido valor científico.

Patentes, modelos de utilidad y otros resultados de la investigación, en especial los que produzcan transferencia tecnológica al sector productivo.

Participación en proyectos de investigación obtenidos en convocatorias públicas y competitivas, en especial los financiados mediante programas nacionales o europeos.

Participación en contratos de investigación de especial relevancia en empresas o en la administración pública.

Estancias de investigación en el extranjero, en especial las financiadas mediante programas competitivos.

Contribuciones a congresos y conferencias científicas nacionales e internacionales.

Dirección de tesis doctorales.

Otros méritos de investigación relevantes.

En la actividad investigadora cuyo resultado sea la creatividad artística, la valoración se realizará en función de su reconocimiento y la repercusión producida en su entorno a través de exposiciones, premios, concursos y certámenes.

1.2 Experiencia docente. Se valorarán principalmente los siguientes méritos docentes:

La amplitud e intensidad de la docencia en su ámbito disciplinar. Los ciclos de la enseñanza en los que se ha participado. Las instituciones en las que se ha ejercido la docencia. Se tendrán en cuenta las evaluaciones que sobre la calidad de su docencia aporte el solicitante. Se valorará la experiencia docente fuera del centro en el que se defendió la tesis doctoral y en especial la realizada en centros extranjeros de reconocido prestigio, debidamente certificada por sus responsables académicos.

La formación didáctica para la actividad docente (estancias en centros de formación docente, participación en cursos, congresos o programas específicos) y la utilización de las nuevas tecnologías en los procesos de transmisión del conocimiento, así como la participación en proyectos de innovación docente obtenidos en convocatorias competitivas.

El material docente original del solicitante (manuales, libros de prácticas, guías, etcétera) cualquiera que sea el soporte utilizado.

Otros méritos docentes relevantes.

1.3 Formación académica. Se valorarán los resultados de la formación académica, en especial la desarrollada durante y después del doctorado. Se tendrán en cuenta la calidad de las instituciones y los programas en los que se ha formado el solicitante. Se valorarán en especial las becas, bolsas y ayudas de carácter competitivo recibidas de programas nacionales o europeos.

1.4 Experiencia y otros méritos profesionales. Se valorará el interés y la relevancia práctica que para la docencia y la investigación tiene la experiencia profesional del solicitante.

1.5 Otros méritos.

2. Profesor Ayudante Doctor (artículo 50 de la Ley Universidades). En la evaluación para profesor ayudante doctor serán valorados los siguientes méritos de los solicitantes:

2.1 Formación académica. Se valorará la amplitud y resultados de la formación académica predoctoral y, en especial, la relacionada con el programa de doctorado cursado, atendiendo a la calidad del programa y de la institución correspondiente en el campo científico del solicitante. Se considerarán también los cursos, seminarios y talleres en los que haya participado, tanto en lo que se refiere a su ámbito disciplinar como a la formación específica como docente universitario. Se tendrá en cuenta igualmente la formación del solicitante en técnicas y tecnologías didácticas.

2.2 Publicaciones y tesis doctoral. Se valorará la calidad, originalidad y relevancia de la tesis doctoral, y en especial el medio de difusión utilizado para su publicación, así como otros índices de calidad. Se valorarán igualmente las publicaciones relacionadas, y con carácter preferente las internacionales con proceso anónimo de revisión por pares, así como la participación en congresos y conferencias científicas nacionales e internacionales.

2.3 Estancias en centros extranjeros y ayudas recibidas. Se valorarán las estancias pre y post doctorales en el extranjero, atendiendo a sus resultados formativos y a la calidad del programa e institución correspondiente en el campo científico del solicitante, así como las becas, bolsas y ayudas de carácter competitivo recibidas, en especial las relacionadas con la participación en programas regionales, nacionales o europeos.

2.4 Participación en proyectos de investigación obtenidos en convocatorias públicas y competitivas, en especial los financiados mediante programas regionales, nacionales o europeos. Se valorará igualmente la participación en contratos de investigación de especial relevancia en empresas o en la administración pública.

2.5 Formación para la docencia. Se valorará la formación en la metodología para la docencia y la experiencia docente si la hubiera, y, en su caso, las evaluaciones que sobre la calidad de su docencia aporte el solicitante.

2.6 Otros méritos.

3. Profesor Colaborador (artículo 51 de la Ley de Universidades). En la evaluación para profesor colaborador serán valorados los siguientes méritos de los solicitantes:

3.1 Experiencia docente. Se valorarán principalmente los siguientes méritos docentes:

La extensión de la docencia en su ámbito disciplinar. Las instituciones en las que se ha ejercido la docencia, así como las evaluaciones que sobre la calidad de su docencia aporte el solicitante.

La formación didáctica para la actividad docente (participación en cursos, congresos o programas específicos) y la utilización de las nuevas tecnologías en los procesos de transmisión del conocimiento.

Otros méritos docentes relevantes.

3.2 Experiencia y otros méritos profesionales. Se valorará el interés y la relevancia que para la docencia teórica y práctica tiene la experiencia profesional del solicitante.

3.3 Formación académica. Se valorará la formación académica en Diplomatura y Licenciatura del solicitante, teniendo en cuenta las becas y premios de carácter competitivo obtenidos. Se considerarán también los cursos, seminarios y talleres en los que haya participado y se tendrán en cuenta las estancias realizadas en centros docentes y de investigación.

3.4 Publicaciones. Se valorará la calidad e importancia de las publicaciones relacionadas con el campo científico.

3.5 Otros méritos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/10/2002
  • Fecha de publicación: 30/10/2002
  • Efectos desde el 31 de octubre de 2002.
  • Fecha de derogación: 02/05/2005
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 18 de febrero de 2005 (Ref. BOE-A-2005-3650).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 2 y 3 del Real Decreto 1052/2002, de 11 de octubre (Ref. BOE-A-2002-19804).
  • CITA Real Decreto 774/2002, de 26 de julio (Ref. BOE-A-2002-15997).
Materias
  • Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación
  • Formularios administrativos
  • Investigación científica
  • Profesorado
  • Trabajadores
  • Universidades

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