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Documento BOE-A-2006-6241

Acuerdo Multilateral M-173 en virtud de la Sección 1.5.1 del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 18 de 21 de enero de 2005), relativo a los Códigos LQ4 y LQ5 del 3.4.6, hecho en Madrid el 30 de diciembre de 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2006, páginas 13598 a 13599 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2006-6241
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2005/12/30/(1)

TEXTO ORIGINAL

Número de orden M-173
ACUERDO MULTILATERAL ADR M 173
En virtud de la sección 1.5.1 del ADR, relativo a los códigos LQ4 y LQ5 del 3.4.6

(1) Como excepción a las disposiciones del 3.4.6 del ADR, la nota al pie de página c) se aplica también a los códigos LQ4 y LQ5, tal como se menciona en la columna (1) de la tabla del 3.4.6. (2) Este acuerdo se aplicará a los transportes entre los territorios de las partes contratantes del ADR que lo hayan firmado hasta el 1 de enero de 2007, a no ser que sea revocado por uno de los firmantes, en cuyo caso seguirá siendo aplicable únicamente a los transportes entre los territorios de las partes contratantes del ADR que lo hayan firmado y no lo hayan revocado.

Madrid, 30 de diciembre de 2005.-La autoridad competente para el ADR en España, Juan Miguel Sánchez García, Director General de Transportes por Carretera. El presente Acuerdo ha sido firmado por las Autoridades competentes del ADR de:

Alemania.

Austria. Bélgica. España. Francia. Noruega. Paises Bajos. Portugal. República Checa. Suecia.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 28 de marzo de 2006.-El Secretario General Técnico, Francisco Fernández Fábregas.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 30/12/2005
  • Fecha de publicación: 07/04/2006
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 28 de marzo de 2006.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la sección 1.5.1 del anexo A del Acuerdo de 30 de septiembre de 1957, texto revisado (ADR) (Ref. BOE-A-2005-1076).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas CEPE
  • Mercancías peligrosas
  • Transporte de mercancías
  • Transportes internacionales
  • Transportes por carretera

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