Está Vd. en

Documento BOE-A-2012-13338

Orden SSI/2301/2012, de 16 de octubre, por la que se modifica la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 27 de octubre de 2012, páginas 75758 a 75760 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-13338
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2012/10/16/ssi2301

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, se dio cumplimiento a lo establecido en la disposición final segunda de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento de los datos de carácter personal.

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

En consecuencia, para dar cumplimiento a lo establecido en dicho artículo y con el fin de completar la relación de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos dependientes, se procede a ampliar la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, incorporando en el anexo 3 –Ficheros con datos de carácter personal sobre Política Social– los ficheros denominados Registro Electrónico del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y Redes Sociales CRMF San Fernando.

En la tramitación de esta orden ha emitido informe preceptivo la Agencia Española de Protección de Datos.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Creación de ficheros.

Se amplía el contenido del anexo número 3 «Ficheros con datos de carácter personal sobre Política Social» de la Orden de 21 de julio de 1994, con la creación de dos nuevos ficheros denominados «Registro Electrónico del Imserso» y «Redes Sociales CRMF San Fernando» cuyos datos figuran en los anexos I y II de esta orden.

Artículo 2. Gestión y organización.

El titular del órgano responsable de estos ficheros adoptará, bajo la superior dirección de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada ley y en el que se contienen medidas de seguridad de los ficheros automatizados y no automatizados que contengan datos de carácter personal, y en otras normas de desarrollo.

Artículo 3. Cesión de datos.

Los datos contenidos en estos ficheros sólo podrán ser cedidos en los supuestos expresamente previstos por la ley.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de octubre de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato Adrover.

ANEXO I

Instituto de Mayores y Servicios Sociales

1. Fichero «Registro Electrónico del Imserso»:

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

Identificación del fichero: «Registro Electrónico del Imserso».

La finalidad del fichero es la recepción y llevanza de los escritos, solicitudes y comunicaciones que se remitan y expida por vía electrónica mediante firma electrónica avanzada en el ámbito de los procedimientos y actuaciones susceptibles de tramitación electrónica.

Usos del fichero: se configura como un registro auxiliar del registro general del Instituto.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

Origen: Los datos son aportados directamente por la persona interesada, o representante legal, otras personas distintas del afectado o su representante y administraciones públicas.

Colectivo: Personas físicas o jurídicas, representantes de Organismos Públicos, ONG, y entidades privadas.

Procedimiento de recogida: a través de medios electrónicos.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

– Datos identificativos: DNI/NIF, nombre y apellidos, asunto, dirección, medio de notificación preferente, país, provincia, teléfono, dirección de correo electrónico y fax del usuario y, en su caso, de su representante legal y firma electrónica.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Se prevé la cesión de datos a órganos u organismos de las Administraciones Públicas, cuando resulten competentes o destinatarios últimos del documento.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se prevén transferencias internacionales de datos.

f) Órganos responsables del fichero: Secretaria General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General del Imserso (avenida de la Ilustración, s/n, c/v a la calle Ginzo de Limia, n.º 58, 28029 Madrid).

h) Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible, de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Básico.

ANEXO II

Instituto de Mayores y Servicios Sociales

1. Fichero «Redes Sociales CRMF San Fernando»:

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: «Redes Sociales CRMF San Fernando».

a.2) Finalidad y usos previstos: La finalidad del fichero es la gestión y mantenimiento de las redes sociales gestionadas por CRMF San Fernando.

Los usos del fichero se concretan en la gestión del funcionamiento de las redes sociales moderadas por CRMF y remisión de comunicaciones electrónicas.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Usuarios de CRMF San Fernando, terceros participantes en las redes sociales de CRMF.

b.2) Procedimiento de recogida: mediante la suscripción al servicio, o la participación en el mismo.

b.3) Procedencia: Los datos son aportados directamente por el propio interesado, o representante legal.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

– Datos identificativos:imagen/voz, nombre y apellidos, dirección, teléfono, dirección de correo electrónico, pseudónimo, lugares de residencia, contraseña de acceso.

– Datos de características personales: fecha y lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad, contactos y agenda.

– Circunstancias sociales: aficiones y estilo de vida.

– Otros datos: ubicación, datos asociados a la participación la red social, como eventos o cursos.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: No se prevén cesiones de datos de carácter personal.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No se prevén transferencias internacionales de datos.

f) Órganos responsables del fichero: Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de San Fernando.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: CRMF de San Fernando, calle Pintor Fernando Vela, s/n, 11.100 San Fernando Cádiz).

h) Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible, de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Medio.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/10/2012
  • Fecha de publicación: 27/10/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 28/10/2012
Referencias anteriores
  • AMPLIA el anexo III de la Orden de 21 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-17552).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid