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Documento BOE-A-2013-5490

Resolución de 9 de mayo de 2013, de la Dirección de la Agencia Estatal Antidopaje, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 24 de mayo de 2013, páginas 39570 a 39582 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-5490
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/05/09/(1)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:

Primero.

Los ficheros de la Agencia Estatal Antidopaje serán los contenidos en el anexo I de esta Resolución.

Segundo.

Se crean los ficheros incluidos en el anexo I de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Tercero.

Los ficheros que se recogen en el anexo I de esta Resolución, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Cuarto.

En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinto.

La presente Resolución ha sido sometida a informe previo de la Agencia Española de Protección de Datos, y entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de mayo de 2013.–La Directora de la Agencia Estatal Antidopaje, Ana Muñoz Merino.

ANEXO I
Ficheros de nueva creación

Fichero: Nómina

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Nómina.

a.2) Finalidad y usos previstos: La finalidad del fichero es la gestión de la nómina del personal adscrito a la Agencia Estatal Antidopaje.

Los usos que se darán del fichero son los derivados de la emisión de la nómina del personal de la Agencia, así como los destinados a la obtención de todos los productos derivados de la misma, tales como información periódica para los afectados; informes y ficheros destinados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y bancos pagadores; seguimiento contable del capítulo 1 presupuestario; gestión económica de la acción social y obtención de estudios estadísticos o monográficos destinados a la gestión económica del personal.

El fichero Nómina podrá contener datos relacionados con la afiliación sindical de los empleados, en cuanto que los mismos soliciten la detracción en nómina de la cuota sindical.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Personal funcionario y laboral destinado en la Agencia Estatal Antidopaje.

b.2) Procedencia: Transmisión por medios informáticos de los datos relativos al personal de la unidad, procedente del Registro Central de Personal del Ministerio de Administraciones Públicas y de formularios cumplimentados por el personal funcionario o laboral.

Procedimiento de recogida: Transmisión informática de datos y cumplimentación de formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, Núm. SS/Mutualidad, Núm. Registro Personal, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono.

Otros datos especialmente protegidos: Salud (Norma que permite su tratamiento: Referentes exclusivamente al grado de discapacidad o la simple declaración de discapacidad o invalidez del afectado).

Otras categorías de carácter personal:

Datos de características personales (Datos de estado civil - Datos de familia - Fecha de nacimiento - Lugar de nacimiento - Edad - Sexo).

Datos académicos y profesionales (Formación, titulaciones - Experiencia profesional).

Datos de detalles de empleo (Cuerpo/Escala - Categoría/Grado - Puestos de trabajo - Datos no económicos de nómina - Historial del trabajador).

Datos económico-financieros y de seguros (Créditos, préstamos, avales - Datos bancarios - Datos económicos de nómina - Datos deducciones impositivas / impuestos).

Datos relacionados con la afiliación sindical.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

A la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en virtud de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

A la Tesorería General de la Seguridad Social, en virtud del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social a efectos recaudatorios.

A la Central Sindical a la que pudiera encontrarse afiliado el trabajador.

A MUFACE.

A la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, en virtud del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado.

A los Bancos y Cajas de Ahorro, los datos necesarios para el abono de los haberes líquidos.

A las Mutualidades de funcionarios y colegios de huérfanos a los que voluntariamente coticen algunos funcionarios, en su caso (el tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros).

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de Gerencia. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Gestión de Recursos Humanos

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Gestión de Recursos Humanos.

a.2) Finalidad y usos previstos: La finalidad del fichero es la gestión del personal adscrito a la Agencia Estatal Antidopaje. Los usos serán los derivados de la gestión de recursos humanos, incluida la relativa a planes de pensiones, situación laboral, formación de personal, obtención de estadísticas e impresos necesarios en la gestión de personal, gestión de riesgos y accidentes laborales, gestión de la acción social en favor del personal de la AEA, selección y promoción de personal mediante oposiciones o concursos.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Personal laboral y funcionario destinado en la Agencia Estatal Antidopaje y sus familiares. Candidatos en oposiciones y concursos.

b.2) Procedencia:

Transmisión por medios informáticos de los datos relativos al personal de la unidad, procedente del Registro Central de Personal de Administraciones Públicas y de formularios cumplimentados por el personal funcionario o laboral.

Formularios y declaraciones de personas distintas del afectado, con el consentimiento del mismo

Procedimiento de recogida: Transmisión informática, cumplimentación de formularios, declaraciones.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, Núm. SS/Mutualidad, Núm. Registro Personal, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono.

Otros datos especialmente protegidos: Salud (recabados con consentimiento expreso del afectado, el tratamiento de los datos relacionados con la salud quedan exclusivamente limitados al personal sanitario).

Otras categorías de carácter personal:

Datos de características personales (Datos de estado civil - Datos de familia - Fecha de nacimiento - Lugar de nacimiento - Edad - Sexo).

Datos de circunstancias sociales (Fecha de alta y baja, licencias, permisos, autorizaciones).

Datos académicos y profesionales (Formación, titulaciones - Experiencia profesional).

Datos de detalles de empleo (Cuerpo/Escala - Categoría/Grado - Puestos de trabajo).

Datos económico-financieros y de seguros (Ingresos, rentas - Datos bancarios).

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

Al Registro Central de Personal, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

A la entidad a quien se encomiende la gestión en materia de riesgos laborales, según dispone la ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

Al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a las Mutualidades de funcionarios.

A las entidades gestora y depositaria del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado, de conformidad con el artículo 19 de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004, y el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.

Al Instituto Nacional de Administración Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a otros organismos públicos que convoquen actividades de formación para empleados públicos con consentimiento del interesado (el tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros).

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de Gerencia. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel alto.

Fichero: Gestión Presupuestaria

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Gestión Presupuestaria.

a.2) Finalidad y usos previstos: La finalidad del fichero es servir de soporte a la gestión administrativa y contable de las dotaciones presupuestarias de la Agencia.

Sus usos son la tramitación de expedientes de gasto, gestión de justificantes de gasto, gestión de indemnizaciones por razón del servicio y elaboración de documentos contables.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Proveedores de la Agencia. Personal funcionario y laboral destinado en la Agencia.

b.2) Procedencia:

A través del propio interesado o su representante legal mediante declaraciones, formularios, otros documentos.

Procedimiento de recogida: Declaraciones, formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, Núm. Registro Personal, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono.

Otras categorías de carácter personal:

Datos de detalles de empleo (Cuerpo/Escala - Categoría/Grado - Puestos de trabajo).

Datos económico-financieros y de seguros (Datos bancarios).

Datos de transacciones (Bienes y servicios suministrados por el afectado - Compensaciones/Indemnizaciones).

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

Al Tribunal de Cuentas.

A la Intervención General de la Administración del Estado, según dispone la Ley General Presupuestaria.

A la AEAT.

A Bancos y Cajas de Ahorro (el tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros).

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de Gerencia. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Gestión Contable

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Gestión contable.

a.2) Finalidad y usos previstos: La finalidad del fichero es la gestión económica de la Agencia.

Los usos son los derivados de la gestión y tramitación de los expedientes de contratación y gasto; documentos contables de la Agencia; gestión económica de las dietas del personal de la Agencia; Gestión económica y control de personal externo; Gestión de facturación del Laboratorio de Control del Dopaje.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Proveedores del ente público. Personal funcionario y laboral destinado en la Agencia. Personal externo.

b.2) Procedencia:

A través del propio interesado o su representante legal, de fuentes accesibles al público y de resoluciones judiciales notificadas a la Agencia.

Procedimiento de recogida: Formularios, declaraciones, otros documentos.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono.

Otras categorías de carácter personal:

Datos económico-financieros y de seguros (Datos bancarios)

Datos de transacciones (Bienes y servicios suministrados por el afectado - Compensaciones/Indemnizaciones).

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

Al Tribunal de Cuentas, a la Intervención General de la Administración del Estado, según dispone la Ley General Presupuestaria y a la AEAT.

A Bancos y Cajas de Ahorro. (El tratamiento responde a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros).

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de Gerencia. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Autorizaciones de Uso Terapéutico

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Autorizaciones de uso terapéutico.

a.2) Finalidad y usos previstos: Registro de las autorizaciones de uso terapéutico y sus correspondientes expedientes.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Deportistas a los que se ha concedido o denegado una autorización de uso terapéutico y el/los médico/s facultativo/s.

b.2) Procedencia:

Del Comité de autorizaciones de uso terapéutico; del propio interesado o su representante legal; de los Comités de Autorizaciones nacionales extranjeros; de las Federaciones Internacionales.

Procedimiento de recogida: Formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Dirección de correo electrónico, Fax.

Otros datos especialmente protegidos: Salud (Recabados con consentimiento expreso del afectado).

Otras categorías de carácter personal: Datos de características personales (Fecha de nacimiento - Sexo).

Datos académicos y profesionales:

Del deportista: Club deportivo, Federación, Especialidad, N.º licencia federativa.

Del médico: Especialidad médica y número de colegiado.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: Suiza (federaciones deportivas internacionales y organismos internacionales) Se efectúa con destino a países que proporcionan un nivel de protección equiparable.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de Prevención y Control del Dopaje. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel alto.

Fichero: Base de datos de Agentes de Control del Dopaje

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Base de datos de Agentes de control del dopaje.

a.2) Finalidad y usos previstos: Tramitación de la realización del curso y de la habilitación posterior como ACD. Gestión de los servicios a prestar como tal Agente.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Médicos y enfermeros asistentes a los cursos de formación de la Agencia Estatal Antidopaje.

b.2) Procedencia:

El propio interesado.

Procedimiento de recogida: Cumplimentación de la solicitud de participación en el curso.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Fax.

Correo electrónico.

Otras categorías de carácter personal:

Datos académicos y profesionales (Formación, titulaciones).

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Federaciones deportivas (existe consentimiento de los afectados.)

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de Prevención y Control del Dopaje. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Curso Dopaje, ¿alguna duda?

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Curso Dopaje, ¿alguna duda?

a.2) Finalidad y usos previstos: Tramitación de la realización del curso y seguimiento de los alumnos que lo realizan.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Personas que se inscriben en el curso.

b.2) Procedencia:

El propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: Formulario online para registrarse en el curso.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: Nombre y apellidos, Teléfono, Dirección de correo electrónico.

Otras categorías de carácter personal:

Datos académicos y profesionales (Federación deportiva a la que pertenece. Posición en la federación.)

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de I+D+i en Protección de la salud y Lucha contra el dopaje en el deporte. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel Básico.

Fichero: Control horario

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Control horario.

a.2) Finalidad y usos previstos: Control horario del personal de la Agencia Estatal Antidopaje.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Personal de la Agencia Estatal Antidopaje.

b.2) Procedencia:

Personal de la Agencia Estatal Antidopaje.

Procedimiento de recogida: Del propio interesado al pasar su tarjeta por el lector de tarjetas.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: NIF/DNI, Nombre y apellidos/Código de empleado.

Otras categorías de carácter personal:

Datos de circunstancias sociales (Licencias, permisos, autorizaciones).

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de Gerencia. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Localización de Deportistas

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Localización de deportistas.

a.2) Finalidad y usos previstos: Conocer las localizaciones de los deportistas a los que la Agencia Estatal Antidopaje va a hacer controles de dopaje.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Deportistas con licencia para participar en competiciones oficiales de ámbito estatal.

b.2) Procedencia:

Los datos son cedidos por la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje, en virtud del artículo 36 de la Ley Orgánica 7/2006.

Procedimiento de recogida: Cumplimentación de formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Dirección de correo electrónico.

Federación a la que el deportista pertenece.

N.º de licencia.

Domicilio habitual.

Dirección de la segunda residencia o residencia temporal.

Otras categorías de carácter personal:

Datos de características personales (Fecha de nacimiento - Sexo - Nacionalidad).

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de Prevención y Control del Dopaje. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Sanciones por dopaje

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Sanciones por dopaje.

a.2) Finalidad y usos previstos: Revisión de las sanciones por dopaje.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Deportistas contra los que se sigue un procedimiento disciplinario por dopaje.

b.2) Procedencia:

Remisión de los datos por el Comité Española de Disciplina Deportiva y por la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje.

Procedimiento de recogida: Documentos del procedimiento disciplinario.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: Nombre y apellidos, Federación deportiva a la que pertenece el deportista.

Datos relativos a la comisión de infracciones: Infracciones administrativas (Norma que permite su tratamiento: Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de Protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje en el Deporte (arts. 28 y 29), y Real Decreto 185/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Antidopaje).

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de Prevención y Control del Dopaje. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel medio.

Fichero: Sistema LIMS

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Sistema LINS.

a.2) Finalidad y usos previstos: Gestión de los análisis realizados en el Laboratorio de Control del Dopaje.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo:

Clientes del Laboratorio de Control del Dopaje.

Personal externo y trabajadores del Laboratorio que intervienen en el proceso de análisis.

b.2) Procedencia:

Del propio interesado.

Procedimiento de recogida: La captación de la información se recoge mediante la documentación que aporta el interesado o formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

De los clientes del Laboratorio:

Datos identificativos: Denominación social, CIF, Dirección postal, Teléfono.

De los intervinientes en el proceso analítico.

Datos identificativos: NIF/DNI, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Correo electrónico.

Otras categorías de carácter personal:

Datos de características personales (Fecha de nacimiento).

Datos académicos y profesionales (Formación, titulaciones).

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Laboratorio de Control del Dopaje. Calle Pintor Greco, s/n, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Newsletter AEA

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Newsletter AEA.

a.2) Finalidad y usos previstos: Envío de información institucional de la AEA.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Receptores de la información institucional enviada por la Agencia.

b.2) Procedencia:

Del propio interesado.

Procedimiento de recogida: Solicitud directa al personal de la Agencia Estatal Antidopaje.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: Nombre y apellidos, Correo electrónico.

Otras categorías de carácter personal:

Datos académicos y profesionales: (cargo que desempeñan o estudios que realizan).

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de I+D+i en Protección de la salud y Lucha contra el dopaje en el deporte. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Asistentes a Jornadas

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Asistentes a Jornadas

a.2) Finalidad y usos previstos: Control de los asistentes a Jornadas formativas organizadas por la Agencia Estatal Antidopaje. Gestión de los diplomas de asistencia.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Asistentes a las Jornadas formativas.

b.2) Procedencia:

Del propio interesado.

Procedimiento de recogida: Solicitud directa al personal de la Agencia Estatal Antidopaje.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: Nombre y apellidos, Correo electrónico, Dirección postal.

Otras categorías de carácter personal:

Datos académicos y profesionales: (cargo que desempeñan o estudios que realizan).

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Agencia Estatal Antidopaje.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Agencia Estatal Antidopaje. Departamento de I+D+i en Protección de la Salud y Lucha contra el Dopaje en el Deporte. Calle Ferraz, número 2, 28008 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/05/2013
  • Fecha de publicación: 24/05/2013
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, (Ref. BOE-A-2015-1232).
  • Fecha de derogación: 10/02/2015
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • arts. 52 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-979).
    • art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Agencias estatales
  • Dopaje
  • Ficheros con datos personales

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