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Documento BOE-A-2016-2937

Resolución 200/38041/2016, de 1 de marzo, de la Jefatura del Estado Mayor de la Defensa, por la que se delegan competencias relativas a la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 25 de marzo de 2016, páginas 21919 a 21920 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2016-2937
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/03/01/20038041

TEXTO ORIGINAL

El artículo 4.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, atribuye al Jefe de Estado Mayor de la Defensa la facultad de designar las comisiones de servicio con derecho a indemnización dentro de sus competencias.

En aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, y con arreglo a la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas, se regula la organización del Estado Mayor de la Defensa, encuadrando bajo la dependencia del Jefe de Estado Mayor de la Defensa al Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional y a la Unidad Militar de Emergencias.

Esta nueva dependencia orgánica de la Unidad Militar de Emergencias deja sin efecto la Resolución 400/38117/2007, de 13 de junio, de la Subsecretaría, por la que se delega en el Jefe de la Unidad Militar de Emergencias la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización.

Por su parte, la Orden DEF/1887/2015, de 16 de septiembre, por la que se desarrolla la organización básica del Estado Mayor de la Defensa, supone la implantación de nuevas unidades, entre las que se encuentra la Jefatura de Recursos Humanos del Estado Mayor de la Defensa, por lo que se hace necesario actualizar la delegación en su día conferida mediante la Resolución 97/1998, de 17 de abril, del Estado Mayor de la Defensa, por la que se delega la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización.

El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone el modo en que los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas.

En su virtud, resuelvo:

Primero. Delegación de competencias en el Jefe de la Sección de Gestión y Apoyo de la Jefatura de Recursos Humanos del Estado Mayor de la Defensa.

Delego en el Jefe de la Sección de Gestión y Apoyo de la Jefatura de Recursos Humanos del Estado Mayor de la Defensa la competencia para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización que afecten al personal destinado en unidades del Estado Mayor de la Defensa, excepto en el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional y en la Unidad Militar de Emergencias, y las que afecten al personal destinado en el extranjero dependiente del Jefe de Estado Mayor de la Defensa.

Segundo. Delegación de competencias en el Secretario General del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional.

Delego en el Secretario General del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional la competencia para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización que afecten al personal destinado en dicho organismo.

Tercero. Delegación de competencias en el Jefe del Estado Mayor de la Unidad Militar de Emergencias.

Delego en el Jefe del Estado Mayor de la Unidad Militar de Emergencias la competencia para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización que afecten al personal destinado en dicho organismo.

Cuarto. Ejercicio de competencias delegadas.

En los actos administrativos que se adopten en aplicación de lo previsto en esta resolución, se deberá hacer constar expresamente el carácter de autoridad delegada, así como la referencia expresa a esta disposición y a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinto. Revocación y avocación.

1. La delegación de competencias a que se refiere esta resolución será revocable en cualquier momento por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa.

2. Las competencias delegadas por medio de la presente resolución podrán ser objeto de avocación por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

Sexto. Efectos.

1. Quedan sin efecto la Resolución 97/1998, de 17 de abril, del Estado Mayor de la Defensa, por la que se delega la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización, y la Resolución 400/38117/2007, de 13 de junio, de la Subsecretaría, por la que se delega en el Jefe de la Unidad Militar de Emergencias la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización.

2. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de marzo de 2016.–El Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Fernando García Sánchez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/03/2016
  • Fecha de publicación: 25/03/2016
  • Efectos desde el 26 de marzo de 2016.
  • Fecha de derogación: 19/03/2021
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución 200/38065/2021, de 22 de febrero (Ref. BOE-A-2021-4288).
Referencias anteriores
Materias
  • Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional
  • Delegación de atribuciones
  • Estado Mayor de la Defensa
  • Unidad Militar de Emergencias

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