Está Vd. en

Documento BOE-A-2016-4950

Conflicto positivo de competencia n.º 1866-2016, contra los artículos 1.1 c), 2.2, 3.2, 8.1, 10; los apartados 1 y 3 de la disposición transitoria única; los apartados dos y cuatro de la disposición final cuarta; y el anexo II del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 25 de mayo de 2016, páginas 34319 a 34319 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2016-4950

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de mayo actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia núm. 1866-2016, promovido por el Consejo de Gobierno de Andalucía contra los artículos 1.1 c), 2.2, 3.2, 8.1, 10; los apartados 1 y 3 de la disposición transitoria única; los apartados dos y cuatro de la disposición final cuarta, y el anexo II del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

Madrid, 10 de mayo de 2016.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 10/05/2016
  • Fecha de publicación: 25/05/2016
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA, con los efectos del fj 9, la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado del art. 79.1 de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos aprobada por Real Decreto Legislativo y la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado de los arts. 2.2, 3.2, 8.1, 10, disposición final 4 y anexo II del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por Sentencia 76/2018, de 5 de julio (Ref. BOE-A-2018-11274).
Referencias anteriores
  • Conflicto promovido en relacion con los arts. 1.1 c), 2.2, 3.2, 8.1, 10, la disposición transitoria única apartados 1 y 3; disposición final cuarta apartados 2 y 4, y el anexo II del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-14028).
Materias
  • Asistencia farmacéutica
  • Asistencia sanitaria
  • Capacitación profesional
  • Conflictos de Competencia
  • Enfermería
  • Formularios administrativos
  • Procedimiento administrativo
  • Títulos académicos y profesionales

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid