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Documento BOE-A-2017-3935

Resolución de 30 de diciembre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Mencía Soler Lavín.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 10 de abril de 2017, páginas 28734 a 28735 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-3935

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Mencía Soler Lavín, resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña María Isabel Lavín de la Cavada, en Madrid, el 15 de octubre de 2015, según consta en la escritura pública número 513, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Cataluña, don José Manuel Sánchez Tapia, que fue modificada con la escritura pública número 628, de 16 de diciembre de 2015, otorgada ante el mismo notario que otorgó la escritura inicial.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación se encuentra establecido en calle Beethoven, n.º 11, 8.º-1.ª, de Barcelona (código postal 08021), y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La Fundación tiene como fines de interés general promover y fomentar la investigación de las enfermedades mitocondriales y otras enfermedades genéticas relacionadas en todos sus aspectos.

Quinto. Patronato.

Presidenta: Doña María Isabel Lavín de la Cavada.

Secretario: Don Valero Soler Martín-Javato.

Vocales: Don Javier Siegrist Ridruejo, don José María Michavila Núñez, don Borja García-Nieto Portabella, don José Carlos Rodríguez San Pedro.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, procediendo un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Mencía Soler Lavín y su Patronato.

Madrid, 30 de diciembre de 2015.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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