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Documento BOE-A-2018-16902

Resolución de 23 de noviembre de 2018, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica el ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 11 de diciembre de 2018, páginas 121351 a 121353 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-16902
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/11/23/(6)

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 1 de diciembre de 1995, de la entonces Secretaría General para la Seguridad Social, determinó el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva en las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social. Dicho ámbito ha sido objeto de posteriores modificaciones, bien como consecuencia de sucesivas ampliaciones en el número de tales unidades, bien para la redistribución de sus plantillas y por necesidades de gestión, mediante diversas resoluciones de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Las necesidades de la gestión recaudatoria de la Seguridad Social en vía de apremio hacen conveniente y oportuno, en este momento, modificar la demarcación territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva dependientes de las Direcciones Provinciales de esta Tesorería General en Araba/Álava, Barcelona, Lleida, Madrid, Navarra, Salamanca y Bizkaia, a fin de conseguir una mejor y más equilibrada gestión del cargo asumido por cada una de ellas, así como una equilibrada redistribución de sus plantillas, habida cuenta de la progresiva disminución de estas.

Esta resolución se dicta de acuerdo con las atribuciones que esta Dirección General tiene conferidas por el artículo 4.2 de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.

En su virtud, esta Dirección General resuelve:

Primero.

El ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva dependientes de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social en Araba/Álava, Barcelona, Lleida, Madrid, Navarra, Salamanca y Bizkaia, que figuran en el anexo de esta resolución, será el fijado en el mismo, modificándose en tal sentido el contenido de la Resolución de 1 de diciembre de 1995, por la que se determina el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva en las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Segundo.

Las modificaciones del ámbito territorial de los distritos postales y de los partidos judiciales que puedan producirse no afectarán a las demarcaciones territoriales establecidas en esta resolución para las unidades de recaudación ejecutiva a las que se refiere, salvo que expresamente esta Dirección General disponga otra cosa al respecto.

Tercero.

Los actos y trámites del procedimiento de apremio efectuados por una unidad de recaudación ejecutiva antes de la fecha de efectos de esta resolución y que hayan de continuarse por otra de la misma dirección provincial de la Tesorería General, en virtud de la nueva distribución territorial que se establece, serán válidos y surtirán efectos en el procedimiento de apremio que siga esta última.

Cuarto.

Esta resolución surtirá efectos desde el día 1 de enero de 2019.

Madrid, 23 de noviembre de 2018.–El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, Javier Aibar Bernad.

ANEXO
Nuevo ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social

01. Dirección Provincial de Araba/Álava

URE

Sede

Demarcación

N.º 01/01

Vitoria-Gasteiz.

Distritos postales números 01001, 01002, 01013, 01100, 01194 y 01510 del municipio de Vitoria-Gasteiz, del partido judicial número 2. Municipios de Agurain/Salvatierra, Alegría-Dulantzi, Arraia-Maeztu, Asparrena, Barrundia, Bernedo, Campezo/Kanpezu, Elburgo/Burgelu, Harana/Valle de Arana, Iruraiz-Gauna, Lagrán, San Millán/Donemiliaga y Zalduondo, del partido judicial número 2.

N.º 01/02

Laudio/Llodio.

Distritos postales números 01010 y 01196, del municipio de Vitoria-Gasteiz, del partido judicial número 2. Municipios del partido judicial número 1. Municipios de Añana, Aramaio, Armiñón, Berantevilla, Erriberagoitia/Ribera Alta, Iruña Oka/Iruña de Oca (excepto los distritos postales 01191, correspondiente al núcleo de Tres Puentes, y 01195, correspondiente al núcleo de Villodas), Kuartango, Lantarón, Legutio, Ribera Baja/Erribera Beitia, Zambrana, Zigoitia y Zuia, del partido judicial número 2.

N.º 01/03

Vitoria-Gasteiz.

Distritos postales números 01003, 01004, 01005, 01006, 01007, 01008, 01009, 01012, 01015 y 01080 del municipio de Vitoria-Gasteiz, del partido judicial número 2. Distritos postales números 01191 (Núcleo de Tres Puentes) y 01195 (Núcleo de Villodas) del municipio de Iruña Oka/Iruña de Oca, del partido judicial número 2. Municipios de Arratzua-Ubarrundia, Baños de Ebro/Mañueta, Elciego, Elvillar/Bilar, Kripan, Labastida/Bastida, Laguardia, Lanciego/Lantziego, Lapuebla de Labarca, Leza, Moreda de Álava/Moreda Araba, Navaridas, Oyón-Oion, Peñacerrada-Urizaharra, Samaniego, Villabuena de Álava/Eskuernaga y Yécora/Iekora, del partido judicial número 2.

08. Dirección Provincial de Barcelona

URE

Sede

Demarcación

N.º 08/02

Barcelona.

Sin operatividad por integración de su territorio en el de la URE n.º 08/18.

N.º 08/07

Barcelona.

Sin operatividad por integración de su territorio en el de la URE n.º 08/08.

N.º 08/08

Barcelona.

Distritos postales números 08006, 08007, 08008, 08011, 08012, 08023, 08024 y 08036 del municipio de Barcelona, del partido judicial número 11.

N.º 08/09

Barcelona.

Distritos postales números 08014, 08015 y 08029 del municipio de Barcelona, del partido judicial número 11.

N.º 08/18

Mataró.

Municipios de los partidos judiciales números 4 y 6.

25. Dirección Provincial de Lleida

URE

Sede

Demarcación

N.º 25/02

Balaguer.

Sin operatividad por integración de su territorio en el de la URE n.º 25/03.

N.º 25/03

Lleida.

Municipios de los partidos judiciales números 1, 2, 3, 4 (excepto el municipio de Lleida), 5, 6 y 7.

28. Dirección Provincial de Madrid

URE

Sede

Demarcación

N.º 28/13

Madrid.

Sin operatividad por integración de su territorio en el de la URE n.º 28/14.

N.º 28/14

Madrid.

Distritos postales números 28021, 28026, 28031, 28041, 28045 y 28051 del municipio de Madrid, del partido judicial número 11.

31. Dirección Provincial de Navarra

URE

Sede

Demarcación

N.º 31/01

Pamplona/Iruña.

Distritos postales 31001, 31002, 31003, 31004, 31005, 31006 y 31015 del municipio de Pamplona/Iruña y municipios de Anue, Arantza, Atez/Atetz, Baztan, Bera, Bertizarana, Burlada/Burlata, Donamaria, Doneztebe/Santesteban, Elgorriaga, Etxalar, Ezcabarte, Igantzi, Ituren, Juslapeña (excepto los concejos de Aristregui y Osinaga), Lantz, Lesaka, Odieta, Oiz, Olaibar, Sunbilla, Ultzama, Urdazubi/Urdax, Urroz, Villava/Atarrabia, Zugarramundi, concejo de Aizkorbe del municipio de Arakil, concejo de Músquiz del municipio de Imotz, y concejos de Aguinaga, Cia y Gulina del municipio de Iza/Itza, todos ellos del partido judicial número 4. Municipios del partido judicial número 2 (excepto los pertenecientes a la URE n.º 31/02).

N.º 31/02

Pamplona/Iruña.

Distritos postales números 31007, 31008, 31009, 31010, 31011, 31012, 31013 y 31014 del municipio de Pamplona/Iruña, del partido judicial número 4. Concejos de Aristregui y Osinaga del municipio de Juslapeña, del partido judicial número 4, y demás municipios del partido judicial número 4 (excepto los municipios y concejos pertenecientes a la URE n.º 31/01). Municipios del partido judicial número 1 (excepto los pertenecientes a la URE n.º 31/03). Municipios de Eslava, Lerga y Tiebas-Muruarte de Reta, del partido judicial número 2. Municipios del partido judicial número 5 (excepto los pertenecientes a la URE n.º 31/03).

N.º 31/04

Estella-Lizarra.

Sin operatividad por integración de su territorio en el de la URE n.º 31/02.

37. Dirección Provincial de Salamanca

URE

Sede

Demarcación

N.º 37/01

Salamanca.

Distritos postales números 37002, 37003, 37004 y 37005 del municipio de Salamanca y restantes municipios del partido judicial número 1 (excepto los municipios de Carbajosa de la Sagrada, Santa Marta de Tormes y Villares de la Reina). Municipios de los partidos judiciales números 2 y 4.

N.º 37/03

Béjar.

Sin operatividad por integración de su territorio en el de la URE n.º 37/01.

48. Dirección Provincial de Bizkaia

URE

Sede

Demarcación

N.º 48/01

Bilbao.

Distritos postales números 48001, 48005, 48006, 48007, 48009, 48014, 48015 y 48016 del municipio de Bilbao, del partido judicial número 4.

N.º 48/02

Bilbao.

Distritos postales números 48002, 48010, 48012 y 48013 del municipio de Bilbao, del partido judicial número 4.

N.º 48/04

Bilbao.

Sin operatividad por integración de su territorio en el de las UURE n.º 48/01 y n.º 48/07.

N.º 48/05

Sestao.

Municipios del partido judicial número 2.

N.º 48/07

Getxo.

Municipios de Bakio, Fruiz, Gamiz-Fika, Meñaka y Mungia, del partido judicial número 3. Municipios de Derio, Erandio, Larrabetzu, Lezama, Loiu, Sondika y Zamudio, del partido judicial número 4. Municipios del partido judicial número 6.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/11/2018
  • Fecha de publicación: 11/12/2018
  • Efectos desde el 1 de enero de 2019.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores, con variación de preceptos modificadores, en BOE núm. 22 de 25 de enero de 2019 (Ref. BOE-A-2019-854).
Referencias anteriores
  • MODIFICA lo indicado de la Resolución de 1 de diciembre de 1995 (Ref. BOE-A-1995-26995).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 4.2 de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-2005-8986).
Materias
  • Álava
  • Barcelona
  • Bizkaia
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Lleida
  • Madrid
  • Navarra
  • Organización de la Administración del Estado
  • Recaudación
  • Salamanca
  • Seguridad Social
  • Tesorería General de la Seguridad Social

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