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Documento BOE-A-2018-5031

Resolución de 4 de abril de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Ourense, de 19 de mayo de 2015, que ha devenido firme.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 13 de abril de 2018, páginas 38359 a 38359 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-5031

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense, de fecha 19 de mayo de 2015, que ha devenido firme, por la que se estiman las pretensiones de la parte actora contenidas en su escrito de demanda contra la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 4 de agosto de 2014 (1.ª).

En los autos de juicio verbal número 800/2014, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense a instancia de la procuradora de los tribunales, doña A. I. C. D., quien actúa en nombre y representación de don Ángel Manuel Rodríguez Dapena, notario de Celanova, defendido por la letrada doña M. M. V., contra la Dirección General de los Registros y del Notariado, quien comparece representada y defendida por el abogado del Estado, se ha dictado sentencia, en fecha 19 de mayo de 2015, que contiene el siguiente fallo:

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la procuradora Doña A. I. C. D. en representación de don Ángel Manuel Rodríguez Dapena contra la Dirección General de los Registros y del Notariado, se declara no ajustada a derecho, en la parte que confirma la calificación registral, la resolución impugnada (de 4 de agosto de 2014) y en su consecuencia se ordena dejar sin efecto la totalidad de la nota de calificación del Sr. Registrador de la Propiedad Ourense número 2 con todas las consecuencias legales a ello inherentes.

No se hace expresa imposición de costas.

Así por esta sentencia, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo. Doña María del Pilar Domínguez Comesaña, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense.

Madrid, 4 de abril de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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