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Documento BOE-A-2023-2722

Corrección de errores del Real Decreto 450/2022, de 14 de junio, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2023, páginas 14782 a 14785 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2023-2722
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/06/14/450/corrigendum/20230202

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Real Decreto 450/2022, de 14 de junio, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 142, de 15 de junio de 2022, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 81977, artículo único, apartado tres, letra c), artículo 15.7 del texto de regulación, cuarta línea, la expresión «vehículos eléctricos» debe ir en letra cursiva.

En la página 81977, artículo único, apartado tres, letra m), párrafo 9 del texto de regulación, tercera línea, la expresión «Evaluación global de la eficiencia energética de los edificios» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra m), párrafo 9 del texto de regulación, cuarta línea, la expresión «Parte 1: marco general y procedimientos» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra o), segunda línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra p), segunda línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra q), segunda línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra r), segunda línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra s), segunda línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra s), párrafo 6 del texto de regulación, cuarta y quinta líneas, la expresión «coeficiente global de transmisión de calor a través de la envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra t), segunda línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra v), segunda línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra v), párrafo 3 del texto de regulación, segunda línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra v), en la última línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81978, artículo único, apartado tres, letra w), segunda línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81979, artículo único, apartado tres, letra x), segunda línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81979, artículo único, apartado tres, letra aa), en el último guion, la expresión «sistema de temporización» debe ir en letra cursiva.

En la página 81979, artículo único, apartado tres, letra bb), segunda línea, el término «lámparas» debe ir en letra cursiva.

En la página 81979, artículo único, apartado tres, letra bb), tercera línea, el término «lámparas» debe ir en letra cursiva.

En la página 81979, artículo único, apartado tres, letra cc), párrafo 1 del texto de regulación, segunda y tercera líneas, la expresión «energía procedente de fuentes renovables» debe ir en letra cursiva.

En la página 81979, artículo único, apartado tres, letra cc), párrafo 1 del texto de regulación, cuarta y quinta líneas, la expresión «sistema urbano de calefacción» debe ir en letra cursiva.

En la página 81979, artículo único, apartado tres, letra ee), tercera y cuarta líneas, la expresión «uso residencial privado» debe ir en letra cursiva.

En la página 81980, artículo único, apartado tres, letra jj), párrafo 1 del texto de regulación, primera línea, la expresión «potencia a instalar» debe ir en letra cursiva.

En la página 81980, artículo único, apartado tres, letra jj), párrafo 1 del texto de regulación, sexta línea, la expresión «potencia a instalar» debe ir en letra cursiva.

En la página 81980, artículo único, apartado tres, letra jj), párrafo 1 del texto de regulación, séptima y octava líneas, la expresión «uso residencial privado» debe ir en letra cursiva.

En la página 81980, artículo único, apartado tres, letra jj), párrafo 2 del texto de regulación, cuarta línea, la expresión «potencia a instalar» debe ir en letra cursiva.

En la página 81980, artículo único, apartado tres, letra kk), letra c), primera línea, la expresión «potencia a instalar» debe ir en letra cursiva.

En la página 81981, artículo único, apartado tres, letra ll), segunda y tercera líneas, la expresión «infraestructura de recarga de vehículos eléctricos» debe ir en letra cursiva.

En la página 81981, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos primera y segunda líneas, la expresión «infraestructura de recarga de vehículos eléctricos» debe ir en letra cursiva.

En la página 81981, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 1 «Ámbito de aplicación», apartado 1, segundo guion, en la tercera línea, la expresión «unidades de uso» debe ir en letra cursiva.

En la página 81981, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 1 «Ámbito de aplicación», apartado 1, tercer guion, en la segunda línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81981, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 1 «Ámbito de aplicación», apartado 2, letra b), segunda y tercera líneas, la expresión «uso residencial privado» debe ir en letra cursiva.

En la página 81981, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 2 «Caracterización de la exigencia», apartado 1, segunda línea, la expresión «vehículos eléctricos» debe ir en letra cursiva.

En la página 81981, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 2 «Caracterización de la exigencia», apartado 1, tercera línea, la expresión «infraestructura de recarga de vehículos eléctricos» debe ir en letra cursiva.

En la página 81982, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 3 «Cuantificación de la exigencia», apartado 1, primera línea, la expresión «uso residencial privado» debe ir en letra cursiva.

En la página 81982, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 3 «Cuantificación de la exigencia», apartado 1, segunda línea, la expresión «estaciones de recarga» debe ir en letra cursiva.

En la página 81982, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 3 «Cuantificación de la exigencia», apartado 2, segunda y tercera líneas, la expresión «estaciones de recarga» debe ir en letra cursiva.

En la página 81982, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 3 «Cuantificación de la exigencia», apartado 2, cuarta línea, la expresión «estación de recarga» debe ir en letra cursiva.

En la página 81982, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 3 «Cuantificación de la exigencia», apartado 2, tercer párrafo, en la penúltima línea, la expresión «estación de recarga» debe ir en letra cursiva.

En la página 81982, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 3 «Cuantificación de la exigencia», apartado 2, cuarto párrafo, en la segunda línea, la expresión «estación de recarga» debe ir en letra cursiva.

En la página 81982, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 3 «Cuantificación de la exigencia», apartado 2, cuarto párrafo, en la tercera línea, la expresión «estaciones de recarga» debe ir en letra cursiva.

En la página 81982, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 3 «Cuantificación de la exigencia», apartado 3, primera línea, la expresión «uso residencial privado» debe ir en letra cursiva.

En la página 81982, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 4 «Justificación de la exigencia», apartado 1, letra c), primera línea, la expresión «estaciones de recarga» debe ir en letra cursiva.

En la página 81982, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 4 «Justificación de la exigencia», apartado 1, letra d), primera línea, la expresión «estaciones de recarga» debe ir en letra cursiva.

En la página 81983, artículo único, apartado tres, letra ll), Sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, 5 «Construcción, mantenimiento y conservación», apartado 5.4 «Mantenimiento y conservación del edificio», párrafo 1, tercera y cuarta líneas, la expresión «infraestructura de recarga de vehículos eléctricos» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Equipo auxiliar», primera línea, el término «lámpara» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Equipo auxiliar», segunda línea, el término «lámpara» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Estación de recarga», segunda línea, la expresión «vehículo eléctrico» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Estación de recarga» tercera línea, la expresión «estaciones de recarga» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Estación de recarga», en el párrafo 1, segunda línea, la expresión «vehículo eléctrico» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Estación de recarga», en el párrafo 2, primera y segunda líneas, la expresión «SAVE (Sistema de alimentación específico de vehículo eléctrico)» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos», en la segunda línea, la expresión «vehículos eléctricos» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos», quinta línea, la expresión «estaciones de recarga» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos», octava línea, la expresión «vehículo eléctrico» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Sistema de alimentación específico de vehículo eléctrico (SAVE)», tercera línea, la expresión «vehículo eléctrico» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Sistema de alimentación específico de vehículo eléctrico (SAVE)», tercera línea, la expresión «estación de recarga» debe ir en letra cursiva.

En la página 81984, artículo único, apartado tres, letra xx), en la definición de «Sistema de alimentación específico de vehículo eléctrico (SAVE)», sexta línea, la expresión «vehículo eléctrico» debe ir en letra cursiva.

En la página 81985, artículo único, apartado tres, letra aaa), segunda línea, la expresión «condiciones operacionales» debe ir en letra cursiva.

En la página 81985, artículo único, apartado tres, letra aaa), segunda línea, la expresión «perfil de uso» debe ir en letra cursiva.

En la página 81985, artículo único, apartado tres, letra eee), segunda línea, la expresión «permeabilidad al aire» debe ir en letra cursiva.

En la página 81985, artículo único, apartado tres, letra fff), cuarta y quinta líneas, la expresión «relación del cambio de aire» debe ir en letra cursiva.

En la página 81985, artículo único, apartado tres, letra fff), sexta y séptima líneas, la expresión «Prestaciones térmicas de los edificios. Determinación de la permeabilidad al aire de los edificios. Método de presurización con ventilador» debe ir en letra cursiva.

En la página 81985, artículo único, apartado tres, letra ggg), tercera línea, la expresión «relación del cambio de aire» debe ir en letra cursiva.

En la página 81985, artículo único, apartado tres, letra ggg), séptima línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81985, artículo único, apartado tres, letra ggg), novena línea, la expresión «envolvente térmica» debe ir en letra cursiva.

En la página 81985, artículo único, apartado cuatro, sexta línea, la expresión «plaza de aparcamiento accesible» debe ir en letra cursiva.

En la página 81985, artículo único, apartado cuatro, séptima línea, la expresión «itinerario accesible» debe ir en letra cursiva.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 02/02/2023
  • La corrección de errores del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, se establece por estar modificado por el Real Decreto 450/2022, de 14 de junio.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 450/2022, de 14 de junio (Ref. BOE-A-2022-9848).
  • CORRIGE errores del Código aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2006-5515).
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