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Documento DOUE-L-1979-80239

Reglamento (CEE) nº 1697/79 del Consejo, de 24 de julio de 1979, referente a la recaudación a posteriori de los derechos de importación o de los derechos de exportación que no hayan sido exigidos al deudor por mercancías declaradas en un régimen aduanero que suponga la obligación de pagar tales derechos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 197, de 3 de agosto de 1979, páginas 1 a 3 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1979-80239

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 24/07/1979
  • Fecha de publicación: 03/08/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/1980
  • Fecha de derogación: 22/10/1992
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • CITA Reglamento 2891/77, de 19 de diciembre (Ref. 77/80326), y Reglamento 1798/75, de 10 de julio (DOCE L 184, de 15.7.1975) (Ref. DOUE-L-1977-80326).
Materias
  • Aduanas
  • Derechos arancelarios
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Mercancías

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