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Documento DOUE-L-1983-80092

Reglamento (CEE) nº 663/83 de la Comisión, de 23 de marzo de 1983, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1998/78, por el que se establecen las modalidades de aplicación del sistema de compensación de los gastos de almacenamiento en el sector del azúcar.

Publicado en:
«DOCE» núm. 78, de 24 de marzo de 1983, páginas 12 a 12 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1983-80092

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1785/81 del Consejo, de 30 de junio de 1981, sobre organización común de mercados en el sector del azúcar (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 606/82 (2) y, en particular, el apartado 5 de su artículo 8,

Considerando que, con objeto de hacer posible una aplicación armoniosa y uniforme en la Comunidad de las disposiciones del artículo 9 del Reglamento (CEE) no 1998/78 de la Comisión (3), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 1862/82 (4), procede hacer en el mismo determinadas puntualizaciones;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del azúcar,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se inserta en el artículo 9 del Reglamento (CEE) no 1998/78 el párrafo segundo siguiente:

«No se considerarán coloreados, con arreglo al párrafo anterior, los azúcares cristalizados cuya coloración se hubiere obtenido por medio de un producto procedente exclusivamente de la sacarosa y utilizado a tal efecto antes de la cristalización de dichos azúcares».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de marzo de 1983.

Por la Comisión

Poul DALSAGER

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 177 de 1. 7. 1981, p. 4.(2) DO no L 74 de 18. 3. 1982, p. 1.(3) DO no L 231 de 23. 8. 1978, p. 5.(4) DO no L 205 de 13. 7. 1982, p. 12.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 23/03/1983
  • Fecha de publicación: 24/03/1983
  • Fecha de entrada en vigor: 27/03/1983
Referencias anteriores
  • AÑADE un párrafo al art. 9 del Reglamento 1998/78, de 18 de agosto (Ref. DOUE-L-1978-80272).
Materias
  • Almacenes
  • Ayudas
  • Azúcar
  • Gastos
  • Productos alimenticios

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