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Documento DOUE-L-2007-80448

Reglamento (CE) nº 336/2007 de la Comisión, de 28 de marzo de 2007, que modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 1788/2003 del Consejo por el que se establece una tasa en el sector de la leche y de los productos lácteos, en relación con el contenido de materia grasa de referencia correspondiente a Rumanía.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 88, de 29 de marzo de 2007, páginas 43 a 43 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2007-80448

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1788/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establece una tasa en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 5, párrafo segundo,

Considerando lo siguiente:

(1) A los efectos de la revisión del contenido de materia grasa de referencia fijado en el anexo II del Reglamento (CE) no 1788/2003, prescrita en el artículo 9, apartado 5, de dicho Reglamento, Rumanía presentó a la Comisión un informe en el que se detallan los resultados y tendencias del contenido de materia grasa de la producción real de leche según los datos de las inspecciones oficiales.

(2) De acuerdo con ese informe, y tras el examen realizado por los servicios de la Comisión, procede ajustar el contenido de materia grasa de referencia fijado en el anexo II del Reglamento (CE) no 1788/2003 en el caso de Rumanía.

(3) La medida prevista en el presente Reglamento se ajusta al dictamen del Comité de gestión de la leche y los productos lácteos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo II del Reglamento (CE) no 1788/2003, la referencia «35,93» correspondiente a Rumanía se sustituye por la referencia «38,5».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de abril de 2007.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de marzo de 2007.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

______________________

(1) DO L 270 de 21.10.2003, p. 123. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1406/2006 (DO L 265 de 26.9.2006, p. 8).

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 28/03/2007
  • Fecha de publicación: 29/03/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 01/04/2007
  • Aplicable desde el 1 de abril de 2007.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 1234/2007, de 22 de octubre; (Ref. DOUE-L-2007-82055).
  • Fecha de derogación: 01/04/2008
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Reglamento (CE) 1788/2003, de 29 de noviembre (Ref. DOUE-L-2003-81723).
Materias
  • Grasas
  • Leche
  • Productos lácteos
  • Rumanía
  • Tasas

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