Habiendo observado una errata en el texto del citado Decreto, enviado al DOGC y publicado con el núm. 6924, de 30.7.2015, se detalla la oportuna corrección:
En la página 4, en el artículo 10,
donde dice:
Se modifica el artículo 25 del Texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas, aprobado por Decreto legislativo 4/2002, de 24 de diciembre, que queda redactado de la manera siguiente: "Artículo 25 Los cargos de presidente o presidenta, consejero delegado o consejera delegada, de vocal de la Junta de Gobierno, y de titular de una unidad funcional del Instituto, están sujetos al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración de la Generalidad, así como a lo que la normativa vigente establezca para los órganos de administración de las entidades de crédito."
debe decir:
Se modifica el artículo 25 del Texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas, aprobado por Decreto legislativo 4/2002, de 24 de diciembre, que queda redactado de la manera siguiente: "Artículo 25 Los cargos de presidente o presidenta, consejero delegado o consejera delegada, de vocal dominical de la Junta de Gobierno, y de titular de una unidad funcional del Instituto, están sujetos al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración de la Generalidad, así como a lo que la normativa vigente establezca para los órganos de administración de las entidades de crédito."
Barcelona, 31 de julio de 2015
Albert Carreras
Secretario general