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    <identificador>DOUE-L-1978-80408</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19781218</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2991/1978</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 2991/78 del Consejo, de 18 de diciembre de 1978, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 316/68 por el que se establecen normas de calidad para las flores cortadas frescas y los follajes frescos.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19781221</fecha_publicacion>
    <diario_numero>357</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1978/357/L00002-00002.pdf</url_pdf>
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      <materia codigo="1000" orden="1">Comercio</materia>
      <materia codigo="3521" orden="2">Exportaciones</materia>
      <materia codigo="3727" orden="3">Flores</materia>
      <materia codigo="3728" orden="4">Floricultura</materia>
      <materia codigo="5163" orden="5">Normas de calidad</materia>
      <materia codigo="5612" orden="6">Plantas</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor:  del 24 de diciembre de 1978.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1968-80014" orden="2050">
          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>el primer Guion del art. 2.1 del Reglamento 316/68, de 12 de marzo</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">REGLAMENTO ( CEE ) N º 2991/78 DEL CONSEJO</p>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (  CEE  )  n  º 234/68 del Consejo , del 27 de febrero de 1968  ,  sobre  establecimiento  de  una  organización  común  de mercados en el sector  de  las  plantas  vivas y de los productos de la floricultura (1) y , en particular , su artículo 3 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (  CEE  )  n º 316/68 del Consejo , del 12 de marzo  de  1968  ,  por  el  que se establecen normas de calidad para las flores cortadas  frescas  y  los  follajes frescos (2) , modificado en último lugar por el  Reglamento  (  CEE  )  n  º  1155/76  (3) , prescribe en el primer guión del apartado  1  de  su  artículo  2 que los artículos contemplados en el artículo 1 ,  si  no  se  ajustarán  a  las  normas  de  calidad , no podrán , dentro de la Comunidad  ,  ser  puestos  a la venta ni vendidos en la fase de comercio al por mayor  ,  por  los  comerciantes ni directamente por los productores ; que , con objeto   de   permitir   asimismo   el   control  durante  su  transporte  ,  es conveniente completar la disposición citada anteriormente ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se  sustituye  el  primer  guión  del apartado 1 del artículo 2 del Reglamento ( CEE ) n º 316/68 por el texto siguiente :</p>
    <p class="parrafo">«  -  dentro  de  la  Comunidad , ser expuestos para la venta , puestos en venta ,  vendidos  ,  entregados  ni  comercializados  de cualquier otra forma , en la fase  de  comercio  al  por mayor , por los comerciantes ni directamente por los productores . »</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  tercer  día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 18 de diciembre de 1978 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">J. ERTL</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 55 de 2 . 3 . 1968 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º L 71 de 21 . 3 . 1968 , p. 8 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º L 130 de 19 . 5 . 1976 , p. 26 .</p>
  </texto>
</documento>
