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    <identificador>DOUE-L-1980-80570</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="25">Directiva</rango>
    <fecha_disposicion>19801216</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1269/1980</numero_oficial>
    <titulo>Directiva del Consejo, de 16 de diciembre de 1980, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la potencia de los motores de los vehículos a motor.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19801231</fecha_publicacion>
    <diario_numero>375</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>46</pagina_inicial>
    <pagina_final>67</pagina_final>
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    <fecha_vigencia>19801231</fecha_vigencia>
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    <fecha_derogacion>20131231</fecha_derogacion>
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      <materia codigo="294" orden="1">Armonización de legislaciones</materia>
      <materia codigo="4020" orden="2">Homologación</materia>
      <materia codigo="5163" orden="4">Normas de calidad</materia>
      <materia codigo="7116" orden="5">Vehículos de motor</materia>
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    <referencias>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1978-80262" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Directiva 78/665, de 14 de julio</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1972-80105" orden="5020">
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          <texto>Directiva 72/306, de 2 de agosto</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1970-80025" orden="5020">
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          <texto>Directiva 70/220, de 20 de marzo</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1970-80014" orden="5020">
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          <texto>Directiva 70/156, de 6 de febrero</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-2009-81279" orden="">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>con efectos de 31 de diciembre de 2013, por Reglamento 595/2009, de 18 de junio</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1999-82491" orden="1">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo I, por Directiva 99/99, de 15 de diciembre</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-1997-80849" orden="2">
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          <texto>por Directiva 97/21, de 18 de abril</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-1989-80916" orden="3">
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          <texto>por Directiva 89/491, de 17 de julio</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-1988-80274" orden="4">
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          <texto>los Anexos I y II, por Directiva 88/195, de 24 de marzo</texto>
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      </posteriores>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y  , en particular , su artículo 100 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión (1) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3) ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que  las  prescripciones  técnicas  a  que  deben  ajustarse  los vehículos  a  motor  en  virtud  de  determinadas  legislaciones  nacionales  se refieren  ,  entre  otros  aspectos  ,  al  método de medición de la potencia de los  motores  que  debe  utilizarse  para  indicar  la  potencia del motor de un</p>
    <p class="parrafo">tipo de vehículo ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  dichas  prescripciones  difieren  de un Estado miembro a otro ;  que  de  ello  se  derivan obstáculos técnicos a los intercambios comerciales cuya  eliminación  exije  que  todos  los  Estados  miembros  adopten las mismas prescripciones  ,  bien  como  complemento  ,  o  bien  en  sustitución  de  sus regulaciones  actuales  ,  con  la  finalidad  concreta  de permitir , para cada tipo  de  vehículo  ,  la  aplicación  del  procedimiento  de  homologación  CEE objeto  de  la  Directiva  70/156/CEE  del  Consejo  , de 6 de febrero de 1970 , relativa  a  la  aproximación  de  las  legislaciones  de  los  Estados miembros sobre  homologación  de  vehículos  a  motor y de sus remolques (4) , modificada en último lugar por la Directiva 80/1267/CEE (5) ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">A  los  efectos  de  la  presente  Directiva  ,  se  entiende  por vehículo todo vehículo  a  motor  destinado  a circular por carretera , con o sin carrocería , con  cuatro  ruedas  como  mínimo  y  una  velocidad  máxima  por construcción , superior  a  25  kilómetros  por  hora  .  Se  exceptúan  los  vehículos  que se desplacen sobre raíles y los tractores y máquinas agrícolas .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  no  podrán denegar la homologación CEE o la homologación de  alcance  nacional  de  un  vehículo  ,  ni  denegar o prohibir la venta , la matriculación  ,  la  puesta  en circulación o el uso de un vehículo por motivos que  se  refieran  a  la  potencia  del motor , si ésta hubiese sido determinada de conformidad con lo dispuesto en los Anexos I y II .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Las  modificaciones  necesarias  para  adaptar  las prescripciones de los Anexos al   progreso   técnico   se  adoptarán  de  conformidad  con  el  procedimiento previsto en el artículo 13 de la Directiva 70/156/CEE .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">1  .  Los  Estados  miembros adoptarán , en un plazo de dieciocho meses a partir del  día  de  su  notificación  ,  las  disposiciones necesarias para cumplir la presente Directiva , e informarán de ello inmediatamente a la Comisión .</p>
    <p class="parrafo">2   .   Los  Estados  miembros  comunicarán  a  la  Comisión  el  texto  de  las disposiciones  básicas  de  Derecho  interno  que  adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 16 de diciembre de 1980 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Colette FLESCH</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º C 104 de 28 . 4 . 1980 , p. 9 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º C 265 de 13 . 10 . 1980 , p. 76 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º C 182 de 21 . 7 . 1980 , p. 3 .</p>
    <p class="parrafo">(4) DO n º L 42 de 23 . 2 . 1970 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(5) DO n º L 375 de 31 . 12 . 1980 , p. 34 .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">DETERMINACION DE LA POTENCIA DE LOS MOTORES</p>
    <p class="parrafo">1 . HOMOLOGACION CEE</p>
    <p class="parrafo">1.1 . Solicitud de homologación CEE</p>
    <p class="parrafo">La  solicitud  de  homologación  CEE  de  un  tipo  de  vehículo  , en lo que se refiere  a  la  potencia  del  motor  ,  deberá  presentarla  el  fabricante del vehículo o su representante .</p>
    <p class="parrafo">1.1.1  .  Dicha  solicitud  irá  acompañada  de  los  documentos  que  abajo  se mencionan y de las siguientes informaciones , en tres ejemplares :</p>
    <p class="parrafo">1.1.1.1 . ficha de datos debidamente cumplimentada ;</p>
    <p class="parrafo">1.1.1.2 . datos conformes con los Apéndices 1 ó 2 .</p>
    <p class="parrafo">1.1.2  .  Si  fuere  el  mismo  servicio  técnico  encargado  de  las pruebas de homologación  el  que  efectuare  las  pruebas  ,  se  le  deberá  presentar  un vehículo representativo del tipo de vehículo cuya homologación se solicita .</p>
    <p class="parrafo">1.2 . Documentación</p>
    <p class="parrafo">Si  se  aceptare  la  solicitud  a  que  se refiere el número 1.1 , la autoridad competente  elaborará  el  documento  cuyo  modelo se encuentra en el Anexo II . Para  la  elaboración  de  dicho  documento , la autoridad competente del Estado miembro  que  proceda  a  la homologación , podrá utilizar el acta elaborada por un  laboratorio  autorizado  o  reconocido  siguiendo  las  disposiciones  de la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">2 . AMBITO DE APLICACION</p>
    <p class="parrafo">2.1  .  El  presente  método  se  aplicará  a  los motores de combustión interna utilizados  para  la  propulsión  de vehículos de las categorías M y N definidas en  el  Anexo  I  de  la  Directiva  70/156/CEE  ,  que pertenezcan a uno de los tipos siguientes :</p>
    <p class="parrafo">2.1.1  .  motores  de  combustión  interna de pistones ( de explosión o Diesel ) , excepto los motores de pistones libres ;</p>
    <p class="parrafo">2.1.2 . motores de pistones rotativos .</p>
    <p class="parrafo">2.2  .  El  presente  método  se  aplicará  tanto a los motores sobrealimentados como a los atmosféricos .</p>
    <p class="parrafo">3 . DEFINICIONES</p>
    <p class="parrafo">A los efectos de la presente Directiva , se entenderá :</p>
    <p class="parrafo">3.1  .  por  potencia  neta  , la potencia obtenida en el banco de pruebas en el extremo  del  cigueeñal  o  del  órgano  equivalente , al régimen adecuado y con los  auxiliares  que  se  enumeran  en  el Cuadro 1 . Si la medición de potencia únicamente  pudiere  realizarse  en  el  motor  dotado  de una caja de cambio de velocidades  ,  se  tendrá  en  cuenta  el  rendimiento  de la caja de cambio de velocidades ;</p>
    <p class="parrafo">3.2  .  por  potencia  neta  máxima , el valor máximo de la potencia neta medida a plena carga del motor ;</p>
    <p class="parrafo">3.3  .  por  equipo  de  serie , todo equipo previsto por el fabricante para una determinada aplicación .</p>
    <p class="parrafo">4 . PRECISION DE LAS MEDICIONES DE LA POTENCIA A PLENA CARGA</p>
    <p class="parrafo">4.1 . Par</p>
    <p class="parrafo">4.1.1  .  Sin  perjuicio  de  lo  dispuesto  en el número 4.1.2 , el dinamómetro deberá  tener  una  capacidad  tal  ,  que  el  primer cuarto de su escala no se utilice  .  Los  aparatos  de  medida deberán tener una precisión de ± 0,5 % del valor máximo que figure en la escala ( primer cuarto excluido ) .</p>
    <p class="parrafo">4.1.2  .  No  obstante  ,  podrá  utilizarse  la  banda de la escala comprendida</p>
    <p class="parrafo">entre  el  sexto  y  el  cuarto  de  la  escala  total  , si la precisión de los aparatos  ,  en  un  sexto de la escala , fuere de ± 0,25 % del valor máximo que figure en la escala .</p>
    <p class="parrafo">4.2 . Velocidad de giro del motor</p>
    <p class="parrafo">La  precisión  de  la  medida  deberá  ser de ± 0,5 % . La velocidad de giro del motor  deberá  medirse  ,  preferentemente  ,  con  un  cuentarrevoluciones y un cronómetro sincronizados automáticamente .</p>
    <p class="parrafo">4.3 . Consumo de combustible : ± 1 % en total para los aparatos utilizados .</p>
    <p class="parrafo">4.4 . Temperatura del aire de admisión del motor : ± 2 ° C .</p>
    <p class="parrafo">4.5 . Presión barométrica : ± 2 mbar .</p>
    <p class="parrafo">4.6  .  Presión  en  el  tubo  de evacuación de los gases de escape del banco de pruebas ( véase nota 1 del Cuadro 1 ) .</p>
    <p class="parrafo">4.7 . Presión en el conducto de admisión : ± 0,5 mbar .</p>
    <p class="parrafo">4.8 . Presión en el tubo de escape del vehículo : ± 2 mbar .</p>
    <p class="parrafo">5 . POTENCIA NETA DEL MOTOR</p>
    <p class="parrafo">5.1 . Pruebas</p>
    <p class="parrafo">5.1.1 . Equipo auxiliar</p>
    <p class="parrafo">Durante  la  prueba  ,  el  equipo auxiliar que corresponda al motor y que abajo se  especifica  deberá  estar  instalado  en  el  motor  ,  en  la  medida de lo posible , en el sitio que normalmente ocuparía .</p>
    <p class="parrafo">5.1.1.1 . Equipo auxiliar que deberá instalarse en el motor</p>
    <p class="parrafo">El  equipo  auxiliar  que  deberá  permanecer  instalado  en el motor durante la prueba  de  determinación  de  la potencia neta del motor se indica en el Cuadro 1 .</p>
    <p class="parrafo">5.1.1.2 . Equipo auxiliar que deberá retirarse del motor</p>
    <p class="parrafo">El  equipo  auxiliar  que  pudiera  estar  montado  en el motor y que únicamente fuera  necesario  para  el  uso  del  mismo  vehículo deberán retirarse para las pruebas .</p>
    <p class="parrafo">A título de ejemplo , se da la siguiente lista no exhaustiva :</p>
    <p class="parrafo">- compresor de aire para frenos ,</p>
    <p class="parrafo">- bomba de la servodirección ,</p>
    <p class="parrafo">- compresor del sistema de suspensión ,</p>
    <p class="parrafo">- compresor y sistema de aire acondicionado ,</p>
    <p class="parrafo">-  equipo  de  refrigeración  para el aceite de transmisión hidráulica y/o de la caja de cambios .</p>
    <p class="parrafo">Cuando  se  trate  de  accesorios  no  desmontables , la potencia que absorba en vacío podrá determinarse y añadirse a la potencia medida .</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 1</p>
    <p class="parrafo">Equipo  auxiliar  que  deberá  permanecer  instalado  en el motor para la prueba de determinación de la potencia neta del motor</p>
    <p class="parrafo">Número Auxiliares Instalado para la prueba de potencia neta</p>
    <p class="parrafo">1 Sistema de admisión</p>
    <p class="parrafo">Colector de admisión De serie-sí (1)</p>
    <p class="parrafo">Filtro de aire De serie-sí (1)</p>
    <p class="parrafo">Silencioso de aspiración De serie-sí (1)</p>
    <p class="parrafo">Toma de reciclado de los gases del cárter De serie-sí (1)</p>
    <p class="parrafo">Limitador de velocidad De serie-sí (1)</p>
    <p class="parrafo">2 Dispositivo de calentamiento de la admisión</p>
    <p class="parrafo">(  Si  fuere  posible  ,  deberá  ajustarse  en  su  posición más favorable ) De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">3 Sistema de escape</p>
    <p class="parrafo">Depurador de escape De serie-sí (1)</p>
    <p class="parrafo">Colector De serie-sí (1)</p>
    <p class="parrafo">Tubos de conexión De serie-sí (1)</p>
    <p class="parrafo">Silencioso De serie-sí (1)</p>
    <p class="parrafo">Tubo de escape De serie-sí (1)</p>
    <p class="parrafo">Freno de escape (2) De serie-sí (1)</p>
    <p class="parrafo">4 Bomba de alimentación de combustible (3) De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">5 Carburador De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">6 Equipo de inyección del combustible ( gasolina y Diesel )</p>
    <p class="parrafo">Prefiltro De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">Filtro De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">Bomba De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">Tubos de alta presión De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">Inyectores De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">Eventualmente , válvula de admisión de aire (4) De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">Regulador/sistema de mando De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">Topo   automático   de   plena   carga  de  la  cremallera  en  función  de  las condiciones atmosféricas De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">7 Equipo de refrigeración por líquido</p>
    <p class="parrafo">Capó motor No</p>
    <p class="parrafo">Salida aire capó No</p>
    <p class="parrafo">Radiador De serie-sí (5)</p>
    <p class="parrafo">Ventilador (6) De serie-sí (5)</p>
    <p class="parrafo">Carenado del ventilador De serie-sí (5)</p>
    <p class="parrafo">Bomba de agua De serie-sí (5)</p>
    <p class="parrafo">Termostato (7) De serie-sí (5)</p>
    <p class="parrafo">8 Refrigeración por aire</p>
    <p class="parrafo">Carenado De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">Soplador (5) (6) De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">Dispositivo de regulación de la temperatura De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">9 Equipo eléctrico De serie-sí (8)</p>
    <p class="parrafo">Número Auxiliares Instalado para la prueba de potencia neta</p>
    <p class="parrafo">10 Equipo de sobrealimentación</p>
    <p class="parrafo">Compresor  accionado  directa  o  indirectamente  por el motor y/o por los gases de escape Intercambiador de calor ( « intercooler » ) (9) De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">Bomba o ventilador del refrigerante ( accionados por el motor ) De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">Dispositivo   de   regulación   del  caudal  del  líquido  de  refrigeración  De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">11 Dispositivo anticontaminación De serie-sí</p>
    <p class="parrafo">(1)   Los  sistemas  de  escape  y  de  admisión  completos  previstos  para  el vehículo  deberán  usarse  cuando  pudieran  tener un efecto apreciable sobre la potencia  del  motor  (  motor  2  tiempos  ,  motores  de  explosión , etc. ) o cuando  el  fabricante  lo  solicitare  .  En  los  restantes  casos  ,  bastará comprobar  en  el  momento  de  la  prueba que la contra-presión a la salida del colector  de  escape  no  difiera  en más de 10 mbar de la contra-presión máxima</p>
    <p class="parrafo">prevista  por  el  fabricante  y  que  la  presión en el colector de admisión no difiera  en  más  de  1  mbar  del  valor  límite especificado por el fabricante para   un   filtro   de   aire   limpio  .  Dichas  condiciones  podrán  también reproducirse mediante el equipo del banco de pruebas .</p>
    <p class="parrafo">Cuando  el  sistema  de  escape  completo  se  utilizare  en  el  laboratorio de pruebas  ,  el  sistema  de evacuación de los gases de escape no deberá , con el motor  en  marcha  ,  crear  en la conducción de salida , en el punto donde ésta estuviere  unida  al  sistema  de  escape del vehículo , una presión que difiera de  la  presión  atmosférica  en  más  de  10  mbar  , a menos que el fabricante aceptare , antes de la prueba , una contra-presión más elevada .</p>
    <p class="parrafo">(2)  Si  existiere  un  freno  de  escape  incorporado  al motor , la válvula de extrangulación deberá fijarse en posición totalmente abierta .</p>
    <p class="parrafo">(3)  La  presión  de  alimentación  de  combustible  podrá  ajustarse , si fuere necesario  ,  a  fin  de  reproducir  las  presiones  que  se producirían con el motor  funcionado  en  el  vehículo  (  en  particular  ,  cuando  se utilice un sistema de retorno de carburante ) .</p>
    <p class="parrafo">(4)  La  válvula  de  admisión  de aire será la válvula de control del regulador neumático  de  la  bomba  de  inyección  . El regulador o el equipo de inyección podrán  contener  otros  dispositivos  que  puedan  influir sobre la cantidad de carburante inyectada .</p>
    <p class="parrafo">(5)  El  radiador  ,  el  ventilador  ,  la  tobera del ventilador , la bomba de agua  y  el  termostato  deberán  ocupar  la  misma  posición relativa que en el vehículo  .  La  circulación  del  líquido  de  refrigeración  deberá producirse únicamente  mediante  la  bomba  de  agua  del  motor  .  La  refrigeración  del líquido  podrá  realizarse  bien  por  el  radiador  del  motor  ,  bien  por un circuito  exterior  ,  siempre  que la pérdida de presión de dicho circuito y la presión  en  la  entrada  de  la  bomba  sean  iguales  a  las  del  sistema  de refrigeración  del  motor  .  La  cortina  del  radiador , si existiere , deberá estar abierta .</p>
    <p class="parrafo">En  caso  de  que  ,  por  razones  prácticas , el radiador , el ventilador y la tobera   de   ventilador  no  pudieran  montarse  en  el  motor  ,  la  potencia absorbida  por  el  ventilador  montado  separadamente  en  la posición correcta con  relación  al  radiador  y  a  la  tobera  (  si  ésta  existiere ) , deberá determinarse  en  las  velocidades  de  giro correspondientes a los regímenes de giro  del  motor  utilizados  para  medir  la  potencia  del  motor  ,  bien por cálculo  a  partir  de  características tipo o bien , mediante pruebas prácticas .  Dicha  potencia  ,  corregida  a las condiciones atmosféricas normales que se definen en el número 5.2.2 , deberá deducirse de la potencia corregida .</p>
    <p class="parrafo">(6)  En  el  caso  de  un ventilador o de un soplador desconectables , la prueba deberá realizarse con ventilador ( o soplador ) conectado .</p>
    <p class="parrafo">(7) El termostato podrá fijarse en la posición de totalmente abierto .</p>
    <p class="parrafo">(8)  Potencia  mínima  del  generador  :  el  generador  deberá  proporcionar la corriente  estrictamente  necesaria  para  la  alimentación  del equipo auxiliar indispensable  para  el  funcionamiento  del  motor  (  incluido  el  ventilador eléctrico  de  refrigeración  )  .  Si  fuere  necesario  conectar una batería , deberá utilizarse una batería en buen estado y completamente cargada .</p>
    <p class="parrafo">(9)  La  temperatura  del  aire  en el colector de admisión no deberá sobrepasar la que hubiere recomendado el fabricante , si estuviere especificada .</p>
    <p class="parrafo">Refrigeración del aire de sobrealimentación .</p>
    <p class="parrafo">La  refrigeración  del  aire  de  sobrealimentación podrá asegurarse bien por el refrigerador  de  admisión  del  motor  ,  bien  por un sistema de refrigeración exterior  ,  siempre  que  la  presión y la temperatura del aire a la salida del refrigerador  fueren  las  mismas  que  con el sistema de origen previsto por el fabricante del motor .</p>
    <p class="parrafo">5.1.1.3 . Equipo auxiliar para el arranque de motores Diesel</p>
    <p class="parrafo">Con relación a este equipo , deberán considerarse los dos casos siguientes :</p>
    <p class="parrafo">5.1.1.3.1 . arranque eléctrico :</p>
    <p class="parrafo">el  generador  estará  instalado  y  alimentará  ,  en  su caso , los accesorios indispensables para el funcionamiento del motor ;</p>
    <p class="parrafo">5.1.1.3.2  .  arranque  no  eléctrico  : sólo se mantendrá colocado el generador cuando  existan  accesorios  indispensables  para  el  funcionamiento  del motor alimentados   eléctricamente   .   En  caso  contrario  ,  el  generador  deberá retirarse  .  En  ambos  casos , el sistema de producción y de acumulación de la energía necesaria para el arranque estará colocado y funcionará en vacío .</p>
    <p class="parrafo">5.1.2 . Condiciones de regulación</p>
    <p class="parrafo">Las  condiciones  de  regulación  para la prueba de determinación de la potencia neta se indican en el Cuadro 2 .</p>
    <p class="parrafo">CUADRO 2</p>
    <p class="parrafo">Condiciones de regulación</p>
    <p class="parrafo">1  Regulación  del  (  de  los ) carburador(es) Regulación de serie realizada de acuerdo  con  las  indicaciones  del  fabricante y adoptada definitivamente para el caso de utilización que se considere</p>
    <p class="parrafo">2  Regulación  del  caudal  de  la  bomba de inyección Regulación de acuerdo con las   especificaciones  del  fabricante  para  el  motor  de  serie  ,  adoptada definitivamente para el caso de utilización que se considere</p>
    <p class="parrafo">3  Calado  del  encendido  o  de  la inyección Curva de avance de serie prevista por  el  fabricante  ,  adoptada definitivamente para el caso de utilización que se considere</p>
    <p class="parrafo">4  Regulación  del  regulador  Regulación  de  acuerdo  con las especificaciones del  fabricante  para  el  motor  de  serie  ,  adoptada definitivamente para el caso que se considere</p>
    <p class="parrafo">5.1.3 . Prueba de determinación de la potencia neta</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.1   .  La  prueba  para  la  determinación  de  la  potencia  neta  deberá realizarse  a  todo  gas  para  los  motores  de explosión y con caudal en plena carga  de  la  bomba  de  inyección  para  los  motores  Diesel  ,  con el motor equipado tal y como se especifica en el Cuadro 1 .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.2  .  Las  mediciones  deberán realizarse en condiciones de funcionamiento estabilizadas  ;  la  alimentación  de  aire  del  motor deberá ser suficiente . Los  motores  deberán  haber  sido  rodados  en las condiciones recomendadas por el  fabricante  .  Las  cámaras  de  combustión podrán contener depósitos , pero en  cantidades  limitadas  .  Las  condiciones  de  prueba , como por ejemplo la temperatura  de  admisión  del  aire  ,  deberán  seleccionarse  tan aproximadas como  fuere  posible  a  las condiciones de referencia ( véase número 5.2 ) para disminuir la magnitud del factor de corrección .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.3  .  La  temperatura  del  aire de admisión del motor deberá medirse 0,15 m  ,  como  máximo  ,  por  encima  de la entrada del filtro de aire , o , si no</p>
    <p class="parrafo">hubiere  filtro  ,  a  0,15  m del conducto de entrada de aire . El termómetro o el  termopar  deberá  estar  protegido  contra  el calor y colocado directamente en   la   corriente   de   aire   .   También  deberá  estar  protegido  de  las vaporizaciones  de  carburante  .  Se  deberá  utilizar  un número suficiente de posiciones  para  dar  una  temperatura  media  de  admisión representativa . El dispositivo de medición no deberá perturbar la salida del aire .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.4  .  No  deberá  realizarse  ninguna  medición  antes  de que el par , la velocidad  y  las  temperaturas  se  mantengan  sensiblemente constantes durante por lo menos un minuto .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.5  .  Una  vez  seleccionada  una velocidad para las mediciones , su valor no  deberá  variar  en  ±  1 % o en ± 10 revoluciones/min durante las lecturas ; deberá tenerse en cuenta la mayor de dichas tolerancias .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.6  .  Las  lecturas  de  la carga en el freno , del consumo de combustible y  de  la  temperatura  del  aire de admisión deberán realizarse simultáneamente ;  el  valor  que  se  tendrá  en cuenta para la medición deberá ser la media de dos  lecturas  estabilizadas  que  difieran en menos del 2 % para la carga en el freno y el consumo de carburante .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.7  .  Cuando  se  mida  la  velocidad y el consumo mediante un dispositivo de  mando  manual  ,  la  duración  de la medición deberá ser , como mínimo , de 60 segundos .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.8 . Combustible</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.8.1  .  En  el  caso  de  los  motores  Diesel  ,  el  combustible  que se utilizará  será  el  que  se  describe  en el Anexo V de la Directiva 72/306/CEE del  Consejo  ,  de  2  de  agosto  de  1972 , relativa a la aproximación de las legislaciones  de  los  Estados  miembros  sobre  medidas que se deberán adoptar contra  las  emisiones  de  contaminantes  procedentes  de  los  motores  Diesel destinados  a  la  propulsión  de vehículos (1) con adición , si conviniere , de un  combustible  comercial  gaseoso  o  líquido  recomendado por el fabricante . El carburante no deberá contener aditivos antihumo .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.8.2  .  En  el  caso  de  los motores de explosión , el combustible que se utilizará  será  un  combustible  comercial , sin ningún aditivo suplementario . Podrá  utilizarse  ,  igualmente  ,  el  combustible que se describe en el Anexo VI  de  la  Directiva  70/220/CEE  del  Consejo  ,  de  20  de  marzo  de 1970 , relativa  a  la  aproximación  de  las  legislaciones  de  los  Estados miembros sobre  medidas  que  se  deberán  adoptar  contra  la contaminación del aire por los   gases   procedentes   de  los  motores  de  explosión  instalados  en  los vehículos   a   motor  (2)  ,  modificada  en  último  lugar  por  la  Directiva 78/665/CEE (3) .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.9 . Refrigeración del motor</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.9.1 . Motores refrigerados por líquido</p>
    <p class="parrafo">La  temperatura  del  líquido  de  refrigeración  a  la  salida del motor deberá mantenerse  a  ±  5  ° C de la temperatura superior de regulación del termostato que   hubiere   especificado   el   fabricante   .   Si  éste  no  proporcionare indicaciones , la temperatura deberá ser de 80 ± 5 ° C .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.9.2 . Motores refrigerados por aire</p>
    <p class="parrafo">Para  los  motores  refrigerados  por aire , la temperatura en un punto indicado por  el  fabricante  deberá  mantenerse  entre  el valor máximo T M previsto por el fabricante y T M - 20 ° C .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.10  .  La  temperatura  del  combustible  en  la  entrada  de  la bomba de inyección   o   del   carburador   deberá   mantenerse  dentro  de  los  límites establecidos por el fabricante .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.11  .  La  temperatura  del lubricante , medida en el carter o a la salida del  radiador  del  aceite  ,  si existiere , deberá estar comprendida dentro de los límites establecidos por el fabricante .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.12  .  La  temperatura  de  los gases de escape deberá medirse en un punto contiguo  a  la  (  o a las ) brida(s) del ( o de los ) colector(es) de escape ; no deberá sobrepasar el valor indicado por el fabricante .</p>
    <p class="parrafo">5.1.3.13 . Sistema de refrigeración auxiliar</p>
    <p class="parrafo">Podrá  utilizarse  un  sistema  de  refrigeración  auxiliar  si  fuere necesario para   mantener  las  temperaturas  dentro  de  los  límites  previstos  en  los números 5.1.3.9 a 5.1.3.12 .</p>
    <p class="parrafo">5.1.4 . Desarrollo de las pruebas</p>
    <p class="parrafo">Efectúense  las  mediciones  en  un número suficiente de velocidades de giro del motor  ,  con  objeto  de  que  se  pueda  definir  completamente  la  curva  de potencia  a  plena  carga  entre las velocidades de giro mayor y menor indicadas por  el  fabricante  .  Dicha gama de velocidades deberá incluir la velocidad de giro  en  la  que  el  motor  dé  su  potencia máxima . Para cada velocidad , se tomará la media de dos mediciones estabilizadas .</p>
    <p class="parrafo">5.1.5 . Medición del índice de humo</p>
    <p class="parrafo">En  el  caso  de  los  motores  Diesel  deberá controlarse , durante la prueba , que  los  gases  de  escape cumplan con las condiciones establecidas en el Anexo VI de la Directiva 72/306/CEE .</p>
    <p class="parrafo">5.2 . Factores de correción</p>
    <p class="parrafo">5.2.1 . Definición</p>
    <p class="parrafo">El  factor  de  corrección  es el coeficiente K por el cual deberá multiplicarse la  potencia  observada  para  determinar  la  potencia  de un motor en relación con  las  condiciones  atmosféricas  de  referencia  que  se  especifican  en el número 5.2.2 .</p>
    <p class="parrafo">5.2.2 . Condiciones atmosféricas de referencia</p>
    <p class="parrafo">5.2.2.1 . Temperatura : 25 ° C .</p>
    <p class="parrafo">5.2.2.2 . Presión seca ( ps ) : 990 mbar .</p>
    <p class="parrafo">5.2.3 . Condiciones que deberán reunirse en el laboratorio</p>
    <p class="parrafo">Para  que  una  prueba  se  considere  válida , el factor de corrección K deberá ser tal que 0,96 K 1,06 .</p>
    <p class="parrafo">5.2.4 . Determinación de los factores de corrección</p>
    <p class="parrafo">5.2.4.1  .  En  el  caso  de  los  motores  de  explosión  ( de carburación o de inyección ) Factor K a</p>
    <p class="parrafo">El  factor  de  corrección  se  obtendrá  mediante la aplicación de la siguiente fórmula :</p>
    <p class="parrafo">K a = ( 900/ps ) · (T/298)0,5</p>
    <p class="parrafo">donde :</p>
    <p class="parrafo">T = temperatura absoluta en ° K del aire aspirado por el motor ,</p>
    <p class="parrafo">ps  =  presión  atmosférica  seca  , en mbar , es decir , la presión barométrica total menos la presión de vapor de agua .</p>
    <p class="parrafo">5.2.4.2 . En el caso de los motores Diesel - Factor K d</p>
    <p class="parrafo">5.2.4.2.1  .  Motores  Diesel  de  cuatro  tiempos  ,  no  sobrealimentados  , y</p>
    <p class="parrafo">motores  Diesel  de  dos  tiempos : el factor de corrección se obtendrá mediante la siguiente fórmula :</p>
    <p class="parrafo">K d = ( 990/ps ) · (T/298)0,7</p>
    <p class="parrafo">donde :</p>
    <p class="parrafo">T = temperatura en ° K del aire aspirado por el motor ,</p>
    <p class="parrafo">ps = presión atmosférica seca en mbar .</p>
    <p class="parrafo">5.2.4.2.2 . Motores Diesel de cuatro tiempos sobrealimentados</p>
    <p class="parrafo">5.2.4.2.2.1 . Turbocompresor movido por los gases de escape</p>
    <p class="parrafo">No  se  hará  ninguna  corrección  en  la  potencia  .  No  obstante , cuando la densidad  del  aire  ambiente  difiere  en más de un 5 % de la densidad del aire en  las  condiciones  de  referencia  (  25  °  C  y  1  000 mbar ) , se deberán indicar las condiciones de prueba en el informe de prueba .</p>
    <p class="parrafo">5.2.4.2.2.2 . Compresor de acción mecánica</p>
    <p class="parrafo">5.2.4.2.2.2.1 . La relación r se definirá mediante la siguiente fórmula :</p>
    <p class="parrafo">r = D/ ( V ( P2/P1 ) · ( T1/P2 ) )</p>
    <p class="parrafo">donde :</p>
    <p class="parrafo">D = consumo de combustible , en milímetros cúbicos por ciclo del motor ,</p>
    <p class="parrafo">V = cilindrada del motor , en litros ,</p>
    <p class="parrafo">P1 = presión ambiente ,</p>
    <p class="parrafo">P2 = presión en el colector de admisión del motor ,</p>
    <p class="parrafo">T1  =  temperatura  ambiente  ,  en ° K ( según la definición del número 5.1.3.3 . ) ,</p>
    <p class="parrafo">T2 = temperatura en el colector de admisión del motor , en ° K .</p>
    <p class="parrafo">5.2.4.2.2.2.2  .  El  factor  de  corrección  para  los motores con compresor de acción  mecánica  será  el  mismo  que  el  que  se  utilice para los motores no sobrealimentados  si  r  fuere  superior  o  igual  a 50 , y será igual a 1 si r fuere inferior a 50 milímetros cúbicos por litro .</p>
    <p class="parrafo">5.3 . Acta de prueba</p>
    <p class="parrafo">El  acta  de  prueba  deberá  contener  los  resultados  y  todos  los  cálculos necesarios  para  obtener  la  potencia  neta que se indica en el Anexo II , así como  las  características  del  motor que se indican en los Apéndices 1 ó 2 del presente Anexo .</p>
    <p class="parrafo">5.4 . Modificación del tipo de motor</p>
    <p class="parrafo">Toda  modificación  del  motor  en  lo  que se refiere a las características que se  indican  en  los  Apéndices  1  ó  6  deberá comunicarse a la administración competente . Dicha administración podrá , entonces :</p>
    <p class="parrafo">5.4.1  .  considerar  que  las  modificaciones  introducidas no son susceptibles de influir sensiblemente sobre la potencia del motor , o bien</p>
    <p class="parrafo">5.4.2  .  solicitar  una  nueva  determinación de la potencia del motor mediante la realización de las pruebas que juzgue necesarias .</p>
    <p class="parrafo">6 . TOLERANCIAS PARA LA MEDICION DE LA POTENCIA NETA</p>
    <p class="parrafo">6.1  .  La  potencia  neta del motor según haya sido determinada por el servicio técnico  ,  podrá  diferir  en  ±  2  %  de la potencia neta especificada por el fabricante , con una tolerancia del 1,5 % para el régimen motor .</p>
    <p class="parrafo">6.2  .  La  potencia  neta  de  un  motor durante la prueba de conformidad de la producción  podrá  diferir  en  ±  5  %  de  la  potencia neta determinada en la prueba de homologación del tipo .</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 190 de 20 . 8 . 1972 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º L 76 de 6 . 4 . 1970 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º L 223 de 14 . 8 . 1978 , p. 48 .</p>
    <p class="parrafo">Apéndice 1</p>
    <p class="parrafo">CARACTERISTICAS ESENCIALES DEL MOTOR (1)</p>
    <p class="parrafo">( Motores Diesel )</p>
    <p class="parrafo">1 . Descripción del motor</p>
    <p class="parrafo">1.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">1.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">1.3 . Ciclo : cuatro tiempos/dos tiempos (2)</p>
    <p class="parrafo">1.4 . Calibre : ... mm</p>
    <p class="parrafo">1.5 . Carrera : ... mm</p>
    <p class="parrafo">1.6 . Número y disposición de los cilindros y orden de encendido : ...</p>
    <p class="parrafo">1.7 . Cilindrada : ... cm3</p>
    <p class="parrafo">1.8 . Relación volumétrica de compresión (3) : ...</p>
    <p class="parrafo">1.9  .  Dibujos  de  la  cámara de combustión y de la cara superior del pistón : ...</p>
    <p class="parrafo">1.10 . Sección mínima de las válvulas de admisión y de escape : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11 . Sistema de refrigeración</p>
    <p class="parrafo">1.11.1 . De líquido</p>
    <p class="parrafo">Naturaleza del líquido : ...</p>
    <p class="parrafo">Bombas de circulación : si/no (2)</p>
    <p class="parrafo">Características o marca(s) y tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">Relación de transmisión : ...</p>
    <p class="parrafo">Termostato : regulación : ...</p>
    <p class="parrafo">Radiador ; dibujo(s) o marca(s) y tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">Válvula de sobrepresión - presión de regulación : ...</p>
    <p class="parrafo">Ventilador ; características o marca(s) y tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">Sistema de mando : ...</p>
    <p class="parrafo">Relación de transmisión : ...</p>
    <p class="parrafo">Tobera de ventilador : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.2 . De aire</p>
    <p class="parrafo">Soplador : características o marca(s) y tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">Relación de transmisión : ...</p>
    <p class="parrafo">Carenado de serie : ...</p>
    <p class="parrafo">Sistema  de  regulación  de  la  temperatura  :  si/no (4) ; breve descripción : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3 . Temperaturas admitidas por el fabricante</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.1  .  Refrigeración  por  líquido  ;  temperatura  máxima  de  salida del motor : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.2 . Refrigeración por aire ;</p>
    <p class="parrafo">punto de referencia : ...</p>
    <p class="parrafo">Temperatura máxima en el punto de referencia : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.3  .  Temperatura  máxima  en la salida del intercambiador de la admisión (4) : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.4  .  Temperatura  máxima  del  escape  en  el  punto que se indica en el número 5.1.3.12 : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.5 . Temperatura del combustible :</p>
    <p class="parrafo">mínima : ...</p>
    <p class="parrafo">máxima : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.6 . Temperatura del lubricante :</p>
    <p class="parrafo">mínima : ...</p>
    <p class="parrafo">máxima : ...</p>
    <p class="parrafo">1.12 . Sobrealimentación : si/no (4) ; descripción del sistema : ...</p>
    <p class="parrafo">1.13 . Sistema de admisión</p>
    <p class="parrafo">Colector de admisión : ...</p>
    <p class="parrafo">Descripción : ...</p>
    <p class="parrafo">Filtro de aire : ...</p>
    <p class="parrafo">Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">Silencioso de admisión : ...</p>
    <p class="parrafo">Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">2  .  Dispositivos  adicionales  antihumo  (  si  existieran  o si no estuvieren incluidos en otro epígrafe )</p>
    <p class="parrafo">Descripción y esquemas : ...</p>
    <p class="parrafo">3 . Alimentación</p>
    <p class="parrafo">3.1   .  Descripción  y  esquemas  de  los  colectores  de  admisión  y  de  sus accesorios  (  dispositivo  de  calentamiento  , silencioso de admisión , etc. ) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2 . Alimentación de carburante</p>
    <p class="parrafo">3.2.1 . Bomba de alimentación</p>
    <p class="parrafo">Presión (5) ... o diagrama característico (5) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2 . Dispositivo de inyección : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.1 . Bomba</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.1.1 . Marca(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.1.2 . Tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.1.3  .  Caudal  ...  mm3  por  carrera  a ... revoluciones/min de la bomba (5) a plena inyección o diagrama característico (5) (6) : ...</p>
    <p class="parrafo">Indíquese el método utilizado : en motor/en banco de bomba (6)</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.1.4 . Avance de la inyección (5) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.1.4.1 . Curva de avance de la inyección : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.1.4.2 . Calado : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.2 . Tubos de inyección</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.2.1 . Longitud : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.2.2 . Diámetro interior : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.3 . Inyector(es)</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.3.1 . Marca(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.3.2 . Tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.3.3  .  Presión  de  apertura  : ... bar (5) o diagrama característico (5) (6)</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.4 . Regulador</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.4.1 . Marca(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.4.2 . Tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.4.3   .   Velocidad   de   inicio   de   corte   a   plena   carga  :  ... revoluciones/min</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.4.4 . Velocidad máxima en vacío : ... revoluciones/min</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.4.5 . Velocidad de ralentí : ... revoluciones/min</p>
    <p class="parrafo">3.3 . Sistema de arranque en frío</p>
    <p class="parrafo">3.3.1 . Marca(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.3.2 . Tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.3.3 . Descripción : ...</p>
    <p class="parrafo">4 . Regulación de distribución o datos equivalentes</p>
    <p class="parrafo">4.1  .  Recorridos  máximos  de las válvulas , ángulos de apertura y de cierre o indicaciones  referentes  a  otros  sistemas  posibles  de  distribución  ,  con relación a los puntos muertos superiores :</p>
    <p class="parrafo">4.2 . Juegos de referencia y/o de regulación (7)</p>
    <p class="parrafo">5 . Dispositivo de escape</p>
    <p class="parrafo">5.1 . Descripción del colector de escape : ...</p>
    <p class="parrafo">5.2  .  Descripción  de  las  otras partes del sistema de escape si la prueba se realizare  con  el  sistema  de  escape  completo previsto por el fabricante , o indicación  de  la  contra-presión  máxima  prevista  por  el  fabricante  en el régimen de potencia máxima (7) : ...</p>
    <p class="parrafo">6 . Sistema de lubricación</p>
    <p class="parrafo">6.1 . Descripción del sistema</p>
    <p class="parrafo">6.1.1 . Posición del depósito de lubricante : ...</p>
    <p class="parrafo">6.1.2  .  Sistema  de  alimentación  (  bomba  ,  inyección  en  el  sistema  de admisión , mezcla con combustible , etc. ) : ...</p>
    <p class="parrafo">6.2 . Bomba (7)</p>
    <p class="parrafo">6.2.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">6.2.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">6.3 . Mezcla con combustible (7)</p>
    <p class="parrafo">6.3.1 . Porcentaje : ...</p>
    <p class="parrafo">6.4 . Radiador de aceite : si/no (7)</p>
    <p class="parrafo">6.4.1 . Dibujo(s) o marca(s) y Tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">7 . Equipo eléctrico</p>
    <p class="parrafo">Generador/alternador (7) ; características o marca(s) y tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">8  .  Otro  equipo  auxiliar  accionado  por  el  motor  (  enumeración  y breve descripción , si fuere necesario ) : ...</p>
    <p class="parrafo">(1)   Para   los   motores   o   sistemas  no  convencionales  ,  el  fabricante proporcionará los datos equivalentes a los que abajo se mencionan .</p>
    <p class="parrafo">(2) Táchese lo que no proceda .</p>
    <p class="parrafo">(3) Indíquese la tolerancia .</p>
    <p class="parrafo">(4) Táchese lo que no proceda .</p>
    <p class="parrafo">(5) Indíquese la tolerancia .</p>
    <p class="parrafo">(6) Táchese lo que no proceda .</p>
    <p class="parrafo">(7) Táchese lo que no proceda .</p>
    <p class="parrafo">Apéndice 2</p>
    <p class="parrafo">CARACTERISTICAS ESENCIALES DEL MOTOR (1)</p>
    <p class="parrafo">( Motores de explosión )</p>
    <p class="parrafo">1 . Descripción del motor</p>
    <p class="parrafo">1.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">1.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">1.3 . Ciclo : cuatro tiempos/dos tiempos (2)</p>
    <p class="parrafo">1.4 . Calibre : ... mm</p>
    <p class="parrafo">1.5 . Carrera : ... mm</p>
    <p class="parrafo">1.6 . Número y disposición de los cilindros y orden de encendido : ...</p>
    <p class="parrafo">1.7 . Cilindrada : ... cm3</p>
    <p class="parrafo">1.8 . Relación volumétrica de compresión (3) : ...</p>
    <p class="parrafo">1.9 . Dibujos de la cámara de combustión y de la superior del pistón : ...</p>
    <p class="parrafo">1.10 . Sección mínima de las válvulas de admisión y de escape : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11 . Sistema de refrigeración</p>
    <p class="parrafo">1.11.1 . De líquido</p>
    <p class="parrafo">Naturaleza del líquido : ...</p>
    <p class="parrafo">Bomba de circulación : si/no (2)</p>
    <p class="parrafo">Características o marca(s) y tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">Relación de transmisión : ...</p>
    <p class="parrafo">Termostato ; regulación : ...</p>
    <p class="parrafo">Radiador ; dibujo(s) o marca(s) y tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">Válvula de sobrepresión ; presión de regulación : ...</p>
    <p class="parrafo">Ventilador ; características o marca(s) y tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">Sistema de mando : ...</p>
    <p class="parrafo">Relación de transmisión : ...</p>
    <p class="parrafo">Tobera de ventilador : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.2 . De aire</p>
    <p class="parrafo">Soplador ; características o marca(s) o tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">Relación de transmisión : ...</p>
    <p class="parrafo">Carenado de serie : ...</p>
    <p class="parrafo">Sistema  de  regulación  de  la  temperatura  :  si/no (4) ; breve descripción : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3 . Temperaturas admitidas por el fabricante</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.1  .  Refrigeración  por  líquido  :  temperatura máxima en la salida del motor : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.2 . Refrigeración por aire :</p>
    <p class="parrafo">punto de referencia : ...</p>
    <p class="parrafo">temperatura máxima en el punto de referencia : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.3  .  Temperatura  máxima  en la salida del intercambiador de la admisión (4) : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.4  .  Temperatura  máxima  del  escape  en  el  punto que se indica en el número 5.1.3.12 : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.5 . Temperatura del combustible :</p>
    <p class="parrafo">mínima : ...</p>
    <p class="parrafo">máxima : ...</p>
    <p class="parrafo">1.11.3.6 . Temperatura del lubricante :</p>
    <p class="parrafo">mínima : ...</p>
    <p class="parrafo">máxima : ...</p>
    <p class="parrafo">1.12 . Sobrealimentación : si/no (4) ; descripción del sistema : ...</p>
    <p class="parrafo">1.13 . Sistema de admisión</p>
    <p class="parrafo">Colector de admisión : ... Descripción : ...</p>
    <p class="parrafo">Filtro de aire : ... Marca : ... Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">Silencioso de admisión : ... Marca : ... Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">2  .  Dispositivos  adicionales  anticontaminación  (  si  existieren  y  si  no estuvieren incluidos en otro epígrafe )</p>
    <p class="parrafo">Descripción y esquemas : ...</p>
    <p class="parrafo">3 . Sistema de alimentación</p>
    <p class="parrafo">3.1   .  Descripción  y  esquemas  de  los  colectores  de  admisión  y  de  sus accesorios   (  dash  pot  ,  dispositivo  de  calentamiento  ,  tomas  de  aire adicionales , etc. ) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2 . Alimentación de carburante</p>
    <p class="parrafo">3.2.1 . Por carburador(es) (4) : ... Número : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.3 . Regulaciones</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.3.1  .  Surtidores  :  ... o Curva de consumo de carburante en función del caudal  de  aire  a  indicación  de las regulaciones necesarias para respetar la curva (5)</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.3.2  .  Toberas  :  ...  o  Curva  de consumo de carburante en función del caudal  de  aire  a  indicación  de las regulaciones necesarias para respetar la curva (5)</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.3.3  .  Nivel  en  la  cuba  :  ...  o  Curva  de consumo de carburante en función  del  caudal  de  aire  a indicación de las regulaciones necesarias para respetar la curva (5)</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.3.4  .  Peso  del  flotador  :  ...  o  Curva  de consumo de carburante en función  del  caudal  de  aire  a indicación de las regulaciones necesarias para respetar la curva (5)</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.3.5  .  Aguja  :  ...  o  Curva  de  consumo  de carburante en función del caudal  de  aire  a  indicación  de las regulaciones necesarias para respetar la curva (5)</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.4 . Starter manual/automático (5) ; regulación del cierre (6) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.5 . Bomba de alimentación</p>
    <p class="parrafo">Presión (6) : ...</p>
    <p class="parrafo">o diagrama característico (6) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2 . Dispositivo de inyección (5)</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.1 . Marca(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.2 . Tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.3 . Descripción general : ...</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.4 . Tarado : ... bar (5) (6) :</p>
    <p class="parrafo">o diagrama característico (5) (6) : ...</p>
    <p class="parrafo">4 . Regulación de distribución o datos equivalentes</p>
    <p class="parrafo">4.1   .   Recorridos  máximos  de  las  válvulas  de  apertura  y  de  cierre  o indicaciones  referentes  a  otros  sistemas  posibles  de  distribución  ,  con relación a los puntos muertos superiores : ...</p>
    <p class="parrafo">4.2 . Juegos de referencia y/o de regulación (5)</p>
    <p class="parrafo">5 . Encendido</p>
    <p class="parrafo">5.1 . Tipo de dispositivo de encendido</p>
    <p class="parrafo">5.1.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">5.1.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">5.1.3 . Curva de avance del encendido (6) : ...</p>
    <p class="parrafo">5.1.4 . Calado (5) : ...</p>
    <p class="parrafo">5.1.5 . Abertura de los contactos (6) (5) ; ángulo de leva (6) : ...</p>
    <p class="parrafo">6 . Sistema de escape</p>
    <p class="parrafo">Descripción y esquemas : ...</p>
    <p class="parrafo">7 . Sistema de lubricación</p>
    <p class="parrafo">7.1 . Descripción del sistema</p>
    <p class="parrafo">7.1.1 . Posición del depósito de lubricante : ...</p>
    <p class="parrafo">7.1.2  .  Sistema  de  alimentación  (  bomba  ,  inyección  en  el  sistema  de admisión , mezcla con combustible , etc. ) : ...</p>
    <p class="parrafo">7.2 . Bomba (7)</p>
    <p class="parrafo">7.2.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">7.2.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">7.3 . Mezcla con combustible (7)</p>
    <p class="parrafo">7.3.1 . Porcentaje : ...</p>
    <p class="parrafo">7.4 . Radiador de aceite : si/no (7)</p>
    <p class="parrafo">7.4.1 . Dibujo(s) o marca(s) y tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">8 . Equipo eléctrico</p>
    <p class="parrafo">Generador/alternador (7) ;</p>
    <p class="parrafo">características o marca(s) y tipo(s) : ...</p>
    <p class="parrafo">9   .   Otro  equipo  auxiliar  movido  por  el  motor  (  Enumeración  y  breve descripción , si fuere necesario ) : ...</p>
    <p class="parrafo">10 . Informaciones adicionales referentes a las condiciones de las pruebas</p>
    <p class="parrafo">10.1 . Bujías</p>
    <p class="parrafo">10.1.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">10.1.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">10.1.3 . Separación de los electrodos : ...</p>
    <p class="parrafo">10.2 . Bobina de encendido</p>
    <p class="parrafo">10.2.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">10.2.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">10.3 . Condensador de encendido</p>
    <p class="parrafo">10.3.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">10.3.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">10.4 . Equipo antiparasitario</p>
    <p class="parrafo">10.4.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">10.4.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">(1)   Para   los   motores   o   sistemas  no  convencionales  ,  el  fabricante proporcionará los datos equivalentes a los que abajo se mencionan .</p>
    <p class="parrafo">(2) Táchese lo que no proceda .</p>
    <p class="parrafo">(3) Indíquese la tolerancia .</p>
    <p class="parrafo">(4) Táchese lo que no proceda .</p>
    <p class="parrafo">(5) Táchese lo que no proceda .</p>
    <p class="parrafo">(6) Indíquese la tolerancia .</p>
    <p class="parrafo">(7) Táchese lo que no proceda .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">Indicación de la Administración</p>
    <p class="parrafo">MODELO</p>
    <p class="parrafo">ANEXO  AL  CERTIFICADO  DE  HOMOLOGACION CEE DE UN TIPO DE VEHICULO EN LO QUE SE REFIERE A LA POTENCIA DEL MOTOR</p>
    <p class="parrafo">(  Apartado  1  del  artículo  10  de la Directiva 70/156/CEE del Consejo , de 6 de  febrero  de  1970  ,  relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados  miembros  sobre  homologación  de  vehículos a motor y de sus remolques</p>
    <p class="parrafo">)</p>
    <p class="parrafo">COMUNICACION  DE  LOS  RESULTADOS  DE  LAS  PRUEBAS  DE  MEDICION DE LA POTENCIA NETA DEL MOTOR</p>
    <p class="parrafo">1 . Marca de fábrica o de comercio del motor : ...</p>
    <p class="parrafo">2 . Tipo y número de identificación del motor : ...</p>
    <p class="parrafo">3 . Nombre y dirección del fabricante : ...</p>
    <p class="parrafo">4 . En su caso , nombre y dirección del representante del fabricante : ...</p>
    <p class="parrafo">5 . Condiciones de la prueba</p>
    <p class="parrafo">5.1 . Presiones medidas a la potencia máxima</p>
    <p class="parrafo">5.1.1 . barométrica : ... mbar</p>
    <p class="parrafo">5.1.2 . en el escape : ... mbar</p>
    <p class="parrafo">5.1.3  .  Depresión  en  la  admisión  ...  mbar  en  el sistema de admisión del motor : ...</p>
    <p class="parrafo">5.2 . Temperaturas medidas a la potencia máxima del motor</p>
    <p class="parrafo">5.2.1 . del aire de admisión : ... ° C</p>
    <p class="parrafo">5.2.2 . a la salida del intercambiador de la admisión : ... ° C (1)</p>
    <p class="parrafo">5.2.3 . del líquido de refrigeración :</p>
    <p class="parrafo">5.2.3.1 . a la salida del líquido de refrigeración del motor :</p>
    <p class="parrafo">5.2.3.2  .  en  el  punto  de  referencia  ,  en el caso de la refrigeración por aire : ... ° C (1)</p>
    <p class="parrafo">5.2.4 . del aceite : ... ° C ( indíquese el punto de medida )</p>
    <p class="parrafo">5.2.5 . del combustible :</p>
    <p class="parrafo">5.2.5.1 . a la entrada del carburador/de la bomba de inyección (1) : ... ° C</p>
    <p class="parrafo">5.2.5.2 . en el dispositivo de medición del consumo de carburante : ... ° C</p>
    <p class="parrafo">5.2.6  .  del  escape  , medida en el punto contiguo a la ( o las ) brida(s) del ( o de los ) colector(es) de escape : ... ° C</p>
    <p class="parrafo">5.3 . Velocidad de ralentí ... revoluciones/min</p>
    <p class="parrafo">5.4 . Características del dinamómetro</p>
    <p class="parrafo">5.4.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">5.4.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">5.5 . Características del opacímetro</p>
    <p class="parrafo">5.5.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">5.5.2 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6 . Combustible</p>
    <p class="parrafo">5.6.1 . Para motores de explosión de carburante líquido : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.1.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.1.2 . Especificación : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.1.3 . Aditivo antidetonante ( plomo , etc. )</p>
    <p class="parrafo">5.6.1.3.1 . Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.1.3.2 . Contenido de mgl/l : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.1.4 . Indice de octano</p>
    <p class="parrafo">5.6.1.4.1 . IOR : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.1.4.2 . IOMM : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.1.5 . Masa volúmica : ... a 15 ° C , ... a 4 ° C</p>
    <p class="parrafo">5.6.1.6 . Poder calorífico : ... kj/kg</p>
    <p class="parrafo">5.6.2 . Para motores de explosión de carburante gaseoso</p>
    <p class="parrafo">5.6.2.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.2.2 . Especificación : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.2.3 . Presión de almacenamiento : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.2.4 . Presión de utilización : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.3 . Para motores Diesel de carburante gaseoso</p>
    <p class="parrafo">5.6.3.1 . Modo de alimentación : gas ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.3.2 . Especificación del gas utilizado : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.3.3 . Proporción gasóleo-gas : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.4 . Para motores Diesel de carburante líquido</p>
    <p class="parrafo">5.6.4.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.4.2 . Especificación del combustible utilizado : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.4.3 . Indice de cetano : ...</p>
    <p class="parrafo">5.6.4.4 . Masa volúmica : ... a 15 ° C , ... a 4 ° C</p>
    <p class="parrafo">5.7 . Lubricante</p>
    <p class="parrafo">5.7.1 . Marca : ...</p>
    <p class="parrafo">5.7.2 . Especificación : ...</p>
    <p class="parrafo">5.7.3 . Viscosidad : grado SAE : ...</p>
    <p class="parrafo">6 . Resultados detallados de las mediciones</p>
    <p class="parrafo">6.1 . Rendimiento del motor</p>
    <p class="parrafo">Regímen de giro del motor ( revoluciones/min )</p>
    <p class="parrafo">Resultados de las pruebas del motor Consumo específico g/kWh , kJ/kWh (1)</p>
    <p class="parrafo">Par Nm</p>
    <p class="parrafo">Potencia kW</p>
    <p class="parrafo">Factores de corrección</p>
    <p class="parrafo">Potencia al freno corregida kW</p>
    <p class="parrafo">Consumo corregido (2)</p>
    <p class="parrafo">Par corregido Nm</p>
    <p class="parrafo">Potencia  que  deberá  añadirse  para  los  equipos  auxiliares instalados en el motor  que  no  sean  los  que se contemplan en el Cuadro 1 ( véase número 8 del Apéndice  1  y  número  9  del Apéndice 2 ) . Potencia que se deducirá cuando el ventilador no estuviere instalado ( véase nota(s) del Cuadro 1 ) N. 1</p>
    <p class="parrafo">N. 2</p>
    <p class="parrafo">N. 3</p>
    <p class="parrafo">Potencia neta kW</p>
    <p class="parrafo">Par neto Nm</p>
    <p class="parrafo">(1) Táchese lo que no proceda .</p>
    <p class="parrafo">(2) Para los motores Diesel solamente .</p>
    <p class="parrafo">6.2  .  Indice  de  humo de los gases de escape ( rellénese solamente en el caso de los motores Diesel ) :</p>
    <p class="parrafo">Régimen  de  giro  (  revoluc./min  ) Flujo nominal G ( l/s ) Valores límites de absorción ( m -1 ) Valores de absorción medidos ( m -1 )</p>
    <p class="parrafo">1 ... ... ... ...</p>
    <p class="parrafo">2 ... ... ... ...</p>
    <p class="parrafo">3 ... ... ... ...</p>
    <p class="parrafo">4 ... ... ... ...</p>
    <p class="parrafo">5 ... ... ... ...</p>
    <p class="parrafo">6 ... ... ... ...</p>
    <p class="parrafo">6.3 . Potencia neta máxima : ... kW a ... revoluciones/min (2)</p>
    <p class="parrafo">6.4 . Par neto máximo : TQ .</p>
    <p class="parrafo">Nm a ... revoluciones/min (2)</p>
    <p class="parrafo">7 . Motor presentado para las pruebas el : ...</p>
    <p class="parrafo">8 . Servicio técnico encargado de las pruebas : ...</p>
    <p class="parrafo">9 . Fecha del acta expedida por dicho servicio : ...</p>
    <p class="parrafo">10 . Número del acta expedida por dicho servicio : ...</p>
    <p class="parrafo">11 . Lugar : ...</p>
    <p class="parrafo">12 . Fecha : ...</p>
    <p class="parrafo">13 . Firma : ...</p>
    <p class="parrafo">14 . A la presente comunicación se adjuntarán los siguientes documentos :</p>
    <p class="parrafo">un  ejemplar  del  Apéndice  1/2  (3)  debidamente cumplimentado y acompañado de los   dibujos  y  documentos  correspondientes  a  los  diferentes  epígrafes  , cuando éstos fueren exigidos .</p>
    <p class="parrafo">(1) Táchese lo que no proceda .</p>
    <p class="parrafo">(2)  La  potencia  neta  máxima  ,  el  par  neto  máximo  y  el régimen de giro correspondiente  se  determinarán  ,  en  su  caso  ,  considerando  la tangente horizontal  ,  a  la  curva  de  la  potencia  neta/del  par neto en función del régimen de giro .</p>
    <p class="parrafo">(3) Táchese lo que no proceda .</p>
  </texto>
</documento>
