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<documento fecha_actualizacion="20250424112601">
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    <identificador>DOUE-L-1985-80954</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="25">Directiva</rango>
    <fecha_disposicion>19851106</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>509/1985</numero_oficial>
    <titulo>Segunda Directiva de la Comisión, de 6 de noviembre de 1985, por la que se modifica el Anexo de la Directiva 82/471/CEE relativa a determinados productos utilizados en la alimentación animal.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19851123</fecha_publicacion>
    <diario_numero>314</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>25</pagina_inicial>
    <pagina_final>26</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1985/314/L00025-00026.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <fecha_derogacion>20090921</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <url_eli>http://data.europa.eu/eli/dir/1985/509/spa</url_eli>
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    <materias>
      <materia codigo="76" orden="1">Aditivos alimentarios</materia>
      <materia codigo="205" orden="2">Alimentos para animales</materia>
      <materia codigo="998" orden="3">Comercialización</materia>
      <materia codigo="3146" orden="4">Embalajes</materia>
      <materia codigo="3493" orden="5">Etiquetas</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="26" orden="300">Cumplimiento a más tardar el 30 de junio de 1986.</nota>
      <nota codigo="149" orden="900">Esta norma se entiende implícitamente derogada por el  Reglamento 767/2009, de 13 de julio DOUE-L-2009-81606.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1982-80287" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el Anexo de la Directiva 82/471, de 30 de junio</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  82/471/CEE  del  Consejo  ,  de  30  de  junio  de  1982 , relativa  a  determinados  productos  utilizados en la alimentación animal (1) , modificada   por   la  Directiva  84/443/CEE  de  la  Comisión  (2)  ,  y  ,  en particular , su artículo 6 ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Directiva  82/471/CEE  prevé  que  el  contenido  de  sus Anexos  deberá  adaptarse  constantemente  a  la  evolución de los conocimientos científicos o técnicos ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  superfluo  exigir  en  la  etiqueta  o el embalaje de los alimentos   compuestos  la  declaración  de  la  mención  «  Coproductos  de  la fabricación  de  ácido  L-glutámico  »  o  «  Coproductos  de  la fabricación de L-lisina  »  ,  teniendo  en  cuenta  el  hecho  de  que  las  otras  exigencias relativas a la declaración de dichos productos bastan para caracterizarlos ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   los  estudios  realizados  sobre  ciertos  aminoácidos  han permitido  establecer  que  tales  productos  responden  a  las exigencias de la Directiva  82/471/CEE  ;  que  , por consiguiente , su empleo en la alimentación animal puede autorizarse bajo determinadas condiciones ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en  la presente Directiva concuerdan con el dictamen del Comité permanente de alimentación animal ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El  Anexo  de  la  Directiva  82/471/CEE quedará modificado conforme el Anexo de la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  aplicarán  las  disposiciones legales , reglamentarias y administrativas  necesarias  para  cumplir  las disposiciones del artículo 1 , a más  tardar  ,  el  30 de junio de 1986 . Informarán de ello inmediatamente a la Comisión .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 6 de noviembre de 1985 .</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Frans ANDRIESSEN</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 213 de 21 . 7 . 1982 , p. 8 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º L 245 de 14 . 9 . 1984 , p. 21 .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">1  .  En  el  grupo  2.3  «  Coproductos  de  la  fabricación de aminoácidos por fermentación  »  columna  7  ,  «  Otras  disposiciones  » , el primer guión que aparece  en  «  Declaración  en  la  etiqueta  o  en  el envase de los alimentos compuestos » quedará suprimido .</p>
    <p class="parrafo">2  .  En  el  punto 3 , « Aminoácidos y sus sales » , se añadirán los siguientes productos :</p>
    <p class="parrafo">1 2 3 4 5 6 7</p>
    <p class="parrafo">Denominación   de   los   grupos   de   productos   Denominación   del  producto Determinación  química  del  principio  nutritivo o identidad del microorganismo Sustrato  de  cultivo  (  en  su  caso  especificaciones  )  Características  de composición del producto Especie animal Disposiciones especiales</p>
    <p class="parrafo">3.7   .   L-Triptófano   ,   técnicamente   puro   (C8H5NH)-CH2-CH(NH2)-COOH   - L-Triptófano  :  min.  98  %  Todas  las  especies  animales  Declaración  en la etiqueta o en el envase del producto :</p>
    <p class="parrafo">- mención « L-Triptófano » ,</p>
    <p class="parrafo">- contenido de L-Triptófano y de humedad .</p>
    <p class="parrafo">3.8   .   DL-Triptófano   ,   técnicamente   puro   (C8H5NH)-CH2-CH(NH2)-COOH  - DL-Triptófano  :  min.  98  %  Todas  las  especies  animales  Declaración en la etiqueta o en el envase del producto :</p>
    <p class="parrafo">- mención « DL-Triptófano » ,</p>
    <p class="parrafo">- contenido en DL-Triptófano y en humedad . »</p>
  </texto>
</documento>
