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<documento fecha_actualizacion="20250218142601">
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    <identificador>DOUE-L-1989-80437</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="25">Directiva</rango>
    <fecha_disposicion>19890427</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>321/1989</numero_oficial>
    <titulo>Directiva de la Comisión, de 27 de abril de 1989, por la que se modifican por segunda vez los anexos de la Directiva 77/96/CEE relativa a la detección de triquinas en el momento de la importación, procedente de terceros países, de carnes frescas procedentes de animales domésticos de la especie porcina.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19890517</fecha_publicacion>
    <diario_numero>133</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>33</pagina_inicial>
    <pagina_final>35</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1989/133/L00033-00035.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <fecha_derogacion>20051231</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <url_eli>http://data.europa.eu/eli/dir/1989/321/spa</url_eli>
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    <materias>
      <materia codigo="621" orden="1">Carnes</materia>
      <materia codigo="4056" orden="2">Importaciones</materia>
      <materia codigo="6284" orden="3">Sanidad veterinaria</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="26" orden="300">Cumplimiento a más tardar el 1 de septiembre de 1989.</nota>
      <nota codigo="149" orden="340">Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Directiva 2004/41, de 21 de abril DOUE-L-2004-81072</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1977-80015" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>, Conforme al Anexo, la Directiva 77/96, de 21 de diciembre de 1976</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  77/96/CEE  del  Consejo,  de  21  de  diciembre  de  1976, relativa  a  la  detección  de  triquinas  en  el  momento  de  la  importación, procedente  de  terceros  países,  de  carnes  frescas  procedentes  de animales domésticos  de  la  especie  porcina (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3768/85 (2), y, en particular, su artículo 8,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   los   estudios   recientemente   realizados  han  permitido elaborar  determinados  métodos  de  investigación de triquinas en las carnes de porcino;  que  dichos  métodos  ofrecen  garantías sanitarias equivalentes a los que  ofrecen  los  métodos  existentes; que conviene, por lo tanto, completar el Anexo I de la Directiva 77/96/CEE;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,   para   facilitar  la  ejecución  de  la  investigación  de triquinas,  interesa  que  se  permita  a  los  terceros  países y a los Estados miembros la opción entre los métodos de investigación previstos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La Directiva 77/96/CEE se modificará conforme al Anexo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  adoptarán,  a más tardar el 1 de septiembre de 1989, las disposiciones   legales,   reglamentarias   y  administrativas  necesarias  para cumplir la presente Directiva e informarán de ello a la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 27 de abril de 1989.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 26 de 31. 1. 1977, p. 67.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 362 de 31. 12. 1985, p. 8.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Se añadirá el siguiente punto VII al Anexo I de la Directiva 77/96/CEE:</p>
    <p class="parrafo">« VII. METODO DE DIGESTION AUTOMATICA DE MUESTRAS COLECTIVAS DE HASTA 35 G</p>
    <p class="parrafo">a) Instrumental y reactivos</p>
    <p class="parrafo">- cuchillo o tijeras para cortar las muestras,</p>
    <p class="parrafo">-  bandejas  divididas  en  50 cuadrados que puedan contener, cada uno de ellos, muestras de carne de 2 g aproximadamente,</p>
    <p class="parrafo">- mezclador Trichomátic 35 con pieza de filtración,</p>
    <p class="parrafo">- solución de ácido clorhídrico de 8,5 % ± 0,5 % en peso,</p>
    <p class="parrafo">-  filtros  de  membrana  de policarbonato transparente de 50 mm de diámetro con poros de 14 micrometros,</p>
    <p class="parrafo">- concentración de pepsina: 1: 10 000 NF (US National Formulary),</p>
    <p class="parrafo">correspondiente a 1: 12 500 BP (British Pharmacopoea),</p>
    <p class="parrafo">correspondiente a 2 000 FIP (Federación Internacional de Farmacia),</p>
    <p class="parrafo">- balanza de precisión de 0,1 g,</p>
    <p class="parrafo">- pinzas planas,</p>
    <p class="parrafo">-  varios  portaobjetos  de  microscopio  de  5  cm de lado como mínimo o varias placas  de  Petri  de  al  menos  6  cm de diámetro, cuyo fondo esté dividido en cuadrados de 10 x 10 mm mediante un instrumento puntiagudo,</p>
    <p class="parrafo">-  (estéreo)  microscopio  de  transmisión  de  luz  (de  15  a  60  aumentos) o triquinoscopio provisto de una tabla horizontal,</p>
    <p class="parrafo">- cubo para la recogida de líquidos residuales,</p>
    <p class="parrafo">-  varios  cubos  de  10  l  que  se utilizarán en el momento de la desinfección del  instrumental,  mediante  un  tratamiento  como  el  formol,  y para el jugo digestivo sobrante, en caso de resultado positivos.</p>
    <p class="parrafo">b) Toma de muestras</p>
    <p class="parrafo">1.  Cuando  las  canales  estén enteras, tomar una muestra, de aproximadamente 2 g,  en  uno  de  los  pilares  del  diafragma, en la zona de transición entre la parte  muscular  y  la  parte  tendinosa;  si  no  hubiere  pilar del diafragma, tomar  la  misma  cantidad  en  el  borde  costal  del  esternón,  en  parte del diafragma, en los músculos masticadores, o bien en la musculatura abdominal.</p>
    <p class="parrafo">2.  Para  los  trozos  de  carne,  tomar una muestra, de aproximadamente 2 g, en los  músculos  esqueléticos  que  contengan  poca  grasa y, en la medida que sea posible, cerca de los huesos o de los tendones.</p>
    <p class="parrafo">c) Método</p>
    <p class="parrafo">1. Procedimiento de digestión</p>
    <p class="parrafo">-  Colocar  el  mezclador  con  la  pieza  de  filtración,  conectar  el tubo de desaguee y conducir el tubo al cubo de residuos.</p>
    <p class="parrafo">- Al encender el mezclador, se inicia el calentamiento.</p>
    <p class="parrafo">-  Antes  de  comenzar,  se  deberá abrir y cerrar la válvula del fondo, situada bajo la cámara de reacción.</p>
    <p class="parrafo">-  A  continuación,  agregar  un  máximo  de  35 muestras de aproximadamente 1 g cada  una  (a  25-30  °C)  tomadas  de cada una de las distintas muestras, según lo  dispuesto  en  la  letra  b).  Asegurarse de que se han eliminado los trozos de tendón de mayor tamaño, ya que pueden obstruir el filtro de membrana.</p>
    <p class="parrafo">-  Llenar  de  agua,  hasta  el  borde,  la  cámara  de  líquidos  conectada  al</p>
    <p class="parrafo">mezclador (400 ml, aproximadamente).</p>
    <p class="parrafo">-  Verter  30  ml,  aproximadamente,  de  ácido  clorhídrico  (8,5  %), hasta el borde de la cámara de líquidos más pequeña, que también estará conectada.</p>
    <p class="parrafo">-  Colocar  un  filtro  de  membrana  bajo  el  filtro grueso en el soporte para filtro de la pieza de filtración.</p>
    <p class="parrafo">-  Por  último,  agregar  5  g de pepsina. Respetar escrupulosamente el orden de las operaciones para evitar la descomposición de la pepsina.</p>
    <p class="parrafo">- Cerrar la tapa de la cámara de reacción y de líquidos.</p>
    <p class="parrafo">-  Seleccionar  el  tiempo  de duración de la digestión: un período de digestión corto  (5  minutos),  en  el  caso  de cerdos en edad normal de sacrificio, y un período   prolongado   (8   minutos)   para   las   muestras   restantes.  -  La distribución  automática  comienza  al  oprimir el botón de puesta en marcha del mezclador;  la  digestión  y  la  filtración  subsiguiente tienen lugar de forma automática.  El  proceso  finaliza  entre  10  y 13 minutos después y se detiene automáticamente.</p>
    <p class="parrafo">-  Abrir  la  tapa  de  la  cámara  de  reacción  y  comprobar que ésta se halla vacía.  Si  en  la  cámara  hay  espuma  o  líquidos  de  digestión,  repetir el procedimiento descrito en el punto 4 de la letra c).</p>
    <p class="parrafo">2. Recuperación de larvas</p>
    <p class="parrafo">-  Desmontar  el  soporte  para  filtro  y  trasladar el filtro de membrana a un portaobjetos o a una placa de Petri.</p>
    <p class="parrafo">- Examinar el filtro de membrana con microscopio o triquinoscopio.</p>
    <p class="parrafo">3. Limpieza del material</p>
    <p class="parrafo">-  En  caso  de  resultado  positivo, llenar de agua hirviendo dos tercios de la cámara  de  reacción  del  mezclador.  Llenar  de  agua  corriente  la cámara de líquidos  conectora  hasta  cubrir  el  sensor de nivel inferior. A continuación tiene  lugar  el  programa  automático  de limpieza. Desinfectar el soporte para filtro y el material restante, por ejemplo, utilizando formol.</p>
    <p class="parrafo">-  Al  finalizar  la  jornada  laboral, llenar de agua la cámara de líquidos del mezclador y llevar a cabo un programa estándar.</p>
    <p class="parrafo">4.  Método  de  que  deberá  aplicarse cuando la disgestión sea incompleta y, en consecuencia, no se pueda efectuar la filtración.</p>
    <p class="parrafo">Cuando  se  efectúe  el  procedimiento  automático  del mezclador de conformidad con  el  punto  1  de  la  letra  c),  abrir  la tapa de la cámara de reacción y comprobar  si  hay  espuma  o  líquido  en  ella.  En ese caso, llevar a cabo el procedimiento siguiente:</p>
    <p class="parrafo">- Cerrar la válvula del fondo, situada bajo la cámara de reacción.</p>
    <p class="parrafo">-  Desmontar  el  soporte  para  filtro  y  trasladar el filtro de membrana a un portaobjetos o a una placa de Petri.</p>
    <p class="parrafo">-  Poner  un  nuevo  filtro  de membrana en el soporte para filtro y montar este soporte.</p>
    <p class="parrafo">-  Llenar  de  agua  la  cámara de líquidos del mezclador hasta cubrir el sensor de nivel inferior.</p>
    <p class="parrafo">- Llevar a cabo el programa automático de limpieza.</p>
    <p class="parrafo">-  Una  vez  finalizado  el  programa de limpieza, abrir la tapa de la cámara de reacción y comprobar si hay restos de líquido.</p>
    <p class="parrafo">-  Si  la  cámara  está  vacía,  desmontar el soporte para filtro y trasladar el filtro  de  membrana,  con  ayuda  de unas pinzas, a un portaobjetos o una placa</p>
    <p class="parrafo">de Petri.</p>
    <p class="parrafo">-  Examinar  los  dos  filtros de membrana de conformidad con lo dispuesto en el punto  2  de  la  letra  c). Si no es posible examinar los filtros, repetir todo el  procedimiento  de  digestión,  aplicando un período de digestión prolongado, de conformidad con el punto 1 de la letra c).</p>
    <p class="parrafo">5.  Si  los  resultados  del  examen de una muestra colectiva fuesen positivos o dudosos,  se  tomarán  nuevas  muestras  de  20  g de cada uno de los cerdos, de acuerdo con el procedimiento descrito en la letra b).</p>
    <p class="parrafo">Estas  muestras  se  examinarán  por  separado,  de acuerdo con el método citado anteriormente.»</p>
  </texto>
</documento>
