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    <identificador>DOUE-L-1990-81001</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19900730</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2223/1990</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 2223/90 de la Comisión, de 30 de julio de 1990, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3990/89 por el que se fijan para 1990 los contingentes aplicables a la importación en España de leche y de productos lácteos procedentes de terceros países.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19900731</fecha_publicacion>
    <diario_numero>202</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>33</pagina_inicial>
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    <fecha_vigencia>19900731</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="1636" orden="2">Contingentes arancelarios</materia>
      <materia codigo="6028" orden="6">España</materia>
      <materia codigo="4056" orden="3">Importaciones</materia>
      <materia codigo="4746" orden="4">Leche</materia>
      <materia codigo="5743" orden="5">Productos lácteos</materia>
      <materia codigo="1345" orden="1">Suiza</materia>
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      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde El 1 de enero de 1990.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1989-81517" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1.2 del Reglamento 3990/89, de 22 de diciembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista el Acta de adhesión de España y Portugal,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  491/86  del Consejo, de 25 de febrero de 1986, por  el  que  se  determinan  las modalidades de las restricciones cuantitativas a  la  importación  en  España  de  determinados productos agrícolas procedentes de  terceros  países  (1),  cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3296/88 (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   el   Reglamento  (CEE)  no  3990/89  de  la  Comisión  (3), modificado  por  el  Reglamento  (CEE)  no  745/90  (4), ha fijado para 1990 los contingentes  aplicables  a  la  importación en España de determinados productos lácteos  procedentes  de  terceros  países;  que en el apartado 2 del artículo 1 de  dicho  Reglamento  se  establece un contingente de 3 400 toneladas de quesos incluidos  en  el  código  NC ex 0406, con exclusión, en lo que se refiere a las importaciones  de  Suiza,  de  los  códigos  NC 0406 90 13 y 0406 90 15; que los últimos   datos   disponibles   sobre   tal  contingente  señalan  una  cantidad potencial  total  de  648  toneladas;  que  debe tenerse en cuenta esta cantidad para  fijar  el  contingente  de  quesos de importación en España procedentes de terceros países en 1990;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En   el  apartado  2  del  artículo  1  del  Reglamento  (CEE)  no  3990/89,  se sustituye la cifra « 3 400 toneladas » por la cifra « 3 788 toneladas ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Será aplicable a partir del 1 de enero de 1990.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 30 de julio de 1990.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Ray MAC SHARRY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 54 de 1. 3. 1986, p. 25.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 293 de 27. 10. 1988, p. 7.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 380 de 29. 12. 1989, p. 42.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 82 de 29. 3. 1990, p. 22.</p>
  </texto>
</documento>
