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<documento fecha_actualizacion="20250205132601">
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    <identificador>DOUE-L-1990-81632</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="25">Directiva</rango>
    <fecha_disposicion>19901030</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>630/1990</numero_oficial>
    <titulo>Directiva de la Comisión, de 30 de octubre de 1990, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 77/649/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre el campo de visión del conductor de los vehículos a motor.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19901206</fecha_publicacion>
    <diario_numero>341</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>20</pagina_inicial>
    <pagina_final>29</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1990/341/L00020-00029.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <fecha_derogacion>20141101</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <url_eli>http://data.europa.eu/eli/dir/1990/630/spa</url_eli>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="294" orden="1">Armonización de legislaciones</materia>
      <materia codigo="7116" orden="2">Vehículos de motor</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="26" orden="300">Cumplimiento a más tardar el 1 de mayo de 1991.</nota>
      <nota codigo="149" orden="900">Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 661/2009, de 13 de julio; DOUE-L-2009-81355</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1977-80264" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el Anexo III de la Directiva 77/649, de 27 de noviembre</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1970-80014" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Directiva 70/156, de 6 de febrero</texto>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  77/649/CEE  del  Consejo,  de  27  de  septiembre de 1977, relativa  a  la  aproximación  de  las  legislaciones  de  los  Estados miembros sobre  el  campo  de  visión  del  conductor  de los vehículos a motor (1), cuya última  modificación  la  constituye  la  Directiva  88/366/CEE  de  la Comisión (2), y, en particular, su artículo 5,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  a  la  luz  de  la experiencia adquirida y del estado actual de  la  técnica,  resulta  adecuado definir con mayor precisión el procedimiento de  prueba  establecido  en  el  Anexo  III  de  la  Directiva  77/649/CEE y, en particular,  adaptarlos  a  los  últimos  avances  de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en  la presente Directiva se ajustan al   dictamen  del  Comité  para  la  adaptación  al  progreso  técnico  de  las Directivas sobre los vehículos a motor,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El  Anexo  III  de  la  Directiva  77/649/CEE será sustituido por el Anexo de la presente Directiva.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">1.  Con  efectos  a  partir  del  1 de mayo de 1991 ningún Estado miembro podrá, en lo que al campo de visión se refiere:</p>
    <p class="parrafo">-  denegar,  respecto  a  un  tipo  de vehículo, la concesión de la homologación CEE  o  la  expedición  de  la copia del certificado al que se refiere el último guión  del  apartado  1  del  artículo 10 de la Directiva 70/156/CEE del Consejo (1), o la concesión de una homologación nacional, ni</p>
    <p class="parrafo">- prohibir la puesta en circulación de los vehículos</p>
    <p class="parrafo">cuando  el  campo  de  visión  del  conductor  de  dicho  tipo  de vehículo o de dichos   vehículos  haya  sido  determinado  de  conformidad  con  la  Directiva 77/649/CEE tal como queda modificada por la presente Directiva.</p>
    <p class="parrafo">2. Con efectos a partir del 1 de octubre de 1991, los Estados miembros:</p>
    <p class="parrafo">-  dejarán  de  expedir  la  copia  de  certificado  al que se refiere el último guión  del  apartado  1  del  artículo  10 de la Directiva 70/156/CEE respecto a un   tipo  de  vehículo  cuyo  campo  de  visión  del  conductor  no  haya  sido determinado   de   conformidad  con  la  Directiva  77/649/CEE  tal  como  queda modificada por la presente Directiva,</p>
    <p class="parrafo">-  podrán  denegar  la  concesión de la homologación nacional respecto a un tipo de  vehículo  cuyo  campo  de  visión  del conductor no haya sido determinado de conformidad  con  la  Directiva  77/649/CEE  tal  como  queda  modificada por la presente Directiva.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Antes  del  1  de  mayo de 1991 los Estados miembros adoptarán las disposiciones necesarias  para  cumplir  la  presente  Directiva. Informarán inmediatamente de ello a la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">Cuando   los   Estados   miembros  adopten  dichas  disposiciones,  éstas  harán referencia  a  la  presente  Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su  publicación  oficial.  Los  Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 30 de octubre de 1990</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Martin BANGEMANN</p>
    <p class="parrafo">Vicepresidente</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n° L 267 de 19. 10. 1977, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n° L 181 de 12. 7. 1988, p. 40.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n° L 42 de 23. 2. 1970, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">«ANEXO III</p>
    <p class="parrafo">PROCEDIMIENTO  QUE  DEBE  SEGUIRSE  PARA  DETERMINAR  EL  PUNTO  «H» Y EL ANGULO REAL DEL TRONCO PARA LAS PLAZAS DE ASIENTO DE LOS VEHICULOS DE MOTOR</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">OBJETIVOS</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  del  procedimiento,  descrito en este Anexo es determinar el punto «H»  y  el  ángulo  real  del  tronco  en  una  o varias plazas de asiento de un vehículo  de  motor  y  comprobar  la  relación  de  los  datos  medidos con las especificaciones dadas por el fabricante del vehículo (1).</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">DEFINICIONES</p>
    <p class="parrafo">En el presente Anexo:</p>
    <p class="parrafo">2.1.</p>
    <p class="parrafo">Por  «datos  de  referencia»  se  entenderán una o varias de las características siguientes de la plaza de asiento:</p>
    <p class="parrafo">2.1.1.</p>
    <p class="parrafo">el punto «H» y el punto «R» y la relación entre los mismos,</p>
    <p class="parrafo">2.1.2.</p>
    <p class="parrafo">el  ángulo  real  del  tronco  y  el  ángulo  previsto  del tronco y la relación entre los mismos.</p>
    <p class="parrafo">2.2.</p>
    <p class="parrafo">Por  «máquina  tridimensional  del  punto  H»  (máquina  3  DH)  se entenderá el dispositivo  utilizado  para  determinar  los  puntos  «H»  y los ángulos reales del  tronco.  Dicho  dispositivo  aparece  descrito  en  el  Apéndice  1 de este Anexo;</p>
    <p class="parrafo">2.3.</p>
    <p class="parrafo">Por  «punto  H»  se  entenderá  el  centro de articulación del tronco y el muslo de  la  máquina  3  DH  instalada  en el asiento del vehículo según establece el apartado  4  que  figura  a continuación. El punto «H» se sitúa en el centro del eje  central  del  dispositivo  situado  entre  los puntos de conexión del punto «H»  que  hay  a  ambos  lados  de  la  máquina  3  DH.  En teoría, el punto «H» corresponde  al  punto  «R»  (véase  el  apartado  3.2.2. siguiente para todo lo referente  a  las  tolerancias).  El  punto  «H», una vez determinado de acuerdo con  el  procedimiento  descrito  en  el  apartado 4, quedará fijado en relación con  la  estructura  del  cojín del asiento y se moverá al mismo tiempo que éste al ajustarse el asiento;</p>
    <p class="parrafo">2.4.</p>
    <p class="parrafo">Por  «punto  R»  o  «punto  de  referencia  de  asiento»  se  entenderá el punto previsto  indicado  por  el  fabricante del vehículo para cada una de las plazas de   asiento,   establecido   en   relación   con   el   sistema  de  referencia tridimensional;</p>
    <p class="parrafo">2.5.</p>
    <p class="parrafo">Por  «línea  del  tronco»  se  entiende  el  eje  longitudinal de la sonda de la máquina 3 DH con la sonda totalmente desplazada hacia atrás;</p>
    <p class="parrafo">2.6.</p>
    <p class="parrafo">Por  «ángulo  real  del  tronco»  se  entiende  el  ángulo formado por una línea vertical  que  pasa  por  el  punto  «H»  y  la  línea del tronco, utilizando el cuadrante  del  ángulo  posterior  de la máquina 3 DH. El ángulo real del tronco corresponde  teóricamente  al  ángulo  previsto  del  tronco (véase el siguiente punto 3.2.2. para lo referente a las tolerancias);</p>
    <p class="parrafo">2.7.</p>
    <p class="parrafo">Por  «ángulo  previsto  del  tronco»  se entiende el ángulo formado por la línea vertical  que  pasa  por  el  punto  «R»  y la línea del tronco, en una posición que  corresponda  a  la  posición de la inclinación del respaldo determinada por el fabricante del vehículo;</p>
    <p class="parrafo">2.8.</p>
    <p class="parrafo">Por  «plano  central  del  ocupante»  (C/LO)  se  entiende  el plano medio de la máquina  3  DH  situada  en  cada  una de las plazas de asiento previstas; viene representado  por  la  coordenada  del  punto  «H»  sobre  el  eje  «Y».  En los asientos  individuales,  el  plano  central  del  asiento  coincide con el plano central  del  ocupante.  En  los  demás  asientos, el plano central del ocupante vendrá determinado por el fabricante;</p>
    <p class="parrafo">2.9.</p>
    <p class="parrafo">Por  «sistema  de  referencia  tridimensional»  se  entiende  el  sistema que se</p>
    <p class="parrafo">describe en el apendíce 2 del presente Anexo;</p>
    <p class="parrafo">2.10.</p>
    <p class="parrafo">Las  «marcas  fiduciales»  son  puntos físicos (orificios, superficies, marcas o muescas) en la carrocería del vehículo indicados por el fabricante;</p>
    <p class="parrafo">2.11.</p>
    <p class="parrafo">Por  «posición  de  medición  del  vehículo se entiende la posición del vehículo determinada  por  las  coordenadas  de  las  marcas  fiduciales  del  sistema de referencia tridimensional.</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">REQUISITOS</p>
    <p class="parrafo">3.1.</p>
    <p class="parrafo">Presentación de datos</p>
    <p class="parrafo">Para  cada  plaza  de  asiento  en  la  que  se precisen los datos de referencia para  demostrar  que  se  cumplen las disposiciones de la presente Directiva, se presentarán  todos  los  datos  siguientes  o  una  selección  adecuada  de  los mismos, del modo que se indica en el Apéndice 3 de este Anexo:</p>
    <p class="parrafo">3.1.1.</p>
    <p class="parrafo">las   coordenadas   del   punto   «R»   referentes   al  sistema  de  referencia tridimensional;</p>
    <p class="parrafo">3.1.2.</p>
    <p class="parrafo">el ángulo previsto del tronco;</p>
    <p class="parrafo">3.1.3.</p>
    <p class="parrafo">todas  las  indicaciones  necesarias  para  ajustar  el  asiento (en caso de que sea  ajustable)  a  la  posición  de  medición  establecida  en el punto 4.3 que figura a continuación.</p>
    <p class="parrafo">3.2.</p>
    <p class="parrafo">Relación entre los datos medidos y las especificaciones previstas</p>
    <p class="parrafo">3.2.1.</p>
    <p class="parrafo">Las  coordenadas  del  punto  «H» y el valor del ángulo real del tronco obtenido mediante  el  procedimiento  establecido  en el punto 4 siguiente se compararán, respectivamente,  con  las  coordenadas  del punto «R» y con el valor del ángulo previsto    del    tronco    indicado    por   el   fabricante   del   vehículo, respectivamente.</p>
    <p class="parrafo">3.2.2.</p>
    <p class="parrafo">Las  posiciones  relativas  del  punto  «R»  y del punto «H» y la relación entre el   ángulo   previsto   y   el   ángulo  real  del  tronco  serán  consideradas satisfactorias  para  la  posición  de  asiento  en  cuestión  si  el punto «H», según  hayan  establecido  sus  coordenadas,  se  sitúa dentro de un cuadrado de 50  mm  de  lado,  con  lados  horizontales  y  verticales  cuyas  diagonales se crucen  en  el  punto  «R»,  y si el ángulo real del tronco se encuentra a menos de 5 g del ángulo previsto del tronco.</p>
    <p class="parrafo">3.2.3.</p>
    <p class="parrafo">Si  se  cumplen  estas  condiciones,  se  utilizarán  el  punto  «R» y el ángulo previsto  del  tronco  para  demostrar  que  se  cumplen las disposiciones de la presente Directiva.</p>
    <p class="parrafo">3.2.4.</p>
    <p class="parrafo">Si  el  punto  «H»  o  el  ángulo  real  del  tronco  no  cumple  los requisitos expuestos  en  el  anterior  punto  3.2.2,  el  punto  «H»  y el ángulo real del</p>
    <p class="parrafo">tronco   se   determinarán   dos  veces  más  (tres  veces  en  total).  Si  los resultados  obtenidos  en  dos  de  estas operaciones cumplen los requisitos, se aplicarán las condiciones del apartado 3.2.3.</p>
    <p class="parrafo">3.2.5.</p>
    <p class="parrafo">Si  los  resultados  obtenidos  en dos operaciones, como mínimo, de las tres que se  describen  en  el  punto  3.2.4  no  cumplen  los requisitos expuestos en el anterior  punto  3.2.2.,  o  si la comprobación no puede efectuarse por no haber facilitado  el  fabricante  la  información  referente  a  la posición del punto «R»  o  al  ángulo  previsto  del  tronco,  se utilizará y tomará como válido el centroide  de  los  tres  puntos  medidos  o  bien  la media de los tres ángulos medidos  en  todos  aquellos  casos  en que se haga referencia al punto «R» o al ángulo previsto del tronco en la presente Directiva.</p>
    <p class="parrafo">4.</p>
    <p class="parrafo">PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR EL PUNTO «H» Y EL ANGULO REAL DEL TRONCO</p>
    <p class="parrafo">4.1.</p>
    <p class="parrafo">Previamente  se  acondicionará  el  vehículo según disponga el fabricante, a una temperatura  entre  20  y  10 gC para garantizar así que el material del asiento alcanza  la  temperatura  ambiente.  Si  el asiento que debe probarse todavía no ha  sido  utilizado,  deberá  ser  ocupado  dos  veces durante un minuto por una persona  o  un  dispositivo  de  70  a  80 kilos de peso durante un minuto, para dar  flexibilidad  al  cojín  y al respaldo. Si el fabricante lo solicita, antes de  instalar  la  máquina  3  DH,  las  partes  del  asiento  deberán mantenerse libres de toda carga durante un período mínimo de treinta minutos.</p>
    <p class="parrafo">4.2.</p>
    <p class="parrafo">El  vehículo  deberá  encontrarse  en  la  posición  de  medición definida en el punto 2.11. anteriormente citado.</p>
    <p class="parrafo">4.3.</p>
    <p class="parrafo">Si  el  asiento  es  ajustable,  se  desplazará  en  primer  lugar hasta su tope posterior  en  posición  normal,  según  indique  el  fabricante  del  vehículo, tomando  en  consideración  únicamente  el  ajuste  longitudinal  del asiento, y excluyendo  otras  posiciones  que  no  sean  las normales de conducción. Cuando existan  otros  modos  de  ajustar  el  asiento  (vertical,  angular, inclinado, etc.)  éstos  deberán  ajustarse  a  la posición que determine el fabricante del vehículo.   En  los  asientos  de  suspensión,  se  dejará  rígida  la  posición vertical según la posición normal de conducción que determine el fabricante.</p>
    <p class="parrafo">4.4.</p>
    <p class="parrafo">La  parte  del  asiento  con  la  que  entre  en contacto la máquina 3 DH deberá cubrirse  con  una  muselina  que  tenga  el  tamaño  y la textura adecuados, de algodón  natural  de  18,9  hilos  por cm$ y 0,228 kg/m$, o de tejido de punto o no con las mismas características.</p>
    <p class="parrafo">Si  la  prueba  se  realiza  en  un asiento situado fuera del vehículo, el suelo sobre  el  que  repose  el  asiento  deberá tener las mismas características (1) que el suelo del vehículo al que esté destinado el asiento.</p>
    <p class="parrafo">4.5.</p>
    <p class="parrafo">Colóquese  el  asiento  y  el  respaldo de la máquina 3 DH de forma que el plano central  del  ocupante  (C/LO)  coincida  con  el  plano central de la máquina 3 DH.  Si  el  constructor  así  lo  solicita,  cuando  la  máquina  3 DH esté tan orientada  hacia  fuera  que  el  borde  del asiento no permita la nivelación de</p>
    <p class="parrafo">la misma, ésta podrá moverse hacia dentro en relación con el C/LO.</p>
    <p class="parrafo">4.6.</p>
    <p class="parrafo">Se  fijarán  el  pie  y  la  pierna,  bien  por  separado o mediante la barra en forma  de  T  y  la  parte  inferior  de  la  pierna, al soporte del asiento. La línea  situada  entre  los  dos puntos de visión del punto "H'' será paralela al suelo y perpendicular al plano central longitudinal del asiento.</p>
    <p class="parrafo">4.7.</p>
    <p class="parrafo">La  posición  de  los  pies  y las piernas de la máquna 3DH se ajustará del modo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">4.7.1.</p>
    <p class="parrafo">Plaza de asiento prevista: conductor y pasajero de delante.</p>
    <p class="parrafo">4.7.1.1.</p>
    <p class="parrafo">Los  dos  pies  y  las  piernas  deberán  moverse hacia delante de tal forma que los  pies  se  apoyen  en  el  suelo  de forma natural, y si es necesario, entre los  pedales.  Cuando  sea  posible,  se  colocará  el  pie izquierdo a la misma distancia   del   lado   izquierdo  del  plano  central  de  la  máquina  3  DH, aproximadamente,  y  de  igual  modo se procederá con el pie derecho respecto al lado  derecho.  El  nivel  utilizado  para  comprobar la inclinación transversal de  la  máquna  3  DH deberá indicar la horizontal ya sea reajustando el soporte del  asiento,  en  caso  de  que sea necesario, ya haciendo retroceder la pierna y  el  pie.  La  línea  que atraviesa los puntos de visión del punto "H'' deberá mantenerse perpendicular al plano central longitudinal del asiento.</p>
    <p class="parrafo">4.7.1.2.</p>
    <p class="parrafo">Si  la  pierna  izquierda  no puede mantenerse paralela a la derecha y si el pie izquierdo  no  puede  apoyarse  en  la  estructura,  se  moverá el pie izquierdo hasta  que  consiga  apoyarse.  Se  mantendrá  la  alineación  de  los puntos de visión.</p>
    <p class="parrafo">4.7.2.</p>
    <p class="parrafo">Plaza de asiento prevista: parte trasera exterior</p>
    <p class="parrafo">En  los  asientos  traseros  o  en  los  asientos  auxiliares,  las  piernas  se colocarán  del  modo  que  especifique  el  fabricante. Si los pies descansan en partes  del  suelo  que  estén en niveles distintos, el pie que primero entre en contacto  con  el  asiento  delantero  servirá  como  referencia  y  el  otro se dispondrá  de  tal  modo,  que  el  nivel que indique la orientación transversal del asiento del dispositivo marque la horizontal.</p>
    <p class="parrafo">4.7.3.</p>
    <p class="parrafo">Otras plazas de asiento previstas:</p>
    <p class="parrafo">Se  seguirá  el  procedimiento  general  indicado  en el punto 4.7.1 anterior si bien  los  pies  se  colocarán siguiendo las especificaciones del fabricante del vehículo.</p>
    <p class="parrafo">4.8.</p>
    <p class="parrafo">Aplíquense  las  pesas  de  la  parte  inferior de las piernas y de los muslos y nivélese la máquina 3 DH.</p>
    <p class="parrafo">4.9.</p>
    <p class="parrafo">Inclínese  al  máximo  hacia  delante  el  soporte  del  respaldo  del asiento y extraígase  del  respaldo  la  máquina  3  DH  mediante  la barra en forma de T. Vuélvase  a  instalar  en  el  asiento  la  máquina  3 DH siguiendo uno de estos métodos:</p>
    <p class="parrafo">4.9.1.</p>
    <p class="parrafo">Si  la  máquina  3  DH  tiene  tendencia a deslizarse hacia atrás, se seguirá el siguiente  procedimiento.  Deslícese  la  máquina  3 DH hacia atrás hasta que no se  precise  de  ninguna  carga  horizontal que frene la barra en forma de T, es decir,  hasta  que  el  soporte  del  asiento entre en contacto con el respaldo. En caso necesario, vuélvase a colocar la parte inferior de la pierna.</p>
    <p class="parrafo">4.9.2.</p>
    <p class="parrafo">Si  la  máquna  3  DH  no  se  desliza  hacia  atrás se seguirá el procedimiento siguiente.  Deslícese  la  máquina  3  DH  hacia atrás mediante el empleo de una carga  horizontal  sobre  la  barra  T hasta que el soporte del asiento entre en contacto  con  el  respaldo  (véase  la  figura  2  del  Apéndice 1 del presente Anexo).</p>
    <p class="parrafo">4.10.</p>
    <p class="parrafo">Aplíquese  una  carga  de  entre 100 p 10 N al conjunto de respaldo y soporte de la  máquina  3  DH  en  la  intersección del cuadrante angular de la cadera y el espacio  de  la  barra  en forma de T. Manténgase la dirección de la carga en la línea  que  pase  por  la  intersección  anteriormente  citada  hasta  un  punto situado  justo  encima  del  espacio  para la barra del muslo (véase la figura 2 del  Apéndice  1  de  este  Anexo).  Seguidamente, vuélvase a acopar con cuidado el   soporte   del  respaldo  al  mismo.  También  se  procederá  cuidadosamente durante  el  resto  del  procedimiento  para  evitar  que  la  máquina  3  DH se deslice hacia adelante.</p>
    <p class="parrafo">4.11.</p>
    <p class="parrafo">Instálense  las  pesas  de  los  glúteos  (derecha  e  izquierda), y después, de forma alterna, las ocho pesas dorsales. Manténgase nivelada la máquina 3 DH.</p>
    <p class="parrafo">4.12.</p>
    <p class="parrafo">Inclínese  el  soporte  del  respaldo  hacia  adelante para disminuir la tensión sobre  el  respaldo.  Balancéese  la  máquina  3 DH de un lado a otro en un arco de  10  g  (5  g  a  cada  lado  del plano central vertical) durante tres ciclos completos  para  eliminar  la  fricción  acumulada  entre  la  máquina 3 DH y el asiento.</p>
    <p class="parrafo">Durante  el  balanceo,  es  posible  que  la barra en forma de T de la máquina 3 DHT  se  distancie  de  su  encuadre horizontal y vertical, habrá que frenar por lo  tanto  la  barra  en  forma de T mediante una carga lateral adecuada durante los  movimientos  de  balanceo.  Se deberá tener cuidado al sostener la barra en forma  de  T  y  balancear  la  máquina  3  DH  para  que  no haya ninguna carga imprevista  exterior  que  actúe  en  dirección  vertical  o  de  adelante hacia atrás.</p>
    <p class="parrafo">Durante  esta  fase,  no  deberán  sujetarse o contenerse los pies de la máquina 3  DH.  Si  estos  cambian  de  posición, habrá que dejarlos, momentáneamente en esa posición.</p>
    <p class="parrafo">Colóquese   de   nuevo   con   cuidado  el  soporte  del  respaldo  al  mismo  y compruébese  que  los  dos  niveles  están  en  posición  cero.  Si  durante  el balanceo  de  la  máquina  3  DH  los  pies  han experimentado algún movimiento, deberán volver a colocarse del modo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">De  forma  alterna,  se  levantarán del suelo uno y otro pie al mínimo necesario hasta  que  ya  no  puedan  moverse.  Durante  esta  operación  los pies deberán poder   girar   libremente  y  no  deberá  aplicarse  ninguna  carga  frontal  o</p>
    <p class="parrafo">lateral.  Una  vez  se  hayan  vuelto  a bajar los pies en la posición inferior, el talón deberá estar en contacto con la estructura diseñada a este efecto.</p>
    <p class="parrafo">Compruébese  que  el  nivel  está  en  la  posición  cero.  En  caso  necesario, aplíquese  una  carga  lateral  en  la  parte  superior del soporte del respaldo que  sea  suficiente  para  nivelar  los  tres soportes de la máquina 3 DH en el asiento.</p>
    <p class="parrafo">4.13.</p>
    <p class="parrafo">Sujetando  la  barra  en  forma  de T para evitar que la máquina 3 DH se deslice hacia adelante sobre el cojín del asiento, procédase del siguiente modo:</p>
    <p class="parrafo">a) vuélvase a colocar el soporte del respaldo en el asiento;</p>
    <p class="parrafo">b)  de  forma  alterna,  aplíquese  y  suéltese una carga horizontal hacia atrás que  no  exceda  los  25  N  en  dirección  a la barra del ángulo trasero, a una altura  aproximada  equivalente  a  la  del centro de las pesas dorsales tronco, hasta  que  el  cuadrante  angular  de la cadera indique que se ha alcanzado una posición  estable  una  vez  soltada  la  carga.  Deberá  procurarse que ninguna carga  exterior  lateral  o  en sentido descendente ejerza presión en la máquina 3  DH.  Si  es  necesario  ajustar  la  máquina  3 DH a otro nivel, se girará el soporte   trasero   del  respaldo  hacia  delante,  volverá  a  nivelarse  y  se repetirá el procedimiento a partir del punto 4.12.</p>
    <p class="parrafo">4.14.</p>
    <p class="parrafo">Tómense todas las medidas:</p>
    <p class="parrafo">4.14.1.</p>
    <p class="parrafo">Las  coordenadas  del  punto  «H»  serán  medidas  en relación con el sistema de referencia tridimensional.</p>
    <p class="parrafo">4.14.2.</p>
    <p class="parrafo">El  ángulo  real  del  tronco  se  medirá  en el cuadrante angular trasero de la máquina 3 DH con la sonda totalmente hacia atrás.</p>
    <p class="parrafo">4.15.</p>
    <p class="parrafo">Si  se  desea  volver  a  instalar  la  máquina  3  DH, el asiento deberá quedar libre  de  toda  carga  durante  treinta  minutos  como mínimo antes de volver a instalarse  de  nuevo.  N°  deberá  aplicarse  ninguna carga en el asiento de la máquina  3  DH  durante  un  período  superior  al  necesario  para  realizar la prueba.</p>
    <p class="parrafo">4.16.</p>
    <p class="parrafo">Si  se  consideran  similares  los asientos de la misma fila (asientos traseros, los  asientos  idénticos,  etc.)  sólo  se determinará el punto «H» y «el ángulo real  del  tronco»  para  cada  fila  de  asientos,  dado  que  la  máquina 3 DH descrita  en  el  Apéndice  1  de  este  Anexo  se  ha  instalado  en  un  lugar representativo de la fila. Este lugar será:</p>
    <p class="parrafo">4.16.1.</p>
    <p class="parrafo">En la fila delantera, del asiento del conductor;</p>
    <p class="parrafo">4.16.2.</p>
    <p class="parrafo">En la fila o filas traseras, un asiento exterior.</p>
    <p class="parrafo">Apéndice 1</p>
    <p class="parrafo">DESCRIPCION DE LA MAQUINA TRIDIMENSIONAL DEL PUNTO H (;) (MAQUINA 3 DH)</p>
    <p class="parrafo">1. Soporte del respaldo y soporte del asiento</p>
    <p class="parrafo">Los   soportes  del  respaldo  y  del  asiento  están  fabricados  con  plástico reforzado  y  metal.  Simulan  el  tronco y el muslo de un ser humano y desde el</p>
    <p class="parrafo">punto  de  vista  mecánico  están  articulados  en  el  punto  H.  Para medir el ángulo  real  del  tronco  se ha fijado un cuadrante a la sonda articulada en el punto  H.  También  se  ha  previsto  una  barra  ajustable  correspondiente  al muslo,  que  al  sujetarse  al soporte del asiento, proporciona la línea central del muslo y sirve de eje al cuadrante angular de la cadera.</p>
    <p class="parrafo">2. El cuerpo y las piernas</p>
    <p class="parrafo">Se  han  dispuesto  unos  segmentos  que corresponden a la parte inferior de las piernas  conectadas  al  soporte  del  asiento  a la altura de la barra en forma de  T  que  une  las rodillas y que constituye una extensión lateral de la barra ajustable  del  muslo.  Se  han  incorporado unos cuadrantes en los segmentos de la  parte  inferior  de  las  piernas  para poder medir el ángulo de la rodilla. También  se  han  graduado  los zapatos y los pies para medir el ángulo del pie. Se   dispone   de   dos  niveles  que  sirven  para  orientar  especialmente  el dispositivo.  En  los  correspondientes  centros  de  gravedad  se  han colocado pesas  que  suplen  el  cuerpo para dar al asiento una carga equivalente a la de un  hombre  de  76  kg.  Es  necesario comprobar que todas las articulaciones se mueven libremente, sin producirse fricciones importantes.</p>
    <p class="parrafo">(;)  Esta  máquina  corresponde  a  la  descrita  en  la 150 standard 6549-1980. Para  conocer  más  detalles  sobre  su  construcción, diríjanse a la Society of Automotive    Engineers    (SAE),    400    Commonwealth    Drive,   Warrendale, Pennsylvania, 15096, Estados Unidos de América.</p>
    <p class="parrafo">¹</p>
    <p class="parrafo">(Figura 1)</p>
    <p class="parrafo">¹ (Figura 2)</p>
    <p class="parrafo">Apéndice 2</p>
    <p class="parrafo">SISTEMA DE REFERENCIA TRIDIMENSIONAL</p>
    <p class="parrafo">1.  El  sistema  de  referencia  tridimensional  se ha establecido mediante tres planos  ortogonales  diseñados  por  el  fabricante  del vehículo (véase figura) (1).</p>
    <p class="parrafo">2.  La  posición  de  medición  del vehículo se determina instalando el vehículo en  la  superficie  de  apoyo  de  forma  que  las  coordenadas de las marcas de referencia correspondan a los valores fijados por el fabricante.</p>
    <p class="parrafo">3.  Las  coordenadas  del  punto  «R»  y  del  punto «H» se determinan según las marcas de referencia fijadas por el fabricante del vehículo.</p>
    <p class="parrafo">¹ (Figura 3)</p>
    <p class="parrafo">Apéndice 3</p>
    <p class="parrafo">DATOS DE REFERENCIA RELATIVOS A LAS PLAZAS DE ASIENTO</p>
    <p class="parrafo">1.</p>
    <p class="parrafo">Código de los datos de referencia</p>
    <p class="parrafo">En   cada  plaza  de  asiento  se  ofrece  una  lista  de  todos  los  datos  de referencia.  Para  identificar  las  plazas  de asiento se han utilizado códigos de  dos  dígitos.  El  primero  es  un  número  arábigo y sirve para designar la fila  de  asientos,  empezando  por  la  fila delantera del vehículo. El segundo dígito  es  una  letra  mayúscula que sirve para designar el emplazamiento de la plaza  del  asiento  en  la  fila,  vista  según  dirección  de  marcha hacia el vehículo. Deberán utilizarse las siguientes letras:</p>
    <p class="parrafo">- L = izquierda</p>
    <p class="parrafo">- C</p>
    <p class="parrafo">= central</p>
    <p class="parrafo">- R</p>
    <p class="parrafo">= derecha</p>
    <p class="parrafo">2.</p>
    <p class="parrafo">Descripción de la posición de medición del vehículo.</p>
    <p class="parrafo">2.1.</p>
    <p class="parrafo">Coordenadas de las marcas de referencia.</p>
    <p class="parrafo">X .</p>
    <p class="parrafo">Y .</p>
    <p class="parrafo">Z .</p>
    <p class="parrafo">3.</p>
    <p class="parrafo">Lista de los datos de referencia</p>
    <p class="parrafo">3.1.</p>
    <p class="parrafo">Plaza de asiento: .</p>
    <p class="parrafo">3.1.1.</p>
    <p class="parrafo">Coordenadas del punto «R»</p>
    <p class="parrafo">X .</p>
    <p class="parrafo">Y .</p>
    <p class="parrafo">Z .</p>
    <p class="parrafo">3.1.2.</p>
    <p class="parrafo">Angulo previsto del tronco: .</p>
    <p class="parrafo">3.1.3.</p>
    <p class="parrafo">Especificaciones para ajustar el asiento (1)</p>
    <p class="parrafo">horizontal: .</p>
    <p class="parrafo">vertical: .</p>
    <p class="parrafo">ángulos: .</p>
    <p class="parrafo">ángulo del tronco: .</p>
    <p class="parrafo">Nota:  La  lista  de  referencia  en  la  que  se  recogen  las  demás plazas de asiento figura en los apartados 3.2.,</p>
    <p class="parrafo">3.3., etc.</p>
    <p class="parrafo">(1) Táchese lo que no proceda.»</p>
    <p class="parrafo">(1)  En  todas  las  plazas  de  asiento  que no sean los asientos delanteros en los  que  no  pueda  determinarse  el punto «H» mediante los procedimientos o la «máquina  tridimensional  del  punto  H»,  podrá  tomarse  como  referencia  del punto «R» señalado por el fabricante según disponga la autoridad competente.</p>
    <p class="parrafo">(1)  Angulo  de  inclinación,  diferencia  de altura con el soporte del asiento, textura de la superficie, etc.</p>
  </texto>
</documento>
