<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021182509">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-1993-82321</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19931213</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>742/1993</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo y de la Comisión, de 13 de diciembre de 1993, relativa a la celebración del Acuerdo europeo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Hungria, por otra.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19931231</fecha_publicacion>
    <diario_numero>347</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>1</pagina_inicial>
    <pagina_final>275</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/1993/347/L00001-00275.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19940201</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1314" orden="2">Comunidad Económica Europea</materia>
      <materia codigo="1316" orden="3">Comunidad Europea de Energía Atómica</materia>
      <materia codigo="1317" orden="4">Comunidad Europea del Carbón y del Acero</materia>
      <materia codigo="6101" orden="5">Hungría</materia>
      <materia codigo="7001" orden="6">Unión Europea</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="72" orden="100">Contiene Acuerdo, Protocolos, Canjes de Notas y declaraciones, adjuntos a la misma.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores/>
      <posteriores>
        <posterior referencia="DOUE-L-2003-80704" orden="1">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el Protocolo núm 4, por Decisión 2003/314, de 20 de diciembre</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-2003-80610" orden="2">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>los anexos VIII y IX, por Decisión 2003/285, de 18 de marzo</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-2001-80118" orden="6">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el Protocolo nº4 por Decisión 2001/54, de 29 de diciembre de 2000</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-2001-80117" orden="7">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el Protocolo nº4 por Decisión 2001/53, de 22 de diciembre de 2000</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-2000-81521" orden="8">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo VIII del acuerdo, por Reglamento 1727/2000, de 31 de julio</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-2000-80079" orden="10">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>los arts. 21, 26 y 30 y el anexo II del Protocolo nº4, por Decisión 2000/47, de 16 de diciembre de 1999</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1999-80328" orden="11">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el Protocolo núm 4, por Decisión 99/149, de 28 de enero</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1999-80211" orden="12">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el acuerdo, por Decisión 99/67, de 22 de octubre de 1998</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-2002-81408" orden="3">
          <palabra codigo="245">SE SUSTITUYE</palabra>
          <texto>el anexo VIII del acuerdo, por Reglamento 1408/2002, de 29 de julio</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-2002-81205" orden="4">
          <palabra codigo="245">SE SUSTITUYE</palabra>
          <texto>los anexos I y II del Protocolo núm 3, por Decisión 2002/528, de 16 de abril</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1997-80628" orden="13">
          <palabra codigo="245">SE SUSTITUYE</palabra>
          <texto>el Protocolo núm. 4 del acuerdo, por Decisión 97/230, de 28 de diciembre de 1996</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1995-81241" orden="14">
          <palabra codigo="245">SE SUSTITUYE</palabra>
          <texto>los arts. del 1 al 38 del Protocolo núm. 4 del acuerdo, por Decisión 95/347, de 17 de julio</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-2001-81271" orden="5">
          <palabra codigo="331">SE DICTA EN RELACIÓN</palabra>
          <texto>, aprobando Protocolo: Decisión 2001/366, de 4 de abril</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-2000-80792" orden="9">
          <palabra codigo="331">SE DICTA EN RELACIÓN</palabra>
          <texto>con el acuerdo, sobre la transición a la segunda fase de la asociación entre las Comunidades Europeas y la República de Hungría: Decisión 2000/327, de 11 de abril</texto>
        </posterior>
      </posteriores>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Europea  del  Carbón  y del Acero,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad Europea y, en particular, su artículo  238,  en  relación  con el párrafo segundo del apartado 3 del artículo 228,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, el párrafo segundo del artículo 101,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo (1),</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  procede  aprobar  el  Acuerdo  europeo  entre las Comunidades Europeas  y  sus  Estados  miembros,  por  una parte, y la República de Hungría, por otra, firmado en Bruselas el 16 de diciembre de 1991,</p>
    <p class="parrafo">DECIDEN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Quedan  aprobados,  en  nombre  de  la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, de  la  Comunidad  Europea  y  de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, el Acuerdo  europeo  entre  las  Comunidades  Europeas  y sus Estados miembros, por una  parte,  y  la  República  de  Hungría, por otra, los Protocolos que figuran anejos, así como las declaraciones y Canjes de notas anejos al Acta final.</p>
    <p class="parrafo">Los  textos  del  Acuerdo,  los  Protocolos anejos y el Acta final se adjuntan a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">1.  La  posición  que  deberá  adoptar  la Comunidad en el Consejo de asociación será  establecida  por  el  Consejo,  a propuesta de la Comisión, o, en su caso, por  la  Comisión,  cada  vez  conforme  a las disposiciones correspondientes de los  Tratados  constitutivos  de  la  Comunidad Europea, de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.</p>
    <p class="parrafo">2.  El  presidente  del  Consejo, de conformidad con el artículo 105 del Acuerdo europeo,  presidirá  el  Consejo  de  asociación  y presentará la posición de la Comunidad.   Un   representante   de   la   Comisión   presidirá  el  Comité  de asociación,   de   conformidad  con  su  reglamento  interno,  y  presentará  la posición de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">En  lo  que  se  refiere  a  la  Comunidad  Europea,  el  presidente del Consejo procederá  al  depósito  del  acta  de  notificación previsto en el artículo 123 del  Acuerdo.  El  presidente  de la Comisión procederá a depositar las actas de notificación  en  lo  que  respecta  a  la  Comunidad  Europea  del Carbón y del Acero y a la Comunidad Europea de la Energía Atómica.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 1993.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Ph. MAYSTADT</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">J. DELORS</p>
    <p class="parrafo">______________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n° C 284 de 2. 11. 1992, p. 38.</p>
  </texto>
</documento>
