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    <identificador>DOUE-L-1994-80674</identificador>
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    <fecha_disposicion>19940429</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1091/1994</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 1091/94 de la Comisión, de 29 de abril de 1994, por el que se establecen determinadas modalidades de normas para la aplicación del Reglamento (CEE) nº 3528/86 del Consejo relativo a la protección de los bosques de la Comunidad contra la contaminación atmosférica.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19940518</fecha_publicacion>
    <diario_numero>125</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19940521</fecha_vigencia>
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    <fecha_derogacion>20061203</fecha_derogacion>
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          <palabra codigo="331">EN RELACIÓN con</palabra>
          <texto>el Reglamento 3528/86, de 17 de noviembre</texto>
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          <texto>, por Reglamento 1737/2006, de 7 de noviembre</texto>
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          <texto>el art. 2, por Reglamento 2278/99, de 21 de octubre</texto>
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          <texto>por Reglamento 690/95, de 30 de marzo</texto>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  3528/86  del  Consejo,  de  17 de noviembre de 1986,   relativo  a  la  protección  de  los  bosques  contra  la  contaminación atmosférica  (1),  cuya  última  modificación  la constituye el Reglamento (CEE) no 2157/92 (2), y, en particular, su artículo 3,</p>
    <p class="parrafo">Vista   la   aplicación  de  la  Resolución  no  1  de  la  primera  Conferencia ministerial sobre la protección de los bosques en Europa (3),</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  según  disponen  los guiones tercero y cuarto del apartado 1 del   artículo   2   del   Reglamento   (CEE)   no   3528/86,  el  objetivo  del planteamiento comunitario será ayudar a los Estados miembros a:</p>
    <p class="parrafo">-  llevar  a  cabo  una  vigilancia  intensiva  y  continua  de  los ecosistemas forestales,</p>
    <p class="parrafo">-  establecer  o  ampliar,  de  manera armónica y coordinada, la red de parcelas permanentes   de   observación   que   dicha  vigilancia  intensiva  y  continua requiere;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  según  dispone  el  apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CEE)  no  3528/86,  los  Estados  miembros  habrán de remitir a la Comisión los datos  recopilados  mediante  la  red de parcelas de observación utilizadas para llevar a cabo una vigilancia intensiva y continua;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  dicha  red  de  parcelas  de  observación  se  establece  con objeto  de  obtener  datos  detallados  sobre  la  evolución  de los ecosistemas forestales   en   la   Comunidad;  que  este  procedimiento  permite  establecer correlaciones   entre   las  fluctuaciones  de  los  factores  medioambientales, sobre   todo   entre   la   contaminación  atmosférica  y  la  reacción  de  los ecosistemas  forestales;  que  los  datos  así  obtenidos  permiten  interpretar mejor   los   hallazgos  procedentes  de  la  red  sistemática  de  parcelas  de observación  que  define  el  Reglamento  (CEE)  no  1696/87 de la Comisión (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 836/94 (5);</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   las   solicitudes   de  ayuda  presentadas  en  virtud  del Reglamento  (CEE)  no  3528/86  con  el  propósito  de desarrollar la vigilancia intensiva  y  continua  mencionada  en  el  apartado  1  del  artículo  2  deben incluir  la  información  necesaria  para  poder examinar estas medidas a la luz de   los  objetivos  y  criterios  de  dicho  Reglamento;  considerando  que  la presentación  de  tal  información  debe ser normalizada para facilitar con ello el examen y comparación de las solicitudes;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité forestal permanente,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1.   Los  Estados  miembros  instalarán  una  red  de  parcelas  permanentes  de observación.  La  fecha  límite  de  selección  de  las  parcelas  será el 30 de junio  de  1994,  si  bien  deberá existir ya sobre el terreno más de un 50 % de las  mismas  acorde  con  la metodología común para instalar una red de parcelas permanentes  de  observación  para  controles  intensivos  y continuos (véase el Anexo  I).  La  constitución  de  las últimas parcelas será llevada a cabo antes del  30  de  junio  de  1995.  Por  lo  que  se  refiere  a  la totalidad de las parcelas,  los  Estados  miembros  enviarán  a  la  Comisión,  antes  del  15 de diciembre  de  1994,  un  informe  con  los  criterios  de selección y una lista completa  de  las  parcelas  seleccionadas,  incluyendo  información básica, tal como  localización  (longitud,  latitud,  altitud)  y  especies,  además  de una descripción  general  de  cada  parcela  de observación establecida, ajustándose al formato normalizado que se detalla en el Anexo VIIa.</p>
    <p class="parrafo">2.  Desde  las  parcelas  permanentes  de  observación  se  llevará  a  cabo una vigilancia intensiva y continua del ecosistema forestal.</p>
    <p class="parrafo">Dicha  vigilancia  incluye  el  control  permanente  del estado de las copas, el de   las   características   edafológicas   y   foliares  y  las  mediciones  de crecimientos   y   depósitos  y  condiciones  meteorológicas  aplicando  métodos objetivos de muestreo y los métodos analíticos establecidos.</p>
    <p class="parrafo">3.  Los  Estados  miembros  deberán  enviar  a  la  Comisión  antes  del  31  de diciembre  de  1996,  en  formato normalizado, los datos que se hayan recopilado durante  los  distintos  controles  efectuados  entre  1991  y  1996  sobre cada parcela  permanente  de  observación,  así como una interpretación de resultados siguiendo las especificaciones del Anexo VII.</p>
    <p class="parrafo">4.  Los  detalles  técnicos  correspondientes  a  lo  dispuesto  en  el presente artículo han sido incluidos en los Anexos III a VI.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">1. Solicitudes de ayuda a la Comunidad Europea:</p>
    <p class="parrafo">-  para  la  instalación  o  ampliación  de  la  red  de parcelas permanentes de observación para control intensivo y continuo,</p>
    <p class="parrafo">- para controlar el estado de las copas,</p>
    <p class="parrafo">- para estudiar los suelos,</p>
    <p class="parrafo">- para realizar análisis foliares,</p>
    <p class="parrafo">- para efectuar mediciones de crecimientos,</p>
    <p class="parrafo">-   para   efectuar  controles  de  deposición,  y  -  para  la  toma  de  datos meteorológicos,</p>
    <p class="parrafo">deben  ir  acompañadas,  como  establece  el  apartado  1  del  artículo  2  del Reglamento   (CEE)   no   3528/86,   de  la  información  y  documentos  que  se especifican en el Anexo II de dicho Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">Las  solicitudes  deben  enviarse  por  triplicado  y atenerse a lo dispuesto en el Anexo II.</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  solicitantes  deben  presentar  sus  peticiones de ayuda para un año, antes del 1 de noviembre del año anterior.</p>
    <p class="parrafo">2.  Aquellas  solicitudes  que  no  cumplan  con los requisitos que establece el apartado 1 no serán tenidas en cuenta.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  tercer  día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado Miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 29 de abril de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">René STEICHEN</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 326 de 21. 11. 1986, p. 2.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 217 de 31. 7. 1992, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(3) Diciembre de 1990, Estrasburgo</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 161 de 10. 6. 1987, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 97 de 15. 4. 1994, p. 4.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">METODOLOGIA  COMUN  PARA  EL  ESTABLECIMIENTO DE UNA RED DE PARCELAS PERMANENTES DE   OBSERVACION   PARA   CONTROLES  INTENSIVOS  Y  CONTINUOS  [apartado  1  del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 3528/86 y sus modificaciones]</p>
    <p class="parrafo">I. Obervaciones generales</p>
    <p class="parrafo">Con  el  planteamiento  expuesto  en el apartado 1 del artículo 2 del Reglamento (CEE)  no  3528/86  y  sus  modificaciones  se  pretende  establecer  una red de parcelas  permanentes  de  observación  en  los Estados miembros de la Comunidad</p>
    <p class="parrafo">Europea y recoger datos mediante una vigilancia intensiva continua.</p>
    <p class="parrafo">Los objetivos de dicho planteamiento son:</p>
    <p class="parrafo">-   desarrollar   un  seguimiento  intensivo  y  constante  de  los  ecosistemas forestales   atendiendo   a   los   daños   producidos   por   la  contaminación atmosférica y otros factores que condicionan el estado de los bosques,</p>
    <p class="parrafo">-  mejorar  la  comprensión  de  las  relaciones de causalidad entre los cambios del   ecosistema   forestal   y  los  factores  que  intervienen  en  el  mismo, especialmente  la  contaminación  atmosférica,  concentrando para ello una serie de  mediciones  y  seguimientos  del  sistema  forestal  y  de  sus componentes, dentro de la misma zona,</p>
    <p class="parrafo">-   obtener   informaciones  de  interés  sobre  la  evolución  de  determinados ecosistemas forestales de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">II. Establecimiento de la red de parcelas permanentes de observación</p>
    <p class="parrafo">II.1. Selección de parcelas</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  deberán  seleccionar  antes  del  30  junio  de  1994 un número  suficiente  de  parcelas  permanentes de observación en sus territorios. Su  número  máximo  no  debe,  en  principio,  exceder  del  20  %  del total de parcelas  nacionales  correspondientes  a  la  red  comunitaria  de 16 por 16 km [Reglamento  (CEE)  1696/87].  Los  Estados  miembros  cuyas  parcelas de la red comunitaria  resulten  insuficientes  podrán  ampliar  su  número siempre que no seleccionen más de 15 nuevas parcelas.</p>
    <p class="parrafo">En  la  selección  de  dichas  parcelas,  que  se responsabilidad de los Estados miembros, deben aplicarse los criterios siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-  la  localización  de  las  parcelas  debe  ser  tal que en ellas se encuentre representadas   tanto   las   especies   forestales  más  importantes  como  las condiciones de crecimiento más generalizadas del país donde se emplazan,</p>
    <p class="parrafo">-  la  dimensión  mínima  de  una  parcela  será de 0,25 hectáreas medidas en el plano horizontal,</p>
    <p class="parrafo">-  alrededor  de  cada  parcela  debe  disponerse  una franja de protección para minimizar   las   repercusiones  de  las  actividades  periféricas.  Su  anchura estará  en  función  del  tipo  y edad del bosque. Si entre la superficie de una parcela  y  sus  inmediaciones  existe  uniformidad  en  términos  de  alturas y estructuras  de  envejecimiento,  la  anchura  de  la  franja  podrá limitarse a 5-10 m. Si,</p>
    <p class="parrafo">en  cambio,  la  zona  forestal donde está enclavada la parcela presenta rodales inhomogéneos,  especies  diversas  o  estructuras  de envejecimiento diferentes, se  ampliará  dicha  franja  hasta  quintuplicar  la máxima altura potencial del bosque en la parcela,</p>
    <p class="parrafo">-   al   tener  que  utilizarse  la  parcela  durante  períodos  prolongados  de seguimiento,   es   preciso   que   sus   bordes   o  límites  estén  claramente delimitados  y  que  cada  uno  de  los  árboles  muestra  de  la  parcela tenga numeración permanente,</p>
    <p class="parrafo">-  las  parcelas  deben  mantenerse  accesibles  en todo momento, sin limitación de visitas o muestreos,</p>
    <p class="parrafo">-  no  deben  existir  diferencias  entre  la gestión de las parcelas, su franja de  protección  y  el  bosque  circundante (por ejemplo la gestión práctica debe ser  comparable,  procurándose  que  las alteraciones inducidas por la operación de seguimiento sean mínimas),</p>
    <p class="parrafo">-  debe  evitarse  la  contaminación  directa  de  origen local. Las parcelas no deben  hallarse  próximas  a  granjas,  en la vecindad de carreteras principales o directamente en las inmediaciones de industrias contaminantes,</p>
    <p class="parrafo">-  debe  disponerse  de  un  número suficiente de árboles para desmuestrar, bien sea en la parcela o en su entorno,</p>
    <p class="parrafo">-   las   parcelas  y  sus  franjas  de  aislamiento  deben  mantener  la  mayor uniformidad  posible  en  cuanto  a especies o mezcla de especies, edad, tamaño, suelo y pendiente, etc.,</p>
    <p class="parrafo">-  las  parcelas  deben  estar  suficientemente  alejados  de  las  márgenes del bosque.</p>
    <p class="parrafo">Es   aconsejable   elegir   parcelas   donde  ya  se  haya  desarrollado  alguna operación  de  seguimiento  durante  los  últimos  años  dentro del contexto del Reglamento  (CEE)  no  3528/86  u  otros  programas.  En  caso de que se precise seleccionar  parcelas  adicionales  se  recomienda  que  éstas sean idénticas, o por  lo  menos  se  hallen  próximas,  a las parcelas pertenecientes a la red de la  Comunidad  de  16  por  16  km  y  que  su  emplazamiento permita aprovechar información adicional (por ejemplo estaciones meteorológicas).</p>
    <p class="parrafo">II.2. Establecimiento y documentación de la parcela</p>
    <p class="parrafo">Los   Estados  miembros  deberán  tener  establecidas  con  carácter  permanente antes  del  30  de  junio  de 1994, a ser posible todos las parcelas, o al menos el  50  %.  En  casos  particulares  se  concederá  una  prórroga de un año para terminar  de  establecer  las  últimas parcelas. Se describirá detalladamente la instauración   de   cada   parcela.   Los   datos   generales  se  compilarán  y comunicarán  antes  del  15  de  diciembre  de 1994. La descripción detallada de cada  parcela  debe  incluir:  localización  exacta  de  la parcela, cartografía esquemática   indicando   la  demarcación  permanente  de  los  vértices  de  la parcela  o  de  sus  límites,  número  de  árboles  que  encierra  la  parcela y cualesquiera  otros  elementos  permanentes  y  significativos  dentro  o en las cercanías  de  la  parcela  (por  ejemplo,  carreteras de acceso, ríos). En esta misma   cartografía   esquemática  se  situarán  posteriormente  las  posiciones exactas de los puntos de muestreo (por ejemplo, calicatas edafológicas).</p>
    <p class="parrafo">II.3. Definición de subparcelas</p>
    <p class="parrafo">Se  debe  contar  en  principio con todos los árboles de la parcela para evaluar el  arbolado  de  la  misma  (por  ejemplo  control de las copas, evaluación del crecimiento).  Si  la  parcela  tuviera  demasiados árboles (por ejemplo rodales muy   densos),   cabe   definir  una  subparcela  donde  llevar  a  cabo  dichas observaciones.  Las  subparcelas  previstas  durante  la instalación de parcelas deben  tener  extensión  suficiente  para  garantizar  información fiable en las observaciones  afectuadas  durante  un  período  mínimo  de  20  años,  y  a ser posible  durante  toda  la  vida del rodal. Durante este período debe disponerse de, por lo menos, 20 árboles en la parcela.</p>
    <p class="parrafo">II.4. Información general sobre cada parcela</p>
    <p class="parrafo">Durante  el  período  comprendido  entre  el  establecimiento  de  cada  parcela permanente  de  observación  para  seguimientos  intensivos  y  constantes  y la ejecución  de  los  primeros  reconocimientos  se  debe disponer de la siguiente información general por parcela:</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  remitirán  a  la  Comisión, antes del 15 de diciembre de</p>
    <p class="parrafo">1994,  la  información  recopilada  durante  el  establecimiento de cada parcela utilizando  para  ello  un  fichera informático (véase el Anexo VIIa, Formulario 1a)  y  los  informes  (véase  el  Anexo VIIa, Formulario 1b). La información de interés   surgido   en  el  transcurso  de  los  años  del  seguimiento  se  irá comunicando  anualmente  utilizando  los  Formularios  1a  y  1b (Anexo VII). El resto   de   la   información   se   enviará   tras  la  conclusión  del  primer reconocimiento significativo, actualizándose cuando proceda.</p>
    <p class="parrafo">II.5. Sustitución de las parcelas permanentes de observación</p>
    <p class="parrafo">Las parcelas permanentes de observación deben ser utilizables a largo plazo.</p>
    <p class="parrafo">En  caso  de  imprevistos  (por  ejemplo,  destrucción  de  los  árboles  de  la parcela  por  incendio,  tormenta)  puede  ser  necesario sustituir una parcela. Los  Estados  miembros  remitirán  entonces  a la Comisión la información básica correspondiente  a  la  nueva  parcela en los términos que establece este Anexo. ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">SOLICITUDES  DE  AYUDA  FINANCIERA  DE  LA  COMUNIDAD  PARA LOS PROYECTOS QUE SE REALICEN  EN  VIRTUD  DEL  ARTICULO  2  DEL  REGLAMENTO  (CEE)  No 3528/86 Y SUS MODIFICACIONES</p>
    <p class="parrafo">Las  solicitudes  de  ayuda  financiera  deberán ajustarse al modelo definido en el  Anexo  A  del  Reglamento  (CEE)  no 526/87 de la Comisión (1) y presentarse acompañadas  de  un  resumen  con la información que a continuación se indica en el   cuadro   incluido   en   este   Anexo   como   Formulario  2a,  debidamente cumplimentado.</p>
    <p class="parrafo">Por  cada  medida  que  se emprenda en virtud del artículo 2, deberá facilitarse información sobre los siguientes capítulos:</p>
    <p class="parrafo">1. Breve descripción de las medidas</p>
    <p class="parrafo">2. Solicitante</p>
    <p class="parrafo">Relación del solicitante con las medidas.</p>
    <p class="parrafo">3. Organismo responsable de la ejecución de las medidas</p>
    <p class="parrafo">Objeto y extensión de las actividades principales del organismo.</p>
    <p class="parrafo">4. Descripción detallada de las medidas</p>
    <p class="parrafo">En caso de que:</p>
    <p class="parrafo">a)  Las  medidas  se  refieran  al  establecimiento  o  amplicación de la red de parcelas   permanentes   de   observación  destinadas  al  control  intensivo  y continuo:</p>
    <p class="parrafo">1. Descripción de la situación existente.</p>
    <p class="parrafo">2.  Localización  y  superficie  de  la  región  o  regiones  de que se trate (+ documentación cartográfica).</p>
    <p class="parrafo">3. Número de parcelas permanentes de observación.</p>
    <p class="parrafo">b)  Las  medidas  relativas  al  establecimiento  y  ejecución de un control del estado de las copas en las parcelas permanentes de observación:</p>
    <p class="parrafo">1. Descripción de la situación existente.</p>
    <p class="parrafo">2.  Número  de  parcelas  permanentes de observación que serán tenidas en cuenta para controlar el estado de las copas (Formulario 2a).</p>
    <p class="parrafo">3.   Descripción  detallada  de  los  procedimientos  de  muestreo  aplicados  a escala de parcela (Número de árboles, marcas, etc.).</p>
    <p class="parrafo">4.  Indicación  del  calendario  previsto  para  la  ejecución  de  las  medidas propuestas (Formulario 2b).</p>
    <p class="parrafo">c)  Las  medidas  relativas  al establecimiento y ejecución de un control de las</p>
    <p class="parrafo">condiciones edafológicas en las parcelas permanentes de observación:</p>
    <p class="parrafo">1. Descripción de la situación existente.</p>
    <p class="parrafo">2.  Número  de  parcelas  permanentes de observación que serán tenidas en cuenta para control de las condiciones edafológicas (Formulario 2a).</p>
    <p class="parrafo">3.   Descripción   detallada   de   los   procedimientos  de  toma  de  muestras utilizados  a  escala  de  parcela  (cantidad de muestras unitarias, descripción de los perfiles edafológicos, etc.).</p>
    <p class="parrafo">4.  Descripción  detallada  de  los  parámetros  buscados  y  de  la metodología analítica  propuesta  incluyendo  la  descripción  clara de cualquier calibrado, corrección   o   cálculos   iterativos   necesarios   para   compatibilizar  los resultados con los de los métodos homologados.</p>
    <p class="parrafo">5.  Indicación  del  calendario  previsto  para  la  ejecución  de  las  medidas propuestas (Formulario 2b).</p>
    <p class="parrafo">d)  Las  medidas  relativas  al establecimiento y ejecución de un control de las características foliares en las parcelas permanentes de observación:</p>
    <p class="parrafo">1. Descripción de la situación existente.</p>
    <p class="parrafo">2.  Número  de  parcelas  permanentes de observación que serán tenidas en cuenta para inventariar las características foliares (Formulario 2a).</p>
    <p class="parrafo">3.  Descripción  detallada  de  los  procedimientos de toma de muestras a escala de parcela (cantidad de muestras unitarias, descripción, etc.).</p>
    <p class="parrafo">4.  Descripción  detallada  de  los  parámetros  buscados  y  de  la metodología analítica  propuesta  incluyendo  la  descripción  clara de cualquier calibrado, corrección   o   cálculos   iterativos   necesarios   para   compatibilizar  los resultados con los de los métodos homologados.</p>
    <p class="parrafo">5.  Indicación  del  calendario  previsto  para  la  ejecución  de  las  medidas propuestas (Formulario 2b).</p>
    <p class="parrafo">e)  Las  medidas  relativas  al  establecimiento  y  ejecución de un programa de mediciones del crecimiento en las parcelas permanentes de observación:</p>
    <p class="parrafo">1. Descripción de la situación existente.</p>
    <p class="parrafo">2.  Número  de  parcelas  permanentes de observación que serán tenidas en cuenta para mediciones del crecimiento (Formulario 2a).</p>
    <p class="parrafo">3.  Descripción  detallada  de  los  procedimientos  de  medición  utilizados  a escala de parcela (número de muestras unitarias, descripción, etc.).</p>
    <p class="parrafo">4.  Descripción  detallada  de  los  parámetros  buscados  y  de  la metodología analítica  propuesta  incluyendo  la  descripción  clara de cualquier calibrado, corrección   o   cálculos   iterativos   necesarios   para   compatibilizar  los resultados con los de los métodos homologados.</p>
    <p class="parrafo">5.  Indicación  del  calendario  previsto  para  la  ejecución  de  las  medidas previstas (Formulario 2b).</p>
    <p class="parrafo">f)  Las  medidas  relativas  al establecimiento y ejecución de las mediciones de la deposición en las parcelas permanentes de observación:</p>
    <p class="parrafo">1. Descripción de la situación existente.</p>
    <p class="parrafo">2.  Número  de  parcelas  permanentes de observación que serán tenidas en cuenta para las mediciones de la deposición (Formulario 2a).</p>
    <p class="parrafo">3.  Descripción  detallada  de  los  procedimientos utilizados en las mediciones a escala de parcela (número de medidas, descripción, etc.).</p>
    <p class="parrafo">4.  Descripción  detallada  de  los  parámetros  buscados  y  de  la metodología analítica  propuesta  incluyendo  la  descripción  clara de cualquier calibrado,</p>
    <p class="parrafo">corrección  o  cálculo  iterativo  necesarios para compatibilizar los resultados con los de los métodos homologados.</p>
    <p class="parrafo">5.  Indicación  del  calendario  previsto  para  la  ejecución  de  las  medidas previstas (Formulario 2b).</p>
    <p class="parrafo">g)  Las  medidas  relativas  al  establecimiento  y  ejecución de un programa de toma de datos meteorológicos en las parcelas permanentes de observación:</p>
    <p class="parrafo">1. Descripción de la situación existente.</p>
    <p class="parrafo">2.  Número  de  parcelas  permanentes de observación que serán tenidas en cuenta para la toma de datos meteorológicos (Formulario 2a).</p>
    <p class="parrafo">3.  Descripción  detallada  de  los  procedimientos  de  medición  utilizados  a escala de parcela (número de medidas, descripción, etc.).</p>
    <p class="parrafo">4.  Descripción  detallada  de  los  parámetros  buscados  y  de  la metodología analítica  propuesta  incluyendo  la  descripción  clara de cualquier calibrado, corrección  o  cálculo  iterativo  necesarios para compatibilizar los resultados con los de los métodos homologados.</p>
    <p class="parrafo">5.  Indicación  del  calendario  previsto  para  la  ejecución  de  las  medidas privistas (Formulario 2b).</p>
    <p class="parrafo">5.  Coste  de  las  medidas  descritas  en  los puntos 4. a) a 4. g) (Formulario 2a)</p>
    <p class="parrafo">1. Costes del establecimiento o ampliación de la red [4. a)],</p>
    <p class="parrafo">1.1. Costes por parcela.</p>
    <p class="parrafo">1.2. Costes totales.</p>
    <p class="parrafo">1.3. Ayuda solicitada a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">2.   Costes  de  establecimiento,  observación  o  tama  de  muestras  por  cada reconocimiento [4. b) a 4. g)],</p>
    <p class="parrafo">1.1. Costes por parcela.</p>
    <p class="parrafo">1.2. Costes totales.</p>
    <p class="parrafo">1.3. Ayuda solicitada a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">3. Costes del análisis y evaluación de cada reconocimiento [4. b) a 4. g)],</p>
    <p class="parrafo">1.1. Costes por parcela,</p>
    <p class="parrafo">1.2. Costes totales,</p>
    <p class="parrafo">1.3. Ayuda solicitada a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">4.  Costes  totales  del  proyecto [suma de los capítulos 1.2 (establecimiento), 2.2 (observaciones o desmuestres) y 3.2 (análisis y evaluación)].</p>
    <p class="parrafo">5.   Ayuda   total  solicitada  a  la  Comunidad  [suma  de  los  capítulos  1.3 (establecimiento),   2.3   (observaciones  o  desmuestres)  y  3.3  (análisis  y evaluación)].</p>
    <p class="parrafo">6. Rellenar los Formularios 2a y 2b .</p>
    <p class="parrafo">.............</p>
    <p class="parrafo">Fecha y firma</p>
    <p class="parrafo">Formulario 2a</p>
    <p class="parrafo">FINANCIACION PREVISTA (Seguimiento intensivo)</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">Formulario 2b</p>
    <p class="parrafo">PLANIFICACION DEL PROYECTO</p>
    <p class="parrafo">(cronograma   de   las   fases  de  ejecución)  debe  cumplimentarse  para  cada proyecto presentado en virtud del artículo 2</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">ANEXO III</p>
    <p class="parrafo">METODOS  COMUNES  PARA  CONTROLAR  EL  ESTADO  DE  LAS  COPAS  EN  LAS  PARCELAS PERMANENTES DE OBSERVACION</p>
    <p class="parrafo">I. Observaciones generales</p>
    <p class="parrafo">En  el  transcurso  de  1994  se  llevará  a  cabo  el control del estado de las copas   en   todas  las  parcelas  permanentes  de  observación,  que  habrá  de repetirse cada año.</p>
    <p class="parrafo">II. Metodología de control</p>
    <p class="parrafo">II.1. Selección de árboles muestra</p>
    <p class="parrafo">En   un   principio  está  previsto  efectuar  el  seguimiento  de  los  árboles predominantes,  dominantes  y  codominantes  (Kraft:  clases  1-3)  en  toda  la parcela.  Si  la  parcela  tuviese  gran  número de árboles (por ejemplo rodales muy  densos),  cabe  reducir  el  número  de  árboles muestra para evaluación de copas  introduciendo  subparcelas  (véase  el  Anexo  I,  punto II.3). Cuando se opere   con   subparcelas,   todos   los  árboles  predominantes,  dominantes  y codominantes    (Kraft:    clases    1-3)   deben   someterse   a   seguimiento. Ocasionalmente,  para  reducir  o  seleccionar  el  número  de árboles que deben ser   muestreados,   puede  utilizarse  un  método  distinto  de  objetividad  e imparcialidad  bien  probadas.  Los  métodos  utilizados deben ser idénticos año tras año, evaluándose un mínimo de 20 árboles en cada reconocimiento.</p>
    <p class="parrafo">II.2. Fecha del control</p>
    <p class="parrafo">El  control  se  realizará  anualmente en el período comprendido entre el fin de la  formación  de  las  nuevas hojas y acículas antes de su decoloración otoñal. II.3. Información básica general</p>
    <p class="parrafo">Debe recopilarse la información general siguiente:</p>
    <p class="parrafo">- número de parcela,</p>
    <p class="parrafo">- número de árbol,</p>
    <p class="parrafo">- especie arbórea,</p>
    <p class="parrafo">- fecha de evaluación.</p>
    <p class="parrafo">II.4. Evaluación de árboles muestra</p>
    <p class="parrafo">1. Evaluación visual de la defoliación</p>
    <p class="parrafo">La  defoliación  debe  medirse  en  intervalos  de  5  % respecto a un árbol con follaje completo en las condiciones locales.</p>
    <p class="parrafo">La  clasificación  de  los  árboles  según  su grado de defoliación se efectuará durante las observaciones, cuantificándose los intervalos del 5 %.</p>
    <p class="parrafo">2. Evaluación visual de la decoloración</p>
    <p class="parrafo">La  clasificación  de  los  árboles  en  distintos  grados  de  decoloración  se llevará a cabo una vez hechas las observaciones.</p>
    <p class="parrafo">Los grados de decoloración se definen como siguen:</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">3.Parámetros adicionales</p>
    <p class="parrafo">Los parámetros adicionales son los siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-  daños  debidos  a  causas fácilmente identificable (insectos, hongos, agentes abióticos ...),</p>
    <p class="parrafo">- identificación del tipo de daño,</p>
    <p class="parrafo">- otras observaciones sobre árboles de la parcela.</p>
    <p class="parrafo">II.5. Transferencia de datos</p>
    <p class="parrafo">Los   Estados  miembros  remitirán  anualmente  a  la  Comisión  la  información</p>
    <p class="parrafo">anterior   para   cada   parcela   cumplimientando  para  ello  los  formularios establecidos (véase Anexo VII, Formularios 3a y 3b).</p>
    <p class="parrafo">ANEXO IV</p>
    <p class="parrafo">METODOLOGIA  COMUN  PARA  CONTROLAR  LOS  SUELOS  EN LAS PARCELAS PERMANENTES DE OBSERVACION</p>
    <p class="parrafo">I. Observaciones generales</p>
    <p class="parrafo">Durante  el  período  comprendido  entre  1994  y  1996  deben  controlarse  los suelos  en  todas  las  parcelas permanentes de observación. Cuando los datos de condiciones  edafológicas  procedan  de  desmuestres  y  análisis efectuados con anterioridad  al  año  1994  pero  posteriormente  al 1 de enero de 1991, pueden asimismo  utilizarse  a  condición  de  que los métodos empleados hayan sido los que  se  describen  a  continuación.  Los controles se repetirán en cada parcela unitaria  con  una  periodicidad  de diez años. El presente Anexo está basado en los  resultados  del  panel  de  expertos de suelos del UN-ECE/ICP en torno a la evaluación  y  seguimiento  de  los  efectos  de la contaminación atmosférica en los  bosques  (ICP  Bosques).  Se  hace  referencia  expresa al manual preparado por   dicho   panel  de  expertos  de  1992.  Tras  finalizar  los  períodos  de desmuestre  se  reconsiderarán  los  parámetros  que  deben  ser  analizados  en futuras muestras de suelos.</p>
    <p class="parrafo">II. Metodología de inventario</p>
    <p class="parrafo">II.1. Selección de los puntos de muestreo</p>
    <p class="parrafo">Las  muestras  de  suelos  deben  representar  estadísticamente la edafología de la  parcela.  El  muestreo  edafológico  se  llevará a cabo mediante calicatas o sondeos.  Conviene  procurar  que  las  raíces de los árboles muestra no se vean sometidas a perturbaciones de ningún tipo.</p>
    <p class="parrafo">II.2. Información básica general</p>
    <p class="parrafo">Debe compilarse la siguiente información general:</p>
    <p class="parrafo">- número de parcela,</p>
    <p class="parrafo">- fecha de muestreo y análisis.</p>
    <p class="parrafo">II.3. Clasificación física y edafológica de las parcelas muestreadas</p>
    <p class="parrafo">Se  realizará  la  caracterización  edafológica  de  cada parcela muestreada. En la   franja  de  aislamiento  conviene  describir  los  perfiles  siguiendo  las directrices  de  la  FAO  (Directrices  de la FAO para la descripción de suelos, tercera  edición  revisada,  Roma  1990).  Para  la  descripción de los perfiles conviene  elegir  un  emplazamiento  representativo  de  la zona de muestreo. Se recomienda  determinar  la  densidad  aparente en suelos no alterados puesto que permite   calcular   los   contenidos   totales  de  nutrientes.  Cuando  no  se determine   la   densidad  seca  aparente,  debe  hacerse  una  estima  de  este parámetro.  Conocer  la  granulometría  de  los  suelos  resulta imprescindible. Los  intervalos  de  las  fracciones  granulométricas:  &lt;  2 mm, 2-63 mm, 63 mm, 63-2  000  mm  (FAO).  Cuando  se  utilice intervalos de las fracciones «limo» y «arena», es preciso efectuar la conversión al umbral de 63 mm.</p>
    <p class="parrafo">II.4. Metodología de muestreo</p>
    <p class="parrafo">Las  muestras  de  suelos  pueden tomarse en profundidad o siguiendo horizontes. En  cada  nivel  u  horizonte  desmuestrado,  habrá de tomarse, como mínimo, una muestra  compuesta  representativa  o  varias muestras individuales, indicándose el  número  de  muestras  tomadas  para  la  muestra  compuesta y la fecha de la toma de muestras.</p>
    <p class="parrafo">Los  niveles  orgánicos  (0-  y  H-) (1)() se muestrean separadamente. Cuando el desmuestre  se  lleve  a  cabo  a  profundidades  determinadas, deberán buscarse los siguientes niveles:</p>
    <p class="parrafo">- 0-10 cm (se recomienda muestrear 0-5 y 5-10 separadamente),</p>
    <p class="parrafo">- 10-20 cm,</p>
    <p class="parrafo">- 20-40 cm,</p>
    <p class="parrafo">- 40-80 cm.</p>
    <p class="parrafo">II.5. Transporte, almacenamiento y preparación</p>
    <p class="parrafo">Las  muestras  deben  ser  transportadas  y  almacenadas  procurando que no haya lugar   a   cambios   químicos.   Se  harán  constar  dichos  procedimientos  de transporte  y  almacenamiento  (incluyendo  los  períodos de espera). También se harán  constar,  cuando  proceda,  los problemas y desviaciones habidos en estos procedimientos.  Conviene  guardar  parte  de  la  muestra en una edafoteca para poder  establecer  comparaciones  a  lo  largo de futuros muestreos (por ejemplo dentro  de  diez  años).  Las  muestras  requieren  una  preparación  previa  al análisis.  Debe  retirarse  la  fracción  «gruesa»  (  &gt;  2mm), procediéndose al secado  de  la  muestra  (a  una  temperatura  máxima de 40° centígrados) y a su molienda y tamizado.</p>
    <p class="parrafo">II.6. Métodos analíticos</p>
    <p class="parrafo">Los  métodos  analíticos  que  se  han aprobado para el análisis de los diversos parámetros  edafológicos  han  sido  descritos  en  el  «Manual  de metodologías para  el  muestreo  y  análisis  de suelos forestales» preparado por el panel de expertos  en  suelos  del  ICP-Bosques.  Se  aconseja  utilizar  dichos  métodos homologados.  En  caso  de  que  se  aplicasen  otros métodos (nacionales), debe indicarse  detalladamente  la  comparabilidad  de  los  resultados analíticos en documento  adjunto  a  la  presentación de resultados. Al controlar la condición de  los  suelos  forestales  debe  distinguirse  entre parámetros obligatorios y optativos (véase la lista).</p>
    <p class="parrafo">Los  parámetros  obligatorios  y  optativos,  así  como  los métodos homologados para su determinación analítica, son los siguientes:</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">Es  decisión  de  cada  Estado  miembro analizar la totalidad, una parte u otros parámetros optativos.</p>
    <p class="parrafo">II.7. Trasferencia de datos</p>
    <p class="parrafo">Los   Estados  miembros  remitirán  a  la  Comunidad  la  antedicha  información ateniéndose a las normas (véase el Anexo VIII, Formularios 4a, 4b y 4c).</p>
    <p class="parrafo">_______________</p>
    <p class="parrafo">(1)   El   panel   de   expertos  de  suelos  del  UN-ECE/ICP  ha  adoptado  las definiciones  que  aparecen  en  las  directrices  de la FAO para descripción de suelos  (1990),  y  las  definiciones de los niveles orgánicos (O- y H-) son las siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-  Niveles  u  horizontes  «H»:  Horizontes donde predomina la materia orgánica, constituidos  por  materia  orgánica  sin  descomponer o semidescompuesta que se va  acumulando  sobre  una  superficie de suelo que a veces puede estar anegada. Todos  los  horizontes  «H»  mantienen  su  saturación  de agua durante períodos prolongados    de   tiempo   o   estuvieron   saturados   y   fueron   desecados artificialmente.  Los  horizontes  «H»  pueden suprayacer el techo de los suelos minerales o infrayacer a cualquier profundidad si han sido recubiertos.</p>
    <p class="parrafo">-  Niveles  u  horizontes  «O»:  Horizontes donde predomina la materia orgánica, constituidos  por  residuos  sin  descomponer  o  semidescompuestos,  tales como las   acumulaciones   superficiales   de  hojas,  acículas,  ramas,  líquenes  y musgos,  que  puedan  recubrir,  indistintamente,  suelos minerales u orgánicos. Los  horizontes  «O»  no  mantienen  el  agua  de  saturación  durante  períodos prolongados.   Su  fracción  mineral  no  pasa  de  un  pequeño  porcentaje  del volumen  del  material,  por  lo  general,  muy inferior a la mitad del peso. Un horizonte  «O»  puede  suprayacer  un suelo o infrayacer a cualquier profundidad la  superficie  si  ha  sido  recubierto. Los horizontes formados por iluviación de  materia  orgánica  en  un  subsuelo  mineral  no  son horizontes «O», aunque algunos  de  los  niveles  así formados pueden contener gran cantidad de materia orgánica.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO V</p>
    <p class="parrafo">METODOLOGIA  COMUN  PARA  EL  CONTROL  DE  LAS  CARACTERISTICAS  FOLIARES EN LAS PARCELAS PERMANENTES DE OBSERVACION</p>
    <p class="parrafo">I. Obervaciones generales</p>
    <p class="parrafo">Se  llevará  a  cabo  un  control  de  las características foliares en todas las parcelas  permanentes  de  observación.  El  primer  control  común  debe  estar finalizado  antes  del  verano  de  1996.  Aunque se recomienda llevar a cabo el control  foliar  durante  los  períodos  correspondientes al verano de 1995 y al invierno  de  1995/96,  es  posible  dividir  el  inventario  a  lo largo de dos años.</p>
    <p class="parrafo">El  inventario  de  cada  parcela  individual  se repetirá con una frecuencia de dos  años.  Los  detalles  técnicos  referidos  a  continuación están basados en los  resultados  del  panel  de  expertos en análisis foliar del ICP-Bosques. Se hace alusión al manual preparado por dicho panel de expertos (1993).</p>
    <p class="parrafo">II. Metodología de control de las características foliares</p>
    <p class="parrafo">II.1. Fecha de desmuestre</p>
    <p class="parrafo">Especies   caducifolias   (incluido   el  alerce):  la  toma  de  muestras  debe efectuarse  cuando  las  hojas  nuevas estén plenamente desarrolladas y antes de que comiencen la decoloración y senescencia otoñales.</p>
    <p class="parrafo">Especies  perennifolias:  la  toma  de  muestras debe hacerse durante el período de  reposo  vegetativo.  Los  Estados  miembros  determinarán en cada una de las regiones,  distinguiendo  sus  zonas  llanas y montañosas, el período más idóneo para  el  desmuestre  y  el  análisis  de  las distintas especies, ajustando los trabajos a dicho período.</p>
    <p class="parrafo">II.2. Selección de árboles</p>
    <p class="parrafo">Cada  dos  años  se  tomarán muestras de, por lo menos, 5 árboles de cada una de las especies principales presentes en la parcela.</p>
    <p class="parrafo">El   número   total   de   árboles   que  requiere  la  toma  de  muestras  será seleccionado de forma que:</p>
    <p class="parrafo">-  los  árboles  no  coincidan  con los utilizados para controlar las copas, con objeto de que los sucesivos desmuestres no introduzcan pérdidas de follaje,</p>
    <p class="parrafo">-   Cuando   se   limite  la  evaluación  de  vitalidad  a  los  árboles  a  una subparcela,  los  árboles  para  la  toma de muestras de hojas se elegirán entre los  del  resto  de  la  parcela. Cuando no se utilicen subparcelas, los árboles para  el  muestreo  serán  seleccionados  en  la  franja  de protección. En este último  caso,  los  árboles  seleccionados  para  el muestreo en dicha franja de</p>
    <p class="parrafo">protección llevarán un número especial (véase el Anexo VII),</p>
    <p class="parrafo">-  los  árboles  pertenezcan  a  las  clases  predominante  y  dominante  (masas cerradas) o al grupo cuya altura media es ± 20 % (masas abiertas),</p>
    <p class="parrafo">-  los  árboles  estén  en la proximidad de los puntos donde se tomaron muestras de   suelos   para   analizar;  debe  sin  embargo  procurarse  que  las  raíces principales  de  los  árboles  muestra  no  resulten  dañados  por  el  muestreo edafológico,</p>
    <p class="parrafo">-  los  árboles  serán  representativos  del  nivel  de defolicación media de la parcela (± 5 % de la pérdida media del follaje),</p>
    <p class="parrafo">- los árboles serán representativos del estado sanitario de la parcela.</p>
    <p class="parrafo">Se   irán  desmuestrando  idénticos  árboles  en  años  sucesivos;  los  árboles estarán  numerados.  En  aquellas  especies cuyas copas son pequeñas y presentan escasas  acículas  (u  hojas)  por  año,  es  admisible  (pero  no recomendable) muestrear   alternativamente  dos  conjuntos  de  cinco  árboles,  cuando  fuese necesario  no  dañar  árboles  muestra.  En  cada  conjunto  deben concurrir las condiciones antedichas.</p>
    <p class="parrafo">Unicamente  se  desmuestrarán  las  principales especies de árboles comunitarios (véase el Anexo VII, punto 15).</p>
    <p class="parrafo">Debe  evaluarse  la  condición  de  las  copas de los árboles seleccionados para desmuestre  foliar  (véase  el  Anexo III), utilizando la numeración existente u otra especial.</p>
    <p class="parrafo">II.3. Información básica general</p>
    <p class="parrafo">Debe recopilarse la siguiente información:</p>
    <p class="parrafo">- número de parcela,</p>
    <p class="parrafo">- fecha de desmuestre y de análisis,</p>
    <p class="parrafo">- especie arbórea.</p>
    <p class="parrafo">II.4. Selección y cantidad de hojas y acículas</p>
    <p class="parrafo">Los  árboles  de  la  parcela  no pueden derribarse, pues con ellos se falsearía la  metodología  de  muestreo  de  acículas u hojas. Es importante que las hojas o   acículas  muestreadas  se  hayan  desarrollado  a  plena  luz.  En  términos generales,  las  acículas  u  hojas de plantas perennifolias correspondientes al año  en  curso  son  de suma utilidad a la hora de evaluar niveles de nutrición, aunque   para   ciertos   elementos,   resulta  interesante  poder  comparar  la concentración en las acículas más antiguas con las del año en curso.</p>
    <p class="parrafo">Las  hojas  u  acículas  deben  desmuestrarse  en el tercio superior de la copa, nunca  en  los  primeros  verticilos  en  el  caso de las coníferas; en aquellos rodales  donde  los  verticilos  sean claramente identificables, es recomendable muestrear  entre  el  séptimo  y  decimoquinto  verticilos.  En  el  caso de las especies  caducifolias,  el  desmuestre  se lleva a cabo en las hojas u acículas del año en curso.</p>
    <p class="parrafo">Para  las  especies  perennifolias,  se recomienda el muestreo simultáneo de las acículas  u  hojas  del  año  en  curso y el de las acículas u hojas del segundo año (año en curso + 1)</p>
    <p class="parrafo">En  todas  las  especies  es  necesario  comprobar  que  las  hojas  o  acículas muestreadas  poseen  madurez,  sobre  todo aquellas que proceden de especies con varias   metidas   anuales   (por   ejemplo:   Pinus   halepensisi,  Pseudotsuga menziesii,  Eucalyptus  sp.,  Quercus  sp.).  Cuando  se  trata  de  Larix sp. y Cedrus sp. se muestreen los ramillos cortos del año anterior.</p>
    <p class="parrafo">El  muestreo  se  suele  llevar  a cabo en forma tal que todas las orientaciones están  representadas  en  el  conjunto  de árboles muestra. En caso de necesidad es  admisible  muestrear  orientaciones  distintas en cada árbol del conjunto de la  muestra.  En  emplazamientos  con  una  direccionalidad evidente (pendientes abruptas  o  zonas  batidas  por  un  viento  fuerte  dominante)  únicamente  se muestree  una  orientación,  que  debe  ser  la  misma en todo momento. En tales casos debe hacerse constar la orientación.</p>
    <p class="parrafo">En  el  análisis  de  los elementos principales, así como del Fe, Mn, Zn, Cu, se recomienda  recoger  una  muestra  de 30 g de peso fresco de acículas u hojas en cada clase de edad muestreada.</p>
    <p class="parrafo">Cada  país  puede  tomar  una  muestra  mayor de material foliar, de acuerdo con las  necesidades  de  sus  propios  métodos analíticos, o con objeto de archivar muestras para el futuro.</p>
    <p class="parrafo">II.5. Toma de muestras</p>
    <p class="parrafo">Puesto  que  los  árboles  no  pueden  derribarse, cualquier técnica de muestreo que  tenga  en  cuenta  el  tamaño  y  dimensión  de  los rodales, etc., resulta aceptable  siempre  que  no  produzca  la  contaminación  de  la  muestra,  dañe seriamente  al  árbol,  o  ponga  en  peligro  a  los  componentes del equipo de muestro.</p>
    <p class="parrafo">II.6.  Tratamiento  previo  al  envío de las muestras a los laboratorios para su análisis</p>
    <p class="parrafo">Se  muestreará  un  mínimo  de  cinco  árboles  pertenecientes a cada una de las especies   principales   existentes   en  la  parcela,  las  cinco  muestras  se conservan  en  bolsas  distintas;  es  necesario  preparar  para su análisis una muestra  compuesta  que  se  prepara  mezclando  partes  iguales  de  las  cinco muestras  (si  los  cinco  árboles  fuesen a analizarse por separado, se calcula el valor medio para cada elemento).</p>
    <p class="parrafo">En  el  caso  de  las  frondosas puede convenir arrancar hojas de las ramitas (e incluso,  en  algunas  especies,  arrancar  las  hojas  pequeñas del raquis), lo cual  no  es  necesario  tratándose  de  las acículas de coníferas. Los vástagos del  año  en  curso  y  los  del segundo año se separan y se conservan en bolsas distintas.  Se  recomienda  utilizar  bolsas  perforadas  de polietileno de gran densidad.   Cuando   ello  sea  posible,  deben  secarse  las  muestras  en  una habitación  limpia,  almacenándose  en  un  lugar  fresco  dentro  de las bolsas perforadas de polietileno.</p>
    <p class="parrafo">Debe  tenerse  especial  cuidado  al  etiquetar  las muestras (bosque, número de parcela,  especie,  edad  de  las  acículas, etc.) antes de enviarlas a analizar al  laboratorio.  Estas  indicaciones  pueden  incluirse fuera de la bolsa (bien escribiéndolas  directamente  sobre  ésta  con tinta indeleble, bien añadiéndole una  etiqueta).  La  etiqueta  debe  doblarse  con  objeto  de  que  las hojas o acículas no se contaminen al ponerse en contacto con la tinta.</p>
    <p class="parrafo">II.7. Tratamiento previo al análisis</p>
    <p class="parrafo">Para  desarrollar  el  control  intensivo y continuo de las parcelas permanentes de  observación  y  de  los vástagos del año en curso es recomendable determinar la masa de 100 hojas o 1 000 acículas, así como la masa de brotes.</p>
    <p class="parrafo">No  es  necesario  cortar  el  peciolo  de  las hojas, si bien en el caso de las hojas  compuestas  puede  ser  recomendable  arrancar  las hojitas del eje si no se  hizo  en  el  bosque  anteriormente.  Es  importante evitar la contaminación</p>
    <p class="parrafo">que conlleva el uso de guantes de plástico empolvados.</p>
    <p class="parrafo">No   es  imprescindible  lavar  sistemáticamente  las  muestras,  aunque  podría resultar  recomendable  en  regiones  con  índices  importantes de contaminación aérea  o  próximas  al  mar. Las muestras se lavarán con agua sin ningún tipo de aditivo.</p>
    <p class="parrafo">El  secado  al  horno  no  debe  sobrepasar  los  80°  centígrados,  aplicándose durante  un  mínimo  de  24  horas. Las acículas se retirarán de las ramitas con idénticas precauciones a las tomadas para retirar las hojitas de sus ejes.</p>
    <p class="parrafo">Las  muestras  secas  deben  ser  molidas  hasta  reducirlas  a  polvo fino, tan homogéneo  como  sea  posible.  Dependiendo  de las especies de árboles, siempre quedarán  más  o  menos  fibras;  no  hay  inconveniente en ello siempre que las fibras  sean  pequeñas  y  se  mezcle  el polvo cuidadosamente antes de analizar las  muestras.  En  las  determinaciones  de  Mn,  Fe,  Cu,  Cd,  Al  y  Pb debe comprobarse  que  el  molino  no  contamina  las  muestras.  La comprobación del molino  se  lleva  a  cabo  moliendo  celulosa  fibrosa  seca  y analizando para determinar los elementos citados antes y después de la molienda.</p>
    <p class="parrafo">II.8. Análisis químicos</p>
    <p class="parrafo">Unicamente se determina la concentración total de los elementos.</p>
    <p class="parrafo">Los  métodos  propuestos  para  el  análisis de los diversos parámetros foliares se  encuentran  en  el  «Manual de metodologías para el desmuestre y análisis de acículas   y   hojas»,   preparado   por  el  panel  de  expertos  foliares  del ICP-Bosques.</p>
    <p class="parrafo">Todos  los  países  tienen  la  posibilidad  de  aplicar sus métodos nacionales. Cuando  lo  hicieren  es  necesario comparar la concentración total de elementos obtenida    mediante   los   métodos   nacionales   con   las   correspondientes homologaciones efectuadas en muestras patrón de referencia.</p>
    <p class="parrafo">En  los  controles  foliares  se debe distinguir entre parámetros obligatorios y optativos (véase lista).</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">Es  decisión  de  los  Estados  miembros  el  analizar  los parámetros optativos parcialmente, en su totalidad o introduciendo otros nuevos.</p>
    <p class="parrafo">II.9. Envío de datos</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  proporcionarán  la  información  antedicha para cada una de  sus  parcelas,  remitiéndola  a  la  Comisión en la forma establecida (véase el Anexo VII, Formularios 5a, 5b y 5c).</p>
    <p class="parrafo">ANEXO VI</p>
    <p class="parrafo">METODOLOGIA  COMUN  PARA  UN  PROGRAMA  DE  MEDICIONES  DEL  CRECIMIENTO  EN LAS PARCELAS PERMANENTES DE OBSERVACION</p>
    <p class="parrafo">I. Obervaciones generales</p>
    <p class="parrafo">La  primera  medición  se  llevará  a  cabo en todas las parcelas permanentes de observación durante el período comprendido entre 1994 y 1996.</p>
    <p class="parrafo">La   medición   de   los   parámetros   del   crecimiento  se  componen  de  dos operaciones:</p>
    <p class="parrafo">- medidas periódicas de los parámetros arbóreos,</p>
    <p class="parrafo">-  análisis  de  los  anillos  de  crecimiento  mediante  tacos de crecimiento y rodajas (optativo).</p>
    <p class="parrafo">Las   mediciones   periódicas   en   las   parcelas   unitarias,  cuyo  comienzo coincidirá   con   el   período   vegetativo   1999-2000,  habrán  de  repetirse</p>
    <p class="parrafo">seguidamente   cada  cinco  años.  El  muestreo  y  análisis  de  los  tacos  de crecimiento  y  rodajas  es  único y conviene llevarlo a cabo durante, o al poco tiempo, del establecimiento de la parcela.</p>
    <p class="parrafo">Los  detalles  técnicos  que  siguen  están  basados en los resultados del panel de   expertos   en  crecimiento  del  ICP-Bosque.  Se  hace  alusión  al  manual preparado  por  dicho  panel  de  expertos.  Las  metodologías aquí descritas no son aplicables a matorrales y otros tipos de vegetación semejantes.</p>
    <p class="parrafo">II. Metodología de las mediciones del crecimiento</p>
    <p class="parrafo">II.1. Fecha de las mediciones</p>
    <p class="parrafo">Las mediciones deben efectuarse durante el período de reposo vegetativo.</p>
    <p class="parrafo">II.2. Selección de árboles muestra</p>
    <p class="parrafo">En  principio  deben  someterse  a  seguimiento  todos los árboles que se hallen dentro  de  una  parcela.  En  caso  de  que la parcela tenga demasiados árboles (por  ejemplo,  rodales  muy  densos),  puede existir una subparcela definida en su  momento  para  evaluar  los  árboles  (por  ejemplo,  evaluación  de copas y crecimientos).  En  dicho  caso  se  efectuará  el seguimiento de los árboles de dicha  subparcela.  Las  dimensiones  de la subparcela en el momento de comenzar las  mediciones  deben  ser  suficientemente  grandes  para que las estimaciones sobre  crecimiento  de  rodales  tengan  validez  durante  toda  la duración del período  de  medidas.  Se  determinarán y comunicarán las dimensiones exactos de la subparcela.</p>
    <p class="parrafo">II.3. Métodos</p>
    <p class="parrafo">Mediciones periódicas.</p>
    <p class="parrafo">Medición cada cinco años de todos los árboles de la (sub)parcela.</p>
    <p class="parrafo">Análisis de los anillos de crecimiento (tacos de crecimiento y rodajas).</p>
    <p class="parrafo">Puesto  que  la  toma  de  tacos  de crecimiento puede alterar otras mediciones, se  extrae  este  tipo  de  muestra  en  árboles exteriores a la parcela. Al ser necesario  talar  los  árboles  para obtener rodajas del tronco, debe procurarse que  crezcan  suficientemente  alejados  de  la  parcela  con  objeto  de que su desaparición  no  repercuta  sobre  el  conjunto  de  los  árboles  sometidos  a seguimiento   en  la  parcela.  Con  todo,  las  árboles  muestras  deberán  ser representativos   de   los  árboles  de  la  parcela.  Siempre  que  ello  fuese posible,  se  utilizarán  al  máximo  los  árboles  talados  en  el  curso de la gestión forestal convencional.</p>
    <p class="parrafo">II.4. Información básica general</p>
    <p class="parrafo">Debe recopilarse la siguiente información:</p>
    <p class="parrafo">- número de parcela,</p>
    <p class="parrafo">- fechas de muestreo y análisis,</p>
    <p class="parrafo">- número del árbol.</p>
    <p class="parrafo">II.5. Parámetros que deben determinarse</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">Es  decisión  de  los  Estados  miembros  el  analizar  la  lista  de parámetros opcionales parcialmente, en su totalidad o ampliándola.</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  pueden  utilizar  sus  propios  sistemas  y metodologías nacionales.   En  el  «Submanual  de  crecimiento»,preparado  por  el  panel  de crecimiento  del  ICP-Bosques  se  describen  los  métodos  y  detalles  de  los procedimientos de medición recomendables.</p>
    <p class="parrafo">II.6. Envío de datos</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  cumplimentarán  la  información antedicha en cada una de sus  parcelas  enviándola  a  la  Comisión  en  la  forma  establecido (véase el Anexo VII, Formularios 6a, 6b, 6c, 6d).</p>
    <p class="parrafo">ANEXO VII</p>
    <p class="parrafo">DIRECTRICES  COMUNES  PARA  LA  COMUNICACION  DE  LOS  RESULTADOS DEL CONTROL DE LAS PARCELAS PERMANENTES DE OBSERVACION Y SU INTERPRETACION</p>
    <p class="parrafo">I. Observaciones generales</p>
    <p class="parrafo">El  propósito  de  la  red  de  parcelas  permanentes de observación consiste en recopilar   datos  sobre  los  detalles  de  la  evolución  de  los  ecosistemas forestales  de  la  Comunidad  y  buscar  correlaciones entre las variaciones de los  factores  medioambientales,  sobre  todo  la  contaminación  atmosférica, y las respuestas de los ecosistema forestales.</p>
    <p class="parrafo">Este   objetivo   únicamente   puede   alcanzarse   mediante  la  evaluación  de resultados  a  escala  de  parcela.  Debe actuarse con suma precaución, ya sea a escala   regional   o   comunitaria,   al  comparar  resultados  procedentes  de parcelas permanentes distintas.</p>
    <p class="parrafo">Se   recomienda   enviar   a   la   Comisión  los  datos  contrastados  de  cada reconocimiento  (o  fase  terminada)  en  cuanto  estén  disponibles, utilizando para ello los formularios normalizados que incluye el presente Anexo.</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  deben  remitir a la Comisión todos los datos procedentes de  los  diferentes  inventarios  efectuados  en cada parcela permanente durante el   período   comprendido   entre   1991   y   1996,   acompañándolos   de  una interpretación de resultados para cada parcela.</p>
    <p class="parrafo">Todos  los  datos  e  interpretaciones  nacionales  deben hallarse a disposición de  la  Comisión  en  la  forma establecida, para proseguir su evaluación, antes del 31 de diciembre de 1996.</p>
    <p class="parrafo">Los  datos  validados  procedentes  de  los  inventarios  posteriores  a 1996 se enviarán  a  la  Comisión  una  vez  finalizados los reconocimientos, con nuevos plazos cada cinco años (por ejemplo 31 de diciembre del 2001, 2006, etc.).</p>
    <p class="parrafo">Se  han  incluido  en  este  Anexo los detalles sobre el envío de los resultados del inventario y su interpretación.</p>
    <p class="parrafo">II. Información técnica general para el envío de datos</p>
    <p class="parrafo">II.1. Equipos informáticos necesarios</p>
    <p class="parrafo">Para  la  presentación  de  datos se ha seleccionado el disquete de 3,5 pulgados (de  doble  cara,  DSDD,  o gran densidad HD). Este tipo de disco flexible se ha convertido  en  norma  internacional  siendo,  además,  barato  y  duradero.  Es importante utilizar disquetes de buena calidad.</p>
    <p class="parrafo">II.2. Programas informáticos necesarios</p>
    <p class="parrafo">Debe  darse  formato  a  los  disquetes  de  acuerdo  con  su  densidad  (DSDD = densidad   baja   y  HD  =  gran  densidad),  utilizando  DOS  2,1  o  versiones superiores,  totalmente  compatibles  con  IBM.  La información almacenada en el disquete lo será en caracteres ASCII.</p>
    <p class="parrafo">II.3. Ficheros de datos</p>
    <p class="parrafo">Cada  disquete  (o  conjunto  de disquetes) contendrá el fichero de parcela y el fichero  de  datos.  El  fichero  con  la  información  resumida de las parcelas (fichero  de  parcela)  y  el(los)  fichero(s)  con los resultados inventariados en cada reconocimiento (fichero de datos).</p>
    <p class="parrafo">Los  detalles  sobre  la  nomenclatura  y  contenidos  de dichas ficheros se han</p>
    <p class="parrafo">incluido en el Anexo IXa.</p>
    <p class="parrafo">II.4. Disquete modelo</p>
    <p class="parrafo">Podrá  suministrarse,  previa  solicitud,  un  disquete  de  demostración con el modelo de la estructura y contenido de los archivos.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO VIIa</p>
    <p class="parrafo">ENTREGA DE LOS DATOS DE CADA PARCELA PERMANENTE EN FORMATO DIGITAL</p>
    <p class="parrafo">Revisión de los nombres de fichero en cada reconocimiento</p>
    <p class="parrafo">En  los  Anexos  precedentes,  se  han  descrito  los detalles de los métodos de control.   Tras  la  evaluación  de  muestreo/análisis,contraste  y  valoración, deben  entregarse  los  datos  a  la  Comisión  en la forma establecida. En este Anexo se define dicha forma para cada una de las evaluaciones.</p>
    <p class="parrafo">En  cada  evaluación  deben  presentarse  los  datos  validados  en  uno  o  más ficheros de formato normalizado.</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">Cada   nombre   de   fichero   incorpora   el  código  nacional  de  dos  letras (representado   por  XX  en  la  lista  de  nombres),  seguido  por  el  año  de evaluación  (en  el  ejemplo  1995) o GENER cuando la información se entrega una vez,  el  punto  (.)  y  un  código  de  tres  letras  para la extensión. En los ficheros  de  parcela  dicho  código de tres letras consta de las letras PL y de la  primera  letra  de  la  evaluación  Suelo,  Follaje  y  crecimiento  (I). El código  de  tres  letras  que  se  aplica  a  los  ficheros  constará de 2 (o 1) letra(s)  para  FOllaje,  SUelo  o  INcremento  y  1 (o 2) letra(s) para indicar Obligatorio   u   Optativo   en   las   diferentes   partes   de  la  evaluación incremental.</p>
    <p class="parrafo">En  caso  de  que  el  tratamiento  de  la  información  correspondiente  a  las parcelas  de  16  por  16  km  repita  emplazamiento,  ello  puede  dar origen a confusiones  por  utilizarse  nombres  de  ficheros  similares. Para evitarlo se suma  1  000  a  los  códigos  anuales  correspondientes  a  dichos  nombres  de ficheros (por ejemplo XX2995. SOM).</p>
    <p class="parrafo">IMAGEN OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">LISTA  DE  LOS  CODIGOS  ASIGNADOS A LOS DATOS PROCEDENTES DEL RECONOCIMIENTO DE LAS PARCELAS PERMANENTES DE OBSERVACION QUE DEBEN ENVIARSE A LA COMISION</p>
    <p class="parrafo">Los   Estados   miembros   habrán   de   ceñirse  a  los  siguientes  códigos  e instrucciones durante la ejecución de las observaciones comunes.</p>
    <p class="parrafo">Información a escala de parcela</p>
    <p class="parrafo">(1) País</p>
    <p class="parrafo">01: France</p>
    <p class="parrafo">02: België - Belgique</p>
    <p class="parrafo">03: Nederland</p>
    <p class="parrafo">04: Deutschland</p>
    <p class="parrafo">05: Italia</p>
    <p class="parrafo">06: United Kingdom</p>
    <p class="parrafo">07: Ireland</p>
    <p class="parrafo">08: Danmark</p>
    <p class="parrafo">09: Ellas</p>
    <p class="parrafo">10: Portugal</p>
    <p class="parrafo">11: España</p>
    <p class="parrafo">12: Luxembourg</p>
    <p class="parrafo">(2) Número de parcela de observación</p>
    <p class="parrafo">Se  denomina  así  al  número inequívocamente asignado a cada parcela permanente durante su fase de selección o instauración.</p>
    <p class="parrafo">(3) Fecha de observación, fecha de evaluación, fecha de análisis</p>
    <p class="parrafo">Las fechas se indicarán en el siguiente orden: día, mes y año, por ejemplo:</p>
    <p class="parrafo">Día   Mes   Año</p>
    <p class="parrafo">08    09    94</p>
    <p class="parrafo">(4) Coordenadas geográficas de latitud/longitud</p>
    <p class="parrafo">Cumplimentar   con   seis  dígitos  completos  las  coordenadas  geográficas  de latitud y longitud correspondientes al centro de la parcela de observación.</p>
    <p class="parrafo">por ejemplo:</p>
    <p class="parrafo">+/-   Grados   Minutos   Segundos</p>
    <p class="parrafo">- latitud    +     5  0     1  0      2  7</p>
    <p class="parrafo">- longitud   -     0  1     1  5      3  2</p>
    <p class="parrafo">el  primer  recuadro  se  utiliza  para  indicar  el  carácter  +  o  -  de cada coordinada</p>
    <p class="parrafo">(5) Disponibilidad de agua para las principales especies (aproximada)</p>
    <p class="parrafo">1: Insuficiente</p>
    <p class="parrafo">2: Suficiente</p>
    <p class="parrafo">3: Excesiva</p>
    <p class="parrafo">(6) Tipo de humus</p>
    <p class="parrafo">1: Mull</p>
    <p class="parrafo">2: Moder</p>
    <p class="parrafo">3: Mor</p>
    <p class="parrafo">4: Anmor</p>
    <p class="parrafo">5: Turba</p>
    <p class="parrafo">6: Otros</p>
    <p class="parrafo">7: Raw (Roh)</p>
    <p class="parrafo">(7) Altitud</p>
    <p class="parrafo">1: &lt;/= 50 m</p>
    <p class="parrafo">2: 51-100 m</p>
    <p class="parrafo">3: 101-150 m</p>
    <p class="parrafo">4: 151-200 m</p>
    <p class="parrafo">5: 201-250 m</p>
    <p class="parrafo">6: 251-300 m</p>
    <p class="parrafo">7: 301-350 m</p>
    <p class="parrafo">8: 351-400 m</p>
    <p class="parrafo">9: 401-450 m</p>
    <p class="parrafo">10: 451-500 m</p>
    <p class="parrafo">11: 501-550 m</p>
    <p class="parrafo">12: 551-600 m</p>
    <p class="parrafo">13: 601-650 m</p>
    <p class="parrafo">14: 651-700 m</p>
    <p class="parrafo">15: 701-750 m</p>
    <p class="parrafo">16: 751-800 m</p>
    <p class="parrafo">17: 801-850 m</p>
    <p class="parrafo">18: 851-900 m</p>
    <p class="parrafo">19: 901-950 m</p>
    <p class="parrafo">20: 951-1 000 m</p>
    <p class="parrafo">21: 1 001-1 050 m</p>
    <p class="parrafo">22: 1 051-1 100 m</p>
    <p class="parrafo">23: 1 101-1 150 m</p>
    <p class="parrafo">24: 1 151-1 200 m</p>
    <p class="parrafo">25: 1 201-1 250 m</p>
    <p class="parrafo">26: 1 251-1 300 m</p>
    <p class="parrafo">27: 1 301-1 350 m</p>
    <p class="parrafo">28: 1 351-1 400 m</p>
    <p class="parrafo">29: 1 401-1 450 m</p>
    <p class="parrafo">30: 1 451-1 500 m</p>
    <p class="parrafo">31: 1 501-1 550 m</p>
    <p class="parrafo">32: 1 551-1 600 m</p>
    <p class="parrafo">33: 1 601-1 650 m</p>
    <p class="parrafo">34: 1 651-1 700 m</p>
    <p class="parrafo">35: 1 701-1 750 m</p>
    <p class="parrafo">36: 1 751-1 800 m</p>
    <p class="parrafo">37: 1 801-1 850 m</p>
    <p class="parrafo">38: 1 851-1 900 m</p>
    <p class="parrafo">39: 1 901-1 950 m</p>
    <p class="parrafo">40: 1 951-2 000 m</p>
    <p class="parrafo">41: 2 001-2 050 m</p>
    <p class="parrafo">42: 2 051-2 100 m</p>
    <p class="parrafo">43: 2 101-2 150 m</p>
    <p class="parrafo">44: 2 151-2 200 m</p>
    <p class="parrafo">45: 2 201-2 250 m</p>
    <p class="parrafo">46: 2 251-2 300 m</p>
    <p class="parrafo">47: 2 301-2 350 m</p>
    <p class="parrafo">48: 2 351-2 400 m</p>
    <p class="parrafo">49: 2 401-2 450 m</p>
    <p class="parrafo">50: 2 451-2 500 m</p>
    <p class="parrafo">51: &gt;2 500 m</p>
    <p class="parrafo">(8) Orientación</p>
    <p class="parrafo">1: N</p>
    <p class="parrafo">2: NE</p>
    <p class="parrafo">3: E</p>
    <p class="parrafo">4: SE</p>
    <p class="parrafo">5: S</p>
    <p class="parrafo">6: SO</p>
    <p class="parrafo">7: O</p>
    <p class="parrafo">8: NO</p>
    <p class="parrafo">9: plano</p>
    <p class="parrafo">(9) Edad media del piso dominante (años)</p>
    <p class="parrafo">1: &lt;/= 20</p>
    <p class="parrafo">2: 21-40</p>
    <p class="parrafo">3: 41-60</p>
    <p class="parrafo">4: 61-80</p>
    <p class="parrafo">5: 81-100</p>
    <p class="parrafo">6: 101-120</p>
    <p class="parrafo">7: &gt;20</p>
    <p class="parrafo">8: Rodales irregulares</p>
    <p class="parrafo">(10) Tipos de suelos</p>
    <p class="parrafo">Fluvisoles</p>
    <p class="parrafo">101 Fluvisoles eútricos</p>
    <p class="parrafo">102 Fluvisoles calcáricos</p>
    <p class="parrafo">103 Fluvisoles dístricos</p>
    <p class="parrafo">104 Fluvisoles móllicos</p>
    <p class="parrafo">105 Fluvisoles úmbricos</p>
    <p class="parrafo">106 Fluvisoles tiónicos</p>
    <p class="parrafo">107 Fluvisoles sálicos</p>
    <p class="parrafo">Gleysoles</p>
    <p class="parrafo">108 Gleysoles eútricos</p>
    <p class="parrafo">109 Gleysoles cálcios</p>
    <p class="parrafo">110 Gleysoles dístricos</p>
    <p class="parrafo">111 Gleysoles ándicos</p>
    <p class="parrafo">112 Gleysoles móllicos</p>
    <p class="parrafo">113 Gleysoles úmbricos</p>
    <p class="parrafo">114 Gleysoles tiónicos</p>
    <p class="parrafo">115 Gleysoles gélicos</p>
    <p class="parrafo">Regosoles</p>
    <p class="parrafo">116 Regosoles eútricos</p>
    <p class="parrafo">117 Regosoles calcáricos</p>
    <p class="parrafo">118 Regosoles gypsicos</p>
    <p class="parrafo">119 Regosoles dístricos</p>
    <p class="parrafo">120 Regosoles úmbricos</p>
    <p class="parrafo">121 Regosoles gélicos</p>
    <p class="parrafo">Leptosoles</p>
    <p class="parrafo">122 Leptosoles eútricos</p>
    <p class="parrafo">123 Leptosoles dístricos</p>
    <p class="parrafo">124 Leptosoles réndsicos</p>
    <p class="parrafo">125 Leptosoles móllicos</p>
    <p class="parrafo">126 Leptosoles úmbricos</p>
    <p class="parrafo">127 Leptosoles líticos</p>
    <p class="parrafo">128 Leptosoles gélicos</p>
    <p class="parrafo">Arenosoles</p>
    <p class="parrafo">129 Arenosoles háplicos</p>
    <p class="parrafo">130 Arenosoles cámbicos</p>
    <p class="parrafo">131 Arenosoles lúvicos</p>
    <p class="parrafo">132 Arenosoles ferrálicos</p>
    <p class="parrafo">133 Arenosoles álbicos</p>
    <p class="parrafo">134 Arenosoles calcáricos</p>
    <p class="parrafo">135 Arenosoles gléicos</p>
    <p class="parrafo">Andosoles</p>
    <p class="parrafo">136 Andosoles háplicos</p>
    <p class="parrafo">137 Andosoles móllicos</p>
    <p class="parrafo">138 Andosoles úmbricos</p>
    <p class="parrafo">139 Andosoles vítricos</p>
    <p class="parrafo">140 Andosoles gléicos</p>
    <p class="parrafo">141 Andosoles gélicos</p>
    <p class="parrafo">Vertisoles</p>
    <p class="parrafo">142 Vertisoles eútricos</p>
    <p class="parrafo">143 Vertisoles dístricos</p>
    <p class="parrafo">144 Vertisoles cálicos</p>
    <p class="parrafo">145 Vertisoles gypsicos</p>
    <p class="parrafo">Cambisoles</p>
    <p class="parrafo">146 Cambisoles eútricos</p>
    <p class="parrafo">147 Cambisoles dístricos</p>
    <p class="parrafo">148 Cambisoles húmicos</p>
    <p class="parrafo">149 Cambisoles calcáricos</p>
    <p class="parrafo">150 Cambisoles crómicos</p>
    <p class="parrafo">151 Cambisoles vérticos</p>
    <p class="parrafo">152 Cambisoles ferrálicos</p>
    <p class="parrafo">153 Cambisoles gléicos</p>
    <p class="parrafo">154 Cambisoles gélicos</p>
    <p class="parrafo">Calcisoles</p>
    <p class="parrafo">155 Calcisoles háplicos</p>
    <p class="parrafo">156 Calcisoles lúvicos</p>
    <p class="parrafo">157 Calcisoles pétricos</p>
    <p class="parrafo">Gypsisoles</p>
    <p class="parrafo">158 Gypsisoles háplicos</p>
    <p class="parrafo">159 Gypsisoles cálcicos</p>
    <p class="parrafo">160 Gypsisoles lúvicos</p>
    <p class="parrafo">161 Gypsisoles pétricos</p>
    <p class="parrafo">Solonetz</p>
    <p class="parrafo">162 Solonetz háplicos</p>
    <p class="parrafo">163 Solonetz móllicos</p>
    <p class="parrafo">164 Solonetz cálcios</p>
    <p class="parrafo">165 Solonetz gypsicos</p>
    <p class="parrafo">164 Solonetz estágnicos</p>
    <p class="parrafo">167 Solonetz gléicos</p>
    <p class="parrafo">Solonchaks</p>
    <p class="parrafo">168 Solonchaks háplicos</p>
    <p class="parrafo">169 Solonchaks móllicos</p>
    <p class="parrafo">170 Solonchaks cálicos</p>
    <p class="parrafo">171 Solonchaks gypsicos</p>
    <p class="parrafo">172 Solonchaks sódicos</p>
    <p class="parrafo">173 Solonchaks gléicos</p>
    <p class="parrafo">174 Solonchaks gélicos</p>
    <p class="parrafo">Kastanozems</p>
    <p class="parrafo">175 Kastanozems háplicos</p>
    <p class="parrafo">176 Kastanozems lúvicos</p>
    <p class="parrafo">177 Kastanozems cálcicos</p>
    <p class="parrafo">178 Kastanozems gypsicos</p>
    <p class="parrafo">Chernozems</p>
    <p class="parrafo">179 Chernozems háplicos</p>
    <p class="parrafo">180 Chernozems cálcicos</p>
    <p class="parrafo">181 Chernozems lúvicos</p>
    <p class="parrafo">182 Chernozems glósicos</p>
    <p class="parrafo">183 Chernozems gléicos</p>
    <p class="parrafo">Phaeozems</p>
    <p class="parrafo">184 Phaeozems háplicos</p>
    <p class="parrafo">185 Phaeozems calábricos</p>
    <p class="parrafo">186 Phaeozems lúvicos</p>
    <p class="parrafo">187 Phaeozems estágnicos</p>
    <p class="parrafo">188 Phaeozems gléicos</p>
    <p class="parrafo">Greyzems</p>
    <p class="parrafo">189 Greyzems háplicos</p>
    <p class="parrafo">190 Greyzems gléicos</p>
    <p class="parrafo">Luvisoles</p>
    <p class="parrafo">191 Luvisoles háplicos</p>
    <p class="parrafo">192 Luvisoles férricos</p>
    <p class="parrafo">193 Luvisoles crómicos</p>
    <p class="parrafo">194 Luvisoles cálcicos</p>
    <p class="parrafo">195 Luvisoles vérticos</p>
    <p class="parrafo">196 Luvisoles álbicos</p>
    <p class="parrafo">197 Luvisoles estágnicos</p>
    <p class="parrafo">198 Luvisoles gléicos</p>
    <p class="parrafo">Lixisoles</p>
    <p class="parrafo">199 Lixisoles háplicos</p>
    <p class="parrafo">200 Lixisoles férricos</p>
    <p class="parrafo">201 Lixisoles plínticos</p>
    <p class="parrafo">202 Lixisoles álbicos</p>
    <p class="parrafo">203 Lixisoles estágnicos</p>
    <p class="parrafo">204 Lixisoles gléicos</p>
    <p class="parrafo">Planosoles</p>
    <p class="parrafo">205 Planosoles eútricos</p>
    <p class="parrafo">206 Planosoles dístricos</p>
    <p class="parrafo">207 Planosoles móllicos</p>
    <p class="parrafo">208 Planosoles úmbricos</p>
    <p class="parrafo">209 Planosoles gélicos</p>
    <p class="parrafo">Podzoluvisoles</p>
    <p class="parrafo">210 Podzoluvisoles eútricos</p>
    <p class="parrafo">211 Podzoluvisoles dístricos</p>
    <p class="parrafo">212 Podzoluvisoles estágnicos</p>
    <p class="parrafo">213 Podzoluvisoles gléicos</p>
    <p class="parrafo">214 Podzoluvisoles gélicos</p>
    <p class="parrafo">Podsoles</p>
    <p class="parrafo">215 Podsoles háplicos</p>
    <p class="parrafo">216 Podsoles cámbicos</p>
    <p class="parrafo">217 Podsoles férricos</p>
    <p class="parrafo">218 Podsoles cárbicos</p>
    <p class="parrafo">219 Podsoles gléicos</p>
    <p class="parrafo">220 Podsoles gélicos</p>
    <p class="parrafo">Acrisoles</p>
    <p class="parrafo">221 Acrisoles háplicos</p>
    <p class="parrafo">222 Acrisoles férricos</p>
    <p class="parrafo">223 Acrisoles húmicos</p>
    <p class="parrafo">224 Acrisoles plínticos</p>
    <p class="parrafo">225 Acrisoles gléicos</p>
    <p class="parrafo">Alisoles</p>
    <p class="parrafo">226 Alisoles háplicos</p>
    <p class="parrafo">227 Alisoles férricos</p>
    <p class="parrafo">228 Alisoles húmicos</p>
    <p class="parrafo">229 Alisoles plínticos</p>
    <p class="parrafo">230 Alisoles estágnicos</p>
    <p class="parrafo">231 Alisoles gléicos</p>
    <p class="parrafo">Nitisoles</p>
    <p class="parrafo">232 Nitisoles háplicos</p>
    <p class="parrafo">233 Nitisoles rádicos</p>
    <p class="parrafo">234 Nitisoles húmicos</p>
    <p class="parrafo">Ferralsoles</p>
    <p class="parrafo">235 Ferralsoles háplicos</p>
    <p class="parrafo">236 Ferralsoles xánticos</p>
    <p class="parrafo">237 Ferralsoles ródicos</p>
    <p class="parrafo">238 Ferralsoles húmicos</p>
    <p class="parrafo">239 Ferralsoles féricos</p>
    <p class="parrafo">240 Ferralsoles plínticos</p>
    <p class="parrafo">Plinthosoles</p>
    <p class="parrafo">241 Plinthosoles eútricos</p>
    <p class="parrafo">242 Plinthosoles dístricos</p>
    <p class="parrafo">243 Plinthosoles húmicos</p>
    <p class="parrafo">244 Plinthosoles álbicos</p>
    <p class="parrafo">Histosoles</p>
    <p class="parrafo">245 Histosoles fólicos</p>
    <p class="parrafo">246 Histosoles férricos</p>
    <p class="parrafo">247 Histosoles fíbricos</p>
    <p class="parrafo">248 Histosoles tiónicos</p>
    <p class="parrafo">249 Histosoles gélicos</p>
    <p class="parrafo">Anthrosoles</p>
    <p class="parrafo">250 Anthrosoles áricos</p>
    <p class="parrafo">251 Anthrosoles fímicos</p>
    <p class="parrafo">252 Anthrosoles cumúlicos</p>
    <p class="parrafo">253 Anthrosoles úrbicos</p>
    <p class="parrafo">(11)  Area  del  conjunto  de  la  parcela,  área  de  la subparcela El área del conjunto de la parcela o de la subparcela, se indicará en 0,001 ha.</p>
    <p class="parrafo">(12)  Número  de  árboles  en  el conjunto de las parcelas Es el número total de árboles  en  el  conjunto  de la parcela. Deben contabilizarse todos los árboles que miden 5 cm (DBH) o más.</p>
    <p class="parrafo">(13)  Cálculos  de  la  producción  Los  cálculos  de producción constan de unas producciones   aproximadas   absoluta   y   relativa.   La  producción  absoluta</p>
    <p class="parrafo">aproximada  es  la  producción  media  que  se  calcula  para toda la vida de un rodal.  La  producción  relativa  aproximada es un indicativo del carácter bajo, normal  o  alto  de  la  producción absoluta aproximada que se ha presupuesto en un rodal. Se utilizarán los siguientes códigos:</p>
    <p class="parrafo">Código de Producción Absoluta</p>
    <p class="parrafo">0 = 0,0-2,5 mn por hectárea por año</p>
    <p class="parrafo">1 = 2,5-7,5 mn por hectárea por año</p>
    <p class="parrafo">2 = 7,5-12,5 mn por hectárea por año</p>
    <p class="parrafo">3 = 12,5-17,5 mn por hectárea por año</p>
    <p class="parrafo">4 = 17,5-22,5 mn por hectárea por año</p>
    <p class="parrafo">5 = &gt;22,5 mn por hectárea por año</p>
    <p class="parrafo">Código de Producción Relativa</p>
    <p class="parrafo">1 = Bajo</p>
    <p class="parrafo">2 = Normal</p>
    <p class="parrafo">3 = Alto</p>
    <p class="parrafo">(99) Otras observaciones</p>
    <p class="parrafo">Las  observaciones  de  interés  en torno a la parcela deberán indicarse en este apartado.</p>
    <p class="parrafo">Información a escala de árbol</p>
    <p class="parrafo">que se utilizará en la evaluación de copas</p>
    <p class="parrafo">(14) Número de árbol muestra</p>
    <p class="parrafo">Es el número asignado al árbol durante el establecimiento de la parcela.</p>
    <p class="parrafo">(15) Especies arbóreas (Ref. Flora europaea)</p>
    <p class="parrafo">Frondosas (* = especies que se utilizarán para el control foliar)</p>
    <p class="parrafo">001: Acer campestre *</p>
    <p class="parrafo">002: Acer monspessulanum *</p>
    <p class="parrafo">003: Acer opalus</p>
    <p class="parrafo">004: Acer platanoides</p>
    <p class="parrafo">005: Acer pseudoplatanus *</p>
    <p class="parrafo">006: Alnus cordata *</p>
    <p class="parrafo">007: Alnus glutinosa *</p>
    <p class="parrafo">008: Alnus incana</p>
    <p class="parrafo">009: Alnus viridis</p>
    <p class="parrafo">010: Betula pendula *</p>
    <p class="parrafo">011: Betula pubescens *</p>
    <p class="parrafo">012: Buxus sempervirens</p>
    <p class="parrafo">013: Carpinus betulus *</p>
    <p class="parrafo">014: Carpinus orientalis</p>
    <p class="parrafo">015: Castanea sativa (C. vesca) *</p>
    <p class="parrafo">016: Corylus avellana *</p>
    <p class="parrafo">017: Eucalyptus sp. *</p>
    <p class="parrafo">018: Fagus moesiaca *</p>
    <p class="parrafo">019: Fagus orientalis</p>
    <p class="parrafo">020: Fagus sylvatica *</p>
    <p class="parrafo">021: Fraxinus angustifolia spp. oxycarpa (F. oxyphylla) *</p>
    <p class="parrafo">022: Fraxinus excelsior *</p>
    <p class="parrafo">023: Fraxinus ornus *</p>
    <p class="parrafo">024: Ilex aquifolium</p>
    <p class="parrafo">025: Juglans nigra</p>
    <p class="parrafo">026: Juglans regia</p>
    <p class="parrafo">027: Malus domestica</p>
    <p class="parrafo">028: Olea europaea *</p>
    <p class="parrafo">029: Ostrya carpinifolia *</p>
    <p class="parrafo">030: Platanus orientalis</p>
    <p class="parrafo">031: Populus alba</p>
    <p class="parrafo">032: Populus canescens</p>
    <p class="parrafo">033: Populus hybrides *</p>
    <p class="parrafo">034: Populus nigra *</p>
    <p class="parrafo">035: Populus tremula *</p>
    <p class="parrafo">036: Prunus avium *</p>
    <p class="parrafo">037: Prunus dulcis (Amygdalus communis)</p>
    <p class="parrafo">038: Prunus padus 039: Prunus serotina</p>
    <p class="parrafo">040: Pyrus communis 041: Quercus cerris *</p>
    <p class="parrafo">042: Quercus coccifera (Q. calliprinos) *</p>
    <p class="parrafo">043: Quercus faginea *</p>
    <p class="parrafo">044: Quercus frainetto (Q. conferta) *</p>
    <p class="parrafo">045: Quercus fruticosa (Q. lusitanica)</p>
    <p class="parrafo">046: Quercus ilex *</p>
    <p class="parrafo">047: Quercus macrolepis (Q. aegilops)</p>
    <p class="parrafo">048: Quercus petraea *</p>
    <p class="parrafo">049: Quercus pubescens *</p>
    <p class="parrafo">050: Quercus pyrenaica (Q. toza) *</p>
    <p class="parrafo">051: Quercus robur (Q. peduculata) *</p>
    <p class="parrafo">052: Quercus rotundifolia *</p>
    <p class="parrafo">053: Quercus rubra *</p>
    <p class="parrafo">054: Quercus suber *</p>
    <p class="parrafo">055: Quercus trojana</p>
    <p class="parrafo">056: Robinia pseudoacacia *</p>
    <p class="parrafo">057: Salix alba</p>
    <p class="parrafo">058: Salix caprea</p>
    <p class="parrafo">059: Salix cinerea</p>
    <p class="parrafo">060: Salix eleagnos</p>
    <p class="parrafo">061: Salix fragilis</p>
    <p class="parrafo">062: Salix sp.</p>
    <p class="parrafo">063: Sorbus aria</p>
    <p class="parrafo">064: Sorbus aucuparia</p>
    <p class="parrafo">065: Sorbus domestica</p>
    <p class="parrafo">066: Sorbus torminalis</p>
    <p class="parrafo">067: Tamarix africana</p>
    <p class="parrafo">068: Tilia cordata *</p>
    <p class="parrafo">069: Tilia platyphyllos</p>
    <p class="parrafo">070: Ulmus glabra (U. scabra, U. montana)</p>
    <p class="parrafo">071: Ulmus laevis (U. effusa)</p>
    <p class="parrafo">072: Ulmus minor (U. campestris, U. carpinifolia)</p>
    <p class="parrafo">073: Arbutus unedo</p>
    <p class="parrafo">074: Arbutus andrachne</p>
    <p class="parrafo">075: Ceratonia siliqua</p>
    <p class="parrafo">076: Cercis siliquastrum</p>
    <p class="parrafo">077: Erica arborea</p>
    <p class="parrafo">078: Erica scoparia</p>
    <p class="parrafo">079: Erica manipuliflora</p>
    <p class="parrafo">080: Laurus nobilis</p>
    <p class="parrafo">081: Myrtus communis</p>
    <p class="parrafo">082: Phillyrea latifolia</p>
    <p class="parrafo">083: Phillyrea angustifolia</p>
    <p class="parrafo">084: Pistacia lentiscus</p>
    <p class="parrafo">085: Pistacia terebinthus</p>
    <p class="parrafo">086: Rhamnus oleoides</p>
    <p class="parrafo">087: Rhamnus alaternus</p>
    <p class="parrafo">099: Other broadleaves</p>
    <p class="parrafo">Coníferas (* = especies que se utilizarán para el control foliar)</p>
    <p class="parrafo">100: Abies alba *</p>
    <p class="parrafo">101: Abies borisii-regis *</p>
    <p class="parrafo">102: Abies cephalonica *</p>
    <p class="parrafo">103: Abies grandis</p>
    <p class="parrafo">104: Abies nordmanniana</p>
    <p class="parrafo">105: Abies pinsapo</p>
    <p class="parrafo">106: Abies procera</p>
    <p class="parrafo">107: Cedrus atlantica</p>
    <p class="parrafo">108: Cedrus deodara</p>
    <p class="parrafo">109: Cupressus lusitanica</p>
    <p class="parrafo">110: Cupressus sempervirens</p>
    <p class="parrafo">111: Juniperus communis</p>
    <p class="parrafo">112: Juniperus oxycedrus *</p>
    <p class="parrafo">113: Juniperus phoenicea</p>
    <p class="parrafo">114: Juniperus sabina</p>
    <p class="parrafo">115: Juniperus thurifera *</p>
    <p class="parrafo">116: Larix decidua *</p>
    <p class="parrafo">117: Larix kaempferi (L. leptolepis)</p>
    <p class="parrafo">118: Picea abies (P. excelsa) *</p>
    <p class="parrafo">119: Picea omorika</p>
    <p class="parrafo">120: Picea sitchensis *</p>
    <p class="parrafo">121: Pinus brutia *</p>
    <p class="parrafo">122: Pinus canariensis</p>
    <p class="parrafo">123: Pinus cembra</p>
    <p class="parrafo">124: Pinus contorta *</p>
    <p class="parrafo">125: Pinus halepensis *</p>
    <p class="parrafo">126: Pinus heldreichii</p>
    <p class="parrafo">127: Pinus leucodermis</p>
    <p class="parrafo">128: Pinus mugo (P. montana)</p>
    <p class="parrafo">129: Pinus nigra *</p>
    <p class="parrafo">130: Pinus pinaster *</p>
    <p class="parrafo">131: Pinus pinea *</p>
    <p class="parrafo">132: Pinus radiata (P. insignis) *</p>
    <p class="parrafo">133: Pinus strobus</p>
    <p class="parrafo">134: Pinus sylvestris *</p>
    <p class="parrafo">135: Pinus uncinata *</p>
    <p class="parrafo">136: Pseudotsuga menziesii *</p>
    <p class="parrafo">137: Taxus baccata</p>
    <p class="parrafo">138: Thuya sp.</p>
    <p class="parrafo">139: Tsuga sp.</p>
    <p class="parrafo">199: Other conifers</p>
    <p class="parrafo">(16) Defoliación</p>
    <p class="parrafo">Se  entenderá  por  tal  el  porcentaje de defoliación de cada árbol muestra (en intervalos  del  5  %)  cuando  se  toma  un  árbol  con  follaje  completo como término de comparación. Se utilizan los valores numéricos del porcentaje.</p>
    <p class="parrafo">0 = 0 %</p>
    <p class="parrafo">5 = 1-5 %</p>
    <p class="parrafo">10 = 6-10 %</p>
    <p class="parrafo">15 = 11-15 %</p>
    <p class="parrafo">etc.</p>
    <p class="parrafo">(17) Códigos de decoloración</p>
    <p class="parrafo">0: sin decoloración (0-10 %)</p>
    <p class="parrafo">1: decoloración escasa (11-25 %)</p>
    <p class="parrafo">2: decoloración moderada (26-60 %)</p>
    <p class="parrafo">3: decoloración grave ( &gt;60 %)</p>
    <p class="parrafo">4: árbol muerto</p>
    <p class="parrafo">(18) Origen de los daños fácilmente identificables</p>
    <p class="parrafo">Rellenar con un (1) la columna(s) correspondiente(s).</p>
    <p class="parrafo">T1 = caza y pastoreo</p>
    <p class="parrafo">T2 = presencia o indicio de un número excesivo de insectos</p>
    <p class="parrafo">T3 = hongos</p>
    <p class="parrafo">T4 = agentes abióticos (viento, nieve, helada, sequía . . . )</p>
    <p class="parrafo">T5 = acción directa del hombre</p>
    <p class="parrafo">T6 = fuego</p>
    <p class="parrafo">T7 = contaminación local o regional conocida</p>
    <p class="parrafo">T8 = otro tipo de daños</p>
    <p class="parrafo">(19) Identificación del tipo de daños</p>
    <p class="parrafo">Siempre  que  ello  fuese  posible,  se  profundizará  en  los orígenes del daño añadiendo,  por  ejemplo,  si  se  trata  de  insectos,  subgrupo o especie (por ejemplo, «barrenillo de la higuera»).</p>
    <p class="parrafo">(20) Otras observaciones a escala de árbol</p>
    <p class="parrafo">Cualquier  información  adicional  que  pudiera  ser  de interés se indicará con claridad   en  el  formulario  [por  ejemplo,  factores  cuya  influencia  puede dejarse  sentir  (sequía  reciente,  temperaturas  extremas);  otros síntomas de ataque o daño].</p>
    <p class="parrafo">utilícese al controlar el estado de los suelos:</p>
    <p class="parrafo">(21) Código de la profundidad de los horizontes</p>
    <p class="parrafo">O = Horizonte orgánico (definición en la nota a pie de página del punto</p>
    <p class="parrafo">II.4).</p>
    <p class="parrafo">H  =  Horizonte  orgánico  (definición  en  la  nota  a  pie de página del punto II.4).</p>
    <p class="parrafo">M05 = Suelo mineral entre 0 y 5 cm (optativo)</p>
    <p class="parrafo">M51 = Suelo mineral entre 5 y 10 cm (optativo)</p>
    <p class="parrafo">M01 = Suelo mineral entre 0 y 10 cm (obligatorio)</p>
    <p class="parrafo">M12 = Suelo mineral entre 10 y 20 cm (obligatorio)</p>
    <p class="parrafo">M24 = Suelo mineral entre 20 y 40 cm (obligatorio)</p>
    <p class="parrafo">M48 = Suelo mineral entre 40 y 80 cm (obligatorio)</p>
    <p class="parrafo">(22) Código de la metodología del análisis de muestras (SAM)</p>
    <p class="parrafo">A  cada  uno  de  los parámetros determinados en las muestras de uno o más tipos de  suelos,  se  le  añadirá  en  la  primera  línea  con  los  datos uno de los códigos  siguientes,  con  objeto  de  precisar  el  tipo  de  muestra  a que se refiere cada código de muestra:</p>
    <p class="parrafo">0 = seguimiento fiel del método homologado</p>
    <p class="parrafo">1  =  parámetros  determinados  mediante un método alternativo (los detalles del mismo  habrán  de  anexarse  al  informe sobre calidad de suelos), o una primera (sub)muestra</p>
    <p class="parrafo">2-8 = códigos que utilizarán los muestreos subsiguientes</p>
    <p class="parrafo">9  =  parámetros  determinados  recalculando  los  datos  obtenidos  mediante un método   distinto  (se  anexarán  los  detalles  pertinentes  al  informe  sobre calidades del suelo)</p>
    <p class="parrafo">Utilícese con el control foliar:</p>
    <p class="parrafo">(23) Código de muestra</p>
    <p class="parrafo">El  código  de  muestra  reservado al control foliar consiste en tres códigos de especies  (véase  el  capítulo  explicativo  no  15)  seguido  de un código para acículas  u  hojas  del  año en curso (= 0) o de las acículas u hojas del año en curso  +1,  (1),  por  ejemplo,  la  muestra  de acículas del último año (1), de Picea abies (118) viene por tanto expresada como: 118.1.</p>
    <p class="parrafo">(24) Número de árboles de la muestra</p>
    <p class="parrafo">Dado  que  en  algunos  muestreos (follaje, crecimiento, se recurre a árboles no comprendidos  dentro  de  los  límites  de  la parcela normal (o subparcela), se impone  una  numeración  especial.  El número de estos árboles comenzará con una letra  (F  =  follaje,  R = análisis de anillos mediante tacos de crecimiento, D = análisis de rodajas) seguida de un número secuencial (por ejemplo,</p>
    <p class="parrafo">F001). Dichos números deberán indicarse.</p>
    <p class="parrafo">(25) Masa de 100 hojas o de 1000 acículas</p>
    <p class="parrafo">Se  determinará  la  masa  en  gramos  de  100 hojas o 1000 acículas (secadas al horno).</p>
    <p class="parrafo">(26) Masas de los vástagos</p>
    <p class="parrafo">Se determinará la masa de los vástagos en gramos (secada al horno).</p>
    <p class="parrafo">Utilícese al evaluar el crecimiento:</p>
    <p class="parrafo">(27) Diámetro a altura normal (DBH)</p>
    <p class="parrafo">Diámetro  a  altura  normal  (1,30  m)  medido  sobre la corteza a intervalos de 0,1  centímetros.  Cuando  se  utilice  una  cinta de diámetros constará sólo un valor.  Si  se  utilizan  calibres  es  necesario  indicar  (como  diámetro  1 y diámetro 2) los diámetros máximo y mínimo (sobre la corteza).</p>
    <p class="parrafo">(28) Corteza</p>
    <p class="parrafo">Espesor  de  la  corteza  a una altura de 1,30 m expresado en centímetros con un decimal.</p>
    <p class="parrafo">(29) Altura del árbol</p>
    <p class="parrafo">Altura  del  árbol  expresado  en metros, reduciendo sus decimales a la fracción de 0,5 metros más aproximada.</p>
    <p class="parrafo">(30) Volumen del árbol</p>
    <p class="parrafo">Con  las  mediciones  de  diámetro  y  altura es posible calcular el volumen del árbol  recurriendo  a  factores  de forma sobre los cuales existan datos locales o   utilizando  tablas  de  volúmenes  adecuadas.  El  volumen  del  árbol  debe expresarse en metros cúbicos (mn) con 3 decimales.</p>
    <p class="parrafo">(31) Longitud de copa</p>
    <p class="parrafo">La  longitud  de  copa,  reduciendo  sus  decimales  a la fracción de 0,5 metros más  aproximada,  se  mide  desde  el extremo del vástago hasta la rama viva más baja excluyendo brotes tiernos.</p>
    <p class="parrafo">(32) Anchura de copa</p>
    <p class="parrafo">Para  determinar  la  anchura  media  de copa se calcula la media de no menos de cuatro radios de la copa, se multiplica por 2,</p>
    <p class="parrafo">ajustando los decimales a la fracción de 0,5 metros más aproximada.</p>
    <p class="parrafo">(33) Diámetro subcortical</p>
    <p class="parrafo">El  diámetro  subcortical  existente  se  determina calculando el diámetro sobre la  corteza  y  restándole  la  anchura  de la misma en ambos lados. El diámetro subcortical  de  hace  un  quinquenio  se  calcula  con  el diámetro subcortical existente  menos  el  crecimiento  del árbol durante los últimos 5 años en ambos lados. El diámetro subortical se expresa en 0,1 centímetros.</p>
    <p class="parrafo">(34) Area basimétrica por parcela</p>
    <p class="parrafo">El  área  basimétrica  existente  por  parcela  se  determina calculando el área basimétrica total de todos los árboles de la parcela.</p>
    <p class="parrafo">Para  calcular  el  área  basimétrica  de  hace  5  años  se utiliza el diámetro subcortical  aproximado  de  todos  los  árboles  de la parcela en esa fecha. El área basimétrica por parcela se expresa en 0,1 m².</p>
    <p class="parrafo">(35) Volumen por parcela</p>
    <p class="parrafo">El  volumen  por  parcela  en  el  presente  se  calcula con el volumen total de todos  los  árboles  de  la  parcela.  El  volumen por parcela de hace 5 años se calcula  con  el  diámetro  subcortical  aproximado  de hace cinco años de todos los árboles de la parcela. El volumen por parcela se expresa en 0,1 mn.</p>
    <p class="parrafo">(36) Claras</p>
    <p class="parrafo">Si   durante   el  quinquenio  que  media  entre  los  dos  años  elegidos  para determinar  los  diámetros,  área  basimétrica por parcela y volumen por parcela ha  tenido  efecto  alguna  clara,  así  se  hará  constar (1 = Sí, 0 = No). Los detalles  de  la  clara  se  describirán  tan minuciosamente como sea posible en capítulo   aparte  (incluyendo:  método  de  clara,  año  exacto  de  la  clara, intensidad  de  la  clara  expresada  en  función  del  número  de árboles, área basimétrica/ha, volumen/ha).</p>
    <p class="parrafo">(99) Otras observaciones</p>
    <p class="parrafo">Cualquier  información  de  interés  se  hará  consta  en  este apartado, siendo explicada en el informe de evaluación correspondiente (vése el Anexo VIIb).</p>
    <p class="parrafo">ANEXO VIIb</p>
    <p class="parrafo">PROCEDIMIENTO  PARA  LA  ENTREGA  DE  LA INFORMACION DE BASE Y LA INTERPRETACION DE LAS PARCELAS PERMANENTES</p>
    <p class="parrafo">I. Observaciones generales</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  prepararán  un documento con la información de base y la</p>
    <p class="parrafo">interpretación  de  resultados,  ya  sea  a  escala  de  parcela  o a escala del conjunto  de  las  parcelas  de  observación  nacionales, que habrá de acompañar como Anexo a la entrega de los resultados obtenidos.</p>
    <p class="parrafo">-  En  principio,  cada  entrega de los datos bajo control irá acompañada por la información  básica  consistente  en  la  descripción  de  los métodos que en su momento  se  aplicaron  para  la determinación/muestreo/medición, detalles sobre los  métodos  de  entrada  y  contraste  de datos, etc., de acuerdo con lo que a continuación se indicará en el punto II.</p>
    <p class="parrafo">-  Los  resultados  del  reconocimiento  irán acompañados por la correspondiente interpretación,  de  acuerdo  con  lo que a continuación se indicará en el punto III.</p>
    <p class="parrafo">-  Cuando  se  entregasen  simultáneamente  (o  cuando  se hubiesen ido enviando con   anterioridad)   los   datos  procedentes  de  varios  reconocimientos,  se añadirá   una   interpretación  comprensiva  del  conjunto  de  los  mismos  (de acuerdo  con  lo  que  a  continuación  se indicará en el punto IV) además de la interpretación a la que alude el segundo párrafo de este apartado.</p>
    <p class="parrafo">En  este  Anexo  se  incluye información sobre la estructura de dichos informes. II. Información básica</p>
    <p class="parrafo">II.1.  Información  general  En  la  parte general se incluirá información sobre (a escala de país o, si procede, a escala de provincia/región):</p>
    <p class="parrafo">- superficie de bosque (en 1 000 ha),</p>
    <p class="parrafo">- número de parcelas (total),</p>
    <p class="parrafo">- número de parcelas (en el reconocimiento presentado),</p>
    <p class="parrafo">-  criterios  de  selección  (cuando  el  número  de  parcelas presentadas fuese menor al número total de parcelas),</p>
    <p class="parrafo">- historia de dichas parcelas en términos del reconocimiento,</p>
    <p class="parrafo">- relaciones con otros reconocimientos.</p>
    <p class="parrafo">II.2. Métodos de control</p>
    <p class="parrafo">Se  entregará  un  resumen  de  los  métodos  de  control,  detallando el equipo utilizado,  instalación  y  entrada  de  datos.  Sobre todo en aquellos casos en que   dichos   detalles   no  hubiesen  sido  estructurados  ajustándose  a  una normativa,  reviste  singular  importancia  poder  replantear  con  claridad  el método de control empleado a efectos de futuras interpretaciones,</p>
    <p class="parrafo">establecimiento  de  posibles  comparaciones,  y  evaluación  de  los resultados obtenidos.  En  muchos  reconocimientos  se  dispone  de  un  amplio  margen  de libertad  para  seleccionar  los  equipos,  profundidades,  tiempos e intensidad del  reconocimiento.  Deberán  por  tanto  indicarse todos los detalles sobre el equipo   empleado,   profundidades   utilizadas,  tiempos  y  frecuencia  de  la investigación/muestreo.  Si  existen  muestras  deberán  incluirse  los detalles del  muestreo,  incluyendo  el  almacenamiento  de  las  muestras  (en frío, sin luz, etc.).</p>
    <p class="parrafo">Se describirá brevemente cualquier medida de control empleada.</p>
    <p class="parrafo">II.3. Metodología de análisis y cálculo de resultados</p>
    <p class="parrafo">Por  lo  que  respecta  al  análisis  químico  de las muestras, en la mayoría de los  casos  existen  ciertos  métodos  recomendados.  Se  facilitará información sobre  los  métodos  que  hubiesen  sido empleados (incluyendo almacenamiento de muestras,  evaluación  y  (re)cálculos  de  los  resultados  obtenidos). Siempre que proceda se indicarán los resultados de las pruebas de calibrado.</p>
    <p class="parrafo">II.4. Excepciones y desviaciones</p>
    <p class="parrafo">Deberá  prestarse  especial  atención  a  cualquier  situación  excepcional  que pueda   repercutir   sobre   el   control,  muestro,  almacenamiento,  análisis, cálculo  o  interpretación.  Cuando,  por  cualquier  razón, los datos presenten lapsus,  cabe  recurrir  en  ciertos  casos  a  la utilización de aproximaciones basadas  en  resultados  procedentes  de  otras  fuentes.  Las aproximaciones de este  tipo  deben  documentarse  cuidadosamente.  Las  diferencias regionales se harán   constar   y   se   explicarán   detalladamente  (por  ejemplo,  distinto laboratorio).</p>
    <p class="parrafo">III. Interpretación correspondiente a un reconocimiento</p>
    <p class="parrafo">III.1. Interpretación interna en tiempo presente</p>
    <p class="parrafo">Los  datos  compilados  y  evaluados  se  interpretarán  separadamente para cada reconocimiento.   Siempre   que   ello   fuese  posible  se  harán  constar  las relaciones entre los distintos parámetros de este reconocimiento.</p>
    <p class="parrafo">III.2. Interpretación interna de antiguos reconocimientos</p>
    <p class="parrafo">Los  resultados  de  los  sucesivos  reconocimientos  serán evaluados y, siempre que ello fuese posibles, se harán constar tendencias.</p>
    <p class="parrafo">III.3. Interpretación a partir de datos externos</p>
    <p class="parrafo">Los   resultados   del   reconocimiento   serán   revisados   y  comparados  con resultados  de  otros  reconocimientos  (similares)  efectuados  en  la  (misma) región  o  país.  Se  harán  constar  las  diferencias  y  similitudes y, cuando proceda, se evaluarán las diferencias.</p>
    <p class="parrafo">Se  incluirán  asimismo  en  este  apartado  datos  procedentes de otras fuentes que podrían explicar ciertas relaciones paramétricas.</p>
    <p class="parrafo">IV. Interpretación global</p>
    <p class="parrafo">IV.1. Interpretación en tiempo presente</p>
    <p class="parrafo">Todos  los  resultados  de  los  reconocimientos  a escala nacional se recogerán en   la   correspondiente   sede   nacional.   La   relación   entre  parámetros procedentes   de   diferentes   reconocimientos  será  investigada.  Se  tendrán también   en   cuenta  las  diversas  interpretaciones  de  los  reconocimientos individuales, procediéndose a revisarlos tras una perspectiva integradora.</p>
    <p class="parrafo">IV.2. Interpretación correspondiente a otros años</p>
    <p class="parrafo">Se  utilizarán  asimismo  en  la  interpretación  global los resultados a escala nacional  procedentes  de  antiguos  reconocimientos.  Siempre  que  ello  fuese posible se harán constar y explicarán las tendencias.</p>
    <p class="parrafo">IV.3. Interpretación con datos externos</p>
    <p class="parrafo">Los  resultados  procedentes  de  la  interpretación  global  serán  revisados y comparados  con  los  resultados  precedentes de otras fuentes. Siempre que ello fuese posible se indicarán las diferencias o similitudes.</p>
  </texto>
</documento>
