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<documento fecha_actualizacion="20241021183824">
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    <identificador>DOUE-L-1995-80824</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
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    <fecha_disposicion>19950629</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1504/1995</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 1504/95 de la Comisión, de 29 de junio de 1995, por el que, con vistas a la aplicación del Acuerdo agrícola celebrado en el marco de las negociaciones de la Ronda Uruguay, se modifican los Reglamentos (CEE) nº 2699/93 y (CE) nº 1559/94 para la adaptación transitoria de algunas disposiciones relativas a las importaciones en la Comunidad de ciertos productos de los sectores de la carne y de los huevos de aves de corral procedentes de la República de Polonia, la República de Hungría, la República Checa, la República Eslovaca, la República de Bulgaria y Rumanía.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19950630</fecha_publicacion>
    <diario_numero>147</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>20</pagina_inicial>
    <pagina_final>20</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1995/147/L00020-00020.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19950630</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <materias>
      <materia codigo="3898" orden="4">Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio GATT</materia>
      <materia codigo="408" orden="1">Aves de corral</materia>
      <materia codigo="621" orden="2">Carnes</materia>
      <materia codigo="2454" orden="3">Derechos arancelarios</materia>
      <materia codigo="6158" orden="12">Eslovaquia</materia>
      <materia codigo="4042" orden="5">Huevos</materia>
      <materia codigo="6101" orden="9">Hungría</materia>
      <materia codigo="4056" orden="6">Importaciones</materia>
      <materia codigo="6119" orden="10">Polonia</materia>
      <materia codigo="5729" orden="7">Productos alimenticios</materia>
      <materia codigo="6075" orden="8">República Checa</materia>
      <materia codigo="6180" orden="13">República Popular de Bulgaria</materia>
      <materia codigo="6120" orden="11">Rumanía</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 1 de julio de 1995 hasta el 30 de junio de 1996.</nota>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80965" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>Reglamento 1559/94, de 30 de junio</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1993-81611" orden="2015">
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          <texto>Reglamento 2699/93, de 30 septiembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CE)  nº 3290/94 del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, relativo  a  las  adaptaciones  y  las  medidas  transitorias  necesarias  en el sector  agrícola  para  la  aplicación de los acuerdos celebrados en el marco de las  negociaciones  comerciales  multilaterales  de  la  Ronda  Uruguay,  y,  en particular, el apartado 1 de su artículo 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  a  fin  de dar cumplimiento al régimen de importación de los sectores  de  la  carne  y  de  los  huevos  de  aves  de  corral resultante del Acuerdo  agrícola  celebrado  en  el  marco  de  las  negociaciones  comerciales multilaterales  de  la  Ronda  Uruguay,  es preciso adoptar medidas transitorias para  la  adaptación  de  las  concesiones  preferenciales  en forma de exención parcial  de  la  exacción  reguladora por la importación de ciertos productos de dichos  sectores  procedentes  de  la  República  de  Polonia,  la  República de Hungría,  la  República  Checa,  la República Eslovaca, la República de Bulgaria y Rumanía;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  en  los  sectores  de  la  carne  y de los huevos de aves de corral,  se  han  otorgado  algunas concesiones para ciertos productos en virtud del  Reglamento  (CEE)  nº  2699/93 de la Comisión, de 30 de septiembre de 1993, por  el  que  se  establecen las disposiciones de aplicación, en los sectores de la  carne  de  aves  de  corral  y  de  los  huevos, del régimen previsto en los Acuerdos  interinos  celebrados  entre  la  Comunidad  y  Polonia,  Hungría y la antigua  República  Federativa  Checa  y  Eslovaca,  cuya última modificación la constituye  el  Reglamento  CE  nº 481/95, y el Reglamento (CE) nº 1559/94 de la</p>
    <p class="parrafo">Comisión,  de  30  de  junio de 1994, por el que se establecen las disposiciones de  aplicación  en  los  sectores  de la carne de aves de corral y de los huevos del  régimen  previsto  en  los  Acuerdos  interinos  de  asociación  celebrados entre  la  Comunidad,  por  una  parte,  y  Bulgaria  y  Rumanía, por otra, cuya última  modificación  la  constituye  el  Reglamento (CE) nº 481/95; que, habida cuenta  de  la  sustitución  de  las  exacciones  reguladoras  por  derechos  de aduana  a  partir  del  1  de  julio  de  1995,  resulta necesario proceder a la adaptación transitoria de esas disposiciones;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne y huevos de aves de corral,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  los  Reglamentos  (CEE)  nº  2699/93 y (CE) nº 1559/94, el término «exacción reguladora»  es  sustituido  por  «derecho  de  aduana»  previsto  en el arancel aduanero común en todos los casos en que aparece.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Será aplicable del 1 de julio de 1995 al 30 de junio de 1996.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 29 de junio de 1995.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
</documento>
