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<documento fecha_actualizacion="20241021184017">
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    <identificador>DOUE-L-1995-81305</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19940706</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>353/1995</numero_oficial>
    <titulo>Decisión nº 155, de 6 de julio de 1994, relativa a los modelos de formularios necesarios para la aplicación de los Reglamentos (CEE) nºs 1408/71 y 574/72 del Consejo (E 401-411).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19950905</fecha_publicacion>
    <diario_numero>209</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>1</pagina_inicial>
    <pagina_final>35</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1995/209/L00001-00035.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>20050601</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="3807" orden="1">Formularios administrativos</materia>
      <materia codigo="4779" orden="2">Libre circulación de trabajadores</materia>
      <materia codigo="5541" orden="3">Pensiones</materia>
      <materia codigo="6499" orden="4">Seguridad Social</materia>
      <materia codigo="6909" orden="5">Trabajadores</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 1 de octubre de 1995.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1991-81186" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>Decisión 91/424, 10 de octubre</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1991-80279" orden="2015">
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          <texto>Decisión 91/140, de 9 de abril</texto>
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        <anterior referencia="---" orden="2015">
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          <texto>Decisión 91/423, de 27 de junio (DOCE L 235, de 23.8.1991)</texto>
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          <texto>Decisión 91/425, de 10 de octubre (DOCE L 235, de 23.8.1991)</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1972-80034" orden="5020">
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          <texto>Reglamento 574/72, de 21 de marzo</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1971-80070" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1408/71, de 14 de junio</texto>
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      <posteriores>
        <posterior referencia="DOUE-L-2005-80875" orden="">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Decisión 2005/376, de 15 de diciembre de 2004</texto>
        </posterior>
      </posteriores>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA  COMISION  ADMINISTRATIVA  DE  LAS  COMUNIDADES  EUROPEAS  PARA  LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES MIGRANTES,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  letra  a)  del  artículo  81  del  Reglamento  (CEE)  nº  1408/71 del Consejo,  de  14  de  junio  de  1971, relativo a la aplicación de los regímenes de  seguridad  social  a  los  trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por  cuenta  propia  y  a  sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad, en  virtud  de  la  cual  la  Comisión  Administrativa  se encargará de resolver todas  las  cuestiones  administrativas  o  de interpretación que se deriven del Reglamento (CEE) nº 1408/71 y de los Reglamentos posteriores,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  apartado  1  del  artículo  2  del  Reglamento  (CEE)  nº  574/72 del Consejo,   de   21  de  marzo  de  1972,  en  virtud  del  cual  dicha  Comisión elaborarás    modelos    de    certificados,   certificaciones,   declaraciones, solicitudes   y   demás   documentos   necesarios  para  la  aplicación  de  los Reglamentos,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Decisión  nº  144  de 9 de abril de 1990, la Decisión nº 145 de 27 de junio  de  1990  y  la  Decisión  nº 147 de 10 de octubre de 1990 por las que se establecen   y   adaptan   los   modelos   de  formularios  necesarios  para  la aplicación de los Reglamentos,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  procede  adaptar  dichos  modelos  para  tener  en cuenta las modificaciones  introducidas  en  las  legislaciones  nacionales  de los Estados</p>
    <p class="parrafo">miembros;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Anexo  VI  del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo de  2  de  mayo  de  1992,  adaptado  por  el  Protocolo de 17 de marzo de 1993, lleva  a  la  aplicación  de  los  Reglamentos  (CEE) nºs 1408/71 y 574/72 en el Espacio Económico Europeo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  por  decisión  del  Comité  Mixto  del  EEE,  los modelos de formularios   necesarios  para  la  aplicación  de  los  Reglamentos  (CEE)  nºs 1408/71  y  574/72  se  adaptarán  y  aplicarán  dentro  del  Espacio  Económico Europeo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,   por   motivos   de   índole  práctica,  conviene  utilizar formularios idénticos en la Comunidad y en el Espacio Económico Europeo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  con  miras  a  la participación prevista de Liechtenstein en el  EEE  en  una  fase posterior, conviene también adaptar dichos formularios en lo que se refiere a dicho país;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  por  lo  que  respecta  a  la  lengua  de  expedición de los formularios,  se  estará  a  lo  dispuesto  en  la  Recomendación  nº  15  de la Comisión Administrativa,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">1.  Los  modelos  de  formularios E 401-E 411 reproducidos en las Decisiones nºs 144,  145,  146  y  147  serán  sustituidos  por  los  modelos  que se adjuntan, teniendo en cuenta las modificaciones siguientes:</p>
    <p class="parrafo">a) se crea el formulario E 407;</p>
    <p class="parrafo">b)  se  modifican  los  formularios E 401, E 402, E 403, E 404, E 405, E 406 F y E 411;</p>
    <p class="parrafo">c) se suprimen los formularios E 407 F, E 408 F, E 409 y E 412 F;</p>
    <p class="parrafo">d) se mantiene el formulario E 413 F, pero no puede aplicarse en el EEE.</p>
    <p class="parrafo">2.  Las  autoridades  competentes  de los Estados miembros pondrán a disposición de  los  interesados  (derechohabientes,  instituciones,  empresarios, etc.) los formularios ajustados a los modelos que se adjuntan.</p>
    <p class="parrafo">3.   Los  formularios  estarán  disponibles  en  las  lenguas  oficiales  de  la Comunidad  y  se  presentarán  de tal manera que las diferentes versiones puedan superponerse    perfectamente    para    permitir    que    cada    destinatario (derechohabiente,   institución,   empresario,   etc.)  reciba  los  formularios impresos en su lengua nacional.</p>
    <p class="parrafo">4.  La  presente  Decisión  será aplicable el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">de la Comisión Administrativa</p>
    <p class="parrafo">Arno BOKELOH</p>
    <p class="parrafo">¹</p>
    <p class="parrafo">(Figura 1)</p>
    <p class="parrafo">INSTRUCCIONES</p>
    <p class="parrafo">Este  formulario  deberá  cumplimentarse  en  caracteres de imprenta, utilizando únicamente  las  líneas  de  puntos. Ninguna de las cuatro páginas de que consta podrá  suprimirse,  aunque  no  contenga  ningún  dato. Deberá cumplimentarse en la lengua de la autoridad indicada en el recuadro 8.</p>
    <p class="parrafo">NOTAS</p>
    <p class="parrafo">*   Acuerdo  EEE  sobre  el  Espacio  Económico  Europeo,  Anexo  VI,  Seguridad</p>
    <p class="parrafo">Social:  a  efectos  de  dicho  Acuerdo,  el  presente  formulario  también será aplicable a Austria, Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1)  Sigla  del  país  al  que  pertenece  la  institución  que  cumplimenta  el formulario:  B  =  Bélgica;  DK  =  Dinamarca;  D  =  Alemania; GR = Grecia; E = España;  F  =  Francia;  IRL  = Irlanda; I = Italia; L = Luxemburgo; NL = Países Bajos;  P  =  Portugal;  GB  =  Reino  Unido; A = Austria; FIN = Finlandia; IS = Islandia; FL = Liechtenstein; N = Noruega; S = Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1   bis)   Para   los  nacionales  españoles,  indicar  los  dos  apellidos  de nacimiento.</p>
    <p class="parrafo">Para   los   nacionales  portugueses,  indicar  el  nombre  completo  (nombre  y apellidos)  en  el  orden  del  registro  civil,  tal  y  como  aparecen  en  el documento de identidad o el pasaporte.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Cuando  se  trate  de distritos portugueses, indicar también la parroquia y el municipio.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Para  los  nacionales  españoles,  indicar el número del documento nacional de  identidad,  si  se  posee, aunque el documento esté caducado. En caso de que no se posea, indicar expresamente: «ninguno».</p>
    <p class="parrafo">(4)   Dinamarca,  Liechtenstein  y  Noruega  no  establecen  ninguna  diferencia entre titular de pensión (régimen de trabajadores por cuenta propia).</p>
    <p class="parrafo">(5)   Si   se   dirige  a  las  instituciones  noruegas,  indicar  la  fecha  de separación:</p>
    <p class="parrafo">.........................................................................</p>
    <p class="parrafo">(6) Si se dirige a las instituciones danesas, islandesas y noruegas.</p>
    <p class="parrafo">(7)   Esta  información  deberá  proceder  de  una  declaración  de  la  persona interesada.</p>
    <p class="parrafo">(8) Salvo si se menciona en el recuadro 1.</p>
    <p class="parrafo">(9)  Para  la  legislación  portuguesa  tanto  los descendientes de personas con empleos  remunerados  como  los  de  titulares  de  pensiones  tienen  derecho a percibir  prestaciones  familiares.  Los  descendientes  cuya relación supera el primer  grado  de  parentesco  (por  ejemplo:  los  nietos) sólo pueden percibir prestaciones  familiares  en  los  casos  en que este derecho no está reconocido en el seguro social de ninguno de los padres.</p>
    <p class="parrafo">(10)   Si   se   dirige  a  las  instituciones  danesas  y  noruegas,  mencionar únicamente los hijos menores de 18 años.</p>
    <p class="parrafo">(11)  Indicar  el  parentesco  de  cada miembro de la familia con el trabajador, por medio de las abreviaturas siguientes:</p>
    <p class="parrafo">A=  hijo  legítimo.  En  España, hijo nacido del matrimonio (matrimonial) e hijo nacido fuera del matrimonio (no matrimonial).</p>
    <p class="parrafo">B= hijo legitimado.</p>
    <p class="parrafo">C= hijo adoptivo.</p>
    <p class="parrafo">D=  hijo  natural  (cuando  la  declaración  se cumplimente en nombre del padre, no  se  deberán  mencionar  los  hijos  naturales más que cuando la paternidad o la    obligación    de   alimentos   del   trabajador   haya   sido   reconocida oficialmente).</p>
    <p class="parrafo">E= hijo de un cónyuge que pertenece a la familia del trabajador.</p>
    <p class="parrafo">F=  nietos,  hermanos  y  hermanas  que  el  interesado haya acogido en su casa. También  los  sobrinos  hasta  el  tercer  grado de parentesco si la institución competente fuere una institución griega.</p>
    <p class="parrafo">G  =  otros  niños  que  dependen  permanentemente  del  matrimonio,  en  pie de igualdad con los hijos del trabajador (niños recogidos).</p>
    <p class="parrafo">Los  demás  parentescos  (por  ejemplo:  abuelo) deberán indicarse con todas sus letras.  Si  un  hijo  está  casado,  divorciado  o  es  viudo, indíquese en los puntos  4  y  6.1.  indíquese  también  si un hijo es huérfano de padre o madre, cuando la información vaya dirigida a las instituciones griegas.</p>
    <p class="parrafo">(12) Calle, número, código postal, población, país.</p>
    <p class="parrafo">(13)  En  España,  la  Dirección  Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social  del  lugar  de  residencia  o la Autoridad Municipal, en su caso. Cuando se  trate  de  trabajadores  del  mar,  la  Dirección  Provincial  del Instituto Social de la Marina.</p>
    <p class="parrafo">En   Francia,   la   «mairie»   (ayuntamiento)   o   la   «caisse  d'allocations familiales» (Caja de subsidios familiares).</p>
    <p class="parrafo">En  Irlanda,  «Child  Benefit  Section,  Department  of Social Welfare» (Sección de  subsidios  infantiles  del  Ministerio  de  Previsión  Social),  St.  Oliver Plunkett Road, Letterkenny, Co. Donegal.</p>
    <p class="parrafo">En  Portugal,  la  «Junta  de  Freguesia»  (Consejo  de  parroquia) del lugar de residencia de los miembros de la familia.</p>
    <p class="parrafo">En  el  Reino  Unido,  el «Department of Social Security, Benefits Agency, Child Benefit  Centre  (Washington)»  (Ministerio  de  Seguridad  Social,  Servicio de subsidios  infantiles),  PO  Box  1,  Newcastle-Upon-Tyne,  NE  88  1AA o, en su caso,   «Northern   Ireland   Social  Security  Agency,  Child  Benefit  Office» (instituto  de  Seguridad  Social  de  Irlanda  del Norte, Servicio de subsidios infantiles), Belfast.</p>
    <p class="parrafo">En   Finlandia,   «Social   Insurance   Institution»   (instituto  de  Seguridad Social), Helsinki.</p>
    <p class="parrafo">En  Suecia,  el  «försäkringskassan»  (Oficina  del  Seguro Social) del lugar de residencia.</p>
    <p class="parrafo">(14)  Si  alguno  de  los hijos no reside en la dirección señalada en los puntos 2.5   ó   3.6,   sírvase   indicar  la  otra  dirección.  Si  se  dirige  a  las instituciones   noruegas,   indicar   si  alguno  de  los  hijos  reside  en  un orfanato, una escuela especial u otro centro.</p>
    <p class="parrafo">(15)    Esta    información    sólo   se   comunicará   si   la   administración correspondiente dispone de dichos datos.</p>
    <p class="parrafo">(16) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">¹ (Figura 2)</p>
    <p class="parrafo">INSTRUCCIONES</p>
    <p class="parrafo">Este  formulario  deberá  cumplimentarse  en  caracteres de imprenta, utilizando únicamente  las  líneas  de  puntos.  Deberá  cumplimentarse  en  la  lengua del centro indicado en el recuadro 6.</p>
    <p class="parrafo">NOTAS</p>
    <p class="parrafo">*   Acuerdo  EEE  sobre  el  Espacio  Económico  Europeo,  Anexo  VI,  Seguridad Social:  a  efectos  de  dicho  Acuerdo,  el  presente  formulario  también será aplicable a Austria, Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1)  Sigla  del  país  al  que  pertenece  la  institución  que  cumplimenta  el formulario:  B  =  Bélgica;  DK  =  Dinamarca;  D  =  Alemania;  GR=Grecia;  E = España;  F  =  Francia;  IRL  =  Irlanda;  I = Italia; L=Luxemburgo; NL = Países Bajos;  P  =  Portugal;  GB  =  Reino  Unido;  A=Austria;  FIN = Finlandia; IS =</p>
    <p class="parrafo">Islandia; FL = Liechtenstein; N=Noruega; S = Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1   bis)   Para   los  nacionales  españoles,  indicar  los  dos  apellidos  de nacimiento.</p>
    <p class="parrafo">Para   los   nacionales  portugueses,  indicar  el  nombre  completo  (nombre  y apellidos)  en  el  orden  del  registro  civil,  tal  y  como  aparecen  en  el documento de identidad o el pasaporte.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Cuando  se  trate  de distritos portugueses, indicar también la parroquia y el municipio.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Para  los  nacionales  españoles,  indicar el número del documento nacional de  identidad,  si  se  posee, aunque el documento esté caducado. En caso de que no se posea, indicar expresamente: «ninguno».</p>
    <p class="parrafo">(4)  Para  los  nacionales  suecos,  esta información sólo se podrá comunicar si se califica de necesaria.</p>
    <p class="parrafo">(5) Calle, número, código postal, localidad, país.</p>
    <p class="parrafo">(6)  Indicar  si  se  trata  de una escuela pública, de una escuela privada o de una  escuela  colocada  bajo  el control del Estado. Se cumplimentará únicamente cuando  la  institución  indicada  en  el  recuadro  3  sea  una institución del Reino Unido.</p>
    <p class="parrafo">(7) Si se dirige a las instituciones alemanas.</p>
    <p class="parrafo">(8)  A  cumplimentar  si  el  formulario  va  dirigido a una institución belga o finlandesa;  el  número  de  medias  jornadas  se  indicará  cuando  se trate de enseñanza escolar primaria o secundaria.</p>
    <p class="parrafo">(9) Si se dirige a las instituciones de los Países Bajos.</p>
    <p class="parrafo">¹ (Figura 3)</p>
    <p class="parrafo">INSTRUCCIONES</p>
    <p class="parrafo">Este  formulario  deberá  cumplimentarse  en  caracteres de imprenta, utilizando únicamente  las  líneas  de  puntos.  Ninguna  de las tres páginas de que consta podrá  suprimirse,  aunque  no  contenga  ningún  dato. Deberá cumplimentarse en la lengua del organismo indicado en el recuadro 5.</p>
    <p class="parrafo">NOTAS</p>
    <p class="parrafo">*   Acuerdo  EEE  sobre  el  Espacio  Económico  Europeo,  Anexo  VI,  Seguridad Social:  a  efectos  de  dicho  Acuerdo,  el  presente  formulario  también será aplicable a Austria, Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1)  Sigla  del  país  al  que  pertenece  la  institución  que  cumplimenta  el formulario:  B  =  Bélgica;  DK  =  Dinamarca;  D  =  Alemania; GR = Grecia; E = España;  F  =  Francia;  IRL  = Irlanda; I = Italia; L = Luxemburgo; NL = Países Bajos;  P  =  Portugal;  GB  =  Reino  Unido; A = Austria; FIN = Finlandia; IS = Islandia; FL = Liechtenstein; N = Noruega; S = Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1   bis)   Para   los  nacionales  españoles,  indicar  los  dos  apellidos  de nacimiento.</p>
    <p class="parrafo">Para   los   nacionales  portugueses,  indicar  el  nombre  completo  (nombre  y apellidos)  en  el  orden  del  registro  civil,  tal  y  como  aparecen  en  el documento de identidad o el pasaporte.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Cuando  se  trate  de distritos portugueses, indicar también la parroquia y el municipio.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Para  los  nacionales  españoles,  indicar el número del documento nacional de  identidad,  si  se  posee, aunque el documento esté caducado. En caso de que no se posea, indicar expresamente: «ninguno».</p>
    <p class="parrafo">(4) Calle, número, código postal, población, país.</p>
    <p class="parrafo">(5)  Si  se  dirige  a las instituciones francesas, cuando se trate de formación profesional deberá cumplimentarse el formulario E 403 Anexo.</p>
    <p class="parrafo">(6)  Cuando  el  formulario  vaya  dirigido  a  una institución del Reino Unido, detallar la cuantía de estas prestaciones en el siguiente recuadro:</p>
    <p class="parrafo">Vivienda: ......................... Otras prestaciones: ................</p>
    <p class="parrafo">Pensión completa: ......................................................</p>
    <p class="parrafo">Media pensión: .........................................................</p>
    <p class="parrafo">Propinas: ..............................................................</p>
    <p class="parrafo">Comidas: ...............................................................</p>
    <p class="parrafo">(7)  En  su  caso,  especificar  estas  «otras  prestaciones»  en  el  siguiente recuadro:</p>
    <p class="parrafo">........................................................................</p>
    <p class="parrafo">........................................................................</p>
    <p class="parrafo">........................................................................</p>
    <p class="parrafo">........................................................................</p>
    <p class="parrafo">(8) Este recuadro lo cumplimentarán las siguientes instituciones:</p>
    <p class="parrafo">-  en  Irlanda,  «Child  Benefit Section, Department of Social Welfare» (Sección de  subsidios  infantiles  del  Ministerio  de  Previsión  Social),  St.  Oliver Plunkett Road, Letterkenny, Co. Donegal;</p>
    <p class="parrafo">-  en  Italia,  «Ufficio  provinciale  del  lavoro  e della massima occupazione» (Oficina provincial de trabajo y pleno empleo);</p>
    <p class="parrafo">-   en  el  Reino  Unido,  «Department  of  Social  Security,  Benefits  Agency, Overseas   Benefits  Directorate»  (Ministerio  de  Seguridad  Social,  Servicio internacional),   Newcastie-Upon-Tyne   o   «Northern  Ireland  Social  Security Agency,  Child  Benefit  Office»  (instituto  de Seguridad Social de Irlanda del Norte, Servicio de subsidios infantiles).</p>
    <p class="parrafo">(9)  De  acuerdo  con  la  legislación  francesa,  se  trata de los programas de formación  previa  y  de  preparación  a  la  vida  profesional  que  tengan por objeto    permitir   que   toda   persona   que   carezca   de   cualificaciones profesionales  y  de  contrato  de  trabajo  acceda  a  un  nivel que le permita realizar  un  curso  de  formación  profesional propiamente dicho o incorporarse directamente a la vida profesional.</p>
    <p class="parrafo">(10)  Indicar  el  importe  recibido  en la divisa del Estado en cuyo territorio se lleva a cabo la formación profesional.</p>
    <p class="parrafo">(11)  En  caso  de  que  exista dicho organismo en el país donde se lleva a cabo la formación profesional.</p>
    <p class="parrafo">¹ (Figura 4)</p>
    <p class="parrafo">INSTRUCCIONES</p>
    <p class="parrafo">Este  formulario  deberá  cumplimentarse  en  caracteres de imprenta, utilizando únicamente  las  líneas  de  puntos.  Ninguna  de las tres páginas de que consta podrá  suprimirse,  aunque  no  contenga  ningún  dato. Deberá cumplimentarse en la lengua del médico que extiende el certificado.</p>
    <p class="parrafo">NOTAS</p>
    <p class="parrafo">*   Acuerdo  EEE  sobre  el  Espacio  Económico  Europeo,  Anexo  VI,  Seguridad Social:  a  efectos  de  dicho  Acuerdo,  el  presente  formulario  también será aplicable a Austria, Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1)  Sigla  del  país  al  que  pertenece  la  institución  que  cumplimenta  el</p>
    <p class="parrafo">formulario:  B  =  Bélgica;  DK  =  Dinamarca;  D  =  Alemania; GR = Grecia; E = España;  F  =  Francia;  IRL  = Irlanda; I = Italia; L = Luxemburgo; NL = Países Bajos;  P  =  Portugal;  GB  =  Reino  Unido; A = Austria; FIN = Finlandia; IS = Islandia; FL = Liechtenstein; N = Noruega; S = Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1   bis)   Para   los  nacionales  españoles,  indicar  los  dos  apellidos  de nacimiento.</p>
    <p class="parrafo">Para   los   nacionales  portugueses,  indicar  el  nombre  completo  (nombre  y apellidos)  en  el  orden  del  registro  civil,  tal  y  como  aparecen  en  el documento de identidad o el pasaporte.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Cuando  se  trate  de distritos portugueses, indicar también la parroquia y el municipio.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Para  los  nacionales  españoles,  indicar el número del documento nacional de  identidad,  si  se  posee, aunque el documento esté caducado. En caso de que no se posea, indicar expresamente: «ninguno».</p>
    <p class="parrafo">(4) Calle, número, código postal, población, país.</p>
    <p class="parrafo">(5) O el médico de la Caja designado por el organismo de enlace.</p>
    <p class="parrafo">¹ (Figura 5)</p>
    <p class="parrafo">INSTRUCCIONES</p>
    <p class="parrafo">Este  formulario  deberá  cumplimentarse  en  caracteres de imprenta, utilizando únicamente  las  líneas  de  puntos.  Ninguna  de las tres páginas de que consta podrá suprimirse, aunque no contenga ningún dato</p>
    <p class="parrafo">NOTAS</p>
    <p class="parrafo">*   Acuerdo  EEE  sobre  el  Espacio  Económico  Europeo,  Anexo  VI,  Seguridad Social:  a  efectos  de  dicho  Acuerdo,  el  presente  formulario  también será aplicable a Austria, Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1)  Sigla  del  país  al  que  pertenece  la  institución  que  cumplimente  el formulario:  B  =  Bélgica;  DK  =  Dinamarca;  D  =  Alemania; GR = Grecia; E = España;  F  =  Francia;  IRL  = Irlanda; I = Italia; L = Luxemburgo; NL = Países Bajos;  P  =  Portugal;  GB  =  Reino  Unido; A = Austria; FIN = Finlandia; IS = Islandia; FL = Liechtenstein; N = Noruega: S = Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1   bis)   Para   los  nacionales  españoles,  indicar  los  dos  apellidos  de nacimiento.</p>
    <p class="parrafo">Para   los   nacionales  portugueses,  indicar  el  nombre  completo  (nombre  y apellidos)  en  el  orden  del  registro  civil,  tal  y  como  aparecen  en  el documento de identidad o el pasaporte.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Cuando  se  trate  de distritos portugueses, indicar también la parroquia y el municipio.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Para  los  nacionales  españoles,  indicar el número del documento nacional de  identidad,  si  se  posee, aunque el documento esté caducado. En caso de que no se posea, indicar expresamente: «ninguno».</p>
    <p class="parrafo">(4) Si se dirige a las instituciones danesas, islandesas y noruegas.</p>
    <p class="parrafo">(5)   Esta  información  deberá  proceder  de  una  declaración  de  la  persona interesada.</p>
    <p class="parrafo">(6) Calle, número, código postal, población, país.</p>
    <p class="parrafo">(7)  Para  el  período  anterior al traslado del trabajador al Estado miembro de cuya lagislación depende en la actualidad.</p>
    <p class="parrafo">(8)</p>
    <p class="parrafo">a)  Si  se  dirige  a  las  instituciones  griegas, indicar el número de días de</p>
    <p class="parrafo">trabajo  cubiertos  durante  el  año  civil  anterior  al  de  solicitud  de las prestaciones familiares.</p>
    <p class="parrafo">b)  Si  se  dirige  a las instituciones belgas, indicar en el recuadro siguiente el número de días de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia:</p>
    <p class="parrafo">número de días de trabajo por cuenta ajena: ............................</p>
    <p class="parrafo">número de días de trabajo por cuenta propia: ...........................</p>
    <p class="parrafo">c)  Si  se  dirige  a  las  instituciones  francesas,  indicar  en  el  recuadro siguiente  el  número  de  días y horas de trabajo por cuenta ajena, así como la remuneración bruta recibida:</p>
    <p class="parrafo">Número   de  días  Número  de  horas  Remuneración  de trabajo de trabajo bruta por cuenta ajena por cuenta ajena recibida</p>
    <p class="parrafo">Durante el último mes Durante el último trimestre Durante el último semestre</p>
    <p class="parrafo">(9) País en el que se ha ejercido la actividad considerada.</p>
    <p class="parrafo">¹ (Figura 6)</p>
    <p class="parrafo">INSTRUCCIONES</p>
    <p class="parrafo">Este   formulario  deberá  cumplimentarse  en  caracteres  imprenta,  utilizando únicamente la líneas de puntos.</p>
    <p class="parrafo">NOTAS</p>
    <p class="parrafo">*   Acuerdo  EEE  sobre  el  Espacio  Económico  Europeo,  Anexo  VI,  Seguridad Social:  a  efectos  de  dicho  Acuerdo,  el  presente  formulario  también será aplicable a Austria, Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1)  Sigla  del  país  a  cuya  legislación  está  sometido  el  trabajador: F = Francia.</p>
    <p class="parrafo">(1   bis)   Para   los  nacionales  españoles,  indicar  los  dos  apellidos  de nacimiento.</p>
    <p class="parrafo">Para   los   nacionales  portugueses,  indicar  el  nombre  completo  (nombre  y apellidos)  en  el  orden  del  registro  civil,  tal  y  como  aparecen  en  el documento de identidad o el pasaporte.</p>
    <p class="parrafo">(1   ter)   Cuando  se  trate  de  distritos  portugueses,  indicar  también  la parroquia y el municipio.</p>
    <p class="parrafo">(1  quater)  Para  los  nacionales  españoles,  indicar  el número del documento nacional  de  identidad,  si  se  posee,  aunque  el documento esté caducado. En caso de que no se posea, indicar expresamente: «ninguno».</p>
    <p class="parrafo">(2) Calle, número, código postal, población, país.</p>
    <p class="parrafo">¹ (Figura 7)</p>
    <p class="parrafo">INSTRUCCIONES</p>
    <p class="parrafo">Este  formulario  deberá  cumplimentarse  en  caracteres de imprenta, utilizando únicamente  las  líneas  de  puntos.  Ninguna  de las tres páginas de que consta podrá  suprimirse,  aunque  no  contenga  ningún  dato. Deberá cumplimentarse en la lengua del médico que extiende el certificado.</p>
    <p class="parrafo">NOTAS</p>
    <p class="parrafo">*   Acuerdo  EEE  sobre  el  Espacio  Económico  Europeo,  Anexo  VI,  Seguridad Social:  a  efectos  de  dicho  Acuerdo,  el  presente  formulario  también será aplicable a Austria, Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1)  B  =  Bélgica;  DK  = Dinamarca; D = Alemania; GR = Grecia; E = España; F = Francia;  IRL  =  Irlanda;  I  =  Italia; L = Luxemburgo; NL = Países Bajos; P = Portugal;  GB  =  Reino  Unido;  A = Austria; FIN = Finlandia; IS = Islandia; FL = Liechtenstein; N = Noruega; S = Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1   bis)   Para   los  nacionales  españoles,  indicar  los  dos  apellidos  de nacimiento.</p>
    <p class="parrafo">Para   los   nacionales  portugueses,  indicar  el  nombre  completo  (nombre  y apellidos)  en  el  orden  del  registro  civil,  tal  y  como  aparecen  en  el documento de identidad o el pasaporte.</p>
    <p class="parrafo">(1   ter)   Cuando  se  trate  de  distritos  portugueses,  indicar  también  la parroquia y el municipio.</p>
    <p class="parrafo">(1  quater)  Para  los  nacionales  españoles,  indicar  el número del documento nacional  de  identidad,  si  se  posee,  aunque  el documento esté caducado. En caso de que no se posea, indicar expresamente: «ninguno».</p>
    <p class="parrafo">(2) Calle, número, código postal, población, país.</p>
    <p class="parrafo">(3)  A  completar  únicamente  si la institución competente para la concesión de las prestaciones familiares es belga.</p>
    <p class="parrafo">¹ (Figura 8)</p>
    <p class="parrafo">INSTRUCCIONES</p>
    <p class="parrafo">Este  formulario  deberá  cumplimentarse  en  caracteres de imprenta, utilizando únicamente  las  líneas  de  puntos.  Ninguna  de las tres páginas de que consta podrá suprimirse, aunque no contenga ningún dato.</p>
    <p class="parrafo">NOTAS</p>
    <p class="parrafo">*   Acuerdo  EEE  sobre  el  Espacio  Económico  Europeo,  Anexo  VI,  Seguridad Social:  a  efectos  de  dicho  Acuerdo,  el  presente  formulario  también será aplicable a Austria, Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1)  Sigla  del  país  al  que  pertenece  la  institución  que  cumplimenta  el formulario:  B  =  Bélgica;  DK  =  Dinamarca;  D  =  Alemania; GR = Grecia; E = España;  F  =  Francia;  IRL  = Irlanda; I = Italia; L = Luxemburgo; NL = Países Bajos;  P  =  Portugal;  GB  =  Reino  Unido; A = Austria; FIN = Finlandia; IS = Islandia; FL = Liechtenstein; N = Noruega; S = Suecia.</p>
    <p class="parrafo">(1   bis)   Para   los  nacionales  españoles,  indicar  los  dos  apellidos  de nacimiento.</p>
    <p class="parrafo">Para   los   nacionales  portugueses,  indicar  el  nombre  completo  (nombre  y apellidos)  en  el  orden  del  registro  civil,  tal  y  como  aparecen  en  el documento de identidad o el pasaporte.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Cuando  se  trate  de distritos portugueses, indicar también la parroquia y el municipio.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Para  los  nacionales  españoles,  indicar el número del documento nacional de  identidad,  si  se  posee, aunque el documento esté caducado. En caso de que no se posea, indicar expresamente: «ninguno».</p>
    <p class="parrafo">(4) Calle, número, código postal, población, país.</p>
    <p class="parrafo">(5)  Indicar  el  parentesco  de  cada  miembro de la familia con el trabajador, por medio de las abreviaturas siguientes:</p>
    <p class="parrafo">A=  hijo  legítimo.  En  España, hijo nacido del matrimonio (matrimonial) e hijo nacido fuera del matrimonio (no matrimonial).</p>
    <p class="parrafo">B= hijo legitimado.</p>
    <p class="parrafo">C= hijo adoptivo.</p>
    <p class="parrafo">D=  hijo  natural  (cuando  la  declaración  se cumplimente en nombre del padre, no  se  deberán  mencionar  los  hijos  naturales más que cuando la paternidad o la    obligación    de   alimentos   del   trabajador   haya   sido   reconocida oficialmente).</p>
    <p class="parrafo">E= hijo de un cónyuge que pertenece a la familia del trabajador.</p>
    <p class="parrafo">F=  nietos,  hermanos  y  hermanas  que  el  interesado haya acogido en su casa. También  los  sobrinos  hasta  el  tercer  grado de parentesco si la institución competente fuere una institución griega.</p>
    <p class="parrafo">G  =  otros  niños  que  dependen  permanentemente  del  matrimonio,  en  pie de igualdad con los hijos del trabajador (niños recogidos).</p>
    <p class="parrafo">Los  demás  parentescos  (por  ejemplo:  abuelo) deberán indicarse con todas sus letras.</p>
    <p class="parrafo">(6)  Si  se  dirige  a  las  instituciones  noruegas, menciónense únicamente los hijos menores de 16 años.</p>
    <p class="parrafo">(7)  Si  alguno  de  los  miembros  de  la  familia  no  reside  en la dirección señalada  en  el  punto  2.3,  sírvase indicar la otra dirección. Si se dirige a las  instituciones  noruegas,  indicar  si  alguno  de  los  hijos  reside en un orfanato, una escuela especial u otro centro.</p>
    <p class="parrafo">Apellido(s) y nombre: .................................................</p>
    <p class="parrafo">.......................................................................</p>
    <p class="parrafo">Dirección (4): ........................................................</p>
    <p class="parrafo">.......................................................................</p>
    <p class="parrafo">(8) Reservado a la institución remitente.</p>
    <p class="parrafo">(9)  El  empresario  tendrá  que  cumplimentar la certificación únicamente en el caso  de  que  esté  obligado  a  abonar las prestaciones familiares del país de residencia.</p>
    <p class="parrafo">(10)  En  este  caso  la institución del lugar de residencia habrá de indicar el importe   de  las  prestaciones  familiares  que  se  habrían  concedido  si  se hubiera  presentado  una  solicitud.  Si  careciere  de la información necesaria para  ello,  deberá  señalar  en  el  recuadro  7  las  tarifas que contempla su legislación para cada miembro de la familia.</p>
    <p class="parrafo">(11)   Para  las  prestaciones  familiares  noruegas,  indíquese  únicamente  el importe global.</p>
    <p class="parrafo">(12)  En  su  caso,  señálense  las  tarifas  a  las  que alude la nota a pie de página 10.</p>
    <p class="parrafo">(13)   Este   recuadro   deberá  cumplimentarlo  la  institución  del  lugar  de residencia  de  los  miembros  de  la  familia o, en su defecto, el organismo de enlace.</p>
  </texto>
</documento>
