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    <identificador>DOUE-L-1995-81592</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19951103</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2581/1995</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 2581/95 de la Comisión, de 3 de noviembre de 1995, que modifica el Reglamento (CE) nº 1440/95 por el que se abren contingentes arancelarios comunitarios de ganado ovino y caprino, y de carne de ovino y caprino de los códigos NC ex 0104 10, ex 0104 20 y 0204 para el segundo semestre de 1995.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19951104</fecha_publicacion>
    <diario_numero>263</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1995/263/L00002-00002.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19951105</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="621" orden="1">Carnes</materia>
      <materia codigo="1636" orden="2">Contingentes arancelarios</materia>
      <materia codigo="2454" orden="3">Derechos arancelarios</materia>
      <materia codigo="3881" orden="4">Ganado caprino</materia>
      <materia codigo="3883" orden="5">Ganado ovino</materia>
      <materia codigo="6101" orden="8">Hungría</materia>
      <materia codigo="4056" orden="6">Importaciones</materia>
      <materia codigo="4799" orden="7">Licencias</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1995-80778" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>los Anexos I y II del Reglamento 1440/95, de 26 de junio</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  nº  3013/89  del  Consejo,  de 25 de septiembre de 1989,  por  el  que  se establece la organización común de mercados en el sector</p>
    <p class="parrafo">de  las  carnes  de  ovino  y caprino, cuya última modificación la constituye el Reglamento  (CE)  nº  1265/95,  y,  en  particular, el apartado 4 de su artículo 12,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CE)  nº 3290/94 del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, relativo  a  las  adaptaciones  y  a  las  medidas transitorias necesarias en el sector  agrícola  para  la  aplicación de los acuerdos celebrados en el marco de las  negociaciones  comerciales  multilaterales  de  la  Ronda  Uruguay,  y,  en particular, su artículo 3,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CE)  nº 3379/94, de 22 de diciembre de 1994, relativo   a  la  apertura  y  modo  de  gestión  de  determinados  contingentes arancelarios  comunitarios  correspondientes  a  algunos productos agrícolas y a la  cerveza  para  1995,  cuya  última  modificación la constituye el Reglamento (CE)   nº  2416/95  de  la  Comisión,  establece  posibilidades  de  importación suplementarias   para   Hungría   y   Polonia  debido  a  la  ampliación  de  la Comunidad;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   las   cantidades  correspondientes  deben  incorporarse  al contingente  abierto  para  el  segundo  semestre de 1995 por el Reglamento (CE) nº   1440/95   de  la  Comisión,  cuya  última  modificación  la  constituye  el Reglamento   (CE)   nº   2416/95;  que  dicho  Reglamento  debe  modificarse  en consecuencia;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  disposiciones  del  presente  Reglamento  se  ajustan al dictamen del Comité de gestión de ovinos y caprinos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (CE) nº 1440/95 quedará modificado como sigue :</p>
    <p class="parrafo">-  en  el  Anexo  I,  la cantidad correspondiente a Hungría se sustituirá por la cifra « 1 630 »,</p>
    <p class="parrafo">-  en  el  Anexo  II, la cantidad correspondiente a Polonia se sustituirá por la cifra « 8 700 ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   entrará   en  vigor  el  día  siguiente  al  de  su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 3 de noviembre de 1995.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
</documento>
