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    <identificador>DOUE-L-1996-80795</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
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    <fecha_disposicion>19960520</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>339/1996</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 20 de mayo de 1996, por la que se adopta un programa plurianual de la comunidad para fomentar el desarrollo de la industria europea de los contenidos multimedios y la utilización de estos en la naciente sociedad de la información (infa 2000).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19960530</fecha_publicacion>
    <diario_numero>129</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1996/129/L00024-00034.pdf</url_pdf>
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    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la Comunidad Europea, y, en particular, el apartado 3 de su artículo 130,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité Económico y Social,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité de las Regiones,</p>
    <p class="parrafo">1)  Considerando  que  la  industria  europea de los contenidos puede contribuir de    manera    significativa   a   fomentar   el   crecimiento,   reforzar   la competitividad   e  incentivar  el  empleo  en  la  Comunidad,  tal  y  como  se señalaba en el Libro blanco sobre</p>
    <p class="parrafo">«Crecimiento,  competitividad,  empleo.  Retos  y pistas para entrar en el siglo XXI»;</p>
    <p class="parrafo">2) Considerando que el Consejo Europeo celebrado en</p>
    <p class="parrafo">Bruselas  los  días  10  y  11  de diciembre de 1993 decidió, basándose en dicho Libro   blanco,   emprender   un   plan  de  actuación  que  contuviese  medidas concretas   de   ámbito   comunitario   y  nacional,  en  particular  sobre  las infraestructuras  y  nuevas  aplicaciones  de  la  información,  para las que es preciso contar con nuevos contenidos;</p>
    <p class="parrafo">3) Considerando que el Consejo Europeo celebrado en</p>
    <p class="parrafo">Corfú  los  días  24  y 25 de junio de 1994 tomó nota de las Recomendaciones del Grupo  de  Alto  Nivel  sobre  la  sociedad de la Información, presentadas en el informe  «Europa  y  la  sociedad  global  de  la  información»,  y  destacó  el importante  papel  de  la  Comunidad y los Estados miembros en la realización de la  sociedad  de  la  información, consistente en proporcionar impulso político, crear  un  marco  jurídico  y  normativo  claro  y  estable y dar ejemplo en los ámbitos de su competencia;</p>
    <p class="parrafo">4) Considerando que en el plan de actuación de la</p>
    <p class="parrafo">Comisión  «Europa  en  marcha  hacia  la  sociedad  de  la  información. Plan de actuación»  se  reconoce  la  importancia  de  los  contenidos  y  se establece, asimismo,  que  la  Comisión  proponga  vías para crear condiciones que permitan a  los  proveedores  adaptar  sus  tecnologías  y sus productos al nuevo entorno de  los  multimedios,  así  como  para  incentivar  una mayor utilización de los nuevos servicios de la información;</p>
    <p class="parrafo">5)  Considerando  que  el  Consejo  del  28  de  septiembre  de  1994 destacó la especial  urgencia  de  reforzar  la  competitividad  mundial  de  la  industria europea  de  los  contenidos,  teniendo  en  cuenta  la diversidad cultural y la repercusión de estos productos en la sociedad;</p>
    <p class="parrafo">6)  Considerando  que  el  Consejo  celebrado  en  Essen  los  días  9  y  10 de diciembre  de  1994  subrayó  la importancia de los contenidos en la realización de la sociedad de la información;</p>
    <p class="parrafo">7) Considerando que en la Resolución del Consejo, de</p>
    <p class="parrafo">4  de  abril  de  1995,  sobre  cultura  y multimedios, se puso de manifiesto la importancia  de  los  multimedios  en  el  desarrollo  de  la  industria  de los contenidos  y  en  la  mejora  del  acceso de los ciudadanos al legado cultural, así  como  el  cometido  de  catalizadores que desempeñan los Estados miembros y la  Comunidad  en  la  creación,  producción  y distribución de obras culturales de multimedios de calidad;</p>
    <p class="parrafo">8)  Considerando  que  los  tres  objetivos  estratégicos  a  largo  plazo de la política  de  la  Comunidad  deben  ser  facilitar el desarrollo de la industria europea  de  los  contenidos,  optimizar la contribución de los nuevos servicios de  la  información  al  crecimiento, la competitividad y el empleo en Europa, y aumentar  al  máximo  posible  la  contribución de los servicios avanzados de la información  al  desarrollo  profesional,  social  y  cultural de los ciudadanos europeos;</p>
    <p class="parrafo">9)  Considerando  que  existen  muchos  obstáculos al desarrollo de la industria y  del  mercado  europeo  de los multimedios, los cuales dificultan el paso a la sociedad de la información;</p>
    <p class="parrafo">10)  Considerando  que  la  Comunidad  debe basarse en la gran competitividad de algunos  de  sus  sectores  de  los  contenidos; que es preciso fortalecer dicha competitividad en otros sectores de los contenidos;</p>
    <p class="parrafo">11)   Considerando   que   las   necesidades   de  los  usuarios  de  contenidos informativos,  especialmente  de  las  pequeñas  y medianas empresas (PYME) y de las   regiones   menos   favorecidas  de  la  Comunidad,  merecen  una  especial atención;</p>
    <p class="parrafo">12)  Considerando  que  es  preciso tomar medidas para fomentar la participación de las PYME en el presente Programa;</p>
    <p class="parrafo">13)  Considerando  que  los  diferentes  niveles de desarrollo existentes en los Estados  miembros  en  la  oferta  y  utilización de servicios de la información merecen  una  consideración  especial,  habida  cuenta de la adhesión interna de la  Comunidad  y  los  riesgos derivados de una sociedad de la información a dos velocidades;</p>
    <p class="parrafo">14)  Considerando  que  las  acciones  comunitarias  emprendidas  en  materia de contenidos  de  información  deben  respetar  al  pluralismo  ling ístico  de la Unión  e  incentivar  las  iniciativas  referentes  a  las  adaptaciones  en las lenguas   de   los   Estados   miembros   de   los   contenidos  de  información multimedios;</p>
    <p class="parrafo">15)   Considerando   que   las   medidas   del   programa   para  fortalecer  la competitividad   de  la  industria  europea  de  los  contenidos  complementarán otras   actuaciones   y,   en   particular,   las   relaciones   con  el  sector audiovisual, incluidos el cine y la televisión;</p>
    <p class="parrafo">16)  Considerando  que  las  medidas  sobre  contenidos  deben  complementar las iniciativas  nacionales  y  comunitarias  en  curso,  como se puso de relieve en el  plan  de  actuación  de  la  Comisión «Europa en marcha hacia la sociedad de la  información.  Plan  de  actuación»;  que  deben  llevarse  a  la práctica en sinergia  con  programas  comunitarios  de  investigación (programas relativos a la   tecnología   avanzada,   la   tecnología,  los  servicios  de  comunicación avanzados   y   la   telemática),   así  como  con  las  iniciativas  y  medidas comunitarias  en  el  ámbito  de  la  educación,  la formación, la cultura y las PYME y con los Fondos estructurales;</p>
    <p class="parrafo">17)  Considerando  que  la  Comisión  debe  asegurar  la  complementariedad y la sinergia  con  iniciativas  y  programas  comunitarios  relacionados  con  estas medidas, mediante los mecanismos de coordinación adecuados;</p>
    <p class="parrafo">18)  Considerando  que  debe  realizarse  un  seguimiento continuo y sistemático del  presente  Programa  para  adaptarlo,  cuando  sea necesario, a la evolución del  mercado  de  los  contenidos  multimedios;  que debe realizarse a su debido</p>
    <p class="parrafo">tiempo   una   evolución   independiente  del  Programa  a  fin  de  recabar  la información  necesaria  para  fijar  los  objetivos de posteriores medidas sobre contenidos;  que  al  concluir  el  Programa  debería  realizarse  una evolución final  para  comparar  los  resultados  con  los  objetivos  establecidos  en la presente Decisión;</p>
    <p class="parrafo">19)   Considerando   que  las  actividades  del  presente  Programa  no  suponen perjuicio alguno de las reglas comunitarias de la competencia;</p>
    <p class="parrafo">20)  Considerando  que  las  actividades  del presente Programa relacionadas con la  explotación  de  la  información del sector público europeo se aplicarán con arreglo  a  lo  dispuesto  en  el  artículo  128  del  Tratado  y  requieren  el tratamiento  de  los  compendios  de  datos  del  sector público en ámbitos como los  compendios  de  datos  empresariales  y  jurídicos, sistemas de derechos de autor   y   depósito   de   patentes;  organismos  educativos  y  de  formación, bibliotecas,   museos,   archivos   históricos   y   objetos  arquitectónicos  e industriales;   que   dichas   actividades   no   irán   en   detrimento  de  la confidencialidad  de  la  información  conservada  por  el  sector  público, por ejemplo  la  relativa  a  asuntos  de  la seguridad nacional, defensa, seguridad pública y prevención, investigación, detección y persecución del delito;</p>
    <p class="parrafo">21)    Considerando   que   procede   emprender   actividades   de   cooperación internacional  con  organizaciones  internacionales  y terceros países a efectos de la aplicación del Programa;</p>
    <p class="parrafo">22) Considerando que es necesario fijar la duración del Programa;</p>
    <p class="parrafo">23)   Considerando   que,   con  arreglo  al  punto  2  de  la  Declaración  del Parlamento  Europeo,  del  Consejo  y  de  la Comisión de 6 de marzo de 1995, en la  presente  Decisión  se  introducirá  un importe de referencia financiera que cubra  toda  la  duración  del  Programa, sin que ello afecte a las competencias de la Autoridad presupuestaria definidas en el Tratado,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se adopta un Programa (INFO 2000) con los objetivos siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-  crear  condiciones  favorables  para el desarrollo de la industria europea de los contenidos multimedios,</p>
    <p class="parrafo">- fomentar la demanda y la utilización de contenidos multimedios,</p>
    <p class="parrafo">-  contribuir  al  desarrollo  profesional,  social y cultural de los ciudadanos europeos,</p>
    <p class="parrafo">-  fomentar  el  intercambio  de  conocimientos  entre usuarios y proveedores de productos multimedios y de la infraestructura del conocimiento.</p>
    <p class="parrafo">A  los  efectos  de  la presente Decisión, los contenidos multimedios se definen como  combinaciones  de  datos,  textos,  sonido, gráficos, animación e imágenes fijas   y   móviles,  almacenadas  en  forma  digital  y  accesibles  de  manera interactiva.</p>
    <p class="parrafo">Los  objetivos  del  Programa  se  centrarán  en  los  sectores  de  imprenta  y publicación  electrónica  de  la  industria  de los contenidos y su contribución a   los   servicios   de   información   para   fomentar   el   crecimiento,  la competitividad   y   el   empleo   en  Europa,  reconociendo,  no  obstante,  la contribución  de  los  sectores  audiovisuales de la industria de los contenidos hacia el desarrollo de la industria europea de los contenidos multimedios.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Para  cumplir  los  objetivos  mencionados  en el artículo 1, se llevarán a cabo las  actuaciones  que  se  mencionan  a  continuación,  bajo los auspicios de la Comisión  y  de  conformidad  con  las  líneas  de  actuación establecidas en el Anexo  I  y  con  las normas de desarrollo del Programa establecidas en el Anexo III:</p>
    <p class="parrafo">- fomento de la demanda y actividades de sensibilización,</p>
    <p class="parrafo">- explotación de la información del sector público europeo,</p>
    <p class="parrafo">- liberación del potencial de Europa en multimedios,</p>
    <p class="parrafo">- medidas de acompañamiento.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">El  programa  abarcará  un  período  de  cuatro  años  que irá del 1 de enero de 1996 al 31 de diciembre de 1999.</p>
    <p class="parrafo">El  importe  de  referencia  financiera  para  la  ejecución del Programa actual durante  el  período  comprendido  entre  el  1  de  enero  de  1996  y el 31 de diciembre de 1999 se elevará a 65 millones de ecus.</p>
    <p class="parrafo">La  Autoridad  presupuestaria  otorgará  los  créditos  anuales  dentro  de  los límites de las perspectivas financieras.</p>
    <p class="parrafo">En el Anexo II se expone un desglose indicativo del gasto.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">1. La Comisión será responsable de la aplicación del Programa.</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  estará  asistida  por  un  Comité  compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">2. El procedimiento que se establece en el artículo 5 se aplicará a:</p>
    <p class="parrafo">- la adopción del programa de trabajo, el desglose del gasto presupuestario,</p>
    <p class="parrafo">- los criterios y el contenido de las convocatorias de propuestas,</p>
    <p class="parrafo">-  la  evaluación  de  los  proyectos  propuestos en virtud de las convocatorias de   propuestas  de  financiación  comunitaria  y  el  importe  estimado  de  la contribución  comunitaria  para  cada  proyecto  cuando alcance o supere los 200 000 ecus,</p>
    <p class="parrafo">- las medidas de evaluación del programa,</p>
    <p class="parrafo">-  cualquier  divergencia  de  las  normas  establecidas  en el Anexo III que se aplican habitualmente,</p>
    <p class="parrafo">-  la  participación  en  cualquier  proyecto  de personas jurídicas de terceros países y organizaciones internacionales.</p>
    <p class="parrafo">3.  Cuando,  con  arreglo  al  cuarto  guión  del  apartado  2, el importe de la contribución  comunitaria  sea  inferior  a  200 000 ecus, la Comisión informará al Comité de los proyectos y de los resultados de su evaluación.</p>
    <p class="parrafo">4.  La  Comisión  informará  periódicamente  al  Comité  de  los  avances  en la ejecución del Programa en su conjunto.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">El  representante  de  la  Comisión  someterá  al  Comité  un  proyecto  de  las medidas   que   deban  tomarse.  El  Comité  emitirá  su  dictamen  sobre  dicho proyecto  en  un  plazo  que  el  presidente  podrá  determinar en función de la urgencia  de  la  cuestión  de  que  se  trate.  El dictamen se emitirá según la mayoría  prevista  en  el  apartado  2 del artículo 148 del Tratado para adoptar aquellas  decisiones  que  el  Consejo  deba  tomar  a propuesta de la Comisión. Con  motivo  de  la  votación  en  el Comité, los votos de los representantes de los  Estados  miembros  se  ponderarán  de  la  manera  definida  en el artículo</p>
    <p class="parrafo">anteriormente citado. El presidente no tomará parte en la votación.</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  adoptará  las  medidas previstas cuando sean conformes al dictamen del Comité.</p>
    <p class="parrafo">Cuando  las  medidas  previstas  no  sean  conformes al dictamen del Comité o en caso  de  ausencia  de  dictamen, la Comisión someterá sin demora al Consejo una propuesta   relativa   a   las   medidas   que  deban  tomarse.  El  Consejo  se pronunciará por mayoría cualificada.</p>
    <p class="parrafo">Si,  transcurrido  un  plazo  de  tres  meses  a  partir  del  momento en que la propuesta  se  haya  sometido  al  Consejo,  éste  no se hubiere pronunciado, la Comisión adoptará las medidas propuestas.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">1.  Para  garantizar  que  los fondos comunitarios se utilizan de manera eficaz, la  Comisión  asegurará  que  las  actuaciones que se emprendan con arreglo a la presente  Decisión  estén  sujetas  a  una  valoración  previa  efectiva,  a  un control y a la subsiguiente evaluación.</p>
    <p class="parrafo">2.  Durante  la  ejecución  de los proyectos y tras su finalización, la Comisión evaluará  el  modo  en  que  se han realizado y los efectos de su ejecución para comprobar si se han alcanzado los objetivos iniciales.</p>
    <p class="parrafo">3.   Los   beneficiarios   seleccionados  presentarán  un  informe  anual  a  la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">4.   Cuando  hayan  transcurrido  tres  años  y  al  término  del  Programa,  la Comisión  presentará  al  Parlamento  Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social  y  al  Comité  de  las  Regiones,  previo  examen  por  parte del Comité mencionado  en  el  artículo  5,  un  informe de evaluación sobre los resultados obtenidos  al  aplicar  las  líneas  de  actuación mencionadas en el artículo 2. La  Comisión  podrá  presentar,  con  arreglo  a  dichos  resultados, propuestas para reorientar el Programa.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 7</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Programa,   con  arreglo  al  procedimiento  establecido  en  el artículo  5  y  sin  apoyo  financiero  comunitario con cargo al Programa, podrá abrirse  a  la  participación  de  personas  jurídicas  establecidas en terceros países   y   de   organizaciones,  en  la  medida  en  que  dicha  participación contribuya  de  manera  eficaz  a  la realización del Programa y tenga en cuenta el principio del beneficio mutuo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 8</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 20 de mayo de 1996.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">P. BERSANI</p>
    <p class="parrafo">ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">LINEAS DE ACTUACION DE INFO 2000</p>
    <p class="parrafo">LINEA DE ACTUACION 1: Fomento de la demanda y actividades de sensibilización</p>
    <p class="parrafo">El  desconocimiento  del  potencial  de  los  nuevos productos y servicios de la información  multimedios  es  un  factor  limitador  de  la demanda. La presente línea   de  actuación  contribuye  a  modificar  esta  situación  añadiendo  una dimensión   europea  a  las  actividades  de  sensibilización  dirigidas  a  los grupos  de  usuarios  en  el  ámbito  nacional  o regional. Se prestará especial</p>
    <p class="parrafo">atención   a  las  actividades  destinadas  a  favorecer  el  desarrollo  de  la demanda  en  las  regiones  menos  favorecidas  y en las regiones periféricas de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">1.1.  Creación  de  nuevos  mercados  mediante  la realización de actividades de sensibilización a nivel europeo para grupos específicos de usuarios</p>
    <p class="parrafo">En  el  Programa  Impact  se  creó una red de entidades en los Estados miembros, a  la  que  se  asignó  el  cometido  de  realizar campañas de sensibilización y divulgación  de  los  nuevos  servicios  de información. En los diversos Estados miembros  desempeñan  esta  función  entidades  como  las  cámaras  de comercio, organizaciones  profesionales  u  organismos  públicos,  que al funcionar dentro de  una  red  de  ámbito  europeo  pueden  conferir  una dimensión europea a sus actividades.</p>
    <p class="parrafo">En  INFO  2000  se  seguirá  utilizando  y se ampliará esta fórmula de éxito. La participación  de  la  Comunidad  en  la  red  como  elemento  catalizador  y de coordinación  añade  valor  a  las  actividades individuales y las enmarca en un claro  contexto  europeo.  Aparte  de las ayudas financieras que se concederán a actividades   concretas   de  dimensión  europea,  la  Comisión  incentivará  el intercambio   de   conocimientos  técnicos  y  experiencia,  la  utilización  de medios  comunes  de  información  y  comunicación  y  la  cooperación  entre las diversas entidades que participen en proyectos conjuntos.</p>
    <p class="parrafo">Las   entidades   que   participen   en   la   red   realizarán  las  siguientes actividades:</p>
    <p class="parrafo">-  proporcionar  acceso  a  los compendios y catálogos de información existentes en la Comunidad,</p>
    <p class="parrafo">-   demostrar   y   facilitar   el  acceso  a  las  autopistas  europeas  de  la información,</p>
    <p class="parrafo">-  asesorar  a  los  usuarios sobre fuentes de información que puedan satisfacer sus  necesidades  de  contenidos  multimedios,  tanto  de carácter nacional como internacional,</p>
    <p class="parrafo">-   fomentar   campañas   europeas  de  sensibilización  coordinadas  de  ámbito nacional o regional.</p>
    <p class="parrafo">Las  actividades  estarán  principalmente  destinadas  a las pequeñas y medianas empresas  (PYME)  y  a  las  bibliotecas.  La  selección  de  los  destinatarios concretos   quedará   en   manos   de   la  entidades  nacionales  y  regionales interesadas, dada su mayor proximidad a ellos.</p>
    <p class="parrafo">Se  efectuará  una  convocatoria  de  propuestas  para  seleccionar  un total de aproximadamente  treinta  entidades  con  vistas  a  su participación en la red. Los  criterios  de  selección  comprenderán el conocimiento del mercado local de la   información,   la   afinidad   con   los   destinatarios   previstos  y  la disponibilidad  para  trabajar  en  una red europea. Se fomentará la realización de  actuaciones  encaminadas  a  estimular  el  interés  de  las  mujeres en los nuevos servicios de la información.</p>
    <p class="parrafo">La  red  cooperará  con  otras  entidades  nacionales.  Mantendrá  asimismo  una estrecha  relación  con  otros  organismos  y  redes  apoyados  por la Comunidad cuyo   cometido   sea  complementario,  como  la  Oficina  de  Proyectos  de  la Sociedad  de  la  Información,  los Centros Europeos de Información Empresarial, la  Red  de  Cooperación  Empresarial  (BC-Net),  los  Centros de Enlace Value y las  Sociedades  de  Formación  Universidad-Empresa.  Organismos  de estas redes</p>
    <p class="parrafo">podrían  ser  seleccionados  en  la  convocatoria  de  propuestas. Se intentarán evitar  las  redes  paralelas  o duplicadas. Por último, se procurará aprovechar las  actividades  de  sensibilización  realizadas  dentro  del  Cuarto  Programa Marco   de   investigación   y   desarrollo  tecnológicos  (IDT),  como  ACTS  y Telemática, y actuar en sinergia con ellas.</p>
    <p class="parrafo">1.2. Fomento de los grupos paneuropeos de usuarios</p>
    <p class="parrafo">La  fortaleza  de  la  demanda tiene gran importancia para el buen desarrollo de un  mercado  de  productos  y  servicios  avanzados  de  la información como los multimedios.  Habida  cuenta  de  la  rapidez  con que se suceden los cambios en el  mercado  de  la  información,  la  transición  puede  suavizarse  si  hay un diálogo  entre  proveedores  y  clientes de carácter periódico. De modo general, la  oferta  tiende  a  estar  mejor organizada que la demanda tanto en el ámbito nacional  como  en  el  europeo.  En  dos  de  los tres sectores que componen la industria    de    los    multimedios    -tecnología   de   la   información   y telecomunicaciones-  el  lado  de  la  demanda  está  cada  vez mejor organizado tanto a nivel nacional como europeo.</p>
    <p class="parrafo">En  el  tercer  sector  la  industria de los contenidos, sin embargo, el lado de la  demanda  es  fragmentario  y  está mucho menos organizado. Tradicionalmente, las  relaciones  entre  los  proveedores de contenidos y los usuarios han tenido lugar   de   manera   indirecta,  es  decir,  a  través  de  intermediarios.  La situación  está  cambiando,  no  obstante,  merced a la influencia de las nuevas redes  de  comunicación.  Asimismo,  en  el  sector  de los contenidos se siente cada  vez  más  la  necesidad  de  que los proveedores y los usuarios tengan una relación  directa.  Aunque  las  organizaciones  profesionales  y  las entidades del  sector  industrial  empiezan  a  ocuparse  del  asunto a nivel nacional, es importante  que  surjan  agrupaciones  de usuarios de ámbito europeo para que el mercado europeo de los contenidos multimedios tenga éxito.</p>
    <p class="parrafo">Las  actividades  previstas  en  INFO  2000  pretenden  estimular  este proceso, proporcionado  incentivos  a  la  cooperación  y  al  intercambio de experiencia entre  grupos  nacionales  de  usuarios  y, como consecuencia de ello, fomentado la  creación  de  agrupaciones  europeas.  Se diseñarán medidas específicas para abordar   problemas  fundamentales  de  los  usuarios  como,  por  ejemplo,  los relativos  a  la  garantía  de calidad y a las cuestiones de responsabilidad. La red   de   entidades  de  difusión  se  utilizará  para  analizar  la  situación existente  en  cada  uno  de  los  Estados  miembros  y  desempeñará una función catalizadora en la creación de grupos de usuarios paneuropeos.</p>
    <p class="parrafo">LINEA  DE  ACILJACION  2:  Explotación  de  la  información  del  sector público europeo</p>
    <p class="parrafo">El  sector  público  recopila  y  produce  grandes cantidades de información que muchas   veces   tiene  interés  para  particulares  y  empresas,  y  puede  ser utilizada   por   la  industria  de  los  contenidos  como  materia  prima  para producir  servicios  con  valor  añadido.  Es  el  caso,  por  ejemplo,  de  los institutos de estadística regionales, nacionales o de ámbito europeo.</p>
    <p class="parrafo">Los  tres  grupos  de  actividades  siguientes serán particularmente útiles a la hora  de  secundar  al  sector  público  en  este  cometido y aprovechar a nivel europeo  su  potencial,  sin  perjuicio  de  las competencias de las autoridades de los Estados miembros para aplicar programas culturales:</p>
    <p class="parrafo">-  concepción  de  medidas  de acceso y explotación de la información del sector</p>
    <p class="parrafo">público,</p>
    <p class="parrafo">- coordinación de las guías sobre información del sector público europeo,</p>
    <p class="parrafo">- utilización de los recursos de contenidos del sector público.</p>
    <p class="parrafo">Se   prestará   especial  atención  a  mejorar  el  acceso  desde  las  regiones periféricas de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Esta  línea  de  actuación  no tiene la finalidad de fomentar la armonización de la cultura europea.</p>
    <p class="parrafo">2.1.  Concepción  de  medidas  de  acceso  y  explotación  de la información del sector público europeo</p>
    <p class="parrafo">Las  normas  de  acceso  a  la  información  del  sector  público difieren mucho según  los  Estados  miembros.  En  alguno  casos, ni siquiera existen. A medida que  se  avance  hacia  la  sociedad  de  la  información, esta situación podría convertirse  en  un  obstáculo  para  la  plena  participación de particulares y empresas   en   toda   Europa  y  originar  una  desigual  distribución  de  las oportunidades.  Por  consiguiente,  es  preciso  emprender iniciativas de ámbito europeo  encaminadas  a  la  concepción  de medidas que faciliten el acceso a la información  en  manos  del  sector  público  y su explotación, especialmente en lo referido a los recursos de información de interés europeo.</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión,  en  estrecha  colaboración con los Estados miembros y los agentes del  mercado,  elaborará  un  Libro  verde  que  estudiará  la  situación en los Estados   miembros,  la  posición  relativa  de  la  Comunidad  en  el  contexto mundial   y   las   posibilidades   de   convergencia   de   los  planteamientos nacionales.  A  fin  de  sentar  las  bases  de dicho Libro verde, se realizarán estudios  comparativos  de  las  situaciones  nacionales  y  se  fomentarán  los intercambios de experiencias nacionales.</p>
    <p class="parrafo">2.2. Coordinación de las guías sobre información del sector público europeo</p>
    <p class="parrafo">Varios  Estados  miembros  están  adoptando  iniciativas  prácticas para mejorar el  acceso  a  la  información  del sector público. En la sociedad europea de la información  debe  garantizarse  un  acceso  más  fácil  a  las empresas y a los ciudadanos europeos interesados en la información del sector público.</p>
    <p class="parrafo">La  Comisión  proporcionará,  pues,  apoyo  a  iniciativas  cuya  finalidad  sea editar  guías  sobre  la  información  del sector público europeo con un formato común,  para  que  puedan  interconectarse  y  sea  más fácil consultarlas desde cualquier punto de Europa.</p>
    <p class="parrafo">Una  vez  realizada  la  convocatoria de propuestas correspondiente, la Comisión proporcionará  también  apoyo  a  proyectos  piloto  para  la  edición  de guías informativas  de  estas  características,  que  podrían abordar la interconexión transnacional   de   las   guías   de   información   nacionales   y  regionales existentes,  así  como  la  creación  de  nuevas guías en cooperación. Recibirán particular   atención  aquellos  proyectos  piloto  que  aporten  soluciones  de carácter  multiling e  y  se  basen  en  acuerdos  entre  los sectores público y privado.</p>
    <p class="parrafo">2.3. Utilización de los recursos de contenidos del sector público</p>
    <p class="parrafo">Europa  cuenta  con  gran  cantidad  de  lo  que podrían llamarse «compendios de información»   en   manos  del  sector  público.  Es  preciso  movilizar  dichos compendios  si  Europa  aspira  al  aprovechamiento  comercial  de  estos bienes culturales  y  económicos  y  a  materializar  el  potencial  de las tecnologías avanzadas  en  apoyo  de  los  servicios  del  sector público. Los compendios de</p>
    <p class="parrafo">información  son  fundamentales  para  que  la  Comunidad  tenga  fuerza  en  la sociedad  mundial  de  la  información;  los  acuerdos  que se han concertado ya para  transferir  el  control  de  algunos  de  ellos  a  empresas  privadas, no siempre europeas, ponen de manifiesto su potencial comercial y estratégico</p>
    <p class="parrafo">La  mayor  parte  de  los  compendios  tienen  aún  formato  analógico,  pero la informatización   avanza   cada   vez   más.  El  Programa  INFO  2000  pretende movilizar  esos  compendios  informatizados  con  vistas  a  su  explotación  en cooperación entre el sector público y el sector privado.</p>
    <p class="parrafo">Con  este  fin  la  Comisión  proporcionará  apoyo  a la creación de inventarios europeos   de   compendios   de   información   informatizados  y  fomentará  su interconexión  a  escala  comunitaria.  Al  efecto  habrá de definirse un modelo común   normalizado   de   inventario   y   vincularlo   con   los  sistemas  de comercialización  de  derechos  de  propiedad intelectual. Mediante una serie de convocatorias  de  propuestas  se  proporcionará  apoyo  a  la  creación  de los inventarios  y  a  su  vinculación  con  los  sistemas  de  comercialización  de derechos   de   propiedad   intelectual.   Las   normas  y  requisitos  técnicos correspondientes  se  establecerán  a  través  de una serie de estudios y grupos de trabajo en los que participarán los agentes interesados.</p>
    <p class="parrafo">LINEA DE ACTUACION 3: Liberación del potencial de Europa en multimedios</p>
    <p class="parrafo">El  paso  «del  cuaderno  a  la  pantalla»  está  cambiando  de  manera rápida y fundamental  la  estructura  de  la  industria de los contenidos y las funciones que   en   ella   desempeñan   los   diversos  agentes.  Internacionalización  y multimedios  son  términos  clave  a este respecto. Los propios contenidos y los nuevos   métodos  para  su  creación,  su  empaquetado,  su  distribución  y  su comercialización  se  están  convirtiendo  a  pasos  agigantados  en los motores del cambio.</p>
    <p class="parrafo">Hacer  frente  a  los  cambios y aprovechar las oportunidades es en primer lugar responsabilidad  de  las  industrias  interesadas.  Sin  embargo,  aparte  de un pequeño  número  de  grandes  empresas  que  funcionan  a  escala mundial, en la actualidad  el  sector  europeo  de los contenidos está compuesto principalmente por  PYME,  a  las  cuales los cambios que se operan en el mercado internacional de  los  multimedios  y  la  velocidad  de dichos cambios plantean dificultades. Por  otra  parte,  los  costes  iniciales  que conlleva la producción de títulos de  multimedios  de  calidad  son elevados y el mercado europeo está fragmentado por  las  barreras  ling ísticas  y  culturales.  Por  consiguiente, alcanzar la masa  crítica  necesaria  para  recuperar las inversiones iniciales es mucho más difícil.</p>
    <p class="parrafo">Esta   circunstancia   coloca   en   desventaja   a  los  editores  europeos  de multimedios,   que   tradicionalmente   operaban   en  escenarios  nacionales  o regionales,  en  comparación  con  sus  competidores  de otras partes del mundo. El  aprovechamiento  del  potencial  del  mercado único será fundamental para la competitividad mundial.</p>
    <p class="parrafo">La  presente  línea  de  actuación  central  pretende  atenuar estas desventajas comparativas   de   los   productores  europeos  en  el  nuevo  mercado  de  los multimedios mediante las actuaciones siguientes:</p>
    <p class="parrafo">- fomento de contenidos multimedios europeos de alta calidad,</p>
    <p class="parrafo">-  adopción  de  un  planteamiento  práctico  en  materia de comercialización de los derechos sobre los multimedios,</p>
    <p class="parrafo">- estímulo e intercambio de los mejores métodos empresariales.</p>
    <p class="parrafo">3.1. Fomento de contenidos multimedios europeos de calidad</p>
    <p class="parrafo">La   producción   de   contenidos   multimedios  europeos  de  alta  calidad  se estimulará   en  cuatro  ámbitos  estratégicos:  la  explotación  económica  del legado  cultural  de  Europa,  los  servicios  empresariales para empresas y, en particular,   para   las  PYME,  la  información  geográfica  y  la  información científica,  técnica  y  médica.  Las  actividades  piloto  realizadas en dichos ámbitos  dentro  del  Programa  Impact  han  puesto  de manifiesto los problemas que  plantea  la  adopción  de  un  enfoque  paneuropeo  y han sentado las bases para posteriores actuaciones dentro de INFO 2000.</p>
    <p class="parrafo">Los   productos   multimedios   interactivos   de  carácter  multiling e  pueden apoyarse  en  la  riqueza  de los contenidos europeos disponibles y contribuir a la  superación  de  los  obstáculos  ling ísticos  y  otras  limitaciones de los mercados  nacionales  y  regionales.  Aparte  de  los beneficios económicos, una intensa  actividad  económica  europea  en  este campo contribuirá probablemente a  proteger  la  identidad  cultural  y  la  diversidad  ling ística.  Asimismo, mejorará  la  comprensión  de  la  diversidad cultural de los Estados miembros y de las regiones europeas.</p>
    <p class="parrafo">En  los  campos  mencionados  -legado  cultural europeo, servicios empresariales para  las  empresas  y,  en  particular, para las PYME, información geográfica e información  científica,  técnica  y  médica-,  se  realizarán  convocatorias de propuestas  con  vistas  a  financiar las fases iniciales y precomerciales de la creación  de  contenidos  multimedios  paneuropeos.  La  financiación  ayudará a las   empresas   interesadas   a   superar  los  obstáculos  específicos  de  la (re)utilización   multiling e   y   multicultural   de   los   contenidos  y  la cooperación  transnacional.  Las  fases  iniciales  comprenderán  la  definición del  producto,  la  búsqueda  de  socios,  la negociación para el intercambio de patentes,  la  planificación  para  distribuir  en cooperación, etc., producción de prototipos incluida.</p>
    <p class="parrafo">Se  proporcionará  apoyo  a  los  proyectos  que  demuestren la viabilidad de un planteamiento  multiling e  y  multicultural  transeuropeo, tengan un componente de  riesgo,  ejerzan  un  enérgico  efecto  de  catalizador  sobre  el mercado y conlleven  un  elevado  grado  de  participación de los usuarios. Por último, se proporcionarán  otros  incentivos  especiales  para fomentar la participación de las   PYME   y   de   las  entidades  de  las  regionales  periféricas  y  menos favorecidas y las de las lenguas con menos hablantes.</p>
    <p class="parrafo">Las  convocatorias  de  propuestas  estarán  estrechamente  coordinadas  con los programas  comunitarios  Rafael  y  el Programa Integrado en Favor de las PYME y la  Artesanía,  así  como  con  las  medidas  sectoriales  en  los  ámbitos  del comercio, el turismo y la economía social.</p>
    <p class="parrafo">3.2.  Comercialización  de  los  derechos  de  propiedad  intelectual  sobre los multimedios</p>
    <p class="parrafo">La  gestión  de  los  derechos  se  ha  organizado tradicionalmente por sectores (texto,   sonido,  imagen,  video,  etc.)  y  por  países.  En  la  era  de  los multimedios,   esta   situación   es   un  obstáculo  cada  vez  mayor  para  el desarrollo  de  los  mercados  de  los  contenidos  multimedios,  por  cuanto el tiempo  y  el  trabajo  que debe dedicarse a encontrar y adquirir los diferentes derechos  aumenta  en  proporción  a  la  enorme  cantidad  de  tipos de datos y</p>
    <p class="parrafo">países  en  que  viven  los  tenedores de dichos derechos. Las PYME y las nuevas empresas  de  medios  de  comunicación  son  quienes  más  sufren  la  situación actual, porque su voluntad es la de reutilizar el material existente.</p>
    <p class="parrafo">La  creación  de  contenidos  multimedios  paneuropeos  requiere  con frecuencia información  procedente  de  diversos  Estados  miembros, por lo que es esencial para  el  desarrollo  de  esta  industria la existencia de mecanismos eficaces y eficientes   de  comercialización  de  los  derechos  sobre  los  multimedios  a escala europea.</p>
    <p class="parrafo">Se  hará  una  convocatoria  de  propuestos  con  vistas  a  la  realización  de proyectos  piloto  que  sienten  las  bases  de  un  sistema electrónico para la comercialización   transfronteriza   de  los  derechos  sobre  los  multimedios. Además,  se  emprenderán  estudios  para  determinar  la  compatibilidad  de los diferentes  sistemas  europeos  de  comercialización  de  derechos  de propiedad intelectual  Por  último,  como  ayuda  a  las  PYME,  a  partir  de los mejores métodos   se   diseñarán   herramientas  prácticas  para  adquirir,  explotar  y proteger  los  derechos  sobre  los  multimedios.  Las actuaciones se basarán en las  actividades  de  investigación  y  desarrollo  tecnológico correspondientes del Cuarto Programa Marco.</p>
    <p class="parrafo">Aunque  no  debe  subestimarse  la  dificultad  de alcanzar el consenso, a largo plazo   podría   ser   necesaria  una  armonización  y  racionalización  de  los requisitos legales.</p>
    <p class="parrafo">LINEA DE ACTUACION 4: Medidas de acompañamiento</p>
    <p class="parrafo">Las  medidas  de  apoyo  al  Programa  pretenden  reforzar  los  efectos  de sus actuaciones  principales,  abordando  varias  cuestiones  horizontales referidas al conjunto del mismo.</p>
    <p class="parrafo">4.1. Observación y análisis del mercado de los contenidos multimedios</p>
    <p class="parrafo">De  forma  periódica  se  convocará  a  especialistas  de  la  industria  de los contenidos,   las   comunidades   de   usuarios  y  los  Estados  miembros  para supervisar,  analizar  y  debatir  la  repercusión  de  los  multimedios  en  la industria  de  los  contenidos  y  en  los  diferentes  agentes  de la cadena de enriquecimiento  de  la  información.  Cuando  se  organicen  las  reuniones, se utilizarán  en  la  medida  de  lo  posible  modernos  recursos  multimedios  de información y comunicación.</p>
    <p class="parrafo">La   composición  de  las  reuniones  reflejará  los  diversos  sectores  de  la creación,  distribución  y  utilización  de  los contenidos en la Comunidad, así como  los  diversos  aspectos  normativos  (por  ejemplo, la protección de datos personales)  con  repercusión  en  este  ámbito.  Constituirá,  pues, un foco de debate,  intercambio  de  experiencia  y cooperación entre los diversos sectores de  la  industria  de  los  contenidos, entre los responsables políticos a nivel europeo  y  nacional  y  entre  los  lados de la oferta y la demanda del mercado de los contenidos.</p>
    <p class="parrafo">Las reuniones se centrarán en las siguientes actividades:</p>
    <p class="parrafo">-  previsiones  coyunturales  a  largo  plazo,  que  se  actualizarán  cuando lo justifiquen   los   principales  acontecimientos  internacionales  en  mercados, tecnologías, industrias y políticas,</p>
    <p class="parrafo">-  cuestiones  fundamentales  de  interés  común para los agentes del mercado de los  diversos  sectores  y  Estados  miembros,  como  los  aspectos legales o la garantía de calidad,</p>
    <p class="parrafo">-  obstáculos  al  desarrollo  del  mercado  y  recomendaciones  a la industria, administraciones y usuarios para superarlos,</p>
    <p class="parrafo">-  recomendación  de  orientaciones  y  prioridades  para  la  ejecución de INFO 2000.</p>
    <p class="parrafo">Se  realizarán  estudios  para  vigilar  los  cambios  que  tengan  lugar en los mercados   de   contenidos   europeos   y  mundiales  y  analizar  a  fondo  las cuestiones fundamentales.</p>
    <p class="parrafo">4.2. Difusión de la utilización de normas sobre contenidos multimedios</p>
    <p class="parrafo">Es   necesario  contar  con  normas  de  estructuración  y  presentación  de  la información,   así   como   de  codificación  de  los  contenidos,  terminología incluida,  a  fin  de  facilitar  el intercambio de documentos y publicaciones y permitir   la  explotación,  consulta,  mantenimiento  y  reutilización  de  los contenidos.</p>
    <p class="parrafo">Se  proseguirán  y  ampliarán  los trabajos emprendidos en este campo dentro del Programa  Impact.  Se  proporcionará  apoyo  a las actividades que contribuyan a difundir  las  normas  existentes  en  materia  de  contenidos  y  a fomentar su utilización,  por  medio  de  seminarios  y foros electrónicos, y la publicación de informes en soporte papel y electrónico.</p>
    <p class="parrafo">4.3. Fomento de las cualificaciones a escala europea</p>
    <p class="parrafo">A  fin  de  fomentar  el  desarrollo  de la cualificaciones, se estimulará a las asociaciones  europeas  del  sector  a  crear y aplicar medidas para dotar a los proveedores  europeos  de  contenidos  de  cualificaciones con las que entrar en la  era  de  los  multimedios y la interactividad. Las actividades que recibirán apoyo se basarán por lo general en un planteamiento de tres fases:</p>
    <p class="parrafo">- determinación de las necesidades de formación más imperiosas,</p>
    <p class="parrafo">-  diseño  de  cursos  piloto  para  probar  la  eficacia  y  eficiencia  de las medidas propuestas,</p>
    <p class="parrafo">-  realización  de  las  actividades en los sectores pertinentes de la industria de   los  contenidos  informativos  y  del  sistema  educativo  y  de  formación profesional.</p>
    <p class="parrafo">Las  dos  primeras  fases  podrían  financiarse dentro de INFO 2000 y la tercera entraría  en  el  ámbito  de  programas como Sócrates y Leonardo, con los que se conseguirían   importantes  efectos  multiplicadores.  La  Comisión  garantizará que   las   actividades   que   desarrolle   la   Comunidad  sean  coherentes  y complementarias.</p>
    <p class="parrafo">Se  efectuarán  amplias  consultas  con  los  representantes  de la industria de los  contenidos  para  determinar  las  necesidades más urgentes y en qué campos fundamentalmente   se   aplicarán   las   medidas.  De  este  modo  se  asociará estrechamente  con  estas  iniciativas  a  los representantes de universidades y centros   de   formación  profesional.  El  papel  de  la  Comunidad  consistirá principalmente en estimular, coordinar y hacer posible el proceso.</p>
    <p class="parrafo">4.4. Estímulo e intercambio de los mejores métodos</p>
    <p class="parrafo">Se   proporcionará   apoyo   a   las   actividades  que  pretendan  estimular  e intercambiar   en   el   ámbito   europeo   los  mejores  métodos  empresariales utilizados  en  la  industria  de  los  contenidos  multimedios.  Este  tipo  de actividades   consistirá   en   la   descripción   de  los  procesos  y  modelos empresariales   propios   de   dicha   industria,   por  ejemplo  para  adquirir propiedad   intelectual,   valorar  y  gestionar  los  bienes  de  contenidos  e</p>
    <p class="parrafo">intercambiar   experiencias   con   grupos  de  consumidores  de  multimedios  a efectos de ensayo y evaluación de productos y servicios multimedios.</p>
    <p class="parrafo">Las  actividades  se  llevarán  a  la  práctica  por medio de una combinación de estudios,   grupos   de  trabajo,  seminarios  y  publicaciones.  Se  colaborará estrechamente  con  las  entidades  correspondientes  de la industria europea de los contenidos.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">DESGLOSE INDICATIVO DEL GASTO</p>
    <p class="parrafo">-----------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">|1. Fomento de la demanda y actividades de             |22-32%  |</p>
    <p class="parrafo">|sensibilización                                       |        |</p>
    <p class="parrafo">-----------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">|2. Explotación de la información del sector público   |18-23%  |</p>
    <p class="parrafo">|europeo                                               |        |</p>
    <p class="parrafo">-----------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">|3. Liberación del potencial de Europa en multimedios  |45-57%  |</p>
    <p class="parrafo">-----------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">|4. Medidas de acompañamiento                          |3-8%    |</p>
    <p class="parrafo">-----------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">|Total                                                 |100%    |</p>
    <p class="parrafo">-----------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">El  presente  desglose  no  excluye  la  posibilidad  de  que  un proyecto pueda tener relación con varias de las actividades mencionadas.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO III</p>
    <p class="parrafo">NORMAS DE DESARROLLO DE INFO 2000</p>
    <p class="parrafo">1.  La  Comisión  aplicará  el Programa de conformidad con los aspectos técnicos mencionados en el Anexo I.</p>
    <p class="parrafo">2.  El  Programa  se  realizará  por  actuación  indirecta y, en la medida de lo posible,  por  costes  compartidos.  La  contribución financiera de la Comunidad no  excederá  el  mínimo  que  se  considere  necesario  para  el  proyecto y se concederá,  en  principio,  únicamente  si  el proyecto se enfrenta a obstáculos financieros  que  no  puedan  superarse  de otra manera. Además, la contribución financiera  comunitaria  no  excederá  por  lo general del 50% de los costes del proyecto,  excepto  en  casos  excepcionales  debidamente  justificados teniendo en  cuenta  en  particular  la  participación  de  las PYME y las regiones menos favorecidas   y   disminuirá  progresivamente  cuanto  más  próximo  esté  dicho proyecto de su comercialización.</p>
    <p class="parrafo">3.  La  selección  de  los  proyectos  de  costes  compartidos se basará, por lo general,   en   el   procedimiento   habitual  de  convocatorias  de  propuestas publicadas  en  el  Diario  Oficial de las Comunidades Europeas. El contenido de dichas   convocatorias   se   determinará   en  estrecha  colaboración  con  los expertos  y  de  conformidad  con  el  procedimiento mencionado en el artículo 5 de  la  Decisión.  El  criterio  principal  para conceder ayudas a los proyectos será  el  de  su  potencial contribución al logro de los objetivos del Programa. Las  normas  de  desarrollo  se  acomodarán  a los intereses de todas las clases de agentes del mercado para facilitar su participación en el Programa.</p>
    <p class="parrafo">4.   Las   solicitudes   de  financiación  comunitaria  deberán  contar,  cuando proceda,  con  un  plan  financiero  que  enumere  todos  los  componentes de la</p>
    <p class="parrafo">financiación  de  los  proyectos,  incluida  la ayuda financiera solicitada a la Comunidad, y otras peticiones de subvenciones o ayudas de otras fuentes.</p>
    <p class="parrafo">5.  Asimismo,  la  Comisión  podría  seguir  un  programa  de  financiación  más flexible  que  las  convocatorias  de propuestas a fin de incentivar la creación de  acuerdos  de  colaboración  en  los  que  participen fundamentalmente PYME y organizaciones   de   las  regiones  menos  favorecidas,  así  como  para  otras actividades   exploratorias   en   diferentes   sectores   del  mercado  de  los contenidos   multimedios.   Dicho   programa   podría   funcionar  con  carácter permanente.</p>
    <p class="parrafo">6.  En  casos  excepcionales,  la Comisión tomará en consideración propuestas de proyectos  espontáneas  que  supongan  un  avance  del mercado de los contenidos multimedios  particularmente  prometedor  y  significativo,  planteamientos  muy innovadores  o  metodologías  o  tecnologías excepcionales, que no puedan seguir los  trámites  normales  de  la  convocatoria  de  propuestas.  Se  mantendrá el objetivo de evitar las distorsiones del mercado.</p>
    <p class="parrafo">7.  Los  pormenores  del  los  procedimientos mencionados en los puntos 5 y 6 se llevarán  a  la  práctica  mediante el procedimiento de Comité de Reglamentación (tipo  IIIa)  y  de  conformidad con los Reglamentos financieros de la Comisión. Se publicarán en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">8.  Los  proyectos  que  la  Comisión  financie totalmente a través de contratos de  servicios  y  de  estudio  se  seleccionarán  por licitación, de conformidad con  las  disposiciones  financieras  en  vigor.  Con fines de transparencia, se publicará   el   programa  de  trabajo  y  se  distribuirá  a  las  asociaciones profesionales y organismos interesados</p>
    <p class="parrafo">9.  Con  vistas  a  la  ejecución  del  Programa, la Comisión emprenderá también una  serie  de  actividades  preparatorias,  de  acompañamiento  y  de apoyo con vistas   a   lograr  los  objetivos  generales  del  Programa  y  los  objetivos específicos   de  cada  línea  de  actuación.  Dichas  actividades  comprenderán estudios  y  trabajos  de  asesoramiento  al Programa; actividades preparatorias de  las  futuras  actividades;  medidas  para  facilitar  la participación en el Programa,  así  como  el  acceso  a  sus resultados; publicaciones y actividades de  difusión,  promoción  y  explotación  de  los  resultados;  análisis  de las posibles  consecuencias  socioeconómicas  del  Programa,  y actividades de apoyo como   observación  y  análisis  del  mercado  de  los  contenidos  multimedios, difusión  de  la  utilización  de  normas sobre contenidos multimedios y fomento de las cualificaciones a escala europea.</p>
    <p class="parrafo">Al  ejecutar  las  actividades  correspondientes  a la línea de actuación 1, las actividades  centrales  de  apoyo  y  administración  no  excederán  del 35% del gasto  total  en  relación  con  el  gasto  correspondiente  a  las  actividades descentralizadas.</p>
    <p class="parrafo">10.   Todos  los  proyectos  que  se  beneficien  de  un  apoyo  financiero  del Programa  INFO  2000  deberán  hacer  figurar  en  sus productos una mención del apoyo recibido.</p>
  </texto>
</documento>
