<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021190125">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-1998-80328</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19980216</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>162/1998</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 16 de febrero de 1998, por la que se modifica la Decisión 95/514/CE sobre la equivalencia de las inspecciones en pie realizadas en terceros países en cultivos productores de semillas y la equivalencia de las semillas producidas en terceros países.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19980224</fecha_publicacion>
    <diario_numero>53</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>21</pagina_inicial>
    <pagina_final>21</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/1998/053/L00021-00021.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia/>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="5722" orden="1">Producción</materia>
      <materia codigo="6528" orden="2">Semillas</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1995-81800" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 6 de la Decisión 95/514, de 29 de noviembre</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  66/400/CEE  del  Consejo, de 14 de junio de 1966, relativa a  la  comercialización  de  las  semillas de remolacha (1) y, en particular, la letra b) del apartado 1 de su artículo 16,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  66/401/CEE  del  Consejo, de 14 de junio de 1966, relativa a  la  comercialización  de  las  semillas  de  plantas  forrajeras  (2)  y,  en particular, la letra b) del apartado 1 de su artículo 16,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  66/402/CEE  del  Consejo, de 14 de junio de 1966, relativa a  la  comercialización  de  las  semillas  de cereales (3) y, en particular, la letra b) del apartado 1 de su artículo 16,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  69/208/CEE  del  Consejo, de 30 de junio de 1969, relativa a  la  comercialización  de  las  semillas de plantas oleaginosas y textiles (4) y, en particular, la letra b) del apartado 1 de su artículo 15,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Decisión  95/514/CE  (5)  constata  que  por  un  período limitado   las   inspecciones  sobre  el  terreno  de  cultivos  productores  de semillas   de  determinadas  especies  efectuadas  en  algunos  terceros  países satisfacen  las  condiciones  fijadas  en  las  Directivas 66/400/CE, 66/401/CE, 66/402/CE  y  69/208/CE;  que  la Decisión 95/514/CE constata, asimismo, que las semillas  de  determinadas  especies  producidas  en ciertos terceros países son equivalentes a las semillas correspondientes producidas en la Comunidad;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Decisión  95/514/CE  expira  el  31 de diciembre de 1997; que, por consiguiente, es necesario adoptar una nueva decisión;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  la  Decisión  95/514/CE se hace referencia a los sistemas de  la  OCDE  para  la certificación varietal de semillas destinadas al comercio internacional,  por  tratarse  de  uno  de los elementos fundamentales en que se basa el reconocimiento de la equivalencia comunitaria;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  1995  se  incorporó  con  carácter  experimental a dichos sistemas un método alternativo de certificación de semillas;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   todavía   no   se   han  evaluado  los  resultados  de  ese experimento;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,   en   esas  circunstancias,  es  conveniente  prorrogar  la equivalencia,  aunque  limitándola  a  dos  años  más  en  virtud de la presente Decisión,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  el  artículo  6  de  la  Decisión 95/514/CE, la fecha de «31 de diciembre de 1997» se sustituirá por «31 de diciembre de 1999».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 16 de febrero de 1998.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">J. CUNNINGHAM</p>
    <p class="parrafo">__________________________</p>
    <p class="parrafo">(1)  DO  125  de  11. 7. 1966, p. 2290/66. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 96/72/CE (DO L 304 de 27.11.1996, p. 10).</p>
    <p class="parrafo">(2)  DO  125  de  11. 7. 1966, p. 2298/66. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 96/72/CE (DO L 304 de 27.11.1996, p. 10).</p>
    <p class="parrafo">(3)  DO  125  de  11. 7. 1966, p. 2309/66. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 96/72/CE (DO L 304 de 27.11.1996, p. 10).</p>
    <p class="parrafo">(4)  DO  L  169  de  10.  7.  1969,  p. 3. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 96/72/CE (DO L 304 de 27.11.1996, p. 10).</p>
    <p class="parrafo">(5)  DO  L  296  de  9.  12.  1995,  p. 34. Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión 97/33/CE (DO L 13 de 16.1.1997, p. 31).</p>
  </texto>
</documento>
