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<documento fecha_actualizacion="20241021194124">
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    <identificador>DOUE-L-2002-80474</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20020307</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>219/2002</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 7 de marzo de 2002, que modifica la Decisión 1999/283/CE relativa a las condiciones zoosanitarias y a la certificación veterinaria aplicables a las importaciones de carne fresca procedente de determinados países africanos en lo que respecta, en particular, a Botsuana y que modifica la Decisión 2000/585/CE por la que se establecen las condiciones zoosanitarias y de sanidad pública, así como la certificación veterinaria aplicables a la importación de carne de caza silvestre, carne de caza de cría y carne de conejo procedente de terceros países [notificada con el número C(2002) 892].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>20020314</fecha_publicacion>
    <diario_numero>72</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>27</pagina_inicial>
    <pagina_final>34</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2002/072/L00027-00034.pdf</url_pdf>
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      <materia codigo="6080" orden="6">Botswana</materia>
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      <materia codigo="674" orden="2">Caza</materia>
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      <materia codigo="4056" orden="5">Importaciones</materia>
      <materia codigo="6284" orden="7">Sanidad veterinaria</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2000-81877" orden="2050">
          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>los anexos I y II de la Decisión 2000/585, de 7 de septiembre</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1999-80730" orden="2050">
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          <texto>los anexos I y II de la Decisión 99/283, de 12 de abril</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina y de carne fresca o de productos a base de carne procedentes de países terceros (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1452/2001(2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 14,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 92/45/CEE del Consejo, de 16 de junio de 1992, sobre problemas sanitarios y de policía sanitaria relativos a la caza de animales silvestres y a la comercialización de carne de caza silvestre (3), cuya última modificación la constituye la Directiva 97/79/CE (4), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 16,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 92/118/CEE del Consejo, de 17 de diciembre de 1992, por la que se establecen las condiciones de policía sanitaria y sanitarias aplicables a los intercambios y a las importaciones en la Comunidad de productos no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normativas comunitarias específicas a que se refiere el capítulo I del anexo A de la Directiva 89/662/CEE y, por lo que se refiere a los patógenos, de la Directiva 90/425/CEE (5), cuya última modificación la constituye la Decisión 1999/724/CE (6) de la Comisión, y, en particular, el apartado 3 de su artículo 10,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) La Decisión 1999/283/CE de la Comisión (7), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/736/CE de la Comisión (8), establece las condiciones zoosanitarias y la certificación veterinaria aplicables a las importaciones de carne fresca procedente de determinados países africanos.</p>
    <p class="parrafo">(2) La Decisión 2000/585/CE de la Comisión (9), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/793/CE(10), establece las condiciones zoosanitarias y de sanidad pública, así como la certificación veterinaria aplicables a la importación de carne de caza silvestre, carne de caza de cría y carne de conejo procedente de terceros países.</p>
    <p class="parrafo">(3) El 7 de febrero de 2002, se registró en Botsuana un brote de fiebre aftosa en la zona comunitaria autorizada número 7 y las autoridades veterinarias competentes de Botsuana suspendieron inmediatamente las exportaciones a la Comunidad Europea de carne fresca deshuesada procedente de todo el país.</p>
    <p class="parrafo">(4) Las autoridades veterinarias competentes han facilitado información y ofrecido garantías en relación con la regionalización de determinadas zonas (10, 11, 12, 13 y 14) de Botsuana que, por lo tanto, deben ser autorizadas para importar en la Comunidad carne fresca deshuesada de animales de las especies bovina, ovina y caprina y ungulados silvestres y de cría.</p>
    <p class="parrafo">(5) Deben modificarse en consecuencia las Decisiones 1999/283/CE y 2000/585/CE; no obstante, los Estados miembros autorizarán la importación desde las zonas comunitarias autorizadas anteriormente de lotes de carne fresca deshuesada de animales de las especies bovina, ovina y caprina y ungulados silvestres y de cría sacrificados antes del 7 de febrero de 2002.</p>
    <p class="parrafo">(6) La presente Decisión se revisará a la luz de la evolución de la situación sanitaria.</p>
    <p class="parrafo">(7) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Los anexos I y II de la Decisión 1999/283/CE se sustituyen por los anexos I y II de la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los anexos I y II de la Decisión 2000/585/CE se sustituyen por los anexos III y IV de la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 7 de marzo de 2002.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">David Byrne</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">______________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 302 de 31.12.1972, p. 28.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 198 de 21.7.2001, p. 11.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 268 de 14.9.1992, p. 35.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO L 24 de 30.1.1998, p. 31.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO L 62 de 15.3.1993, p. 49.</p>
    <p class="parrafo">(6) DO L 290 de 12.11.1999, p. 32.</p>
    <p class="parrafo">(7) DO L 110 de 28.4.1999, p. 16.</p>
    <p class="parrafo">(8) DO L 275 de 18.10.2001, p. 32.</p>
    <p class="parrafo">(9) DO L 251 de 6.10.2000, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(10) DO L 297 de 15.11.2001, p. 12.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">"ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">Descripción de los territorios de determinados terceros países a efectos de la certificación zoosanitaria</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA EN PÁGINA 29</p>
    <p class="parrafo">ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">"ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">Modelos de certificados zoosanitarios exigidos</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA EN PÁGINA 30</p>
    <p class="parrafo">ANEXO III</p>
    <p class="parrafo">"ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">Descripción de los territorios de determinados terceros países a efectos de la certificación zoosanitaria</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA EN PÁGINA 31</p>
    <p class="parrafo">ANEXO IV</p>
    <p class="parrafo">"ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">Garantías zoosanitarias exigidas en los certificados de carne de caza silvestre, carne de caza de cría y carne de conejo</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 32 A 34</p>
    <p class="parrafo">Nota:</p>
    <p class="parrafo">y Podrá importarse en la Comunidad la carne procedente de animales sacrificados antes del 7 de febrero de 2002.</p>
    <p class="parrafo">x Podrá importarse en la Comunidad la carne procedente de animales sacrificados después del 7 de marzo de 2002"</p>
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