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    <identificador>DOUE-L-2004-80714</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20040331</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>626/2004</numero_oficial>
    <titulo>Decisión nº 626/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, por la que se modifica la Decisión nº 508/2000/CE por la que se establece el programa "Cultura 2000".</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20040403</fecha_publicacion>
    <diario_numero>99</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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      <materia codigo="2256" orden="1">Cultura</materia>
      <materia codigo="5762" orden="2">Programas</materia>
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      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde  el 1 de enero de 2005.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2000-80431" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>los arts. 1 y 3 de la Decisión 508/2000, de 14 de febrero</texto>
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      <alerta codigo="107" orden="1">Cultura y ocio</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="2">Unión Europea</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 151,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité de las Regiones (1),</p>
    <p class="parrafo">De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Mediante la Decisión n° 508/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de febrero de 2000, por la que se establece el programa "Cultura 2000" (3), se estableció un instrumento único de financiación y programación para la cooperación cultural para el período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2004.</p>
    <p class="parrafo">(2) Es necesario garantizar la continuidad de la acción cultural comunitaria en el marco de los cometidos atribuidos a la Comunidad por el artículo 151 del Tratado.</p>
    <p class="parrafo">(3) Conviene, por consiguiente, prorrogar el programa "Cultura 2000" dos años más, hasta el 31 de diciembre de 2006.</p>
    <p class="parrafo">(4) La revisión de las perspectivas financieras con vistas a la ampliación establece, para la rúbrica 3, un incremento del límite máximo que debe ser respetado por la autoridad legislativa en caso de prórroga de programas existentes.</p>
    <p class="parrafo">(5) Es imprescindible que la Comisión presente, a más tardar el 31 de diciembre de 2005, un informe de evaluación completo y detallado del programa "Cultura 2000" para que el Parlamento Europeo y el Consejo puedan examinar la propuesta del nuevo programa marco de acción comunitaria en materia de cultura, anunciado para 2004 y cuyo lanzamiento está previsto para 2007.</p>
    <p class="parrafo">DECIDEN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La Decisión n° 508/2000/CE queda modificada como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) En el primer párrafo del artículo 1, la fecha de 31 de diciembre de 2004 se sustituye por la de 31 de diciembre de 2006.</p>
    <p class="parrafo">2) En el primer párrafo del artículo 3, el importe de 167 millones de euros se sustituye por el de 236,5 millones de euros.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2005.</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión será obligatoria en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Estrasburgo, el 31 de marzo de 2004.</p>
    <p class="parrafo">Por el Parlamento Europeo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">P. Cox</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">D. Roche</p>
    <p class="parrafo">________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO C 23 de 27.1.2004, p. 20.</p>
    <p class="parrafo">(2) Dictamen del Parlamento Europeo de 16 de diciembre de 2003 (no publicado aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 8 de marzo de 2004.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 63 de 10.3.2000, p. 1.</p>
  </texto>
</documento>
