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    <identificador>DOUE-L-2008-80900</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20080124</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>385/2008</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 24 de enero de 2008, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo de la Directiva 2002/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto a las exenciones relativas a las aplicaciones del plomo y del cadmio [notificada con el número C(2008) 268].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20080524</fecha_publicacion>
    <diario_numero>136</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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      <materia codigo="3140" orden="">Electricidad</materia>
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      <materia codigo="3924" orden="">Gestión de residuos</materia>
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      <materia codigo="4890" orden="">Material de alumbrado</materia>
      <materia codigo="6814" orden="">Sustancias peligrosas</materia>
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          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo de la Directiva 2002/95, de 27 de enero de 2003</texto>
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      <alerta codigo="118" orden="">Industria</alerta>
      <alerta codigo="119" orden="">Medio ambiente</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 2002/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 2003, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (1) y, en particular, su artículo 5, apartado 1, letra b),</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) De conformidad con la Directiva 2002/95/CE, la Comisión debe llevar a cabo una evaluación de determinadas sustancias peligrosas prohibidas por el artículo 4, apartado 1, de dicha Directiva.</p>
    <p class="parrafo">(2) Deben eximirse de la prohibición determinados materiales y componentes que contienen plomo y cadmio por cuanto el uso de estas sustancias peligrosas todavía resulta inevitable en tales materiales y componentes. Todavía no es posible la sustitución de las aleaciones de cadmio de los transductores. No se dispone aún de lámparas planas sin mercurio y sin plomo, y tampoco se dispone de materiales sustitutivos viables del óxido de plomo para los tubos láser de argón y criptón.</p>
    <p class="parrafo">(3) Por tanto, debe modificarse en consecuencia la Directiva 2002/95/CE.</p>
    <p class="parrafo">(4) La Comisión ha consultado a las partes interesadas, con arreglo al artículo 5, apartado 2, de la Directiva 2002/95/CE.</p>
    <p class="parrafo">(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 18 de la Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2).</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El anexo de la Directiva 2002/95/CE queda modificado como se establece en el anexo de la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">_____________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 37 de 13.2.2003, p. 19. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2006/692/CE de la Comisión, DO L 283 de 14.10.2006, p. 50. (2) DO L 114 de 27.4.2006, p. 9.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 24 de enero de 2008.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Stavros DIMAS</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">En el anexo de la Directiva 2002/95/CE se añaden los puntos 30, 31 y 32 siguientes:</p>
    <p class="parrafo">«30. Las aleaciones de cadmio como juntas de soldadura eléctrica/mecánica de conductores eléctricos situados directamente en la bobina móvil de los transductores utilizados en altavoces de gran potencia con un nivel de presión acústica de 100 dB (A) y superior.</p>
    <p class="parrafo">31. El plomo en materiales de soldadura de lámparas fluorescentes planas sin mercurio (que se utilizan, por ejemplo, en pantallas de cristal líquido y en alumbrado de diseño o industrial).</p>
    <p class="parrafo">32. El óxido de plomo en la frita de sellado utilizada para hacer montajes de ventana para tubos láser de argón y criptón.».</p>
  </texto>
</documento>
