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<documento fecha_actualizacion="20241021204315">
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    <identificador>DOUE-L-2008-81867</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1590">Corrección (errores o erratas)</rango>
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    <titulo>Acta de corrección de errores del Segundo Protocolo adicional al Acuerdo por el que se establece una asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea firmado en Bruselas el 24 de julio de 2007.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20080923</fecha_publicacion>
    <diario_numero>255</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>34</pagina_inicial>
    <pagina_final>35</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2008/255/L00034-00035.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <materias>
      <materia codigo="67" orden="">Acuerdo de Asociación CE</materia>
      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="6081" orden="">Bulgaria</materia>
      <materia codigo="6083" orden="">Chile</materia>
      <materia codigo="1002" orden="">Comercio exterior</materia>
      <materia codigo="6120" orden="">Rumanía</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2007-81668" orden="2120">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>en la Decisión 2007/611, de 23 de julio</texto>
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      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
      <alerta codigo="123" orden="">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">La presente Acta de corrección de errores anula y sustituye a la Corrección de errores publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L 202 de 31 de julio de 2008, página 74.</p>
    <p class="parrafo">La presente Corrección de errores ha sido efectuada mediante el Acta de corrección de errores firmada en Bruselas el 30 de junio de 2008, siendo depositario el Consejo.</p>
    <p class="parrafo">1. En la página 13, en el anexo III, I, «Compromisos horizontales, Personas jurídicas», en la segunda columna, en el punto 3:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, incluidas las empresas conjuntas, solamente puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o de sociedad anónima con dos accionistas como mínimo. La creación de sucursales está sujeta a autorización. Sin consolidar por lo que se refiere a las oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a una actividad económica. […]»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, empresas en participación incluidas, sólo puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con un mínimo de dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a la actividad económica. […]».</p>
    <p class="parrafo">2. En la página 82, en el anexo III, II, «Compromisos relativos a sectores específicos, 5. Servicios de enseñanza con financiación privada, B. Servicios de enseñanza secundaria», en la tercera columna, en el punto 3:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «SI: Ninguna salvo: la mayoría de los miembros del consejo debe ser de nacionalidad eslovaca.» (*), debe decir: «SI: Ninguna salvo: la mayoría de los miembros del consejo debe ser de nacionalidad eslovena.».</p>
    <p class="parrafo">3. En la página 87, en el anexo III, II, «Compromisos relativos a sectores específicos, 6. Servicios relacionados con el medio ambiente, C. Protección del aire ambiental y del clima», en las columnas segunda y tercera, en el punto 1:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «1) Todos los Estados miembros excepto EE, LT, PL y RO: Sin consolidar EE, LT, PL: Ninguna.», debe decir: «1) Todos los Estados miembros excepto EE, LT, PL y RO: Sin consolidar EE, LT, PL, RO: Ninguna.».</p>
    <p class="parrafo">4. En la página 116, en el anexo IV, I, «Compromisos horizontales, Personas jurídicas», en la segunda columna, en el punto 3:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, incluidas las empresas conjuntas, solamente puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con por lo menos dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a la autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación pueden no dedicarse a la actividad económica.[…]»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, empresas en participación incluidas, sólo puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con un mínimo de dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a la actividad económica. […]».</p>
    <p class="parrafo">(*) — El término «consejo» es conforme con el Protocolo firmado y aparece como «consejo de administración» en la versión publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L 251 de 26 de septiembre de 2007, página 82 y otras.</p>
    <p class="parrafo">— Error en el Protocolo firmado. El término «eslovena» es correcto en la versión publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L 251 de 26 de septiembre de 2007, página 82.</p>
    <p class="parrafo">5. En la página 164, en el anexo VI, 1, «Compromisos horizontales, Personas jurídicas», en la segunda columna:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, incluidas las empresas conjuntas, solamente puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o de sociedad anónima con dos accionistas como mínimo. La creación de sucursales está sujeta a autorización. Sin consolidar por lo que se refiere a las oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a una actividad económica.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «BG: El establecimiento de proveedores extranjeros de servicios, empresas en participación incluidas, sólo puede tomar la forma de empresa de responsabilidad limitada o sociedad anónima con un mínimo de dos accionistas. El establecimiento de sucursales está sujeto a autorización. Sin consolidar para oficinas de representación. Las oficinas de representación no pueden dedicarse a la actividad económica.».</p>
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