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<documento fecha_actualizacion="20241021204426">
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    <identificador>DOUE-L-2008-82242</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1679">Otros</rango>
    <fecha_disposicion>20081110</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>844/2008</numero_oficial>
    <titulo>Posición Común 2008/844/PESC del Consejo, de 10 de noviembre de 2008, por la que se modifica la Posición Común 2006/276/PESC del Consejo relativa a la adopción de medidas restrictivas contra determinados funcionarios de Belarús.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20081111</fecha_publicacion>
    <diario_numero>300</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>56</pagina_inicial>
    <pagina_final>56</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2008/300/L00056-00056.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>20090406</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="496" orden="">Bielorrusia</materia>
      <materia codigo="5647" orden="">Política Exterior y de Seguridad Común</materia>
      <materia codigo="6273" orden="">Sanciones</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="38" orden="225">Efectos de la prórroga, hasta el 13 de noviembre de 2009.</nota>
      <nota codigo="38" orden="230">Efectos desde el 10 de noviembre de 2008.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2008-80627" orden="1010">
          <palabra codigo="210">DEROGA</palabra>
          <texto>con efectos de 10 de noviembre de 2008, la Posición Común 2008/288, de 7 de abril</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-2006-80630" orden="2100">
          <palabra codigo="401">PRORROGA</palabra>
          <texto>y MODIFICA la Posición Común 2006/276, de 10 de abril</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores>
        <posterior referencia="DOUE-L-2009-80621" orden="">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Posición Común 2009/314, de 6 de abril</texto>
        </posterior>
      </posteriores>
    </referencias>
    <alertas>
      <alerta codigo="123" orden="">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="126" orden="">Seguridad y Defensa</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA</p>
    <p class="parrafo">Visto el tratado sobre la Unión Europea, y en particular su artículo 15,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El 10 de abril de 2006, el Consejo adoptó la Posición Común 2006/276/PESC del Consejo relativa a la adopción de medidas restrictivas contra determinados funcionarios de Belarús y por la que se deroga la Posición Común 2004/661/PESC (1).</p>
    <p class="parrafo">(2) El 13 de octubre de 2008, el Consejo convino en que las medidas restrictivas establecidas en la Posición Común 2006/276/PESC debían prorrogarse por un período de 12 meses. No obstante, el Consejo acordó asimismo que las prohibiciones de residencia dirigidas contra determinados dirigentes de Belarús, a excepción de aquellos implicados en las desapariciones de 1999-2000 y de la Presidente de la Comisión Electoral Central, no deberían aplicarse durante un período de seis meses revisable con el fin de fomentar el diálogo con las autoridades de Belarús y la adopción de medidas para reforzar la democracia y el respeto de los derechos humanos.</p>
    <p class="parrafo">(3) Al término del citado período de seis meses, el Consejo revisará la situación en Belarús y evaluará los avances realizados por las autoridades bielorrusas en la reforma del Código Electoral para ajustarlo a los compromisos adquiridos en el marco de la OSCE y a las demás normas internacionales en materia de elecciones democráticas. El Consejo apreciará asimismo cualquier otra medida concreta tendente a reforzar el respeto de los valores democráticos, de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, incluidos la libertad de expresión y de prensa, la libertad de reunión y de asociación política y el Estado de derecho. El Consejo podrá decidir la aplicación de las prohibiciones de residencia antes de los previsto, a la vista de las medidas de las autoridades bielorrusas en el ámbito de la Democracia y de los Derechos humanos.</p>
    <p class="parrafo">(4) Debe derogarse la Posición Común 2008/288/PESC del Consejo, de 7 de abril de 2008, relativa a la prórroga de medidas restrictivas contra determinados funcionarios de Belarús hasta el 10 de abril de 2009.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE POSICIÓN COMÚN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La Posición Común 2006/276/PESC queda prorrogada hasta el 13 de octubre de 2009.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">1. Las medidas indicadas en el artículo 1, apartado 1, letra b), de la Posición Común 2006/276/PESC, siempre que se apliquen a D. Youri Nikolaïevitch Podobed, se suspenden hasta el 13 de abril de 2009.</p>
    <p class="parrafo">2. Las medidas indicadas en el artículo 1, apartado 1, letra c), de la Posición Común 2006/276/PESC se suspenden hasta el 13 de abril de 2009.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Posición Común será reexaminada antes del 13 de abril de 2009 a la vista de la situación en Belarús Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">Queda derogada la Posición Común 2006/288/PESC Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">La presente Posición Común surtirá efecto el día de su adopción.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">La presente Posición Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 10 de noviembre de 2008.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">B. KOUCHNER</p>
    <p class="parrafo">_________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 101 de 11.4.2006, p. 5.</p>
  </texto>
</documento>
