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<documento fecha_actualizacion="20241021205825">
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    <identificador>DOUE-L-2010-81334</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1590">Corrección (errores o erratas)</rango>
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    <titulo>Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 966/2009 de la Comisión, de 15 de octubre de 2009, que modifica el Reglamento (CE) no 657/2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo en lo relativo a la concesión de una ayuda comunitaria para el suministro de leche y determinados productos lácteos a los alumnos de centros escolares.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20100728</fecha_publicacion>
    <diario_numero>196</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>27</pagina_inicial>
    <pagina_final>27</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2010/196/L00027-00027.pdf</url_pdf>
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      <materia codigo="221" orden="">Alumnos</materia>
      <materia codigo="784" orden="">Centros de enseñanza</materia>
      <materia codigo="3712" orden="">Financiación comunitaria</materia>
      <materia codigo="4746" orden="">Leche</materia>
      <materia codigo="5743" orden="">Productos lácteos</materia>
      <materia codigo="6800" orden="">Subvenciones</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2009-81957" orden="2120">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>del Reglamento 966/2009, de 15 de octubre</texto>
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      <alerta codigo="102" orden="">Alimentación</alerta>
      <alerta codigo="114" orden="">Educación y enseñanza</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">1. En el anexo, página 11, categoría I, letra b):</p>
    <p class="parrafo">en lugar de: «b) leche tratada térmicamente con chocolate, zumos de frutas ( 2 ) o aromatizada, que contenga al menos un 90 % en peso de la leche indicada en la letra a) y con un máximo de un 7 % de azúcar ( 3 ) y/o miel añadido;», léase: «b) leche tratada térmicamente con chocolate, zumos de frutas ( 2 ) o aromatizada, que contenga al menos un 90 % en peso de la leche indicada en la letra a) y un máximo de un 7 % de azúcar añadido ( 3 ) o miel añadida;».</p>
    <p class="parrafo">2. En el anexo, página 11, categoría I, letra c):</p>
    <p class="parrafo">en lugar de: «c) productos lácteos fermentados con o sin zumos de frutas ( 2 ), aromatizados o no, que contengan al menos un 90 % en peso de la leche indicada en letra a) y con un máximo de un 7 % de azúcar ( 3 ) y/o miel añadido;», léase: «c) productos lácteos fermentados con o sin zumos de frutas ( 2 ), aromatizados o no, que contengan al menos un 90 % en peso de la leche indicada en letra a) y un máximo de un 7 % de azúcar añadido ( 3 ) o miel añadida;».</p>
    <p class="parrafo">3. En el anexo, página 11, categoría II:</p>
    <p class="parrafo">en lugar de: «Productos lácteos fermentados o no, aromatizados o no, con frutas ( 4 ), que contengan al menos un 75 % en peso de la leche indicada en la categoría I, letra a), y con un máximo de un 7 % de azúcar añadido ( 5 ) y/o miel añadido.», léase: «Productos lácteos fermentados o no, aromatizados o no, con frutas ( 4 ), que contengan al menos un 75 % en peso de la leche indicada en la categoría I, letra a), y un máximo de un 7 % de azúcar añadido ( 5 ) o miel añadida.»</p>
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